Centrales Sindicales Argentinas
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Centrales Sindicales Argentinas en el Derecho Social (Continuación)
Basado en la estructura sindical se creará, en 1945, el Partido Laborista que será actor principal en la coalición que llevará a la presidencia, en 1946, a Juan D. Perón. Al poco tiempo el Partido Laborista fue disuelto y, posteriormente, con la creación del Partido Peronista, los sindicalistas pasarán a organizarse como rama interna en igualdad con los otros sectores, quedando así sujetos a una coparticipación en las decisiones políticas de un partido que ya no hegemonizaban.
En ese sentido, la C.G.T., en su Congreso general extraordinario de 1950, reforma sus Estatutos adhiriendo a la “doctrina peronista” y numerosos sindicalistas integrarán como cuadros dirigentes en diversas áreas de gobierno. Durante este período la legislación laboral se acrecienta, produciéndose asimismo un marcado incremento de la participación de los asalariados en el ingreso nacional.
En ese marco favorable los sindicatos crecen significativamente tanto en su afiliación como en su importancia patrimonial y social.
La afiliación, que en 1945 alcanzaba 528.000 trabajadores, superará los 2.000.000 en la década del ’50.
Centrales Sindicales Argentinas: Desarrollo de la idea
La revolución de 1955, dada la íntima vinculación existente entre los sindicatos y el gobierno derrocado, coloca a las organizaciones gremiales en una situación difícil. Luego de un primer intento de negociación, la C.G.T. y todos los sindicatos son intervenidos y numerosos dirigentes inhabilitados para ocupar cargos sindicales.
En este clima de creciente tensión y a través de un proceso eleccionario muy cuestionado, se llega —en agosto de 1957— a la realización de un Congreso Extraordinario Normalizador convocado por la intervención en la Confederación General del trabajo.
A poco de constituido el Congreso se rompe, conformándose dos sectores: las “62 organizaciones” opositoras, integradas por peronistas y, minoritariamente, por comunistas y otras tendencias de izquierda que posteriormente se desvincularán del nucleamiento, y los “32 gremios mayoritarios democráticos” cuyas direcciones antiperonistas apoyaban, en sus grandes líneas, la política gubernamental.
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La C.G.T. recién volverá a manos de una Comisión integrada por sindicalistas en 1961. Finalmente, en enero de 1963, se lleva a cabo el Congreso Normalizador eligiéndose un Secretariado integrado paritariamente por peronistas y sindicalistas de otras tendencias.
En estos años las pujas internas entre las diversas corrientes fueron intensas, especialmente entre peronistas y no peronistas y, en el interior del peronismo, entre “vandoristas” y “antivandoristas”.
Otros Aspectos
En 1966 se produjo otro levantamiento militar que depuso a las autoridades constitucionales. El nuevo gobierno militar, luego de unos primeros meses de expectativa, endurece su posición frente a los sindicatos reduciendo las posibilidades negociadoras de las alas más moderadas del movimiento obrero y favoreciendo, indirectamente, los argumentos de los sectores más combativos. Esta situación hace crisis en el Congreso de la C.G.T.
Celebrado en 1968 quedando entonces la central dividida en dos sectores: la C.G.T. “de los argentinos” (o de Paseo Colón, local de la Federación Gráfica), de tendencia combativa y la C.G.T. “de Azopardo” (local de la C.G.T.) hegemonizada por el vandalismo. A mediados de 1969 la agitación sindical y social se activa y se producen importantes movilizaciones, algunas de tono violento.
En esas circunstancias se declaró el estado de sitio, se intervinieron los principales sindicatos integrantes de la C.G.T. “de los argentinos” y se encarceló a su secretario general, quedando esta central prácticamente desarticulada.
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Por su parte la C.G.T. “de Azopardo”, luego de múltiples alternativas, realizó en julio de 1970 un nuevo Congreso Normalizador del que surgió una dirección unificada, hegemonizada por el peronismo. Esta dirección cegetista será la que acompañará el retomo peronista al poder en 1973. Dirigentes sindicales ocuparán puestos relevantes en el nuevo gobierno (parlamentarios, vicegobernadores, intendentes, ministros, etc.) reiterándose, a grandes rasgos, la anterior experiencia peronista de inserción de las organizaciones gremiales en la estructura del Estado.
Se reformó la ley de Asociaciones profesionales reforzándose el principio de sindicato único por rama de producción; se instauró el fuero sindical; se alargó la duración de los mandatos y se tendió a reforzar la centralización del poder en la estructura sindical.
