Cuentas de Pasivo
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Cuentas de Pasivo
Concepto de Cuentas de Pasivo en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: Las que representan las obligaciones, deudas y créditos que constituyen el pasivo.
El pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) fortuito o remoto, omisión de los estados financieros acorde a la normativa contable internacional
El origen de este estudio es la propuesta de la necesidad en la inclusión dentro de las notas a los estados financieros de lo que denominamos el “pasivo fortuito o de probabilidad remota” o su concepto similar. El término anterior lo hemos propuesto analizando la norma internacional de contabilidad número 37 (publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea de fecha 13 de octubre de 2003 y con vigencia desde el 1 de julio de 1999 ante el IASC), la cual habla de provisiones, activos y pasivos (véase más en la plataforma (de Lawi) general) contingentes.
En dicha norma se recogen provision y pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente. Provisión es un pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) con incertidumbre de cuantía y vencimiento (párrafo 10 NIC 37) y para el reconocimiento las provisiones, dichas deben ser obligaciones presentes, probables y que cuentan con una estimación fiable (párrafo 14 NIC 37). Pasivo contingente es (NIC 37 párrafo 10):
Una obligación posible surgida por un hecho pasado y cuya existencia se confirmará por la ocurrencia de un evento fuera de control de la empresa.
Una obligación presente surgida por un hecho pasado que no se ha reconocido en la contabilidad porque carece de valoración fiable y no es probable que la empresa se desprenda de recursos.
Posteriormente, la NIC 37 en su párrafo 16 señala que las provisiones (es decir su contabilización) se reconocen cuando la obligación presente tiene mayor probabilidad de existir que de no existir, caso contrario, se debe revelar el pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente (solo informar en notas) “SALVO” en caso de remota posibilidad. Pero nuestro pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) fortuito o de probabilidad remota no es ninguno de los casos anteriores (provisión y contingente), sin embargo puede llegar a tener un gran impacto en el negocio en marcha.
Tiene cabida en virtud de la salvedad que contempla la revelación del pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente y que a la letra las normas internacionales de contabilidad enuncian dentro del texto de “INTRODUCCION” de la NIC 37 párrafo cuarto últimos renglones: “…la empresa procederá a revelar la existencia de una obligación contingente, salvo en el caso en que sea remota la posibilidad de salida de recursos que incorporen beneficios para cancelarla”. Es decir, cuando considera remota dicha posibilidad de que se realice dicho pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente, exime su revelación, luego entonces, área de oportunidad de nuestro estudio. Por tanto, en las normas internacionales de contabilidad se establece que cuando se tenga incertidumbre en una obligación presente sea por la fecha de su vencimiento y por su importe, se deberá reconocer una provisión contablemente.
Secuencia
Posteriormente, si dicha provisión es menos probable que exista que de que no exista, entonces reconocer en notas el pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente, y si es remoto que suceda dicho pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente, entonces se exime de toda obligación de informar. Así que nuestro “pasivo fortuito o de probabilidad remota” viene más referido al pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente, del cual queremos señalar lo que contempla éste último en la NIC 37 párrafo 18 del texto de Introducción de dicha norma:
Toda obligación posible surgida a raíz de sucesos pasados, cuya existencia quedará confirmada solo si ocurren los eventos referidos y que no están bajo control de la empresa.
Toda obligación presente surgida a raíz de sucesos pasados, no reconocida en estados financieros (es decir no en provisión) debido a que no es probable que la empresa requiera desprenderse de recursos o que el importe de dicha obligación no pueda ser valorado con fiabilidad.
Por otra parte, con respecto a en nuestro “pasivo fortuito o de probabilidad remota”, las diferencias serian que la obligación posible no surge necesariamente de algún suceso pasado y no espera ser confirmado, solo se considera su riesgo debido al impacto en el negocio en marcha. Por otra parte, no es ninguna obligación presente, pero que de presentarse puede afectar de manera importante el negocio en marcha, lo cual va más allá de la salida de recursos. En lo referente a la valoración con fiabilidad, comparte la filosofía del pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente el cual no puede ser valorado con fiabilidad pero para tal efecto proponemos que su importe no exceda el valor del activo perdido, desaparecido o término similar al respecto. Por tanto, nuestro tema objeto de estudio no representa una obligación presente ni surge por un suceso ocurrido en el pasado. Por otra parte, el pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente tiene el límite de revelación en caso de considerar remota tal obligación, en nuestro estudio, consideramos que tal limitante no debe existir debido al impacto en el negocio en marcha que pudiese surgir. Cabe señalar, entre otros que deben existir, eventos que están fuera del alcance de este estudio debido a que ya son considerados en la norma internacional de contabilidad 37 como son las modificaciones en las legislaciones de los países y por una obligación implícita creada por la misma empresa (cuando se ha comprometido a, por ejemplo, a restaurar el medio ambiente que ha contaminado, etc.). Ambas situaciones anteriores representan los sucesos pasados de los cuales deriva la obligación tanto de las provisiones como de los pasivos (véase más en la plataforma (de Lawi) general) contingentes. Además quedan fuera de este estudio por estar consideradas dentro de la NIC 37 las siguientes situaciones que en dicha norma se indica su proceder:
Pérdidas futuras derivadas de las explotaciones: las cuales debe darse el tratamiento de la NIC 36 “deterioro de valor de los activos” (párrafo 11 del texto de introducción de la NIC 37).
