Delincuencia Internacional
Este texto se ocupa de la delincuencia internacional. Históricamente, los estudios sobre la delincuencia de cuello blanco, incluido y desde el trabajo seminal de Sutherland, han tendido a concentrar la atención empírica, conceptual y teórica en las ma
La Delincuencia Internacional
Ese artículo es una profundización de la información sobre derecho penal económico, en esta revista de derecho empresarial, sobre la delincuencia internacional. Véase también acerca de la "Policía Cibernética Internacional de Europol, Interpol y Otros". Te explicamos, en el marco del derecho penal económico, qué es, sus características y contexto.
Algunos Aspectos de la Delincuencia Internacional
Los derechos de las víctimas en los acuerdos de culpabilidad en diferentes sistemas jurídicos
La yuxtaposición de dos importantes desarrollos jurídicos recientes -la aparición de los derechos de las víctimas y la creciente prevalencia de los acuerdos de culpabilidad en el proceso penal- plantea profundos dilemas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Desde finales del siglo XVIII, los procesos penales han sido llevados a cabo por los Estados contra los acusados, basándose en la visión tradicional de que el delito es una ofensa contra el Estado. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
De ahí que la participación de las víctimas se haya visto restringida en diferentes sistemas jurídicos. En los sistemas adversariales (angloamericanos), basados en el derecho consuetudinario, las partes dominan el procedimiento y recae en la acusación la carga de probar su caso; mientras que en los sistemas inquisitoriales (continentales), el juez domina el procedimiento, reduciendo así las responsabilidades de las partes. Aunque la mayoría de los Estados presentan características mixtas adversariales e inquisitoriales, tres sistemas ejemplifican diferentes enfoques de los derechos de las víctimas en los acuerdos de culpabilidad. El sistema federal estadounidense, un sistema jurídico adversarial en el que el movimiento de las víctimas dio sus primeros pasos; el sistema francés, un sistema de derecho civil, en el que se asigna a las víctimas un papel formal, aunque limitado; y el sistema israelí, un sistema basado en el derecho consuetudinario sin jurado, en el que los jueces profesionales toman decisiones tanto jurídicas como probatorias. En los sistemas angloamericanos, las víctimas estaban marginadas, y esta falta de legitimación dio lugar a uno de los desarrollos jurídicos más importantes del siglo XX: la lucha por los derechos de las víctimas. El movimiento de las víctimas es un movimiento de base, un fenómeno social que ha dado lugar a importantes cambios jurídicos. En consecuencia, parece que se ha incorporado una nueva percepción en los sistemas de derecho penal acusatorio, según la cual deben tenerse en cuenta los intereses de las víctimas. La ley federal estadounidense consagró los derechos de las víctimas en 2004, y en Israel la principal legislación sobre los derechos de las víctimas tuvo lugar en 2001. En el sistema francés, desde principios del siglo XX, se reconoce formalmente a las víctimas como partie civile, la parte civil del proceso penal. Las víctimas están legitimadas y pueden reclamar indemnizaciones. La cuestión del papel de las víctimas en los acuerdos de culpabilidad reviste especial importancia, ya que en los últimos años, los acuerdos de culpabilidad se han convertido en la norma y no en la excepción en los procesos penales angloamericanos. En 2004, la ley francesa también creó un mecanismo similar a los acuerdos de culpabilidad. En el sistema federal estadounidense, las víctimas pueden expresar su opinión sobre un acuerdo de culpabilidad y pueden solicitar un mandamiento judicial, en caso de que la fiscalía haga caso omiso de alguno de sus derechos. En el sistema israelí, las víctimas de delitos sexuales y violentos graves pueden hablar con el fiscal y expresar su opinión, aunque no ante el tribunal. En el sistema francés, el papel de las víctimas en los acuerdos de culpabilidad se limita a reclamar una indemnización. A pesar de estos avances, los derechos de las víctimas en los acuerdos con el fiscal pueden seguir siendo parciales o ineficaces. Por ejemplo, tanto en la legislación estadounidense como en la israelí, la objeción de las víctimas a un acuerdo de este tipo puede tener un efecto muy limitado en el proceso penal. Además, la fiscalía goza de inmunidad frente a cualquier demanda civil por vulneración de los derechos de las víctimas. En el sistema francés, la implicación de las víctimas se limita a un recurso relativo a la indemnización que se le ha concedido. Mostrar menos
La criminología visual en un contexto internacional y comparativo
