Convenio sobre la Diversidad Biológica
Este artículo es una ampliación de las guías y los cursos de Lawi. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios para sobresalir, sobre este tema. Te explicamos, en el contexto del medio ambiente, qué es, sus características y contexto.
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En Economía Internacional
El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) tiene como objetivo promover el bienestar tanto de la naturaleza como del ser humano. Negociado bajo los auspicios del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), adoptado el 22 de mayo de 1992, y que entró en vigor el 29 de diciembre de 1993, se basa en un triple objetivo que interactúa entre sí: "la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos" (art. 1). El Convenio tiene un alcance amplio, ya que incluye todas las especies y ecosistemas del mundo, así como la diversidad genética dentro de las especies. Actualmente hay 188 partes en el convenio, que se rige por una Conferencia de las Partes (COP) que cuenta con el apoyo de un Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico. La secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica se encuentra en Montreal y cuenta con unos 60 profesionales y personal de apoyo. El trasfondo de la negociación y el fortalecimiento del Convenio sobre la Diversidad Biológica fue la creciente conciencia y el acuerdo entre los científicos de que la tasa actual de extinción de especies era (y sigue siendo) extremadamente alta en comparación con la tasa media natural. La rápida pérdida de diversidad genética en las plantas domesticadas, con el riesgo de que se reduzca la seguridad alimentaria, era otra de las principales preocupaciones. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): De los 7 a 30 millones de especies que se calcula que hay en la Tierra, sólo 1,9 millones han sido descritas científicamente; la mayor parte de lo que se ha perdido es científicamente desconocido.
Además, el desarrollo de las biotecnologías ha aumentado los intereses económicos en los recursos genéticos del mundo. Los recursos genéticos constituyen importantes factores de entrada en la biotecnología, incluido el sector farmacéutico y todo el desarrollo y la cría de plantas y animales. Los parientes silvestres de los cultivos domésticos proporcionan una variabilidad genética que puede ser crucial en circunstancias como la superación de brotes de enfermedades o la adaptación a los cambios climáticos.
Las especies pueden contener compuestos (genes, proteínas) que pueden generar valiosos productos farmacéuticos o de otro tipo en algún momento futuro. Las disposiciones sobre el acceso a los recursos genéticos, incluida la distribución equitativa de los beneficios de su uso, constituyen un elemento central del Convenio sobre la Diversidad Biológica y se consideran un requisito previo para los dos primeros objetivos de conservación y uso sostenible. El Convenio sobre la Diversidad Biológica reconfirmó los derechos de soberanía nacional sobre los recursos genéticos (art. 15.1) y la distribución equitativa de los beneficios derivados de la utilización de esos recursos (art. 15.7). El acceso a los recursos se basa en términos mutuamente acordados y está sujeto al consentimiento informado previo (art. 15.4 y 15.5). El valor de los productos derivados de los recursos genéticos en todo el mundo se ha estimado entre 500.000 y 800.000 millones de dólares.
Además de los valores económicos directos de los recursos genéticos, la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) en su conjunto proporciona una gran variedad de servicios ecosistémicos, como la regulación local del agua y el clima, y materiales para la construcción. También hay una gran variedad de valores no económicos asociados a la biodiversidad, como los valores culturales e intrínsecos. Se calcula que la pérdida media anual de hábitats y poblaciones silvestres priva a las personas de servicios de los ecosistemas con un valor neto de unos 250.000 millones de dólares cada año (Evaluación de los Ecosistemas del Milenio 2005). Las partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica se han comprometido a detener e invertir la pérdida de biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) para 2010. Para ello, las partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica han acordado desarrollar estrategias nacionales de biodiversidad, integrar la conservación de la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) en todos los niveles políticos y sectores, identificar y vigilar la biodiversidad, establecer sistemas de áreas protegidas e identificar las actividades que puedan tener efectos adversos sobre la biodiversidad.
Además, las partes deben adoptar medidas económica y socialmente sólidas que actúen como incentivos para la conservación y el uso sostenible, establecer programas de educación y formación científica y técnica para la identificación y la conservación, y prestar apoyo a dicha formación en los países en desarrollo. El Convenio sobre la Diversidad Biológica está dotado de un mecanismo de seguimiento en forma de informes nacionales y de un mecanismo de incentivos en forma de Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM). El Fondo para el Medio Ambiente Mundial ha invertido casi 4.200 millones de dólares en la conservación de la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) en los países en desarrollo desde su creación en 1991. En varios aspectos, el Convenio sobre la Diversidad Biológica constituye un acuerdo marco abierto a nuevos desarrollos y especificaciones. Por ejemplo, el artículo 19.3 compromete a las partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica a considerar la elaboración de un protocolo para proteger la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) de los riesgos potenciales de los organismos modificados genéticamente. Sobre esta base, las partes negociaron el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, que fue adoptado en 2000 y entró en vigor en 2003. El protocolo se basa en un enfoque de precaución y establece un procedimiento de acuerdo fundamentado previo (AIA) para ayudar a los países a tomar decisiones antes de aceptar la importación de dichos organismos en su territorio. La Conferencia de las Partes ha iniciado los trabajos de siete programas de trabajo temáticos. Estos abordan la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) marina y costera, la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) agrícola, la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) forestal, la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) de las islas, la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) de las aguas interiores, las tierras secas y subhúmedas y la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) de las montañas.
