Consulta tributaria
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Te explicamos, en relación a los impuestos y otros aspectos tributarios, sobre las personas juridicas, qué es, sus características y contexto.
Consulta Tributaria sobre Reforma Fiscal en el Reino Unido
Estado de la reforma fiscal en el Reino Unido
En 2010 el CIOT se expresó con firmeza, observando que la forma en que se desarrolla y efectúa la legislación fiscal en el Reino Unido es profundamente defectuosa. Algunas publicaciones arrojan luz sobre lo que ha fallado en la legislación fiscal en los últimos años. La centralización del poder de elaboración de la política fiscal es un problema particular debido a la falta de responsabilidad institucional del Tesoro en materia de política fiscal y a la falta de responsabilidad de los propios cancilleres en materia de impuestos. El concepto de controles y equilibrios en la política fiscal es inexistente. De hecho, la relación actual entre el Tesoro y la HMRC era "muy disfuncional", había ido casi tan mal como podría haber ido.
Actualmente, hacer carrera sólo en política fiscal no se valora dentro de la jerarquía del Tesoro. Los funcionarios pasan por los equipos fiscales en lugar de hacer de la política fiscal una opción de carrera. La alta rotación de personal provoca una falta de experiencia en la sección fiscal y poca memoria institucional. Hay áreas tradicionales que están reservadas para no ser consultadas, como los tipos impositivos y las medidas contra la evasión.
En este momento la lucha contra la evasión funciona como un tiroteo. Puede que se consiga el objetivo, pero también se consigue que muchas otras personas lo consigan.
En la actualidad, las políticas se modifican con frecuencia sin entender el impacto que la política ha tenido inicialmente en la práctica. La cultura de la HMRC, profundamente hostil a la profesión fiscal, refuerza la tendencia a no consultar. El director del grupo de evasión fiscal de la HMRC de 2004 a 2009 registra que nunca "me alegré tanto como cuando una nueva iniciativa de evasión fiscal era recibida con aullidos de protesta por parte del sector de la evasión fiscal". En resumen, la prevención de la evasión ha sido una prioridad que pesa más que otras consideraciones, como la certidumbre, la viabilidad y el Estado de Derecho; o más bien anula toda consideración; y se ha descartado escuchar a la cuarta parte de la evasión fiscal, que incluye a los organismos profesionales y a casi cualquier profesional que dijera lo que la HMRC no quería oír.
Más Información
Los organismos profesionales son considerados por la HMRC como un grupo de presión cuyo cacareado compromiso con la equidad, la practicidad y el Estado de Derecho no es más que una capa para los lloriqueos interesados de una élite con plumas. Esto puede verse en el contexto de un antagonismo más general hacia las profesiones jurídicas (y otras), y el rechazo de sus pretensiones éticas.
Se trata de un tropo antiguo, pero que cobró renovado vigor bajo el gobierno de Thatcher, y ha conducido a una transferencia del poder regulador del Colegio de Abogados y de la Sociedad de Derecho a la regulación por parte de personas que no son abogados. Esta política rige desde el gobierno de Blair de 1997.
Marco de Consulta Fiscal
En 2011, la administración de la coalición prometió un nuevo comienzo con el Marco de Consulta Fiscal. El gobierno de Cameron de 2015 también se comprometió a ello.
No estoy seguro de que ningún gobierno posterior se haya comprometido formalmente con él, aunque tampoco ha sido repudiado. Dispone lo siguiente: A. Hay cinco etapas para el desarrollo y la aplicación de la política fiscal:
Etapa 1 Establecer los objetivos e identificar las opciones.
Etapa 2 Determinación de la mejor opción y desarrollo de un marco de aplicación que incluya el diseño detallado de la política.
Etapa 3 Elaboración de la legislación para llevar a cabo el cambio propuesto.
Etapa 4 Aplicación y seguimiento del cambio.
Etapa 5 Revisión y evaluación del cambio.
B.
