Daños y Perjuicios
Este artículo es un complemento a la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. Como daños se entiende el deterioro sufrido por una persona o cosa, y como perjuicios la ganancia que no se ha producido como consecuencia del daño. .
Daños Y Perjuicios en 1948
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Daños Y Perjuicios es: En derecho se entiende que el que origina un daño aunque no provenga del incumplimiento de un contrato o de la comisión de un delito debe indemnizarlo llegando hasta el resarcimiento del daño moral cuando éste lleve consigo otro material.
Detalles
Los daños se resarcen los perjuicios se indemnizan. El Código Civil argen tino dice que "se llaman daños e intereses al valor de la pérdida que haya sufrido y el de la utilidad que haya dejado de percibir el acreedor de la obligación por la inejecución de ésta a su debido tiempo. El deudor es responsable de los daños e intereses que produjere por mala fe o morosidad en el cumplimiento de la obligación". .
Definición de DAÑOS y PERJUICIOS en Derecho español
Son daños el mal sufrido por una persona, u ocasionado en una cosa, a causa de una lesión que reace directamente sobre ellas; y perjuicios la ganancia cierta que ha dejado de obtenerse. Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurriesen en dolo, negligencia o morosidad y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquellas (Art. 1.101 del CC). | Compensación que se exige a quien ha causado un daño, para reparar este.
Daños y Perjuicios en el Derecho Procesal Americano
Nota: se analiza también daños y perjuicios en el derecho de los Estados Unidos de América, pero en inglés, en esta entrada (Damages).
Indemnización a una persona por lesión sufrida.
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Daño (singular) se refiere a la pérdida o lesión de una persona por accidente o la negligencia de otra.
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Daños (en plural) se refiere al dinero que se necesitará para reparar ese daño. El daño puede tomar la forma de lesiones personales en un accidente automovilístico o lesiones a la propiedad o reputación de uno.
Detalles
Los daños por lesiones cubrirían, como mínimo, los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) incurridos, como las facturas del hospital.
Detalles
Los daños, sin embargo, incluyen una dimensión adicional y más imprecisa: compensación por "dolor y sufrimiento" o por daño a la reputación o posición comunitaria. Esto último implica el ejercicio del poder de equidad de un tribunal (USA).
Autor: Williams
Visualización Jerárquica de Daños y perjuicios
Derecho > Derecho civil > Derecho civil > Responsabilidad
Derecho > Derecho penal > Responsabilidad criminal > Víctima
Derecho > Justicia > Procedimiento judicial > Procedimiento penal > Justicia reparadora
Daños y perjuicios
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Daños y perjuicios
Véase la definición de Daños y perjuicios en el diccionario.
Características de Daños y perjuicios
Asunto: derecho.
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Recursos
Traducción de Daños y perjuicios
Inglés: Damages
Francés: Dommages et intérêts
Alemán: Schadenersatz
Italiano: Danni e interessi
Portugués: Perdas e danos
Polaco: Naprawienie szkody
Tesauro de Daños y perjuicios
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Derecho > Derecho penal > Responsabilidad criminal > Víctima > Daños y perjuicios
Derecho > Justicia > Procedimiento judicial > Procedimiento penal > Justicia reparadora > Daños y perjuicios
Véase También
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.