Además, se han iniciado los trabajos sobre bioseguridad; acceso a los recursos genéticos; conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales (art. 8[j]); derechos de propiedad intelectual; indicadores; taxonomía; educación y concienciación del público; incentivos; y especies exóticas. El enfoque ecosistémico es el principal marco de actuación de la convención. Se trata de una estrategia para la gestión integrada de la tierra, el agua y los recursos vivos que pretende promover la conservación y el uso sostenible de forma equitativa. El enfoque por ecosistemas reconoce que los seres humanos, con su diversidad cultural, son un componente integral de los ecosistemas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Dado que la mayor amenaza para la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) reside en la sustitución de las tierras no desarrolladas por sistemas alternativos de uso de la tierra, el enfoque recomienda la gestión en un contexto económico para reducir las distorsiones del mercado, que infravaloran los sistemas naturales y proporcionan incentivos y subsidios perversos. La Conferencia de las Partes ha solicitado una estrecha colaboración con los instrumentos y procesos internacionales pertinentes para mejorar la coherencia de las políticas. Entre ellos se encuentran los convenios relacionados con la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) (la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas, la Convención de Ramsar sobre los Humedales, la Convención sobre las Especies Migratorias y la Convención sobre el Patrimonio Mundial), la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y la Convención de Lucha contra la Desertificación (CLD), así como organizaciones intergubernamentales como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la UNESCO, la Comisión Oceanográfica Intergubernamental y la Organización Mundial del Comercio (OMC). Existe un sitio web conjunto para los convenios relacionados con la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) (ver Lecturas Adicionales, al final de este artículo). El Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención de Ramsar sobre los Humedales están aplicando un plan de trabajo conjunto, que incluye la Iniciativa de Cuencas Fluviales. Las secretarías del Convenio sobre la Diversidad Biológica y de la Convención de Lucha contra la Desertificación están elaborando un programa de trabajo conjunto. La Conferencia de las Partes también ha pedido una mayor cooperación con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en temas como las tierras áridas, la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) forestal, los arrecifes de coral y las medidas de incentivo. El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático examina los vínculos entre el cambio climático y la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) y prepara asesoramiento científico sobre la integración de las consideraciones relativas a la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) en la aplicación de la CMNUCC y su Protocolo de Kioto. La Secretaría colabora con la UNESCO en el desarrollo de una iniciativa global sobre educación, formación y concienciación de la biodiversidad. La Conferencia de las Partes también destaca la importancia de desarrollar un entendimiento común de la relación entre el Convenio sobre la Diversidad Biológica y los acuerdos de la OMC, incluido el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
Ha pedido que se siga trabajando en la relación entre los derechos de propiedad intelectual (DPI), las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, en particular las relativas a la transferencia de tecnología y a los conocimientos tradicionales y la diversidad biológica. La Conferencia de las Partes ha invitado a la Organización Mundial del Comercio a estudiar la interrelación entre el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. La Conferencia de las Partes también ha tratado de iniciar la cooperación con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre la cuestión de los derechos de propiedad intelectual derivados de la aplicación del convenio, como los relativos al acceso y la distribución de beneficios y el artículo 8(j) y las disposiciones conexas.
En 2003 se firmó un memorando de cooperación con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Datos verificados por: Brooks
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Objetivos
El Convenio de Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica (CDB) fue negociado bajo el auspicio del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y quedó abierto a la firma en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, denominada “Cumbre de la Tierra”, celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992. Entró en vigor el 29 de Diciembre de 1993 y constituye un tratado internacional casi universal, ya que cuenta con más de 196 Partes Contratantes. La Unión Europea y todos los Estados Miembros de la misma son Partes del Convenio. El Convenio tiene tres objetivos principales:
La conservación de la diversidad biológica
El uso sostenible de sus componentes
El reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos
Este instrumento internacional es legalmente vinculante para las Partes Contratantes.
