Consenso
Consenso Traslapado en la Teoría del Derecho Consenso en el Derecho Legislativo y Político Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados d
Consenso
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho y economía en esta revista de derecho empresarial. Examina el concepto y todo sobre este tema. Te explicamos, en el marco de la economía y el derecho, qué es, sus características y contexto. Nota: puede ser de interés la entrada sobre el Consenso Político.
Consenso Traslapado en la Teoría del Derecho
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Consenso en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
De acuerdo con María Moliner, consenso 1. "(culto; -con-: con el consenso, de todos; -de- de mutuo (común) consenso). *Consentimiento. 2. Conformidad de una persona con una cosa o *acuerdo de varías personas; entre sí".
Desarrollo de Consenso en este Contexto
La literatura sociológica y política de las últimas dos décadas ha privilegiado el tema del consenso para oponerlo dialécticamente al del conflicto y así dar cuenta de la existencia de sociedades normalmente consensuales, frente a las sociedades conflictivas típicas de los siglos XIX y XX, centurias de las revoluciones, las guerras civiles y las conflagraciones mundiales. Hay que reconocer que no todo conflicto se resuelve necesariamente mediante un consenso; basta con que existan reglas comúnmente aceptadas de solución, para encontrarnos frente al consenso básico que requiere la convivencia humana. Tampoco puede desconocerse que en ocasiones los conflictos son resueltos mediante actos y hechos de imposición, en los que la eficacia "conciliadora" debe atribuirse a la fuerza física y a la amenaza de su uso.Entre las Líneas En este último caso sin embargo, debemos distinguir entre la aplicación inconsulta o unilateral de la coacción, y el uso legítimo de la fuerza, "no legal de la coacción", aceptada como ultima ratio por el derecho y por el acuerdo social que siempre precede a éste. Sartori, por su parte, niega que el "conflicto" sea el término adecuado para oponerlo a consenso; contundentemente, sostiene: "¿Por qué recurrir a un vocablo inevitablemente confuso, cuando «disenso» y «discrepancia» nos proporciona el enfoque apropiado y son realmente los complementos adecuados de consenso?" En consecuencia, consenso se identifica con el agreement on fundamentals, tan bien desarrollado por Carl J. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto al derecho y economía): Friedrich en su obra La democracia como forma política y como forma de vida y, en buena medida, con el pacto originario o el contrato social de Juan Jacobo Rousseau. Esto significa igualmente que consenso, constitución y soberanía tienen vínculos aceptados muy estrechos que los identifican como elementos legitimadores del poder y la política, de lo que puede confirmarse que sin soberanía (en este caso popular), sin constitución (en este caso como acuerdo en lo fundamental) y sin consenso, no es posible la legitimación de origen del pueblo. Sólo porque el consenso es indispensable para la convivencia, es por lo que teóricamente no es posible sostener la existencia de una categoría para de sociedad efectiva, como tipo ideal.Si, Pero: Pero si en este caso "el conflicto" no significa necesariamente conflagración o guerra, ni aquella sociedad es necesariamente un agregado humano envuelto en la violencia, conflicto y consenso pueden ser considerados un binomio dialéctico ineludible en la sociedad humana.
Un cierto orden social o político
El consenso, igualmente, puede explicarse como el arreglo necesario para el establecimiento de un cierto orden social o político. Así, el pacto político de Hobbes o el contrato social de Rousseau pueden ser conciliados como manifestaciones de un consenso indispensable para salir del estado de naturaleza, aunque en el caso del filósofo inglés constituye la fórmula para evitar el conflicto permanente o el peligro de permanecer en él, mientras que en el ginebrino el consenso implica la aceptación de la única enajenación legítima, aquella por la cual el hombre pacta su libertad, pero sigue siendo tan libre como antes, o bien, la manera en que el individuo, al obedecer a la ley, se obedece así mismo. La Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociales considera conceptualmente al consenso como la situación que guarda un sistema en un momento dado. La Enciclopedia de las Instituciones Políticas, por su parte, al reconocer "que el consenso está inextricablemente ligado al conflicto", le atribuye "la mayor importancia como requisito previo para la dirección pacífica y ordenada de los asuntos socio-políticos; sin unas normas y unos valores generalmente aceptados -afirma-, ni la sociedad ni la comunidad política son posibles". La idea del contrato social es útil para explicar el establecimiento de un régimen político, o el paso de un tipo de régimen a otro. De igual manera, el fenómeno de la transición política, o el plazo (véase más en esta plataforma general) de un tipo de régimen a otro. De igual manera, el fenómeno de la transición política ha de entenderse dentro de este contexto, lo cual distingue a la transición de la revolución.
