Contrabando
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre el contrabando. Te explicamos, en relación a los aspectos jurídicos del comercio exterior, qué es, sus características y contexto.
Introducción: Contrabando
Concepto de Contrabando en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Es la entrada o la salida de mercancías al país en la cual no se entera ningún tipo de impuesto o arancel a las autoridades fiscales.
Contrabando en Derecho Internacional
Contrabando, en Derecho internacional, bienes transportados por buques de las naciones neutrales durante un tiempo de guerra, que podrían ser confiscados por una potencia beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "belligerent" en el derecho anglosajón, en inglés) para impedir que llegaran al enemigo. El contrabando se puede dividir en las categorías de amplio y estricto. El contrabando en sentido estricto se refiere a armas, municiones y otros materiales, como sustancias químicas y ciertos tipos de maquinaria que pueden ser usados directamente en la guerra o ser convertidos en instrumentos de guerra. El contrabando en sentido amplio consiste en cosas tales como provisiones o alimentos para el ganado. Los cargamentos de esta clase, aunque puedan parecer inocuos, pueden ser investigados, y si en opinión de la nación beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "belligerent" en el derecho anglosajón, en inglés) que los inspecciona los suministros se van a destinar a las fuerzas armadas del enemigo en vez de al consumo y uso de la población civil, tendrán la consideración de contrabando.
En varios acuerdos internacionales (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) se han excluido de este concepto de contrabando algunas materias como jabón, papel, relojes, máquinas para la agricultura, joyería y bisutería, pero en la práctica estas distinciones han sido muy poco operativas.
En las condiciones en que se desarrollan los modernos estados de guerra, cuando los conflictos armados se convierten en luchas que implican a toda la población de los países contendientes, todos los artículos son clasificados por los beligerantes como contrabando en sentido estricto. Se han redactado numerosos tratados internacionales para definir el contrabando, pero en tiempos de guerra todas las naciones enfrentadas han violado estos acuerdos, formulando sus propias definiciones de acuerdo con sus éxitos y necesidades estratégicas. La Declaración de Londres, redactada en la Conferencia Naval de Londres de 1908 a 1909, establecía con detalle una clasificación de los artículos que entrarían dentro del concepto de contrabando en sentido estricto y en sentido amplio, y se hizo efectiva hasta cierto punto por la mayoría de las naciones marítimas europeas al comienzo de la I Guerra Mundial. Durante el desarrollo de la contienda, la lista de los artículos de cada categoría fue revisada por todos los países beligerantes a pesar de las protestas de las potencias neutrales que realizaban sus negocios habituales de transporte.
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Hacia 1916, la lista del contrabando en sentido amplio incluía de hecho todo lo que es transportable por vía marítima. Más tarde, hacia la mitad de la I Guerra Mundial, casi todos los cargamentos en tránsito hacia una nación enemiga fueron tratados como contrabando de guerra y por ello interceptados por los beligerantes, sin tener en cuenta la naturaleza del cargamento. Una política similar fue practicada por las potencias beligerantes durante la II Guerra Mundial. De acuerdo con el Derecho internacional, los ciudadanos de las naciones neutrales tienen derecho a comerciar bajo su propia responsabilidad con cualquiera de las potencias involucradas en la guerra.
No hay ningún deber para imponer restricciones al comercio y contrabando a los Gobiernos neutrales, pero a éstos no les asiste el derecho de interferir en favor de sus ciudadanos si se les incautan sus propiedades por parte de algún país beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "belligerent" en el derecho anglosajón, en inglés) cuando se hallan en tránsito hacia otro. La sanción más típica que imponen los beligerantes a los transportistas neutrales relacionados con el tráfico comercial del enemigo consiste en confiscar el cargamento.
Por la Declaración de Londres esta condena se amplió también al barco cuando más de la mitad de su cargamento es contrabando. Las naciones beligerantes no tienen derecho a fletar barcos neutrales que transporten materiales de contrabando, aunque esto fue una práctica habitual de Alemania durante la I Guerra Mundial y de las potencias del Eje durante la II Guerra Mundial. Por otro lado, también se denomina contrabando a la acción de introducir o sacar bienes de un país sin pagar los derechos de aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) o bienes cuya importación o exportación están prohibidos, y la definición engloba incluso la entrada ilegal de personas cruzando una frontera. El contrabando, que se practica en todo el mundo, es tan antiguo como las restricciones al comercio internacional. El contrabando estuvo en el trasfondo, entre otros conflictos internacionales, de las guerras del opio.