La criminología visual se ocupa de cómo aparecen visualmente los delitos y la reacción de la sociedad ante ellos y de cómo se perciben dichas representaciones. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Desde un punto de vista durkheimiano, los individuos buscan señales de que el orden social se mantiene o se socava con la delincuencia. Al hacerlo, observa la criminología visual, reaccionan a señales visuales como el aspecto de su entorno, las fotos de los medios informativos y la combinación de imágenes en movimiento y sonido en la televisión y los medios sociales. Los intentos de reducir los daños y de cambiar las estructuras también suelen expresarse visualmente. La vista y el sonido van a menudo de la mano y, a veces, las impresiones sensuales adicionales repercuten en el receptor. En una sociedad cada vez más saturada de medios visuales y audiovisuales, la criminología tiene que atraer lo visual. Por ello, la criminología visual será de utilidad para investigadores de todas las distintas vertientes dentro de la criminología, aunque hasta ahora la mayoría de las contribuciones procedan de países anglófonos. Tan variados como las manifestaciones visuales de la delincuencia y la respuesta a ésta son los métodos de investigación empleados por la criminología visual. Incluyen hacer reaccionar a los encuestados ante el estímulo que proporcionan las fotos, la interpretación de imágenes "encontradas" e incluso la participación de los criminólogos en la producción de medios audiovisuales, como programas de televisión o películas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
De este modo, los criminólogos visuales han llegado a conocimientos que no habrían obtenido de otro modo. La criminología visual constituirá un importante complemento al trabajo de los criminólogos, especialmente de aquellos que deseen atraer las nuevas formas en que la gente se comunica sobre la delincuencia, y en todo el mundo.
La guerra, la policía y la producción del orden social global
En el año 2020, la militarización de la policía volvió a estar presente en los debates sobre la naturaleza y el alcance de la violencia policial. Los críticos de la militarización policial sugieren que, a medida que los departamentos han ido asumiendo armamento y tácticas militares, la institución se ha desviado de su mandato original de control de la delincuencia y servicio público, presagiando consecuencias letales para los más vulnerables. Aunque estos críticos remontan sus orígenes a la llegada de los SWAT, las redadas No Knock y otras tácticas nacidas de la guerra contra las drogas, lo que se interpreta erróneamente como la "difuminación" de lo militar y lo policial es en realidad sintomático de un proceso de pacificación mucho más antiguo, por el que tanto el poder bélico como el policial se alistan para disciplinar a las poblaciones excedentes y establecer condiciones de mercado en interés del capital. Desde esta posición, el mantenimiento del orden no ha sido envenenado por las prácticas de la guerra, ni se han enturbiado los límites entre lo exterior y lo interior, sino que militares y policías son mutuamente constitutivos y partes de un continuo de violencia estatal. Aquí, el "puño de hierro" de la violencia y la represión abiertas y el guante de terciopelo de la "policía de proximidad" trabajan conjuntamente para facilitar las condiciones del orden social liberal.
Delitos de cuello blanco más allá del Estado-nación
Históricamente, los estudios sobre la delincuencia de cuello blanco, incluido y desde el trabajo seminal de Sutherland, han tendido a concentrar la atención empírica, conceptual y teórica en las manifestaciones de delitos y desviaciones asociadas, sus dinámicas y condiciones generadoras, dentro de los Estados-nación individuales. Aunque la propia erudición sobre la delincuencia de cuello blanco se ha expandido por todo el mundo, esta predilección por el análisis de casos a nivel local y/o nacional y por la naturaleza, extensión y alcance de estos delitos de cuello blanco se ha mantenido en gran medida. No obstante, no es del todo infrecuente que los estudiosos de la delincuencia de cuello blanco hagan referencia a los aspectos internacionales, multinacionales, transnacionales o globales de los delitos que estudian, aunque éstos sean de naturaleza predominantemente nacional, pero los rasgos y componentes correspondientes de estas dinámicas "más allá de lo nacional" no se han desgranado ni conceptualizado de forma exhaustiva. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Del mismo modo, conceptualizar e interrogar la dinámica de los delitos de cuello blanco que van más allá de las fronteras nacionales como parte de su organización y naturaleza, aunque se reconozca su importancia, no suele ser una preocupación analítica central (explicación). Comprender las distintas características y rasgos, así como las diferentes configuraciones, interrelaciones y dinámicas organizativas de aquellos delitos de cuello blanco que de algún modo trascienden las fronteras jurisdiccionales, es significativo para la teoría y la investigación de los delitos de cuello blanco. Examinar estas cuestiones con más detalle y reflexionar sobre las implicaciones de los aspectos transnacionales de los delitos de cuello blanco constituye un marco útil para interrogar a los delitos de cuello blanco y comprender las relaciones necesarias y condicionales del proceso de comisión de delitos de cuello blanco que se superponen a los patrones comunes de las actividades empresariales rutinarias. Existen ejemplos notables de la literatura académica, pero también de casos reales de delitos de cuello blanco, que demuestran cómo los delincuentes de cuello blanco y los delincuentes corporativos