Entre las Líneas En efecto, mientras que el consenso es el resultado o la conclusión de un proceso revolucionario, en el caso de la transición en su fuerza motriz o factor desencadenante. Esto significa que sin consenso no es posible la transición en tanto cambio político, pacífico y pactado; pero también hay que aclarar que el pacto consensual no puede ser en ningún caso como la imposición o el producto de la rendición de un grupo en favor de otro. Desde la perspectiva anterior, el consenso es la fuerza o el poder constituyente de un nuevo régimen; pero éste, si es producto de un gran acuerdo en el que se establecen las bases sólidas del poder, su transmisión y su ejercicio, tiene que ser necesariamente un régimen democrático. La transición política, en consecuencia, o en transición a la democracia, o no en transición sino imposición, pues el consenso requiere en esta hipótesis el acuerdo entre fuerzas que se reconocen entre sí como esencialmente igualitarias. A este respecto Max Kaase (Enciclopedia de las Instituciones Políticas, p. 169), aclara: Aunque es concebible en los regímenes autoritarios y totalitarios, el consenso tiene una importancia especial en las comunidades políticas democráticas, donde surge de la libre voluntad de los ciudadanos y se establece como la única fuente de legitimación de los objetivos, procedimientos y resultados del proceso político.
Consenso Relativo
Si en una primera aproximación el consenso en el acuerdo social cerca de a) principios, valores y normas, y de b) ciertos objetivos y medios para lograrlo, es indudable que el consenso, (o la falta del mismo) nunca es absoluto, sino que lo objetivo es hablar siempre de cierto grado de consenso en una sociedad o en una parte importante de ella.Entre las Líneas En política puede hablarse del consenso relativo a los asuntos básicos del régimen, lo que en una teoría constitucional se llama las decisiones políticas fundamentales, y el consenso sobre los aspectos instrumentales. Así el federalismo, la democracia representativa, y la división de los poderes caerán en aquella categoría, mientras que los asuntos electorales o las cuestiones económicas formarán parte del último.
También en el Marco de la Economía y el Derecho
Sin embargo, puede darse el caso, como ocurre en el México contemporáneo, en el que la materia electoral y la política económica afectan las partes substanciales del sistema y constituyen por ello el tema primordial del consenso básico. En las sociedades democráticas, es frecuente que más que el consenso, se valora la diversidad y el pluralismo y por ende la tolerancia.
También en el Marco de la Economía y el Derecho
Sin embargo, muchos de los valores, normas y aún objetivos y mecanismos institucionales para alcanzarlos cumplen funciones latentes, mientras que lo manifiesto está constituido por los conflictos y desacuerdos. Así, el consenso latente y el discurso manifiesto, con expresiones de las sociedades de masas contemporáneas y del manejo de la opinión pública por los medios de comunicación social. ¿Cuáles son, en consecuencia, los factores más importantes que influyen sobre el grado y extensión del consenso? Giacomo Sani, en el Diccionario de Política, identifica cinco elementos de orden general que influyen en la formación y mantenimiento del consenso en las sociedades pluralistas: el primero, en el grado de homogeneidad sociocultural de la sociedad, puesto que las "islas culturales" formadas por grupos étnicos, lingüísticos y religiosos generan por lo regular obstáculos al consenso. El segundo momento en la sucesión de un país dado de regímenes políticos sustancialmente distintos en cuanto a las reglas fundamentales de funcionamiento del sistema, como sucede cuando se pasa de un sistema autoritario a uno de tipo pluralista. El tercer factor es el grado de congruencia o de discontinuidad o incongruencia de los mecanismos de socialización con los que se transmiten a las nuevas generaciones las orientaciones y valores. Es de advertirse, no obstante, que la socialización política, por la propia naturaleza de ésta, que encierra en sí misma la lucha y competencia por el poder, transmite no solo el bagaje del consenso, sino también el disenso que promueve el cambio. Por último el quinto elemento o factor del grado de consenso en la "dinámica de la interacción entre las distintas fuerzas políticas", cuyo trabajo en esencia consiente en lograr la adhesión de grandes masas, buscando en unos casos que se adopte el disenso respecto de una fuerza o ideología gobernante, o promoviendo la aceptación y continuidad del grupo gobernante y del consenso que representa.
