Arbitraje Obligatorio
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Noción de Arbitraje Obligatorio
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de arbitraje obligatorio, la siguiente definición: Tipo de arbitraje en el que las partes están legalmente obligadas a someterse a la decisión vinculante de un tercero para la solución de una disputa o controversia. La legislación española prevé esta forma de arbitraje en el caso de huelgas que, por su duración, sus consecuencias o por la actitud de las partes, pueden dañar seriamente la economía nacional (Decreto-ley de Relaciones de Trabajo de 1977).
Ha sido utilizado en contadas ocasiones, y solo en actividades relacionadas con el sector público.Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
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Recursos
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Notas y Referencias
Concepto sobre arbitraje obligatorio originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda