Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Este artículo es una ampliación de las guías y los cursos de Lawi. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el contexto del arbitraje y la mediación, sobre este tema. Te explicamos, en el marco de la mediación, la resolución de controversias y el arbitraje, qué es, sus características y contexto. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (cnudmi/uncitral) (en Arbitraje)
Concepto de comisión de las naciones unidas para el derecho mercantil internacional (cnudmi/uncitral) en relación a este ámbito: la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) fue establecida por la Asamblea General de esta organización internacional en 1966 (Resolución n.º 2205 (XXI) de 17 de diciembre de 1966). la CNUDMI es un órgano subsidiario de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con el mandato general de promover la armonización y unificación progresivas del Derecho Mercantil Internacional. la Comisión recibió de la Asamblea General el mandato de fomentar la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional. Puede considerarse que la CNUDMI es la pieza central del sistema de las Naciones Unidas en materia de unificación normativa del Derecho Mercantil Internacional. Pieza esencial es la Secretaría de la CNUDMI, que es la Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas. la página web de la CNUDMI (www.cnudmi.org) contiene toda la información relevante sobre la Comisión, sus Grupos de Trabajo, y los diversos textos jurídicos que de ella emanan, así como su estatus. Igualmente importante es la labor que desarrolla la CNUDMI en la difusión de los textos jurídicos y su aplicación por los jueces y los árbitros. Así, destacan tanto el sistema CLOUT (Case Law on UNCITRAL Texts), esto es, el sistema de recopilación de sentencias y laudos arbitrales que aplican textos de la CNUDMI, como el Compendio (o Digesto), que ofrece una sistematización y ordenación de las decisiones adoptadas por los jueces y los árbitros. Igualmente se ha de destacar la compilación anual, realizada por la Secretaría de la CNUDMI, de una lista de bibliografía de obras recientemente publicadas relativas a la labor de la Comisión.
En su origen, la CNUDMI estaba integrada por 29 Estados; ese número se elevó a 36 en 1973, y a 60 en 2004. la CNUDMI está actualmente integrada por 60 Estados miembros elegidos por la Asamblea General.
Su composición es representativa de las diversas regiones geográficas y los principales sistemas económicos y jurídicos.
En la Comisión están representados cinco grupos regionales: Estados de África; Estados de América Latina y el Caribe; Estados de Asia; Estados de Europa occIdental; Estados de Europa Oriental y otros Estados. Los miembros de la Comisión son elegidos por períodos de seis años y el mandato de la mitad de ellos expira cada tres años.
Su equilibrada composición es esencial para la búsqueda de soluciones que sean aceptables para Estados de diferente tradición jurídica y desarrollo económico.
En las deliberaciones participan también otros Estados («Estados observadores»), así como organizaciones internacionales interesadas, intergubernamentales y no gubernamentales. las ONG, aunque carecen de derecho de voto, suelen desempeñar un papel importante en las deliberaciones, al tratarse de organizaciones con un alto conocimiento técnico-jurídico de las materias objeto de deliberación.
la CNUDMI adopta normalmente sus decisiones por consenso o por la vía del compromiso, esto es, mediante la búsqueda de soluciones aceptables para todos los participantes y rara vez mediante votación.
la CNUDMI se reúne una vez al año, alternativamente en sus sedes de Nueva York y de Viena.
Se divide en seis grupos de trabajo, que también se reúnen alternativamente en las mencionadas sedes dos veces al año, y que se encargan de la labor preparatoria sustantiva sobre los temas del programa de trabajo de la Comisión.
Cada uno de los grupos de trabajo está integrado por todos los Estados miembros de ésta. Los seis grupos de trabajo y sus temas actuales son los siguientes: Grupo de Trabajo I - Contratación pública Grupo de Trabajo II - Arbitraje y conciliación internacionales Grupo de Trabajo III - Derecho del transporte Grupo de Trabajo IV - Comercio electrónico Grupo de Trabajo V - Régimen de la insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "insolvency" o su significado como "bankruptcy", en inglés) Grupo de Trabajo VI - Garantías reales la CNUDMI elabora diversos instrumentos internacionales con distinto alcance y eficacia: desde las Convenciones, y Leyes Modelos, hasta las guías jurídicas, incluyendo también otros instrumentos relativos al Derecho Mercantil Internacional. las Convenciones, al ser Tratados Internacionales, se incorporan a los derechos internos de los Estados cuando éstos deciden proceder al proceso de su ratificación, aprobación o adhesión.
las Leyes Modelo son modelos de Ley que se ofrecen a los legisladores internos para que desarrollen su propia Ley nacional sobre el tema objeto de la Ley.
En este sentido, los legisladores nacionales gozan de una amplia libertad a la hora de decidir como «incorporan» dicha Ley a su derecho interno, pues pueden ampliar o modificar sus contenidos, aunque para lograr un alto grado de uniformidad es preferible que la Ley nacional no se aparte en un porcentaje alto del contenido de la Ley Modelo. Los textos no legislativos, como el Reglamento de Arbitraje, pueden ser utilizados por las partes en contratos comerciales internacionales. las Guías Jurídicas ofrecen generalmente a los operadores jurídicos importantes recomendaciones, de cara a la elaboración de sofisticados contratos mercantiles internacionales como las operaciones de comercio compensatorio internacional. las guías legislativas tienen como misión establecer recomendaciones, pero ahora para los legisladores nacionales.