Contratos de carácter oneroso, realizar provisión si es obligación presente, hay estimación fiable, y es probable desprenderse de recursos. (párrafo 12 del texto de introducción de la NIC 37).
Provisión por costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de reestructuración, si es obligación presente, hay estimación fiable, y es probable desprenderse de recursos. (párrafos 13 a 17 del texto de introducción de la NIC 37).
Valuación de instrumentos financieros a valor razonable (párrafo 1, NIC 37), entonces aplicar NIC 39.
Contratos pendientes de ejecución no onerosos (párrafo 1, NIC 37).
Aquellos que aparezcan en compañía de seguros derivados de las pólizas de los asegurados, aplicar NIIF 4: Contratos de seguros. (párrafo 1, NIC 37).
Los que se ocupe otra norma de contabilidad (párrafo 5, NIC 37)
En este último punto, por ejemplo:
NIIF 3: Pasivos contingentes en combinación de negocios.
NIC 11, Contratos de construcción.
NIC 12, Impuestos sobre las ganancias.
NIC 17, Arrendamientos.
NIC 19, Retribuciones a empleados.
Por tanto, las principales diferencias del “pasivo fortuito o de probabilidad remota” motivo de nuestro estudio con relación a las provisiones es que no es obligación presente, y con el pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente es que no tiene su raíz en un suceso pasado y que se revelará siendo remota su ocurrencia. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Sin embargo hablamos de sucesos que de manera casual, no programados y fuera del control de la empresa, pueden generar problemas de negocio en marcha para la entidad. Finalmente, proponemos un se elabore un formato de presentación el cual consideramos sería una radiografía del activo mostrado en el balance a una fecha determinada. Cabe señalar que en diciembre de 2003 se emitió la NIC 10, “Eventos posteriores a la fecha del balance”, el cual pide revelación de tales hechos ocurridos desde la fecha del balance hasta la fecha de autorización de los estados financieros.
.
De igual forma estos hechos posteriores a la fecha del balance pueden poner en riesgo el negocio en marcha, sin embargo, en el tema objeto de nuestro estudio, el “pasivo fortuito o de probabilidad remota” sigue persistiendo aun en la fecha de la autorización de los estados financieros, es decir, nunca será un hecho posterior al cual se refiere la NIC 10 mencionada.
La NIC 10 señala que existen 2 tipos de eventos considerados hechos posteriores a la fecha del balance (párrafo 2, NIC 10):
Los que proporcionan evidencia de condiciones que existían a la fecha del balance, los cuales implican ajustes contables.
Los que proporcionan evidencia de condiciones que han aparecido después de la fecha del balance y que no implican ajustes contables.
En el primer caso, el tema de nuestro estudio nunca generará un ajuste contable y la condición a que se refiere la NIC 10 en este primer caso, no existe a la fecha del balance, solo se pronostica el riesgo remoto de aparecer.
En el segundo caso de la NIC 10, cuando eventos han sucedido entre la fecha del balance y la fecha de autorización de los estados financieros, primero se deberá dar un tratamiento acorde a las NICS 10 y 37 en su caso, por tanto, antes de ser un “pasivo fortuito o de probabilidad remota”, el cual sigue siendo de probabilidad remota a la fecha de la autorización de los estados financieros, se debe reconocer el evento acorde a las NIC 10 como hecho posterior y NIC 37 como provisión o pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) contingente en su caso. En conclusión, la normativa contable internacional presenta una limitante en la revelación de riesgos remotos, en virtud de que no obliga su revelación a través de la norma internacional de contabilidad número 37, donde considera una excepción en caso de que el evento que origine las obligaciones sea “remoto”.
.
Dicha salvedad en nuestro juicio, representa un área de oportunidad en el futuro en la normativa contable internacional, sobre todo porque estamos viviendo la época de los riesgos, donde lo que antes era inimaginable ahora lo es, y todo aquello que de alguna forma pareciera ser un riesgo remoto, pudiera dejar de serlo para convertirse en algo con posibilidad más próxima a suceder, por ejemplo, ¿Qué tan remoto puede ser la ocurrencia de un tsunami en una zona costera?, ¿será esto un evento muy remoto para las empresas hoteleras en determinadas costas del mundo?, ¿debieran los estados financieros revelar acerca de dicho riesgo?. Para concluir, la finalidad de contemplar este pasivo (véase más en la plataforma (de Lawi)) fortuito o de probabilidad remota en los estados financieros es para proporcionar una información más trascendental al usuario, contemplando riesgos que acorde a la definición de “pasivo contingente” no quedaron incluidos por considerarse “remotos”. Esta necesidad de información tiene su esencia en algo similar a lo expresado en la siguiente frase: “Para las empresas, no pronosticar escenarios futuros de riesgo es una deficiencia, pero no querer pronosticarlos es peor”. Autor: José Gerardo De La Vega, injef