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Programas de trabajo del Convenio sobre la Diversidad Biológica
Programas temáticos
Para conseguir los objetivos del Convenio, la Conferencia de las Partes (órgano rector del Convenio que adopta decisiones en sus reuniones periódicas) ha establecido siete programas de trabajo temáticos que corresponden a algunos de los principales biomas del planeta y abordan la conservación de: la diversidad biológica agrícola, de zonas áridas, forestal, de aguas continentales, insular, marina y costera y por último de montañas. Ver más abajo.
Cuestiones intersectoriales
La Conferencia de las Partes también ha empezado a trabajar sobre cuestiones intersectoriales que abordan asuntos de importancia para todas las áreas temáticas y proporcionan puentes y vínculos entre los programas temáticos. Ver más abajo. Algunas iniciativas intersectoriales apoyan directamente la labor que realiza en dichos programas; por ejemplo, el trabajo sobre indicadores proporciona información sobre la situación y las tendencias de la diversidad biológica para todos los biomas. Otras desarrollan productos concretos separados de los programas temáticos. El trabajo realizado por estas cuestiones intersectoriales ha dado lugar a un conjunto de principios, directrices y herramientas para facilitar la aplicación del Convenio y el logro de sus objetivos.
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Programas Temáticos y cuestiones intersectoriales
Programas temáticos
La Conferencia de las Partes ha establecido siete programas temáticos de trabajo (que se enumeran a continuación) que corresponden a algunos de los principales biomasas del planeta. Cada programa establece una visión y principios básicos para orientar el trabajo futuro. También establecen cuestiones clave para su examen, identifican los resultados potenciales y sugieren un calendario y medios para lograrlos. La aplicación de los programas de trabajo depende de las contribuciones de las partes, de la Secretaría, de las organizaciones intergubernamentales y de otros organismos pertinentes. Periódicamente, la Conferencia de las Partes y el OSACTT examinan el estado de aplicación de los programas de trabajo. Biodiversidad agrícola Biodiversidad de tierras secas y sub-húmedas Biodiversidad forestal Biodiversidad de aguas interiores Biodiversidad isleña Biodiversidad marina y costera Biodiversidad de la montaña
Cuestiones transversales
La Conferencia de las Partes también ha iniciado trabajos sobre cuestiones clave de relevancia para todas las esferas temáticas. Estas cuestiones transversales corresponden a las cuestiones abordadas en las disposiciones sustantivas de la Convención en los artículos 6-20 y proporcionan puentes y vínculos entre los programas temáticos. Algunas iniciativas de corte transversal apoyan directamente el trabajo en los programas temáticos, por ejemplo, el trabajo sobre indicadores proporciona información sobre el estado y las tendencias de la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) para todos las biomasas. Otros desarrollan productos discretos muy separados de los programas temáticos. El trabajo realizado para estas cuestiones transversales ha llevado a una serie de principios, directrices y otros instrumentos para facilitar la aplicación de la Convención y el logro del objetivo de la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) 2010. Las cuestiones son: Objetivos de biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) en Aichi Acceso a recursos genéticos y reparto de beneficios Diversidad biológica y cultural Biodiversidad para el desarrollo Cambio climático y biodiversidad Comunicación, educación y sensibilización pública Medidas económicas, comerciales e incentivadoras Enfoque del ecosistema Restauración de ecosistemas Género y biodiversidad Estrategia global para la conservación de las plantas Iniciativa de taxonomía global Salud y biodiversidad Evaluación del impacto Identificación, seguimiento, indicadores y evaluaciones Especies exóticas invasivas Responsabilidad y compensación-art. 14 (2) Temas nuevos y emergentes Iniciativa de diálogo paz y biodiversidad Áreas protegidas Uso sostenible de la biodiversidad Transferencia de tecnología y cooperación Turismo y biodiversidad Conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales- artículo 8 (j)
Grupos principales
En el contexto del programa de comunicación, educación y sensibilización pública (CEPA) del CDB, se alienta la participación de los principales grupos de interesados. La siguiente lista proporciona enlaces a iniciativas relacionados: Negocio Autoridades locales Parlamentarios Universidades y la comunidad científica Niños y jóvenes La ola verde para las escuelas Organizaciones no gubernamentales (ONG) Autor: Williams
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Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020
Durante la décima reunión de la Conferencia de las Partes celebrada del 18 al 29 de octubre de 2010 en Nagoya (Japón), se actualizó y aprobó el Plan Estratégico para la Biodiversidad para el período 2011-2020. Este nuevo plan es un marco de acción de diez años para todos los países y las partes firmantes del Convenio para detener la pérdida de la diversidad biológica y asegurar la provisión de los servicios de los ecosistemas esenciales para las personas. El Plan Estratégico se compone de una visión compartida, una misión, objetivos estratégicos y 20 metas ambiciosas pero alcanzables. Se trata de un marco flexible para el establecimiento de objetivos nacionales y regionales, y promueve la aplicación coherente y eficaz de los tres objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica. El desarrollo de objetivos nacionales, así como la actualización y revisión de las estrategias nacionales y planes de acción serán las herramientas clave en el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Plan Estratégico.