En el siglo XIX la sal de la India británica fue objeto de contrabando entre los Estados. Asunto: mundo. En la actualidad los ejemplos más frecuentes de contrabando son los de los viajeros individuales que no declaran en las aduanas (ver su definición; pero esencialmente se trata de las oficinas públicas encargadas del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) mercancías sujetas a arancel.
Sin embargo, los casos más graves de contrabando son los de tráfico ilícito de drogas, narcóticos y armamentos. Este tipo de comercio incluye un heterogéneo conjunto de artículos, desde rifles hasta materiales para fabricar armas nucleares o químicas. [1] A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Contrabando
Definición y descripción de Contrabando ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por José Othón Ramírez Gutiérrez) Es el acto u omisión realizado por una persona para evitar el control adecuado por parte de la autoridad aduanera en la introducción o exacción de mercancías a territorio nacional. [Voz española, compuesta de una preposición y un nombre, que provienen del latín), contra que significa frente a, contra; y del francés ban que pasó al italiano como bando, edicto solemne.
En el español antiguo significó la contravención de alguna cosa que era prohibida por bando publicado a voz de pregonero, en los lugares o sitios destinados para hacer público, lo que el príncipe quería que se observe o no se ejecute.]
Evolución del Contrabando
El contrabando existía desde la antigüedad; en Egipto durante los siglos VI y V antes de Cristo los cartagineses introducían en forma ilegal vinos y tejidos.
Roma también conoció el problema, se vestía a los esclavos con la toga blanca de los ciudadanos romanos para que cruzaran la frontera sin pagar los derechos respectivos (Bequet, Paul, Contrebande et contrebandiers, página 7).
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A partir del descubrimiento de América, España, mediante la bula alejandrina, expedida por el Papa Alejandro VI obtuvo el derecho exclusivo para comerciar con las nuevas tierras; de ella se derivaron una serie de medidas de efecto de mantener el dominio político y comercial, como el sistema de flotas que en número de dos al año, se enviaban a América lo que trajo como consecuencia que barcos franceses, ingleses y holandeses introducían fácilmente sus mercancías de contrabando, durante los largos periodos en que no aparecían los barcos españoles. Los economistas clásicos no se interesaron en este tipo de fenómenos, algunos ciertamente estimularon la evasión en ciertos casos; Adam Smith (1723-1790, importante filósofo social y economista) era indulgente con la evasión que serviría para evitarle al contribuyente la injusticia de impuestos perjudiciales a su actividad económica (Giorgetti, Armando, La evasión tributaria, página 123).
En la actualidad el comercio internacional de los países que han alcanzado un alto grado de desenvolvimiento económico y tienen un elevado nivel de producción manufacturera como Estados Unidos, Japón, Alemania, etcétera, las mercancías así producidas son de buena calidad y precio muy competitivo. Lo anterior a diferencia de los escasos productos manufacturados de los países en vías de desarrollo que no gozan de una calidad óptima y cuyos precios son bastante elevados. Lo anterior da lugar al surgimiento de un fenómeno económico que es el contrabando, en la medida que la mercancía extranjera sea de mejor calidad y buen precio. Cuando alguno de los elementos anteriores se presentan en las mercancías nacionales, disminuirá en forma inmediata el contrabando.
Historia
Un libro sobresaliente, atractivo y original utiliza la historia de un infame criminal francés del siglo XVIII para reconstruir la economía global del contrabando. Se trata de "Contraband: Louis Mandrin and the Making of a Global Underground", de Michael Kwass.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Al unir las dimensiones locales, nacionales y globales, ganamos un asiento en la primera fila al presenciar el impacto que las economías coloniales y las plantaciones tuvieron sobre los patrones de consumo de los europeos comunes a lo largo de la frontera sureste de Francia con Saboya, una región montañosa dentro del Reino de Piamonte-Cerdeña. En el núcleo del libro se encuentra una emocionante historia de un crimen, contada de nuevo en una prosa académica animada que logra incluir todas las imágenes coloridas que los lectores esperan en una novela. Louis Mandrin (1725-1755) provenía de una familia bien establecida pero empobrecida en el sureste de Francia. Cuando su padre murió en 1747, el hijo de diecisiete años se quedó con una buena educación pero pocos medios para cuidar de su familia. Las malas empresas comerciales pronto lo llevaron a migrar al otro lado de la ley, transportando ilegalmente productos entre Savoy, Suiza y Francia. El incipiente negocio de contrabando de Mandrin se especializó en dos productos que son el foco de atención de la curiosidad de Kwass: los calicos indios y el tabaco de Virginia.