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La revolución militar de 1976 golpeará duramente a las asociaciones gremiales.
Se intervino militarmente a la C.G.T. y a numerosos sindicatos; se suspendió el derecho de huelga; se restringieron y controlaron estrictamente las actividades sindicales y se modificó regresivamente la legislación laboral (en especial la Ley de Contrato de Trabajo). Asimismo, fueron numerosos los cuadros medios y los militantes detenidos y desaparecidos durante el período del “proceso” militar.
Por lo tanto, la actividad inter sindical se desarrolló en una situación de semi-clandestinidad que provocó la formación de diversos nucleamientos sindicales de acuerdo con la afinidad ideológica o táctica de sus dirigentes. Entre esos diferentes grupos podemos mencionar: la “Comisión de los 20”, la “Comisión de los 25”, el “Movimiento Sindical Peronista”, la “Comisión de Gestión y Trabajo”, la “Comisión Nacional del Trabajo”, etc.
Se debe señalar que en todos estos nucleamientos la adhesión al peronismo era absolutamente predominante En 1979 se logró un acuerdo bastante generalizado alrededor de la “Conducción única de los Trabajadores Argentinos” (C.U.T.A.), pero sería de muy corta duración.
En abril del mismo año se llevó a cabo la primera huelga general contra el gobierno militar, desobedeciendo las prohibiciones vigentes. A fines de 1980, el grupo de sindicatos más activos se reagrupa adoptando la tradicional sigla de la C.G.T. (será conocida como C.G.T. “calle Brasil”). Dos años después, sectores más moderados constituirán la C.G.T. “calle Azopardo”. La confluencia de estos dos nucleamientos volverá a unificar la C.G.T. en enero de 1985, ya bajo el gobierno democrático del doctor Raúl Alfonsín.
Será, precisamente, este nuevo gobierno el que pondrá en marcha un proceso de normalización sindical a través del llamado a elecciones en todos los gremios. Este proceso culminó con la normalización institucional de la C.G.T. el 7 de noviembre de 1986. El nuevo Consejo Directivo asumió sus funciones el 12 de diciembre del mismo año. [1]
Centrales Sindicales Argentinas en el Derecho Social
Durante las últimas décadas del siglo pasado se produce en Argentina un dinámico crecimiento económico basado en una fuerte expansión agropecuaria provocada por la apertura del país hacia los mercados mundiales que en esos momentos se encontraban en un período de creciente integración.
La demanda de mano de obra alentará una extraordinaria llegada de inmigrantes que, por diversas causas, en número significativo, terminarán radicándose en diversas ciudades del litoral. Esta circunstancia impulsará el desarrollo de estas ciudades y facilitará la formación de la clase obrera urbana. Estos nuevos sectores comenzarán tempranamente a organizarse sindicalmente. Ya en la década del ’80 se organizan numerosos gremios y a fines de 1890 se produce un avance cualitativo con la creación de la Federación de Trabajadores de la Región Argentina, cuyo Congreso constitutivo se celebrará en agosto de 1891. Esta central se disolverá a fines de 1892.
Centrales Sindicales Argentinas: Desarrollo de la idea
En los años posteriores se sucedieron varios intentos fallidos de reconstituir una Federación hasta que en 1901, con la presencia de anarquistas y socialistas, se constituye la Federación Obrera Argentina (F.O.A.). Un año después los socialistas se retiran de esa Federación creando, en 1903, la Unión General de Trabajadores (U.G.T.) A su vez, la primitiva F.O.A., ahora con predominio anarquista, resolverá en su 4to.
Congreso, realizado en 1904, pasar a denominarse Federación Obrera Regional Argentina (F.O.R.A.). Un año después, en su 5to.
Congreso, esta Federación asumirá abiertamente “los principios económico-filosóficos del comunismo anárquico”. Mientras tanto, en la U.G.T.
Comenzaron a prevalecer posiciones ideológicas de tipo “sindicalista” (supremacía de la acción sindical sobre la política) que lleva a sus adherentes a iniciar gestiones de unidad con las otras corrientes.
En 1907 se reúne un Congreso de fusión pero no se concreta ningún acuerdo con los anarquistas; el resultado será la desaparición de la antigua U.G.T. y la creación de una nueva central, la Confederación Obrera Regional Argentina (C.O.R.A.), donde continuó predominando la ideología sindicalista.