han organizado sus actividades delictivas más allá de las fronteras jurisdiccionales, cómo han externalizado los riesgos asociados a sus delitos, cómo han exportado sus delitos para que tengan lugar en otras jurisdicciones y/o cómo han utilizado estructuras y sistemas transjurisdiccionales, incluidos los espacios y las infraestructuras digitales, para facilitar sus actividades delictivas y la ocultación, conversión y control asociados de las finanzas ilícitas. Tales análisis han ido a menudo acompañados de referencias a supuestos procesos de globalización como generadores de nuevas y mayores oportunidades para los delitos de cuello blanco (aunque se sabe poco sobre por qué se materializan algunas oportunidades y no otras). La globalización, a pesar de ser en sí misma un concepto discutido, ha surgido como un factor significativo para los análisis de los delitos de cuello blanco y empresariales que se extienden más allá de los Estados-nación individuales a medida que se observa una mayor interconexión, un aumento de las movilidades y un incremento de las interdependencias. Se ha determinado que estos supuestos procesos de globalización poseen una intensidad y una velocidad variables que han influido en las oportunidades y en la organización de los delitos de cuello blanco. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Dicho esto, la globalización per se no genera inevitablemente más delitos de cuello blanco organizados más allá del Estado-nación si pueden ser productivos sin tener que hacerlo. En estos términos, la globalización de los delitos de cuello blanco no es automática, sino que es un factor explicativo que contribuye a que algunos delitos de cuello blanco tengan aspectos más allá del Estado, normalmente junto con la expansión de las actividades empresariales rutinarias. No obstante, es necesario explorar los contextos espaciales (incluidos los digitales) de los delitos de cuello blanco que tienen un alcance más allá de lo nacional con vistas a cuestionar hasta qué punto es útil, o puede serlo, comprender cómo los diferentes delitos de cuello blanco pertenecen, están asociados o se restringen a determinados "territorios" a nivel nacional (es decir, de Estado-nación), internacional, transnacional, multinacional, supranacional y mundial y cómo esto tiene implicaciones para la investigación, la política y la práctica.
Violencia juvenil en América Latina
Un tema de gran importancia en América Latina es lo que significa convertirse en joven y, más específicamente, en víctima o perpetrador juvenil de violencia en relación con el territorio y el contexto general de la criminalidad en esta región. Teniendo en cuenta las singularidades históricas, una investigación sobre lo que significa ser/convertirse debe incluir lo que significa ser y convertirse en un joven indígena, negro, mestizo o blanco y ya sea pobre, de clase media o adinerado. Hay que reconocer que es prácticamente imposible captar todas las diferencias existentes en la condición juvenil en la región. El estudio de estas cuestiones en América Latina debe abordarse teniendo en cuenta su historia de colonialismo, que subyugó a sus diversas culturas. También hay que considerar las consecuencias a largo plazo de las dictaduras militares que acosaron a la región durante décadas. La juventud también se ha visto afectada por los procesos de integración global y la era de las políticas neoliberales. Al estudiar el comportamiento desviado y la delincuencia juveniles, debemos tener en cuenta las profundas y cíclicas crisis económicas que han azotado la región, las desventajas heredadas, las desigualdades estructurales y la falta de derechos fundamentales que repercuten en lo que significa ser/convertirse en un joven en esta región. Los comportamientos violentos autoinfligidos, interpersonales, colectivos y políticos afectan a los jóvenes latinoamericanos. Una forma destacada de agresión proviene de la violencia armada letal, así como de otros delitos que tienen rasgos regionales específicos. En la mayoría de los casos, el comportamiento desviado es resultado de conflictos interpersonales. Sin embargo, en otras situaciones, la violencia colectiva está provocada por asentamientos urbanos precarios plagados de violencia o por la presencia de organizaciones criminales que afectan a su vida cotidiana. La violencia de género generalizada también es un problema en la región. Las mujeres jóvenes y las niñas son objeto de una victimización sistemática: sexual, racial, laboral y política. América Latina se enfrenta a una profunda crisis de violencia de género, con un aumento constante de su forma más mortal: los feminicidios. En este contexto, las autoridades nacionales han desarrollado políticas públicas pero, en su mayoría, siguen siendo ineficaces para mitigar los problemas. Una de las dificultades más importantes a la hora de reformar los sistemas de justicia juvenil en la región es reconocer a los adolescentes como titulares de derechos humanos y acabar con el viejo modelo inquisitorial o tutelar. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Debemos tener en cuenta que en esta región existe una demanda cíclica de medidas más punitivas y políticas de línea dura contra los delincuentes juveniles.