Textos de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Los textos de la CNUDMI se aplican a las operaciones comerciales entre empresas y no entre éstas y los consumidores, siendo ésta una constante en el Derecho Uniforme del Comercio Internacional. Entre los textos legislativos de la CNUDMI figuran: - la Convención de 1980 de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Texto que fue ratificado por España en el año 1991. - la Convención de 1974 sobre la Prescripción en Materia de Compraventa Internacional de Mercaderías. - la Ley Modelo de 1985 de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional, modificada en el año 2006. - la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Contratación Pública de Bienes, Obras y Servicios. - la Convención de 1995 de las Naciones Unidas sobre Garantías Independientes y Cartas de Crédito Contingente. - la Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Transferencias Internacionales de Crédito. - la Convención de las Naciones Unidas sobre Letras de Cambio Internacionales y Pagarés Internacionales; el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías («Reglas de Hamburgo») (1978). - El Convenio de las Naciones Unidas sobre la Responsabilidad de los Empresarios de Terminales de Transporte en el Comercio Internacional. - la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico de 1996. - la Guía Legislativa de la CNUDMI sobre proyectos de infraestructura con financiación (o financiamiento) privada. - la Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas. - la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la conciliación comercial internacional de 2002. - la Convención de las Naciones Unidas sobre la Cesión de Créditos en el Comercio Internacional de 2005. - la Guía Legislativa de la CNUDMI sobre el régimen de la insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "insolvency" o su significado como "bankruptcy", en inglés) y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas. - la Convención sobre el uso de las comunicaciones electrónicas en el ámbito de los contratos internacionales. - la Convención de la CNUDMI de 2008 sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo (Reglas de Rótterdam). Entre los textos de carácter no legislativo se pueden mencionar: - El Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI de 1976 modificado en 2010. - El Reglamento de Conciliación de la CNUDMI. - las Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral. - la Guía Jurídica de la CNUDMI para la RedaccIón de Contratos Internacionales de ConstruccIón de Instalaciones Industriales. - la Guía Jurídica de la CNUDMI sobre operaciones de comercio compensatorio internacional. la CNUDMI, como se resalta en su página web, lleva a cabo una serie de actividades de asistencia técnica con el fin de promover su labor, así como la utilización y adopción de los textos legislativos y no legislativos que elabora, con objeto de fomentar la armonización y unificación progresivas del derecho privado. Una parte importante del mandato de la CNUDMI consiste en coordinar la labor que realizan las organizaciones que se ocupan de cuestiones de derecho mercantil internacional, tanto dentro del sistema de las Naciones Unidas como fuera de él, a fin de fomentar la cooperación entre ellas, evitar solapamientos y promover la eficiencia, la consistencia y la coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacional.
En los últimos años, un número cada vez mayor de órganos normativos ha elaborado textos en campos del derecho que afectan al comercio internacional, dando así un relieve aun mayor a la función de coordinación asignada a la CNUDMI.
En este sentido, la CNUDMI participa colaborando con diversas instituciones a nivel internacional, coordinando también diversas actividades. Dentro de esta faceta de la CNUDMI destaca la elaboración de estudios e informes, así como la preparación de conferencias y seminarios en temas relacionados con el Derecho Uniforme del Comercio Internacional. Igualmente, la CNUDMI ha recomendado o apoyado la utilización de textos elaborados por otras organizaciones como la UNIDROIT. Por ejemplo, los INCOTERMS 2000 o los Principios UNIDROIT sobre los contratos mercantiles internacionales. El mandato de la CNUDMI no se extiende a la participación en controversias mercantiles. Particularmente ha de resaltarse que la CNUDMI no ofrece asesoramiento jurídico en controversias privadas o públicas y, en particular, no es una autoridad nominadora, ni una institución que administre arbitrajes. [1] Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Ámbitos de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional en el DIPr
Dentro del marco mucho más general del Derecho Internacional Privado, cabe añadir que la Comisión se ocupa, principalmente, de estudiar y preparar las leyes y reglamentos uniformes en las materias que forman su ámbito, y que son las siguientes: venta de mercancías a escala internacional, pagos internacionales, arbitraje comercial e internacional, y legislación internacional sobre navegación marítima. Durante un tiempo, en el caso de alguno de estos campos los trabajos avanzan muy rápidamente. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la resolución de conflictos, el arbitraje y la mediación, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Información sobre comisión de las naciones unidas para el derecho mercantil internacional (cnudmi/uncitral) procedente del DiCCIonario terminológico del arbitraje nacional e internacional (Comercial y de Inversiones), Jorge Luis Collantes et al., Perú, 2011
Bibliografía
CUEVAS CANCISCO, Francisco.
Manual de derecho privado mexicano. Porrúa, México, 1998, 2ª edición. FEDSTERIN DE CÁRDENAS. Derecho internacional privado. Parte especial (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Bosch editorial, 1998. GONZÁLEZ CAMPOS, Julio de.
Recopilación de convenios de la conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (1951-1993). Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, Madrid, 1996. INSTITUTO MATÍAS ROMERO DE ESTUDIOS DIPLOMÁTICOS. La política exterior de México (enfoque para su análisis). Colmex, 1997. LOZOYA, Jorge Alberto, et. al. La nueva política mexicana de cooperación internacional.
México, 1999.