Banco Riggs (Estados Unidos)
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. En julio de 2004, el Subcomité Permanente de Investigaciones del Senado de los Estados Unidos de América (United States Senate, Permanent Subcommittee on Investigations) presentó un informe sobre blanqueo de capitales (dinero) y corrupción extranjera cuyo objeto de estudio fue la actividad de la entidad estadounidense Banco Riggs (Money Laundering and Foreign Corruption: Enforcement and Effectiveness of the Patriot Act.
Case study involving Riggs Bank).
En el transcurso de las investigaciones, se descubrieron una serie de cuentas en este banco cuya titularidad era del Gobierno de algunos países, de altos cargos de dichos países y de algunos de sus familiares. El Subcomité concluyó que el Banco Riggs había incumplido sus obligaciones anti-blanqueo de capitales en relación con ciertas transacciones relacionadas con las cuentas de dichos países y que, sin género de dudas, tenían muchas veces su origen ilícito penal en la corrupción (malversación) practicada en esos paises. El Subcomité Permanente de Investigaciones del Senado de EEUU determinó que el Banco Riggs incumplió las obligaciones anti blanqueo de capitales al determinar, mediante la actividad probatoria realizada, que las transacciones efectuadas por algunos países revelaban que el origen de las mismas era un evidente caso de corrupción extranjera.
También se concluyó que ese banco permitió numerosas transacciones de carácter sospechoso sin notificarlas a las autoridades competentes.