El envejecimiento en la política penitenciaria y correccional desde una perspectiva global
Las comunidades académicas y profesionales, así como el público en general, son cada vez más conscientes del aumento global del número de reclusos de edad avanzada en todo el mundo. Tanto la literatura académica como los medios de comunicación social han documentado los elevados costes humanos, sociales y económicos de alojar a adultos mayores con complejas necesidades físicas, de salud mental, legales y sociales. Es imperativo explorar la crisis y seleccionar las políticas y prácticas penitenciarias que han contribuido al aumento del envejecimiento y de la población con enfermedades graves y terminales en las prisiones mundiales. Un marco comparativo y un análisis en todo el mundo muestran cómo algunos países, como Estados Unidos, tienen una mayor tasa per cápita de encarcelamiento de adultos mayores en prisiones en comparación con otros países, como Irlanda del Norte. Las variaciones en los perfiles y las manifestaciones de las condiciones personales y sociales afectan a las vías de acceso a la cárcel de algunos adultos mayores. Las perspectivas explicativas describen por qué algunos individuos corren un mayor riesgo de envejecer en prisión en comparación con otros individuos. La indigenidad, la globalización, la raza y la etnia, el poder y la desigualdad, y los procesos de desarrollo y subdesarrollo han afectado al crecimiento de la población reclusa que envejece. Las prácticas prometedoras tienen el potencial de desactivar los mecanismos sociales que han contribuido al encarcelamiento masivo de los ancianos y atraer un enfoque más compasivo del delito y el castigo para las personas de todas las edades, sus familias y comunidades.
Actitudes hacia el castigo
¿Por qué la gente apoya el castigo severo de los delincuentes? Comprender la punitividad pública es relevante porque las medidas punitivas han ido en aumento en todo el mundo desde el año 2000, mientras que las percepciones públicas son un factor importante que impulsa las políticas penales. Estas tendencias punitivas se han producido a pesar de que, en general, los índices de delincuencia no han aumentado e incluso han disminuido en muchas partes del mundo. Las actitudes punitivas -entendidas aquí como el apoyo general a la aplicación de penas severas a los delincuentes- se han captado midiendo las creencias de la gente sobre sanciones específicas y su intensidad, el apoyo a políticas de imposición de penas específicas y la evaluación del sistema penal, entre otras cosas. La investigación sobre los factores que explican la punitividad pública puede clasificarse a grandes rasgos en dos categorías: las perspectivas utilitarista y retributiva. Según la perspectiva utilitarista, el castigo es un medio para reducir la delincuencia futura y controlar el comportamiento de los delincuentes, normalmente a través de la disuasión y la incapacitación. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Desde esta perspectiva, la punitividad debe estar impulsada por la preocupación por los altos índices de delincuencia, el miedo al delito y las experiencias de victimización. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
Desde una perspectiva retributiva, el castigo cumple una función simbólica al vengar un agravio más que prevenir futuros delitos. En la literatura se discuten dos funciones retributivas y simbólicas del castigo: Por un lado, se argumenta que el castigo ayuda a clarificar los límites morales y normativos; por otro, el castigo también puede ayudar a clarificar los límites de estatus y a mantener el poder de los grupos dominantes (todo ello también lo hemos consultado con otros expertos). Otros factores que se ha descubierto que influyen en las actitudes de la gente son la ideología política (por ejemplo, el autoritarismo de derechas y la orientación hacia la dominación social), los antecedentes situacionales (por ejemplo, la presencia de una amenaza social o las características específicas de la víctima y el agresor) y los medios de comunicación.