Funciones
La existencia de valores ampliamente compartidos se coloca, por lo tanto, -dice Giacomo Sani- como un elemento fundamental de solidaridad; constituye, por así decir, un aspecto importante del tejido conectivo de una sociedad. Una segunda función del consenso es la de contener o reducir el recurso a la violencia como mecanismo de resolución de las controversias. Por fin, el consenso puede ser visto -afirma-, como factor de cooperación, como elemento que refuerza al sistema político y ayuda a una sociedad a superar momentos de dificultades como, por ejemplo, en el caso de guerras o de crisis económicas. Cuando Rousseau afirmaba que nadie tiene derecho a gobernar a otro a menos que éste manifieste su aceptación para que así sea, no solo enaltecía el principio de la igualdad naturalracional de todos los individuos, ni únicamente sustentaba las bases del sufragio (el derecho al voto) universal, sino que ponía los cimientos teóricos de lo que implica el gobierno por consentimiento, o sea, aquel que resuelve que el derecho a gobernar de unos, tenga como contrapartida el deber de obediencia de todos. A ese respecto, Sartori (1991) explica:.. aquellos gobiernos que han sido elegidos, que reflejan las opiniones del electorado y que son, además, considerados responsables (a través de la repetición de elecciones libres) ante sus electorados, pueden denominarse -sin forzar excesivamente el significado- gobiernos a los que se ha otorgado consentimiento. La última condición de Sartori al respecto es la siguiente: Si la democracia concede como lo hace el derecho de decidir su destino a todo el pueblo, las opiniones que indican un consenso general o, a la inversa, un disenso general respecto al gobierno son las expresadas por los votantes en general en las elecciones, y solamente vía elecciones (pp. 120-121). En el marco de las sociedades democráticas y dentro de éstas en el ámbito de la política, las elecciones son la expresión suprema del consenso, momento en que se manifiesta y se ejerce la Soberanía popular. Esto quiere decir que ningún acuerdo o convención, por más representativo que parezca, puede superar las elecciones en materia de consenso que logran las elecciones y las votaciones. Por ello, cuando los partidos políticos, por conducto de sus élites dirigentes, formulan y adoptan acuerdos sin la sanción del electorado en una votación que exprese la opinión de éste al respecto, lo que hacen es formar un consenso parcial, coyuntural, imperfecto, que necesita la sanción fiscal del sufragio (el derecho al voto). No implica necesariamente el ejercicio del referéndum o el plebiscito, sino de una elección que suponga que el electorado discierne los mejores medios para alcanzar objetivos y realizar valores. Aclaremos, sin embargo, que el consenso puede identificar valores y objetivos que no requieren de una decisión electoral, puesto que provocan la unanimidad de las voluntades políticas expresadas por los partidos.Entre las Líneas En este caso, el consenso debe de expresarse en leyes y convertirse en el acuerdo de los grupos parlamentarios que actúan en los poderes legislativos.
Objetos
Conviene por lo anterior, repetir las precisiones con las que Sartori define el consensus-aceptación, que implica compartir cuando menos tres posibles objetos:
Valores fundamentales (tales como la libertad y la igualdad), que estructuran el sistema de creencias;
reglas del juego, o procedimientos;
gobiernos y políticas gubernamentales específicas.
Estos objetos de consenso y de disenso agrega pueden convertirse respectivamente, siguiendo a Easton, en tres niveles de consenso:
Consenso a nivel de comunidad, o consenso básico;
consenso a nivel de régimen, o consenso procedimental;
consenso a nivel de acción política, o "consenso político" (Teoría de la democracia, 1991, pp. 121-126).
1o. El consenso básico implica que una sociedad política determinada comparte en su totalidad los mismos valores y fines valorativos, o sea, posee una "cultura política homogénea" (ALMOND, 1970), sin la cual "funcionará como una democracia frágil y con dificultades". 2o. El consenso procedimental establece las llamadas reglas del juego, acerca de la adquisición y ejercicio del poder y de "cómo deben de resolverse los conflictos". Sartori enuncia un principio que es fundamental: "Realmente afirma, las guerras civiles y las resoluciones terminan cuando el ganador establece qué regla (aunque sea solamente qué gobernante) solventará pacíficamente los conflictos.Entre las Líneas En una democracia concluye, esta regla es la de la mayoría". El propio Sartori agrega: "Si no se acepta el principio de mayoría, o al menos se le presta conformidad, lo que se acepta es la democracia como régimen" (op. cit., p. 124). 3o. El consenso sobre la acción política y los gobiernos implica la aceptación de que en la democracia lo esencial es el "gobierno mediante la discusión", o como afirma Sartori: "Este es el contexto en el que la discrepancia, el disenso y la oposición surgen como elementos caracterizadores de la democracia." el ejercicio del consenso, fuera de las sociedades democráticas y estables, o sea, más allá de las democracias paradigmáticas, es el factor carnal de las mutaciones políticas de este fin de siglo. Esto tiene que ver con las llamadas transiciones (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente plataforma: transición política) a la democracia, procedimientos pacíficos mediante los cuales se han producido cambios de los regímenes políticos de numerosas sociedades, entre las que sobresale el caso de España. Este fenómeno de intensa y acelerada democratización fue popularizado por Samuel P. Huntington con el nombre de la tercera ola de la democracia: "La ola que inundó el mundo entre 1974 y los finales de la década de los ochenta, y condujo a la democratización de unos 30 países". (Giuseppe di Palma, Las transiciones a la democracia, 1993, quien agrega: "La tercera ola se inició en Europa meridional, donde la democratización demostró ser más fácil, y se trasladó a América del Sur, y de allí a las casas más difíciles de América Central y Europa del este"). Aunque estos procesos de democratización no estuvieron exentos del todo de manifestaciones violentas, en todos ellos operó el consenso como instrumento eficiente de construcción de nuevos regímenes políticos, o como expresión de la ingeniería democrática que desarrolla J. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto al derecho y economía): Francisco Ruiz Massieu (op. cit., pp. 271-280).
