Condiciones de Trabajo
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
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Noción de Condiciones de Trabajo
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de condiciones de trabajo, la siguiente definición: Condiciones en que se presta el trabajo, y circunstancias ambientales de todo tipo que influyen en la vida de trabajo.
En un sentido jurídico más preciso, aspectos del contenido del contrato de trabajo que se refieren al modo, tiempo y lugar de la prestación de trabajo y de la remuneración recibida a cambio. A menudo se distingue (sobre todo en los convenios de sector) entre condiciones económicas o salariales, y el resto de condiciones de trabajo.
La garantía de condiciones mínimas y básicas ha sido la función tradicional de la legislación laboral.
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Noción de Condiciones de Trabajo en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, condiciones de trabajo ha sido definido [1] de la siguiente forma: Factores físicos, sociales y administrativos que constituyen el ambiente en que un trabajador ejerce su actividad profesional.
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en el Derecho Social
1.
Conjunto sistémico de variables que influyen directa o indirectamente en la salud de los trabajadores (considerada esta, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, como plenitud vital del ser humano).
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Desarrollo de la idea
2. Esquemáticamente pueden graficarse: Modo de producción 1.
Clasificación ocupacional. 2.
Carga física, mental y psíquica. 3. Ambiente físico. 4. Higiene, seguridad y salud laboral.
5. Adecuación ergonómica. 6. Repercusiones tecnológicas. 7. Incidencia mutua entre vida y trabajo.
8. Relaciones profesionales en la empresa. 9. Participación de los trabajadores.
10. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tiempo de trabajo.
* duración de la vida activa Organización del proceso de trabajo 11. jornada de trabajo 12. Mecanismos de estabilidad en el empleo. 13. Nuevas formas de organización del trabajo.
* tareas ampliadas, rotadas, enriquecidas Distribución del resultado 14. equipos semi-autónomos 15.
Sistema de remuneraciones.
Detalles
3. Los convenios colectivos, consolidando los niveles mínimos sancionados por las disposiciones estatales, avanzan estableciendo niveles medios. Las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) constituyen elementos estructurales de la dignidad humana: de ahí que el argumento de su costo (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) no puede ser un obstáculo para su implementación.
[1]
Condiciones de Trabajo
Esta sección introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de condiciones de trabajo, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.Asunto: derecho-laboral.
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Condiciones de trabajo
Derecho Laboral
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Notas y Referencias
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz "Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo", (autor de la voz: R.
C. F.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
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Instituto Nacional de Empleo español (INEM): Colección Guías Metodológicas.
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Notas y Referencias
Concepto sobre condiciones de trabajo originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
Condiciones de empleo