Fronteras, movilidades y gobernanza en perspectiva transnacional
A pesar de la noción dominante de que ahora se vive supuestamente en la "era de la globalización", acompañada de historias color de rosa sobre una "aldea global", las fronteras nunca han perdido su importancia. Al contrario, la importancia de las fronteras ha crecido significativamente con las recientes crisis mundiales y europeas. No sólo ha aumentado el número de fronteras, sino que éstas también se han vuelto fluidas al desplazarse fuera de los territorios nacionales con el fin de proteger a los países, así como a las uniones políticas y económicas, contra las amenazas percibidas de la delincuencia organizada transnacional, las pandemias, la migración no deseada y el terrorismo. Esta externalización de las fronteras mediante ayudas (financieras) y acuerdos bilaterales con otros países condujo a una reubicación de las fronteras mucho más allá de los límites geográficos de los Estados nación. Además, las fronteras se han renovado, reforzado, reactivado (temporalmente) y transformado. Se presta especial atención a algunos desarrollos en torno a las fronteras, incluido un proceso de responsabilización sobre el control fronterizo, en el que los gobiernos estimulan o imponen cada vez más a las partes privadas que asuman la responsabilidad de controlar sus empresas y, en última instancia, sus fronteras, con respecto a la inmigración irregular y la delincuencia. Las fronteras también se plasman en diferentes tipos de medidas y políticas de los Estados-nación que vigilan el acceso de las disposiciones del Estado del bienestar, y a través de la fusión del derecho penal y el derecho de inmigración (es decir, la crimmigración). Por último, la "industria de las fronteras" supone un negocio para las empresas de construcción, infraestructuras, biometría y tecnología de la identidad, así como para las fuerzas de seguridad, los institutos de investigación, las organizaciones de ayuda y los traficantes de personas. La mercantilización de las fronteras es un proceso continuo que se visualiza no sólo en la cultura popular como la música, la literatura, los reality shows y las películas, sino también en las fronteras que se han convertido en importantes atracciones turísticas. El encuadre de las fronteras a través de este proceso de mercantilización como algo inevitable y como una necesidad expresa y legitima a su vez las actuales agendas estatales. Mostrar menos
La policía comunitaria en perspectiva comparada
La policía de proximidad (orientada) se ha convertido en uno de los modelos de policía más populares en todo el mundo. Tras su implantación inicial en muchos países occidentales, la policía de proximidad se ha trasladado también a las sociedades en transición, que a menudo carecen de tradiciones democráticas sólidas. La difusión internacional de la policía de proximidad no debe hacernos olvidar que la policía de proximidad adopta todas las formas y es muy variada en su funcionamiento. Tras haber definido el concepto y analizado su auge en los países angloamericanos, esta diversidad se ilustra escrutando su aplicación en diferentes configuraciones nacionales: un país de Europa continental relativamente abierto a las influencias angloamericanas (Países Bajos), países socialmente homogéneos con un alto nivel de confianza en la policía (los países nórdicos), un país centralizado de tradición administrativa napoleónica (Francia) y sociedades en situación de posconflicto (Sudáfrica e Irlanda del Norte). Estas diversas trayectorias nacionales ponen de relieve los impulsores y obstáculos comunes de las reformas de la policía de proximidad: las prioridades políticas (mediante el énfasis en la lucha contra la delincuencia o la policía de tolerancia cero), las disparidades socioeconómicas y las tensiones étnicas (que pueden implicar una historia de desconfianza y círculos viciosos entre la policía y algunos segmentos de la población), las identidades e intereses profesionales (descalificación de los agentes de la policía de proximidad como "trabajadores sociales") y los recursos organizativos (procedimientos de gestión, falta de formación y de recursos humanos) que pueden obstaculizar el proceso de reforma. Estas diversas experiencias también llaman la atención sobre la variedad de factores dependientes del contexto que influyen en el destino de las reformas de la policía de proximidad. Los climas políticos, las relaciones entre la policía y el gobierno, las desigualdades socioeconómicas y las tradiciones policiales pueden diferir, lo que requiere un análisis más profundo de los diversos contextos políticos, históricos, socioeconómicos y culturales de las reformas específicas de la policía de proximidad. Véase sobre la vigilancia policial también.
