Cédula
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. Documento por el que se reconoce una obligación. .
Cédula en 1948
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Cédula es: Documento de crédito al portador que forma parte de un empréstito lanzado por una corporación pública o privada. Por cédulas.Tema: cedulas. argentinas se entiende generalmente los títulos de la deuda exterior de la Nación; por cédulas.Tema: cedulas. hipotecarias los títulos que emite el Banco Hipotecario Nacional y que representan un crédito contra el mismo por la cantidad nominal que consta en el documento.
En varios países existe la cédula de identidad que es un documento expedido por la policía o la administración a fin de que los habitantes puedan acreditar su personalidad siempre que sea necesario. .
Cédula en el Derecho Español
Cédula a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Cédula se define como:
Escrito que se hace en los órganos judiciales para poder realizar determinados actos de comunicación, como notificaciones, citaciones y emplazamientos.
Según el art 1522 LEC2000, «expresará el tribunal que hubiese dictado la resolución, y el asunto en que haya recaído, el nombre y apellidos de la persona a quien se haga la citación o emplazamiento, el objeto de éstos y el lugar, día y hora en que deba comparecer el citado, o el plazo (véase más en la plataforma (de Lawi) general) dentro del cual deba realizarse la actuación a que se refiera el emplazamiento, con la prevención de los efectos que, en cada caso, la ley establezca» [PSR]