El Convenio sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre el Convenio sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el trabajo.
Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
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Noción de Salud Ocupacional en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, salud ocupacional ha sido definido [1] [2] [3] de la siguiente forma: Salud ocupacional: Rama de la salud pública, que tiene como finalidad, promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores; prevenir todo daño a la salud, causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador atendiendo a sus aptitudes y capacidades. Una extensa entrada sobre salud ocupacional puede encontrarse aquí.
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Antecedentes
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el único organismo especializado de las Naciones Unidas en el que sus Estados miembros están representados en forma tripartita a través de los gobiernos y las organizaciones de trabajadores y empleadores de cada país. En la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) realizada en Ginebra el 31 de mayo del 2006 se valoró la importancia de las enfermedades ocasionadas por el trabajo, y su relación negativa con la productividad empresarial en general, en aspectos como: · Ausentismo; · Falta de motivación; · Desorganización y desarticulación del trabajo; y · Desarrollo económico y social.
De ahí la necesidad de velar y promover continuamente por la seguridad y la salud laboral en los programas estructurales, a través de un programa nacional general de seguridad y salud, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores.
En el marco de esta discusión, la OIT invita a cada país a: · Formular objetivos alcanzables en un plazo (véase más en la plataforma (de Lawi) general) específico; y · Establecer las prioridades y medios de acción para mejorar y evaluar los progresos realizados; · Iniciar políticas que busquen la salud síquica y emocional de los individuos en el trabajo fundadas en el derecho de las personas a trabajar en condiciones humanas y relaciones personales justas y provechosas. Estas políticas deben promover diagnósticos de situaciones problemáticas para la salud mental de los empleados (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Asimismo, tratamientos adecuados para tratar problemas de salud mental en el trabajo.
Entre los problemas de salud mental laboral más frecuentes están: · El stress laboral; · Las depresiones y otros estados de enajenación en variadas expresiones y formas; · Uno de los mayores problemas para la salud emocional en el trabajo es el individualismo; Cuando son los líderes de la organización quienes padecen de este problema, las condiciones de salud mental se hacen más estresante. Este tiende a legitimar conductas de acoso psicológico y a instalar un lenguaje denigrante y desmotivo para la persona humana en el trabajo.
· Falta de integridad y de transparencia, lo que es punto de partida para expresiones de corrupción organizacional. La Conferencia promueve que un sistema nacional de salud debe incluir: 1. Una autoridad u organismo responsable de la salud mental laboral a nivel nacional y local; 2. Disposiciones especificas para promover la cooperación empresarial; 3. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Trabajadores y sus representantes con motivo de proteger y crear ambientes laborales socialmente sanos; ® (Ej.
Servicios de información, asesoramiento e investigación especializados). 4. Un sistema para la recopilación y el análisis de datos relativos al daño psicológico y enfermedades mentales derivadas del trabajo; usando y capitalizando en existentes instrumentos de la OIT. 5. Disposiciones con miras a la colaboración internacional que mejoren progresivamente las condiciones de salud emocional en el trabajo, tanto en el sector de microempresas, como en empresas pequeñas y medianas y en la economía informal. Una interesante propuesta en este entorno ha sido la creación del Premio del Lugar de Trabajo Psicológicamente Sano, propuesto por la American Psychological Association. Este premio reconoce a las empresas que más contribuyen al desarrollo, crecimiento y reconocimiento de los empleados, a la seguridad y salud y de balance familia trabajo de los individuos en la organización.
Algunos ejemplos de prácticas de trabajo que ayudan a crear ambientes organizacionales socialmente sanos y estimulantes con: · La participación del empleados en la toma de decisiones; · El desarrollo de habilidades de capacitación y liderazgo; · El trabajo flexible; · Programas que promueven la autogestión y estilos de vida saludables; · Programas para prevenir y manejar (gestionar) el stress asociado (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "associate" en derecho anglo-sajón, en inglés) al trabajo; · Programas de reconocimiento del desempeño individual y de equipos; · Beneficios de salud que cubran servicios de salud mental y todo tipo de servicios de asistencia emocional en beneficio del empleado y de la creación de culturas laborales de excelencia. Iniciativas como estas ofrecen oportunidades para conseguir una gestión con las personas sustentada en una política de inversión humana. Preocuparse por la gente y hacer lo posible por su bienestar, motivar y enaltecer su dignidad humana, son aspectos fundamentales del trabajo mismo. Asunto: trabajo.
Conclusión
Los Convenios de la OIT son tratados internacionales sujetos a la ratificación de sus Estados miembros que crean obligaciones jurídicas al ser ratificados. Las recomendaciones no se prestan a la ratificación, sino que señalan pautas para orientar la política, la legislación y la práctica de los Estados Miembros en relación con el convenio que acompañan. El Artículo 19, Párrafo 5, b) de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo establece que es obligación del Poder Ejecutivo de cada Estado miembro someter al Congreso Nacional, en el plazo (véase más en la plataforma (de Lawi) general) de un año, a partir de su aprobación, el Convenio adoptado por la Conferencia Internacional del trabajo.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Salud ocupacional (salud laboral / salud derivada del trabajo)Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el trabajo
Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales.
Instituto nacional de Seguridad e Higiene
Ministerio (español) de Sanidad y Consumo
Véase También
Accidente de trabajo
Ordenanza de seguridad e higiene en el trabajo
Riesgo grave e inminente