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Luego de las violentas represiones de 1910 la actividad sindical se recupera paulatinamente y en 1914 se lleva a cabo un nuevo Congreso de unidad resolviéndose, finalmente, disolver la C.O.R.A. incorporándose sus adherentes a la F.O.R.A. La unidad lograda durará poco pues, en el IX Congreso de la F.O.R.A. (1915), al eliminarse de su declaración de principios la “adhesión al comunismo anárquico”, el sector anarquista —que había quedado en minoría— se separa, organizando otra Federación.
Quedaban así conformadas dos centrales: la F.O.R.A. del IX Congreso, con mayoría sindicalista y participación socialista, y la F.O.R.A. del V Congreso, hegemonizada por los anarquistas. La F.O.R.A. del IX Congreso registró una notable expansión en los últimos años de la década del ’10.
Aviso
No obstante, nuevas gestiones de unidad llevan a la disolución de esta Federación y a la constitución, en 1922, de la Unión Sindical Argentina (U.S.A.), donde seguirán prevaleciendo los sindicalistas. Por su parte, las asociaciones gremiales de inspiración socialista, sobre la base de los poderosos sindicatos ferroviarios, van a crear en 1926 la Confederación Obrera Argentina (C.O.A.). Los sectores comunistas se nuclearán a partir de 1929 en el Comité de Unidad Sindical Clasista.
Otros Aspectos
Sin embargo, los intentos unitarios no cesan y, en setiembre de 1930, de la fusión de la U.S.A. y de la C.O.A., surgirá la Confederación General del Trabajo (C.G.T.).
En la composición de esta central eran mayoría los sindicatos del sector transportes y servicios, pudiéndose afirmar que en su primera etapa la orientación ideológica predominante sería la sindicalista. Precisamente las divergencias entre sindicalistas y socialistas harían estallar, en 1935, un nuevo conflicto que dividirá a la C.G.T. en dos sectores: la C.G.T., calle Independencia (local de la Unión Ferroviaria), con mayoría socialista y la C.G.T., calle Catamarca (local de los telefónicos), bajo influencia de los sindicalistas. Estos últimos reconstituirán, en 1937, la U.S.A. que no logrará alcanzar relevancia.
Según datos del Departamento Nacional del Trabajo, en 1937, la C.G.T. nucleaba a 289.393 afiliados, la U.S.A. 25.095 y los sindicatos autónomos 72.834.
Como consecuencia de esta crisis se realizará, finalmente, en 1936, el Congreso Constituyente de la C.G.T. que se venía postergando desde hacía varios años. El primer Congreso ordinario tuvo lugar en 1939 y el segundo en 1942 encuadrándose la mayoría de sus dirigentes en las corrientes socialista, sindicalista y comunista.
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Pero, en 1943, se producirá otra quiebra, bancarrota, o insolvencia, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "insolvency" o su significado como "bankruptcy", en inglés) institucional en la C.G.T. 65 Las mayores divergencias residían en la actitud que debían asumir las organizaciones sindicales frente a la acción política. El sector que pasará a denominarse C.G.T. N° 1 tendía a acentuarla independencia de los sindicatos con respecto a los partidos políticos, en tanto que la C.G.T. N° 2 propendía a una mayor vinculación con los mismos.
Si bien en los dos sectores encontramos dirigentes socialistas, en la C.G.T. N° 2 la influencia comunista también era significativa.
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Producida la revolución de 1943, la C.G.T. N° 2 será clausurada y, asimismo, se intervendrán los sindicatos ferroviarios que eran los soportes básicos de la C.G.T. N° 1. La política laboral del gobierno revolucionario tomará un nuevo rumbo con el nombramiento del coronel Juan D. Perón al frente del Departamento Nacional del Trabajo (posteriormente Secretaría de Trabajo y Previsión). Esta Secretaría se transformará en el eje de la nueva política social del gobierno estableciéndose un fluido diálogo con los dirigentes gremiales. Estos contactos se vieron impulsados por las innumerables medidas oficiales favorables a la clase obrera que tuvieron origen en esa dependencia.
En 1945 aparecerá el decreto 23.852 que reglamentó el funcionamiento de las asociaciones profesionales de trabajadores y que será la primera norma que tendrá real vigencia sobre esta materia a nivel nacional. [1]
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz "Centrales Sindicales Argentinas", (autor de la voz: H. G.
C.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz "Centrales Sindicales Argentinas", (autor de la voz: H. G.
C.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991