En un deslumbrante capítulo sobre la "Globalización del consumo europeo", Kwass explica cómo un criminal de poca monta como Mandrin pudo obtener productos que se producen tan lejos.
Para 1750, señala, el subcontinente indio ya producía "tanto como la cuarta parte de la producción textil del mundo, gran parte para la exportación" (p. 32). Mientras tanto, los europeos entraron en el juego, fabricando imitaciones en Marsella y Ginebra que los contrabandistas como Mandrin a menudo vendían a campesinos prósperos y trabajadores de pequeñas ciudades.
Sin embargo, con respecto al tabaco, Mandrin vendió las cosas reales de los barcos que habían descargado sus productos fuera de la vista de Ferme général, el monopolio patrocinado por el gobierno francés. De hecho, la Granja era mucho más que un solo monopolio. Con la responsabilidad de recaudar impuestos sobre muchos productos básicos, como la sal, y los poderes policiales que rivalizaban con la mayoría de los ejércitos europeos, la Granja era una especie de estado dentro de un estado, y cada vez más impopular entre los campesinos, consumidores y hombres ilustrados de la Ilustración, que vieron Su poder es tanto tiránico como ineficiente.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A medida que Mandrin ascendía por la escala de un criminal de poca monta al líder de una pandilla que incluía a más de 100 hombres bien armados, los contemporáneos comenzaron a referirse a sus aventuras como una "guerra" entre la pandilla y la Granja.
Para Kwass, sin embargo, las acciones de Mandrin se parecen menos a Jesse James y más a Robin Hood.
En una serie de planes improvisados en varias ciudades durante 1754 y 1755, Mandrin asaltaría una ciudad, abrumaría a sus milicias inadecuadas y obligaría al agente local de la Granja a comprar su stock de tabaco a un precio fijo.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A menudo, Mandrin le daba al agente un recibo firmado, reclamando un tipo de estatus igual al de la Granja, como si fuera un competidor legítimo. Kwass interpreta los gestos novedosos de Mandrin como representativos de una economía alternativa, una más popular y moral.
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Finalmente, antes de salir de la ciudad con su dinero, Mandrin liberaría a la prisión de la ciudad de sus contrabandistas y deudores, y recibiría bebidas en la taberna local. Si bien Kwass tiene cuidado de nunca romantizar a su protagonista, está claro que para muchos contemporáneos y posteriores seguidores, las acciones de Mandrin representaron la justicia popular. Una de las razones de la extraordinaria popularidad de Mandrin fue la serie de éxitos que hicieron que su banda pareciera invencible en 1754. La policía de la Granja no pudo adivinar su próximo movimiento, y ni siquiera la Granja tenía armas suficientes para proteger simultáneamente a todas las ciudades del sureste de Francia.
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Finalmente, The Farm lo capturó en mayo de 1755 cuando su policía allanó su casa al otro lado de la frontera en Savoy, creando un incidente internacional propio.
En pocos días, Mandrin fue juzgado ante un tribunal francés, torturado y ejecutado. Autor: Williams
Contrabando en Europa Central y su Historia
En Suiza, a diferencia de la Unión Europea, el contrabando no se considera generalmente un delito, sino una infracción fiscal. A partir del siglo XVI, el contrabando se practicaba a gran escala (cereales, textiles, etc.) en el territorio de la actual Suiza para evitar los derechos de aduana y los peajes (Comercio exterior). De 1810 a 1813, Napoleón hizo ocupar el Tesino por tropas y aduaneros del Reino de Italia, en parte para frenar el contrabando. El bloqueo continental y las guerras revolucionarias perjudicaron el tráfico ilegal de mercancías en las regiones fronterizas. Sin embargo, éste se reanudó en la década de 1820 y, a finales del siglo XIX, obstaculizó incluso la celebración de acuerdos comerciales con los países vecinos: en 1878, por ejemplo, Italia exigió al Consejo Federal un tratado de asistencia aduanera.