La construcción de la ciudadanía, la "legalidad" y la "ilegalidad" en derecho comparado
Los derechos de ciudadanía a menudo se asignan de forma desigual, a veces por diseño y a veces no. Incluso cuando los derechos de ciudadanía se asignan uniformemente sobre el papel, estos derechos suelen distribuirse de forma desigual en la práctica, ya que algunas personas disfrutan de una ciudadanía plena y otras de formas menores de ciudadanía. La ciudadanía es a la vez inclusiva y excluyente. A través de sus aspectos inclusivos, la ciudadanía es la base de una sociedad democrática. A través de sus aspectos excluyentes, la ciudadanía produce denigrantes, poblaciones indocumentadas y otros individuos precarios que son excluidos de la política y a los que se les niega el derecho a moldear su entorno mediante el voto y la presentación de candidaturas (explicación). Cuando las personas cruzan las fronteras sin seguir el proceso legal del país de acogida, suelen ser tachadas de "ilegales". La ilegalidad, sin embargo, es una categoría racializada que se pega a algunas personas más que a otras. Los inmigrantes etiquetados como ilegales no sólo experimentan la denegación de derechos, sino también una mayor vulnerabilidad. La ciudadanía, la ilegalidad y la legalidad se construyen de diferentes maneras a través del tiempo y del espacio. Estas categorías construidas social y legalmente tienen consecuencias significativas para la vida de las personas.
Subculturas desviadas en el contexto europeo
Desde finales de la década de 1950, la investigación criminológica se ha centrado en la cuestión de por qué determinados grupos son más propensos a involucrarse en conductas delictivas y/o desviadas. Las teorías sobre las subculturas parten de la premisa de que existen agrupaciones subculturales o contraculturales más pequeñas dentro de una sociedad más amplia y que se diferencian por desarrollar sus propios preceptos morales, valores y normas. Las teorías subculturales se desarrollaron originalmente en Estados Unidos y tienen una larga tradición teórica que se remonta a la década de 1930. El sociólogo estructural-funcionalista Albert Cohen utilizó por primera vez en 1955 el término "subcultura delincuente". En su libro Juventud delincuente, Cohen definió la subcultura como la suma de conocimientos, convicciones y creencias, convenciones, preferencias y prejuicios dominantes dentro de un grupo concreto y adquiridos por la participación en el mismo. El comportamiento desviado surge cuando estos valores y normas van en contra de los de la cultura dominante (explicación). Cohen interpretó la delincuencia como una solución colectiva, práctica y rápida a los problemas causados por la desigualdad de oportunidades en el sistema de clases. La absorción básica de las primeras teorías subculturales era que los miembros de las clases socioeconómicas más bajas establecían su propio sistema de valores y normas debido a su incapacidad para ajustarse a los valores y normas de la clase media y alcanzar los objetivos de ésta. Más tarde, en la década de 1970, la teoría subcultural fue modificada y ampliada por el Centro de Estudios Culturales Contemporáneos (CCCS) de la Universidad de Birmingham. El Centro de Estudios Culturales Contemporáneos postula que las subculturas criminales favorecen la delincuencia debido a la intersección de actitudes como el rechazo de la autoridad, el hedonismo o la búsqueda de sensaciones. Además, las relaciones entre los miembros de una subcultura son importantes debido a la naturaleza compartida de valores, normas e identidades. La regionalidad ya no es un criterio para una subcultura delincuente/criminal debido al alto nivel de movilidad y a las redes digitales de la Europa moderna. En su lugar, las subculturas delictivas/criminales modernas utilizan medios sociales no limitados a una región para difundir sus valores y normas y establecer su identidad. El fundamentalismo islámico y los movimientos Ciudadanos del Reich y Ciudadanos Soberanos son ejemplos de subculturas que utilizan Internet para difundir rápidamente programas e ideologías de forma selectiva y sencilla. Mientras que los estudios subculturales anteriores tendían a explicar la relación entre subcultura y criminalidad como debida a la frustración por la desigualdad social y económica, investigaciones más recientes sostienen que las teorías subculturales deben centrarse en el nivel macro. En consecuencia, la erudición reciente enmarca la criminalidad subcultural como una expresión de la vida social y material de los grupos, que se definen por factores estilísticos como la comunicación intencional, la homología y las soluciones específicas (fragmentarias) a los problemas.
