Corredores De Seguros
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Corredores De Seguros en el Derecho Español
Corredores De Seguros en 2001
Según el Diccionario Jurídico Espasa, Corredores De Seguros significa:
Son corredores de seguros las personas físicas o jurídicas que realizan la actividad mercantil de mediación en seguros privados sin mantener vínculos que supongan afección con entidades aseguradoras o pérdida de independencia respecto a éstas y ofreciendo asesoramiento imparcial a quienes pretendan contratar un seguro. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se diferencian por su carácter imparcial de los agentes de seguro (afectos a una compañía). Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Su régimen se halla en la Ley 9/1992, de 30 de abril, de mediación en seguros privados. [M.L.G.-M.]