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Protocolo de Nagoya
El Protocolo de Nagoya, que estuvo abierto a la firma de las Partes del Convenio del 2 de febrero de 2011 hasta el 1 de febrero de 2012, fue firmado por 92 Partes. Por su parte, en el contexto de la Unión Europea, y para dar cumplimiento a algunas de las disposiciones del Protocolo, se ha adoptado el Reglamento 511/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativo a las medidas de cumplimiento de los usuarios del Protocolo de Nagoya sobre al acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en la Unión. Con este nuevo Protocolo se intenta reforzar el cumplimiento de las normas nacionales de acceso de los países proveedores de recursos genéticos mediante la exigencia de medidas de cumplimiento y seguimiento en los terceros países donde se utilicen dichos recursos genéticos. Todos los países se comprometen a establecer medidas para asegurar que los recursos genéticos utilizados dentro de su jurisdicción hayan sido accedidos de conformidad con el marco nacional del país proveedor, comprometiéndose por tanto a luchar en su jurisdicción contra la biopiratería. Para ello, todos los países se han comprometido a establecer puntos de control bajo su jurisdicción y exigir a los usuarios de recursos genéticos que pasen bajo dichos puntos de control a que aporten información sobre los recursos genéticos, principalmente a través del certificado de cumplimiento, en caso de existir. Esto redundará en una mayor transparencia en los sectores que utilizan recursos genéticos y en una más fluida y constante transferencia de beneficios a los países proveedores, contribuyendo así a la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y a la reducción de la pobreza. Documentos relevantes relacionados:
Reglamento (UE) 511/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativo a las medidas de cumplimiento de los usuarios del Protocolo de Nagoya sobre al acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en la Unión.
Decisión del Consejo, de 14 de abril de 2014, relativa a la celebración en nombre de la Unión Europea del Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Instrumento de Ratificación del Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, hecho en Nagoya el 29 de octubre de 2010
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Estrategia de movilización de recursos
La estrategia para la movilización de recursos en apoyo del logro de los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica fue adoptada en la novena Conferencia de las Partes del Convenio, celebrada en Bonn en mayo de 2008. El objetivo de esta estrategia es aumentar considerablemente los flujos financieros internacionales y el financiamiento nacional para la diversidad biológica, a fin de lograr una reducción sustancial de las deficiencias de financiamiento existentes en apoyo a la consecución eficaz de los tres objetivos del Convenio. Este objetivo de movilización de recursos mundial (o global) debe ser considerado como un marco flexible para el desarrollo de objetivos mensurables y/o indicadores que aborden todas las fuentes de financiamiento pertinentes, según las prioridades y capacidades nacionales, y tomando en cuenta las situación y necesidades especiales de los países en desarrollo. En la décima reunión de la Conferencia de las Partes del CDB, en octubre de 2010, se adoptó la Decisión X/3 relativa a la estrategia de movilización de recursos, que incluye un listado de indicadores para el seguimiento de la estrategia de movilización de recursos.
Además, en la Decisión X/3 se reiteró el compromiso de incrementar sustancialmente los recursos provenientes de todas las fuentes para la aplicación efectiva del Convenio y su Plan Estratégico 2011-2020. Para lograr ese compromiso, se ha establecido un proceso para definir indicadores y niveles de referencia relativos a las necesidades y los flujos existentes de movilización de recursos, con el fin de llegar a establecer objetivos concretos para la aplicación de la estrategia de movilización de recursos.
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Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología
El Protocolo sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica del 7 de junio de 1992 (1760 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 79; véase diversidad biológica) fue adoptado por una Conferencia de las Partes en Cartagena, Colombia, el 29 de enero de 2000 (2226 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 208) y entró en vigor el 11 de septiembre de 2003. Su objetivo es garantizar "un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica...": artículo 1. Véase Louka, Biodiversity and Human Rights (2002). Y véase el sitio web cbd.int en internet (en inglés). Revisor de hechos: N Perri Para más conceptos e información internacional de contexto, puede consultarse, en la plataforma digital general, sobre el derecho internacional en general, y la biotecnología.
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco del medio ambiente y su regulación, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC)
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)
Fondo para el Medio Ambiente Mundial
Acuerdos medioambientales multilaterales
Comercio y medio ambiente