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Hasta mediados del siglo XX, en función de los precios y la demanda, los bienes de consumo como el aceite, la sal y el azúcar, así como el tabaco y el alcohol, eran los preferidos para el contrabando.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Antes de la Segunda Guerra Mundial, el tabaco y el café se introducían de contrabando en Italia, a menudo con el consentimiento de las autoridades locales. Durante la guerra, sobre todo en 1943-1944, mercancías como el jamón, el arroz, las bicicletas y los zapatos se pasaban de contrabando en sentido contrario, a pesar de la mayor vigilancia de los guardias fronterizos del Tesino. El contrabando satisfacía principalmente las necesidades de la población local y era una fuente esencial de ingresos para muchas familias a ambos lados de la frontera. Las características y la intensidad del contrabando variaban de una región a otra. En el Tesino y los Grisones existió hasta los años noventa, con la aprobación del Mando de la Guardia de Fronteras. Desde la Segunda Guerra Mundial, el contrabando ha penetrado en nuevos sectores económicos.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A principios del siglo XXI, el progreso y los modernos medios de comunicación permitieron a los contrabandistas operar en todo el mundo desde Suiza. Como consecuencia, el tráfico de drogas, cigarrillos, armas, capitales y bienes culturales pasó a primer plano. El volumen de mercancías compradas o vendidas en Suiza es ciertamente poco importante, pero el país actúa como centro internacional de recepción de mercancías robadas, principalmente a través de sus puertos francos, lo que tiene un efecto especialmente perjudicial en sus relaciones con la Unión Europea. Revisor de hechos: Helv
Contrabando en economía
En inglés: Smuggling in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Contrabando en economía.
Introducción a: Contrabando en este contexto
El contrabando, o comercio ilegal, ha sido tradicionalmente relegado a un papel periférico en el análisis teórico del comercio internacional. Este tema puede ser de interés para los economistas profesionales. El fenómeno se ha observado pero no se ha integrado en el análisis formal, salvo en exóticos y tempranos esfuerzos como el de Beccaria (1764-5), que aflorarían tras la desaparición de este olvido. Desde el punto de vista económico, el contrabando es una forma de comercio transfronterizo. El contrabandista supera las barreras aduaneras (ya sea por motivos fiscales o de política económica) evitando los puestos aduaneros u ocultando las mercancías al pasar por ellos (aduanas). De este modo, se aprovechan de las diferencias de precios naturales o artificiales entre las distintas zonas económicas. Se crea así un equilibrio entre los intereses de compradores y vendedores. En términos jurídicos, el contrabando es ilegal porque va en contra de los intereses financieros de los Estados, antes principados, ahora Estados nacionales. Una definición más amplia incluye el transporte ilegal a un país de personas procedentes de países en guerra o en crisis. La lucha contra el contrabando depende, por un lado, del tamaño de los cuerpos de guardia fronteriza, del grado de organización y motivación de la autoridad de control y, por otro, de la legislación nacional, aún incompleta en algunos países. Este artículo tratará de equilibrar importantes preocupaciones teóricas con debates empíricos clave para ofrecer una visión general de este importante tema sobre: Contrabando.
Para tener una panorámica de la investigación contemporánea, puede interesar asimismo los textos sobre economía conductual, y microeconometría.. Datos verificados por: Mox Asunto: historia-economica. Asunto: comercio-internacional.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las cuestiones jurídicas y económicas aplicables al comercio internacional, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Información sobre Contrabando en la Enciclopedia Online Encarta
Véase También
Contrabando de Guerra Contrabando en América
Bibliografía
Ricardo Xavier Basaldua, "Introducción Al Derecho Aduanero: Concepto y Contenido", Buenos Aires, Argentina: Abeledo-Perrot, 1988.
Rocio Beltran Marquez, "El Contrabando Como Delito Aduanero", Tesis-UMSA, La Paz, Bolivia: s.p.e. 1995.
Jose Luis Tosi, "Diccionario De Derecho Aduanero (Ley 22.415)", Buenos Aires, Argentina: Depalma, 1994.
Bequet, Paul, Contrebande et contrebandiers, Paris, Presses Universitaires de France, 1959; el contrabando y el comercio exterior en la Nueva España, México, Publicaciones del Banco Nacional de Comercio Exterior, 1967; echegaray, Miguel y Lemos, José, El delito de contrabando, Buenos Aires, Editorial Víctor P. de Zavalía, 1971; Fernández, Pedro, Derecho aduanero, Buenos Aires, Depalma, 1966; Garza, Servando J., Las garantías constitucionales en el derecho tributario mexicano, México, Editorial Cultura, 194; Lomelí, Margarita, Derecho fiscal represivo, México, Porrúa, 1979; Silveyra Félix, Contrabando y encubrimiento de contrabando, Buenos Aires, Abelardo-Perrot, 1968.