Siempre que sea posible, el Gobierno:
involucrará a las partes interesadas en los cambios de la política y la legislación fiscal en cada una de las etapas clave del desarrollo y la aplicación de la política;
aclarará en qué fase (o fases) se produce el compromiso para que su alcance sea claro;
llevará a cabo al menos una consulta pública formal y por escrito en áreas de reforma significativa;
establecerá, a medida que se desarrolla la política, su estrategia de participación de las partes interesadas, incluyendo los períodos de consulta formal previstos, los debates informales, los grupos de trabajo y los talleres;
consultará, siempre que sea posible, el diseño de la política, los proyectos de ley y la aplicación de medidas contra la evasión y otras medidas de protección de los ingresos, siempre que ello no suponga un riesgo adicional para el erario público;
reducirá al mínimo las ocasiones en las que sólo se consulte de forma confidencial. Cuando la consulta confidencial sea necesaria, el Gobierno será lo más transparente posible sobre su resultado y consultará abiertamente si sigue adelante con el cambio de política; y
proporcionará información de retorno que establezca la respuesta del Gobierno a las opiniones recibidas y deje claro qué cambios, si los hay, se han introducido en el enfoque previsto como resultado de dichas opiniones.
C.
En cada fase de la consulta, el Gobierno expondrá claramente:
los objetivos políticos y cualquier contexto político más amplio pertinente;
el alcance de la consulta, en particular lo que ya está decidido y lo que aún puede influir en el resultado;
su evaluación actual de las repercusiones del cambio propuesto y tratará de colaborar con las partes interesadas en este análisis.
Se publicará una evaluación final de los impactos una vez que se haya confirmado el diseño final de la política...
D. La consulta informal será lo más transparente posible, en consonancia con la necesidad de proteger los ingresos. Los mejores principios de la consulta formal se aplicarán a la consulta informal para garantizar la claridad del alcance, el impacto, la accesibilidad y una respuesta significativa. La consulta informal puede llevarse a cabo paralelamente a la consulta formal, pero a menudo será más apropiada en las primeras y últimas fases del desarrollo de la política fiscal, para identificar las opciones y luego afinar la legislación detallada y la aplicación del cambio. El marco establece algunas excepciones:
El Gobierno no consultará, por lo general, sobre cambios sencillos en los tipos, las desgravaciones y los umbrales, ni sobre otras medidas de menor importancia; no obstante, reconoce que, incluso en estos casos, un cierto nivel de consulta puede resultar informativo.
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También puede adoptar un enfoque diferente para las medidas de protección de los ingresos o de lucha contra la evasión cuando el seguimiento de este Marco pueda suponer un riesgo para el erario público.
En otras circunstancias, cuando el Gobierno decida no consultar durante el desarrollo de la política fiscal, explicará las razones de esa decisión.
Habrá ocasiones en las que será necesario desviarse de este Marco.
En estas circunstancias, el Gobierno será lo más abierto posible sobre las razones de tales desviaciones.
Por supuesto, la fiscalidad no es única en este sentido: consideraciones similares se aplican a todos los ámbitos de la reforma legislativa. La Ley de Retención de Datos y Poderes de Investigación de 2014 se promulgó en dos días laborables; y al considerar que era ilegal, el Tribunal Divisional señaló en términos moderados que "la legislación promulgada con prisas es más propensa al error". Y de nuevo, reconoce ampliamente que el Reglamento de Inmigración se ha vuelto excesivamente complejo e inviable. Han cuadruplicado su longitud en los últimos diez años. Han sido ampliamente criticadas por estar mal redactadas, incluso por altos jueces.
Su estructura es confusa y su numeración incoherente. Las disposiciones se solapan con una redacción idéntica o casi idéntica. El estilo de redacción, que a menudo incluye múltiples referencias cruzadas, puede ser impenetrable. La frecuencia de los cambios alimenta la complejidad.
Cumplimiento del marco
¿En qué medida la reforma fiscal desde 2011 se ha ajustado al Marco? Es una pregunta muy amplia; necesitaría una serie de volúmenes, ha habido tanta letra vertida sobre ello.
En resumen, el cumplimiento del calendario de reforma fiscal del Marco ha sido irregular. Es más fácil anunciar las buenas intenciones que cumplirlas. La cultura del "listos, disparen, apunten" sigue prevaleciendo. Algunos ejemplos ilustran este punto. El régimen ATED se introdujo incumpliendo el Marco. El Comité de Asuntos Económicos de la Cámara de los Lores comentó que "la respuesta del Gobierno a la evasión del SDLT podría haber sido más adecuada si hubiera consultado a las partes interesadas desde el principio", tal y como estipula su "nuevo enfoque de la elaboración de políticas fiscales".
Recomendaban que "el Gobierno se adhiera a ese enfoque a la hora de diseñar futuros cambios fiscales". Las desautorizaciones de 2013 de las deudas para el IHT se introdujeron incumpliendo el Marco.Si, Pero: Pero ni aquí, ni, parece, en ningún otro caso, el Gobierno ha reconocido un incumplimiento del Marco o ha sido lo más abierto posible sobre las razones de tales desviaciones. Las reformas de la renta de los dividendos de 2016, un cambio importante (también descrito erróneamente como simplificación), se introdujeron incumpliendo el Marco. Comentario de la Comisión de Asuntos Económicos de la Cámara de los Lores, que señalaron que lamentaban profundamente la falta de consulta sobre las propuestas de Asignación de Ahorro Personal y de ingresos por dividendos y "repetimos la recomendación de nuestro Informe sobre el proyecto de Ley de Finanzas de 2014 de que el Gobierno reafirme" su compromiso con el "nuevo enfoque" de la elaboración de la política fiscal y se asegure de que, en el futuro, se "adhiera a él en su totalidad, salvo en las circunstancias más excepcionales". El Colegio de Abogados dijo que el nuevo enfoque:
no siempre se sigue, y
se elude etiquetando la nueva legislación fiscal como anti-evasión cuando no es tal cosa.
Un ejemplo de ello es el FA 2014, que introdujo cambios en la forma de tributar de ciertos miembros de sociedades de responsabilidad limitada. Cuando esta propuesta se publicó por primera vez, se trataba de una medida anti-evasión.
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Tras la consulta inicial, la naturaleza de la propuesta cambió notablemente y se hizo más aplicable a las sociedades profesionales.
No se trataba de una legislación contra la evasión, pero, sin embargo, no hubo una consulta formal del tipo previsto en el Marco de Consulta Fiscal. El Foro de Profesionales Fiscales señala algunos casos en los que se siguió el marco, y luego dice que, en cambio, en otros casos, las consultas han comenzado:
a medias (como la relativa a las disposiciones sobre la transferencia de activos al extranjero y las ganancias obtenidas por las sociedades cerradas offshore),
sin una articulación clara de la política en cuestión (por ejemplo, sobre el IR35 y las personas que controlan), o
sin ninguna discusión de la política (por ejemplo, los cambios en el SDLT sobre las propiedades de los no residentes a través de empresas, fondos de inversión y otros y el límite de las desgravaciones del impuesto sobre la renta).
Las reformas del domicilio de 2017 se anunciaron en 2015, lo que debería haber dado tiempo para la reflexión y la consulta. Dos años es una escala de tiempo apropiada para introducir reformas importantes, y en ese momento parecía una ruptura refrescante del patrón de 2008 para ver la reforma promulgada sobre esa base.
Sin embargo, hay dos advertencias a este acontecimiento positivo:
Un plazo lejano permitió aplazar el trabajo más difícil y serio, el asunto se concluyó con la habitual prisa frenética, y el resultado final es decepcionante.
Aun así, el aplazamiento de algunos aspectos de las reformas fiscales en el extranjero hasta 2018, para permitir su consideración, es alentador.
Los laboristas no aceptaron la necesidad de tiempo, y se preguntaban:¿por qué, si no, el Gobierno habría dado un período de gracia para que los no domésticos afectados se hicieran con un fideicomiso offshore si no lo tenían ya? ¿por qué, si no, el Gobierno habría señalado activamente los cambios para los no domésticos, lo que ha hecho correr las liebres? Les parecía que esas son cosas que el arquitecto de las medidas haría si tuviera la intención de socavar completamente la eficacia de las medidas.
Por otro lado, la banda de tipo nulo del IHT sobre la residencia, 10 densas páginas de legislación insensata, se encajó en el F(no.2)A 2015, impidiendo el debate y la consideración, ¡a pesar de que las normas sólo entraron en vigor a partir de 2017/18! y a pesar de que tuvo que haber un segundo tramo de la legislación en el FA 2016. Las reformas de 2020 sobre las transferencias del IHT a los fideicomisos se introdujeron incumpliendo el marco. La última parte del Marco de Consulta Fiscal requiere un seguimiento y evaluación posterior a la aplicación. Esto casi nunca se hace. Incluso en los casos en los que el AF 2018 exigía revisiones posteriores a la aplicación, los resultados fueron "singularmente poco esclarecedores. La mayoría de ellos se limita a contener palabras del tipo "esta legislación es nueva y aún no hemos visto cómo funcionará en la práctica". Es interesante especular qué pasaría si se hiciera. Mucho dependería de la identidad de los encargados de la revisión y, en ámbitos controvertidos, de sus instrucciones y de su política.
Alternativas al marco
Hay una ruta y sólo una ruta hacia un buen sistema fiscal: una política fiscal sólida, concebida por aquellos que tienen un buen conocimiento del sistema fiscal actual, llevada a cabo por aquellos que han reflexionado seriamente sobre las cuestiones en el contexto del sistema fiscal en su conjunto; un calendario pausado de consulta y redacción legislativa como se prevé en el Marco de Consulta Fiscal y los 10 principios fiscales del ICAEW. Es una prescripción difícil, aunque CIOT y otros siguen tocando el tambor, y el IFS hace un trabajo útil. Es tentador buscar soluciones más fáciles. Entre los intentos anteriores se encuentra la Reescritura de la Ley Fiscal, que no logró mucho; y, tal vez, la GAAR.
Informaciones
Los defensores de la GAAR afirmaron que la promulgación de una norma antiabuso debería permitir, al eliminar la necesidad de una batería de subreglas específicas contra la evasión, redactar las futuras normas fiscales de forma más sencilla y clara. Con el tiempo, una vez que se haya establecido la confianza en la eficacia de la norma antiabuso, debería ser posible iniciar un programa para reducir y simplificar el actual conjunto de normas detalladas contra la evasión. No es seguro de que alguien creyera seriamente en ello, pero no ha ocurrido, y ahora parece poco probable que ocurra.
Sin embargo, habrá que esperar varias décadas para evaluar si la GAAR producirá una jurisprudencia coherente y una previsibilidad razonable de los resultados.
El futuro
Es posible que las reformas de 2017 pongan fin a los grupos de presión sobre la cuestión del domicilio desde la izquierda (también en cierta medida desde más allá).Si, Pero: Pero eso parece poco probable. El canciller, entonces, tenía poco interés en hacer que el sistema fiscal sea menos complejo y más coherente. Parece que sigue siendo así, y la conclusión de ediciones anteriores de este trabajo parece justificada por los acontecimientos: La complejidad y la incoherencia del sistema fiscal británico seguirán aumentando mientras prevalezca la opinión del HMRC de que la simplicidad y la coherencia, aunque quizá sean deseables, tienen una prioridad baja o nula en el contexto de la reforma fiscal;[ y de que el estado actual de los impuestos y de la reforma fiscal es bueno, o si no es bueno, no se puede hacer nada para mejorarlo. Tal vez la predicción más segura sea la continua publicación de nuevos informes lamentando el estado actual de la legislación fiscal y buscando su mejora. Para el más reciente, véase "Institute for Government, "Overcoming the barriers to tax reform" (Apr 2020). Datos verificados por: Conrad
Consulta Tributaria en el Derecho Español
En el Diccionario Jurídico Espasa, Consulta Tributaria se define como: Derecho reconocido a los contribuyentes para formular a la Administración consultas respecto al régimen fiscal que pudiera corresponderles y para aclarar las dudas que le susciten. En determinados supuestos la contestación tendrá carácter vinculante para la Administración tributaria. Su regulación se encuentra, con carácter general, en el artículo 107 de la Ley General Tributaria y, especialmente, en el artículo 8 de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de derechos y garantías de los contribuyentes [EFH]
Más sobre Consulta Tributaria
Aspectos Tributarios de Consulta tributaria
Consulta tributaria
Véase También
Acto tributario
Actuación Tributaria
Administración Tributaria
Almacén de depósito fiscal
Amnistía tributaria
Consulta tributaria
Contingencia fiscal
Contribución parafiscal
Contribuyente
Control tributario
Crédito fiscal
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Declaración aduanera
Declaración jurada tributaria
Declaración rectificativa tributaria
Defraudación fiscal
Delitos tributarios
Demanda contencioso administrativa
Denuncia penal
Depósito aduanero
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