5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales o Lavado de Dinero
Ese artículo es una profundización de la información sobre derecho penal económico, en esta revista de derecho empresarial, sobre este tema. Te explicamos, en el marco del derecho penal económico, qué es, sus características y contexto.
Publicada la 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales o Lavado de Dinero
La Comisión de la UE propuso la revisión de la Directiva contra el Blanqueo de Capitales en julio de 2016 como parte de su Plan de Acción contra el terrorismo anunciado en febrero de 2016, después de los ataques en París y Bruselas, y como reacción a los Documentos de Panamá publicados en abril de 2016. El 19 de junio de 2018, la quinta Directiva de la UE contra el lavado de dinero (AMLD 5, por sus siglas en inglés) se publicó en el diario oficial de la Unión Europea. La 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales modifica la cuarta Directiva contra el lavado de dinero (llamada AMLD 4) publicada solo en 2015. La Comisión de la UE propuso la Directiva sobre esta cuestión revisada en julio de 2016 como parte de su Plan de acción contra el terrorismo anunciado en febrero de 2016, después de los ataques en París y Bruselas, y como reacción a los Panama Papers publicados en abril de 2016. El plan para implementar los cambios en enero de 2017 resultó demasiado ambicioso. Se llegó a un texto de compromiso final solo en diciembre de 2017. El 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales entró en vigor el 9 de julio, 2018. Los estados miembros están obligados a transponer las regulaciones modificadas a la legislación nacional por la última de enero de 2020. En particular, la 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales:
extiende el alcance a las plataformas de moneda virtual y proveedores de billeteras, servicios relacionados con impuestos y comerciantes de arte
otorga acceso al público en general a la información de titularidad efectiva de empresas con sede en la UE
establece la obligación de consultar el registro de propiedad beneficiaria al realizar la diligencia debida de AML
obliga a los estados miembros a crear una lista de oficinas públicas nacionales y funciones que califican como políticamente expuestas (PEP)
introduce medidas estrictas de diligencia debida y mejorada para los flujos financieros de terceros países de alto riesgo
termina el anonimato de las cuentas bancarias y de ahorro, así como las cajas de seguridad y crea mecanismos de acceso central a la información de los titulares de las cuentas bancarias y de las cajas de seguridad en toda la UE
pone a disposición de las autoridades públicas información sobre titulares de bienes raíces a disposición central
reduce los umbrales para identificar a los compradores de tarjetas prepagas y para el uso del dinero electrónico
mejora aún más los poderes de las UIF y facilita la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades
Nuevos proveedores de servicios en alcance
La 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales se aplicará a los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual y proveedores de monedero electrónico para cubrir los riesgos asociados con las monedas virtuales como bitcoins. Las personas que prestan servicios relacionados con impuestos, pero no están obligados a ser auditores, contadores o asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) fiscales, también estarán en el ámbito de la 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales.
Además, los comerciantes de arte serán obligados a las partes en la medida en que se negocien a valores superiores a los 10.000 euros.
Acceso público a la información de propiedad beneficiaria
Los registros de la información de propiedad beneficiaria creados bajo la 4ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales se harán accesibles al público en general. Se eliminará la necesidad de demostrar un interés legítimo para el acceso, excepto los fideicomisos y acuerdos legales similares.Entre las Líneas En ese caso, el acceso a la información de titularidad efectiva se otorgará a cualquier persona física o jurídica que pueda demostrar un interés legítimo, así como a cualquier persona que presente una solicitud en relación con un fideicomiso o acuerdo legal similar que tenga o controle cualquier derecho legal corporativo o de otro tipo. entidad. El acceso incluirá, como mínimo, el mes y año de nacimiento del titular beneficiario, el país de residencia, la nacionalidad y la naturaleza y el alcance del interés beneficioso que se posee. Los Estados miembros deben implementar mecanismos para garantizar que la información en esos registros sea precisa y actualizada, y aplicar sanciones efectivas en caso de incumplimiento.
Las entidades obligadas deberán notificar a las autoridades las discrepancias encontradas al realizar la diligencia debida con el cliente (KYC) entre la información de titularidad efectiva en los registros y la información de titularidad efectiva que tienen de otra manera. Los propietarios beneficiarios tendrán la obligación explícita de proporcionar a las entidades correspondientes la información de propiedad efectiva requerida para el registro. Se ha encargado a la Comisión de la UE que asegure la interconexión de los muchos registros a nivel de la UE antes del 10 de marzo de 2021. Los planes para reducir el quórum para la determinación de la titularidad real al 10% para ciertas entidades pasivas no financieras (PNFE) no se pusieron en práctica. práctica.
