Acuerdo Multilateral para el Intercambio de Información
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Te explicamos, en relación a los impuestos y otros aspectos tributarios, sobre las personas juridicas, qué es, sus características y contexto. Un total de 53 países firmaron a fines de octubre del 2014, en Berlín, un acuerdo multilateral para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras, también llamado Convenio Multilateral de Autoridades Competentes, que activará el intercambio automático de información, con base en la Convención Multilateral de Asistencia Administrativa en Materia Fiscal. De ellos, 48 países y territorios lo harán desde 2017 y dos más desde 2018. Además, otros seis países más se han comprometido (aunque no firmado) con el citado acuerdo para 2017.
En total, 54 países y territorios intercambiarán información de forma automática y estandarizada en 2017. Véase Convention on Mutual Administrative Assistance in Tax Matters en la Enciclopedia jurídica internacional. Cuestión: home-historia.
Historia del Acuerdo Multilateral para el Intercambio de Información
Este acuerdo fue especialmente impulsado por Alemania, España, Francia, Italia y Reino Unido. El llamado G-5 envió en 2013 una carta al comisario europeo de Asuntos Fiscales mostrando su intención de avanzar en la extensión de dicho acuerdo, siguiendo el modelo de acuerdo FATCA con Estados Unidos, en cuya elaboración intervinieron activamente.
A partir de este proyecto del G-5, la OCDE aprobó el 17 de enero de 2014 un modelo de acuerdo sobre este sistema común y estandarizado de intercambio de información. El acuerdo político alcanzado en el Ecofin de la Unión Europea del 14 de octubre para establecer este sistema de intercambio de información en el ámbito comunitario, junto a este acuerdo, supone un avance histórico en materia de transparencia y control fiscal internacional en un escenario económico cada vez más global e interrelacionado.
Ámbito del Convenio
El ámbito de información a intercambiar mediante este sistema es muy amplio.
En concreto, abarca todo tipo de cuentas financieras, es decir, depósitos bancarios, valores negociables, participaciones en fondos de inversión, seguros o rentas, e incluirá datos referentes a saldos, importes percibidos por rentas o transmisiones, así como la identificación de la persona o entidad titular y de quien efectivamente controle la cuenta. En 2017 se iniciará el intercambio automático de información, con datos referidos a cuentas financieras que estén abiertas a finales de 2015 y a las cuentas que se abran con posterioridad a esa fecha. La información se intercambiará anualmente y de forma automática, es decir, sin necesidad de requerir a las autoridades fiscales extranjeras información referente a algún caso individualizado por haberse encontrado indicios de fraude. De esta forma, la Agencia Tributaria tendrá acceso a un sistema de intercambio de información automática y estandarizada de todo tipo de cuentas financieras, lo que conllevará un mejor control del fraude fiscal y, por tanto, un aumento de los ingresos públicos que hará posible reducir la carga sobre los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias. Para el Gobierno, la adecuada explotación de la información que se reciba referente a contribuyentes residentes en España, en coordinación con otras iniciativas como la obligación de declarar bienes situados en el extranjero, supone un "paso adelante decisivo" en la aplicación efectiva del sistema tributario español, permitiendo ensanchar las bases imponibles declaradas y perseguir el fraude de aquellos residentes cuyas declaraciones fiscales no sean congruentes con los activos o rentas que tengan en el exterior. Entre los 54 países y jurisdicciones que se han comprometido a intercambiar información desde 2017, además de la práctica totalidad de los países de la UE, se encuentran otros estados como Argentina, Barbados, Colombia, Corea, India, Islandia, Mauricio, México, San Marino, Seychelles, Sudáfrica, Trinidad y Tobago, Islas Feroe, Guernesey, Isla de Man y Jersey y los territorios británicos de ultramar Anguila, Bermuda, Gibraltar, Islas Caimán, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas y Montserrat, muchos de ellos considerados hasta ahora como paraísos fiscales. Por su parte, los seis países y jurisdicciones de la lista anterior que no han firmado hoy pero que se han comprometido a intercambiar información desde 2017 son Barbados, Bulgaria, India, Seychelles, Trinidad y Tobago así como Groenlandia.
Además, Austria y Aruba han firmado hoy en Berlín el intercambio de información desde 2018.
Erosión de bases imponibles
Previamente a la firma del acuerdo multilateral, el G-5 mantuvo una reunión en la que se ha debatido sobre cómo impulsar a nivel de la Unión Europea el proyecto de la OCDE contra la erosión de bases imponibles y la transferencia artificial de beneficios empresariales (BEPS). Sobre esta problemática ya se celebró un primer intercambio de opiniones en el Ecofin del pasado 14 de octubre. Poco antes, el 16 de septiembre, la OCDE hizo público un primer grupo de recomendaciones sobre cómo hacer frente a este problema de forma coordinada a nivel internacional.
Véase También
Residencia Fiscal Información Financiera Acuerdo General Sobre Aranceles y Comercio