El significado de "consenso" en la toma de decisiones internacionales y los Tratados
Los antiguos romanos tenían un dicho: qui tacet consentire videtur. No significa que en todos los casos no decir nada signifique consentimiento, pero sí dice que en algunos casos se puede interpretar de esa manera. A la inversa, si alguien se opone explícitamente a una decisión, entonces claramente -según algunas interpretaciones- no hay consenso. El 28 de marzo de 2013, los negociadores en la Conferencia Diplomática Final de la ONU sobre el Tratado de Comercio de Armas no adoptaron el Tratado de Comercio de Armas por consenso. Unos días más tarde, el Tratado de Comercio de Armas fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (por una votación de 154 votos a favor, tres en contra y 23 abstenciones; para una descripción realmente útil de las negociaciones, consulte el Blog Legal del Tratado de Comercio de Armas).Entre las Líneas En la Conferencia Diplomática, las reglas de procedimiento requerían que el tratado fuera adoptado por "consenso".
También en el Marco de la Economía y el Derecho
Sin embargo, al final de esa conferencia, Siria, Irán (véase su perfil, la Economía de Irán, la Historia Iraní, el Presidencialismo Iraní, las Sanciones contra Irán, la Bioética en Irán, los Problemas de Irán con Estados Unidos, el Derecho Ambiental en Irán, el Derecho Civil Iraní, el Nacionalismo Iraní, los Activos Iraníes, la Diplomacia Iraní, el Imperio Sasánida, los medos, los persas y el Imperio Selyúcida) y Corea del Norte objetaron el texto. Luego hubo una discusión sobre si la objeción de estos tres Estados podría obstaculizar la adopción del tratado por consenso, y algunos Estados opinaron que la aceptación del texto por la mayoría abrumadora de Estados era suficiente para establecer un consenso a pesar de La oposición expresada de tres estados.
También en el Marco de la Economía y el Derecho
Sin embargo, el Presidente de la Conferencia dictaminó que no había consenso y que el tratado no podía ser adoptado. Las disputas sobre el significado de “consenso” tienen una importancia amplia para la toma de decisiones con respecto a los tratados y en otras conferencias internacionales. Desde la década de 1970, en muchas conferencias diplomáticas importantes se ha convertido en una práctica habitual que las decisiones se toman, en la medida de lo posible, por consenso. Si bien este dispositivo de procedimiento es ubicuo, además de ser importante para la forma en que se hace el derecho internacional, los argumentos en la conferencia de ATT ponen de manifiesto la ambigüedad que se encuentra en el corazón de este concepto. No hay consenso sobre el significado de "consenso". El procedimiento de consenso es un dispositivo importante para lograr un acuerdo amplio sobre tratados internacionales.
Una Conclusión
Por lo tanto, es importante tener algo de claridad sobre lo que significa. México dijo que la gran mayoría de los Estados estaban en condiciones de adoptar el texto del tratado. México sugirió proceder a la adopción del texto ya que no existe una definición establecida del término "consenso" en las Naciones Unidas. Nigeria apoyó a México. Japón también apoyó a México. Costa Rica luego apoyó la declaración de México. Chile luego apoyó la declaración de México. Colombia apoyó “resueltamente” a México. Autor: Black
Consenso en el Derecho Parlamentario
Asunto: parlamentarismo. Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco del derecho internacional económico, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Teoría del Derecho Natural
Teoría del Derecho Divino
Bibliografía
BOBBIO, Norberto y Nicola Mateucci, Diccionario de Política, Siglo XXI, México, 1987. Enciclopedia de las Instituciones Políticas, Alianza Editorial, Madrid, 1991. Enciclopedia Internacional de las Ciencias Sociales, Ricardo Méndez Silva (comp.), Tendencias del cambio democrático, UNAM, Coordinación de Humanidades, México, 1994. GIOVANNI, Sartori, Teoría de la Democracia 1. El debate contemporáneo, Alianza Editorial, Madrid, 1988, Patria, México, 1991. Las transiciones a la democracia, Cambio XXI, Fundación Mexicana, Miguel çngel Porrúa, México, 1993. MOLINER, María, Diccionario de Uso del Español, Gredos, Madrid, 1990.