Conozca a su cliente: Obligación de consultar el registro de propiedad beneficiaria
Al realizar un KYC antes de cualquier nueva relación comercial, las partes obligadas deben consultar en el futuro el registro de propiedad beneficiaria correspondiente en la UE (examine más sobre estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades).
Detalles
Razonablemente, esto solo puede aplicarse una vez que dicho registro esté disponible y la contraparte esté en la UE.
Listas de PEP
Los estados miembros estarán obligados a redactar una lista de oficinas y funciones que califican como expuestas políticamente (PEP) a nivel nacional e incluidas las organizaciones internacionales registradas a nivel nacional; la UE elaborará una lista correspondiente a nivel de la UE, consolidará las listas nacionales de los estados miembros y publicará el resultado. Las listas no nombrarán a ninguna persona. Los PEP nacionales y también basados en la UE continúan siendo de alto riesgo para los propósitos del KYC, y requieren una mayor diligencia debida.
Mayor diligencia debida respecto de terceros países de alto riesgo
Se ampliarán y armonizarán las medidas de diligencia debida en relación con los clientes de terceros países identificados por la Comisión de la UE que presentan un mayor riesgo de lavado de dinero. Una nueva sección introduce un conjunto de medidas estrictas de diligencia debida y mejorada que las partes obligadas deberán realizar. Los estados miembros tendrán derecho a exigir medidas adicionales, como el uso de cuentas bancarias establecidas en países con estándares de la UE o AML equivalentes, para la primera transacción en una relación comercial. Los Estados miembros pueden introducir la diligencia debida mejorada adicional, como las obligaciones de información para transacciones financieras con contrapartes en terceros países de alto riesgo o limitar la fundación de empresas por parte de personas de terceros países de alto riesgo o la creación de empresas por sus propios nacionales en terceros países de alto riesgo.
Reglamentos de cuenta bancaria y caja fuerte
Las cuentas bancarias anónimas, las cuentas de ahorro o las cajas de seguridad se eliminarán con la 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales. Los Estados miembros deben crear registros centrales o sistemas centrales de recuperación de datos electrónicos a más tardar el 10 de septiembre de 2020, que permitan la identificación oportuna de cualquier persona física o jurídica que posea o controle cuentas bancarias o de ahorro y cajas de seguridad. Esta información será accesible directamente por las unidades de inteligencia financiera ("UIF") y las autoridades nacionales competentes.
Acceso a información sobre titulares de inmuebles
La información sobre la propiedad de bienes raíces por parte de cualquier persona física o jurídica se pondrá a disposición central para las autoridades públicas; esto no requiere la creación de un registro central de bienes raíces. Alternativamente, se pueden utilizar sistemas de recuperación de datos electrónicos.
Los umbrales para las tarjetas prepagadas y las transacciones de dinero electrónico se reducirán
El umbral para identificar a los titulares de tarjetas prepagas se reducirá aún más de 250 euros a 150 euros. Las transacciones en línea con dinero electrónico con tarjetas prepagas se limitarán al máximo de 50 euros. Estos montos pueden ser reducidos aún más por los estados miembros, pero no aumentados. Según la 4ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales, los Estados miembros pueden permitir que las entidades obligadas apliquen medidas simplificadas de diligencia debida con respecto al dinero electrónico que cumpla ciertas condiciones, incluidas las cantidades de umbral. La 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales reduce estas cantidades e introduce restricciones en las tarjetas prepagadas anónimas emitidas en terceros países.
Medidas para mejorar los poderes de las UIF
Los derechos y las competencias de las Unidades de inteligencia financiera nacionales de la UE se ampliarán y la cooperación y el intercambio de información entre las UIF y otras instituciones pertinentes se facilitarán aún más. Por ejemplo, las UIF tendrán acceso a la información de la cuenta bancaria centralizada mencionada anteriormente. Aunque se discutió la posibilidad de reducir el umbral para la propiedad efectiva de ciertos vehículos ("entidades pasivas no financieras"), no se incluyó en el texto final de 5ª Directiva de la UE contra el Blanqueo de Capitales. Autor: Williams
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos que pueden interesar sobre el tema de este artículo.