Bonos De Disfrute
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Bonos De Disfrute en el Derecho Español
Tema: bonos.
Bonos De Disfrute a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Bonos De Disfrute se define como:
También denominados acciones de disfrute, nacen con el deseo de no privar bruscamente de toda participación en la sociedad a los propietarios de acciones amortizadas Conservan estos accionistas las llamadas «acciones de disfrute», que confieren derechos económicos (derecho al dividendo, derecho a la cuenta de liquidación) y no administrativos (derecho de voto) Se duda precisamente en la doctrina si son verdaderas acciones o simples documentos de crédito, en razón de que les falta el derecho al voto.
La creación de acciones de disfrute parece que choca con el concepto de acción como parte alícuota del capital social (art 47 de la Ley) De hecho, el artículo 483 de la misma Ley designa con el nombre de «bonos de disfrute» -y no de acciones- a los títulos que se entregan en sustitución de las acciones ordinarias reembolsadas al accionista sin voto [JMCR]
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En el Contexto de: Bonos
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