Vigilancia electrónica en el mundo
Desde sus inicios operativos en Estados Unidos en 1982 -donde se experimentó por primera vez con sus prototipos en los años sesenta y setenta- la vigilancia electrónica (ME, por sus siglas en inglés) de los delincuentes se ha extendido a unos 40 países de todo el mundo, de forma ostensible -pero no siempre efectiva- para reducir el recurso al encarcelamiento haciendo que la libertad bajo fianza, la supervisión comunitaria y la salida de prisión sean más controlables que hasta ahora. No existe una autoridad única que supervise el desarrollo de la vigilancia electrónica en todo el mundo, por lo que resulta difícil obtener una información exhaustiva de lo que ocurre fuera de los países occidentales y anglófonos que la utilizan. Algunos países son herméticos. Los puntos de vista en la redacción sobre la vigilancia electrónica son variados y partidistas. Aunque todavía tiende a ser el pionero de la innovación técnica, Estados Unidos sigue siendo un usuario relativamente menor de la vigilancia electrónica, en parte porque la excepcional punitividad de su cultura penal ha inhibido su expansión, incluso cuando ella misma se ha desarrollado de diversas formas punitivas. Los procesos interprofesionales e intergubernamentales de "transferencia de políticas" han contribuido a que los sistemas de vigilancia electrónica se extiendan por todo el mundo, pero los organismos comerciales que fabrican y comercializan los equipos de vigilancia electrónica han tenido una importancia al menos igual. En Europa, la Confederación Europea de Libertad Condicional (CEP), una organización transnacional de defensa de la libertad condicional, se interesó muy pronto por los sistemas de vigilancia electrónica, y sus conferencias periódicas se convirtieron en piedra de toque del debate internacional. A medida que se desarrollaba a escala mundial, las Naciones Unidas aceptaron a regañadientes que podía tener cierto valor incluso en los países en desarrollo y establecieron normas para su uso. Las continuas innovaciones en la tecnología de la vigilancia electrónica crearán nuevas posibilidades de supervisión de los delincuentes, tanto más como menos punitivas, pero siempre serán la cultura, el comercio y la política de cada jurisdicción los que determinen la escala, el ritmo y la forma de su desarrollo.
Delitos contra el medio ambiente
Delito medioambiental es un término complejo y ambiguo por varias razones. A veces se utiliza como término paraguas para los delitos relacionados con la biodiversidad, la vida silvestre, los animales, los recursos naturales, los residuos peligrosos, las sustancias prohibidas y la calidad del medio ambiente, pero los estudiosos también han desarrollado tipologías para captar las dimensiones únicas de cada forma de delito medioambiental. Los desacuerdos sobre si distinguir las violaciones de las leyes medioambientales (abordadas mediante acciones civiles o administrativas) de los delitos medioambientales (perseguidos penalmente) no son sencillos de conseguir.
El delito medioambiental en América Latina
América Latina ha sido escenario de una amplia extracción de materias primas desde su colonización por los europeos a finales del siglo XV. A lo largo de este período, la extracción de recursos a gran escala y las prácticas asociadas -agroindustria, deforestación, eliminación de residuos y sustancias peligrosas, pesca industrial, minería y tráfico de fauna silvestre- han sido la causa de delitos ambientales y conflictos sociales generalizados en América Latina, dañando los ecosistemas y las especies humanas y no humanas. La degradación medioambiental ha desencadenado simultáneamente otros delitos como el establecimiento de mercados ilegales y la creación de monopolios que controlan los recursos naturales. Además, la victimización medioambiental ha agudizado el conflicto social en las sociedades latinoamericanas. Los criminólogos latinoamericanos empezaron a prestar atención a la destrucción medioambiental y a los conflictos socioambientales en América Latina en la década de 1970, pero los criminólogos anglófonos les prestaron poca o ninguna atención durante al menos cuatro décadas. Sin embargo, la reciente maduración de la criminología verde del Sur ha visto cómo la investigación criminológica se centra cada vez más en los delitos contra el medio ambiente en América Latina. Los criminólogos latinoamericanos han expuesto casos de delitos ecológicos primarios, secundarios y terciarios en América Latina, y al hacerlo han añadido profundidad a las formulaciones de los criminólogos ecológicos anglófonos. La criminología verde del Sur se ocupa del estudio sociocriminológico de los delitos contra el medio ambiente en el Sur Global, al tiempo que presta atención a:
el legado de la colonización y las divisiones Norte-Sur y centro-periferia en la producción de delitos contra el medio ambiente,
las contribuciones epistemológicas de los marginados, empobrecidos y oprimidos, y
las particularidades de los contextos del Sur Global.
