Cuenta de Pago
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
En Europa
La Directiva 2014/92/UE, de 23 de julio de 2014, sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas, tenía un plazo (véase más en la plataforma (de Lawi) general) de transposición que finalizó el 18 de septiembre de 2016.
En España
Escribe Fernando Zunzunegui: "En relación con la transposición de la Directiva 2014/92/UE, el Ministerio de Economía y Competitividad ha abierto a consulta pública, hasta el próximo 14 de febrero de 2017, lo que denomina “Anteproyecto de Ley sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas”, documento que tan solo recoge una especie de exposición de motivos con algunas opciones abiertas por la Directiva a los estados miembros en la transposición de la norma al Derecho interno. Es una norma esencial que vendrá a regular los servicios de pago como servicios básicos y que debe garantizar el acceso universal a la cuenta corriente. Vivimos un proceso de desmonetización en el que se limitan los pagos en efectivos.
La forma prioritaria y a veces obligatoria de realizar o recibir pagos con la Administración es la cuenta corriente bancaria.
La moneda bancaria sustituye a los billetes.
En este contexto, es lógico que se otorgue al ciudadano un derecho a la cuenta corriente o, al menos, a los servicios básicos asociados a la cuenta corriente. El esbozo de exposición de motivos que encabeza la consulta reconoce que la falta de comparabilidad de las comisiones y las dificultades a la hora de trasladar una cuenta de pago contribuyen a un bajo nivel de competencia en el sector bancario minorista.
Tema: minorista. En este ámbito, se trata de tener acceso a la cuenta y de que el usuario pueda comparar entre las distintas ofertas que existan en el mercado de servicios de pagos.
Pero para poder comparar debe asegurarse la transparencia de las comisiones que se cobran por cada servicio de pago y debe garantizarse el uso de una terminología uniforme. A su vez, debe facilitarse el cambio de banco con un procedimiento eficiente de traslado de cuentas.
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Del mismo modo que un ciudadano puede cambiar de compañía de teléfono conservando el número de teléfono, así de fácil debería ser cambiar de banco.
Lo que la directiva regula -pendiente de ser incorporado al Derecho interno español- es la movilidad financiera, mediante un procedimiento de trasladado de cuentas, eliminando las trabas que lo restringen. Como decimos, el documento de consulta carece de un texto articulado y se limita a exponer las opciones de trasposición en cuatro temas, a saber:
La ampliación del derecho de acceso a cuentas diferentes de las cuentas de pago básicas.
La posibilidad de que los sitios web de comparación sean gestionados por un operador privado o por una autoridad pública, así como la forma de garantizar la transparencia y la fiabilidad por parte del sitio web de comparación.
Los elementos comparativos del nivel de servicio ofrecido por los proveedores de servicios de pagos (aunque el texto se refiera a unos incompresibles “factores determinantes comparativos que deben exigirse, adicionales al nivel del servicio ofrecido por el proveedor de servicios de pago”; un copia y pega de una mala traducción del art. 7. 3 de la Directiva, del original en inglés: “further comparative determinants relating to the level of service offered”, traducido en la versión francesa como “éléments comparatifs supplémentaires déterminant le niveau de service” y en la italiana por “ulteriori determinanti comparative sul livello di servizi”).
El establecimiento o no de comisiones por la prestación de los diferentes servicios prestados en las cuentas de pago básicas.
El texto no se acompaña -como es habitual en las consultas de otros Estados de la Unión Europea- con una exposición de las diferentes opciones legislativas con una propuesta concreta de transposición, atendiendo a la opción política del gobierno consensuada con los supervisores financieros, atendiendo a los intereses en juego.
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De tal modo que el lector se enfrenta en solitario a una consulta cuyo resultado en buena medida ya está decidido, pero sin tener acceso a la opción política por la que se inclina el gobierno.
Aviso
No obstante, se agradece este ejercicio de transparencia al que no estamos muy habituados en España."
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Véase También
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Sistema de Compensación
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Credito
Banca Al Por Menor
Banca Comercial
Banca De Desarrollo
Banca Electrónica o Virtual
Banco