En la actualidad, los criminólogos verdes del Sur están produciendo conocimientos académicos innovadores sobre las causas, las consecuencias y las posibles respuestas a los delitos contra el medio ambiente en América Latina.
Feminicidio internacional
Desde la década de 1990, la noción de feminicidio se ha difundido en la sociedad civil, los medios de comunicación, la formulación de políticas y la literatura científica, y ha ayudado a los movimientos a llamar la atención sobre la violencia contra las mujeres. La noción se acuñó para revelar la política sexual del asesinato de mujeres y llamar a la acción a los militantes. Hoy en día, se utiliza cada vez más con el significado de matar a una mujer porque es una mujer, haciendo hincapié en el género y la misoginia como motivos principales. El feminicidio, así como las consecuencias de su aplicación en diversos ámbitos de investigación, se exploran desde un punto de vista histórico, jurídico, internacional y activista. El impulso político de la noción ha demostrado ser útil para concienciar sobre la emergencia del problema. Sin embargo, la noción se vuelve confusa cuando se utiliza como herramienta heurística porque:
existe más de una interpretación sobre qué tipos de homicidio deben incluirse y cuáles quedan fuera de la definición de feminicidio y
la identidad de género de la víctima no es el único motivo o el motivo central del homicidio; ambas salvedades plantean problemas para la recopilación y comparación de datos cuantitativos.
La literatura disponible sobre el homicidio, la familia y la violencia en la pareja ofrece un panorama complejo sobre por qué los hombres matan a las mujeres: las explicaciones incluyen factores diversos e interrelacionados relativos a las características individuales de los agresores y la víctima, su historia relacional y la influencia del entorno sociocultural, incluida una cultura de superioridad y control masculinos. Además, la literatura científica ha sugerido que la importancia de las variables de igualdad de género como factor predictivo de la violencia en la pareja no debe darse por sentada, sino que debe comprobarse a nivel empírico. Se sugieren opciones precisas que arrojen datos empíricos sólidos y comparables para el avance del conocimiento y la prevención.
La criminología verde en perspectivas internacionales
La criminología verde es ahora un subcampo establecido de la criminología. Surgida en la década de 1990, la criminología verde ha crecido rápidamente, sobre todo en los últimos 10 años. Los estudios siguen enraizados en las tradiciones críticas y radicales que inspiraron su creación y desafían la ortodoxia de la mayoría de los estudios criminológicos. Esto significa que la investigación en criminología ecológica no se ciñe únicamente a lo que el Estado considera delictivo, sino que también saca a la luz comportamientos perjudiciales y dañinos, sobre todo de los poderosos, como los Estados y las empresas. Estos daños, antes ocultos, se abordan desde una perspectiva de justicia medioambiental que expone los daños y el sufrimiento de las personas marginadas y también del propio medio ambiente (justicia ecológica) y de los no humanos (justicia de las especies). Las iteraciones más recientes de la criminología verde incluyen la cultura además de las explicaciones político-económicas de los delitos y daños contra el medio ambiente y otras especies. Ambas teorías de los delitos ecológicos critican a las sociedades capitalistas y los problemas actuales de la mercantilización y el consumo excesivo. Además, nuevas contribuciones, en particular del Sur Global, están desafiando la hegemonía de los discursos criminológicos y medioambientales occidentales, ofreciendo nuevas perspectivas (para Occidente) sobre las relaciones con la naturaleza y con otras personas. Estos estudios tienen el potencial de dar forma a nuevas estrategias de prevención y mecanismos de intervención para desbaratar los delitos y daños ecológicos. Esto es urgente, ya que la magnitud de la degradación medioambiental es cada vez mayor: la amenaza del cambio climático, la posible extinción de un millón de especies en un futuro próximo y la omnipresencia de la contaminación por plásticos, por nombrar sólo algunas formas de destrucción medioambiental que los humanos han perpetrado y perpetran contra la Tierra.
Los delitos de odio en un contexto transcultural
Los delitos motivados por el odio son infracciones penales que implican elementos de prejuicio basados en algunas características individuales de la víctima, como la raza, el sexo, la discapacidad, la orientación sexual y la religión. La aprobación de leyes que penalizan o aumentan el castigo de los delitos que presentan motivaciones sesgadas se ha enfrentado a una intensa controversia. Al abordar las críticas a dicha legislación, los defensores de estas leyes destacan los considerables daños causados por los delitos motivados por el odio. Estos incidentes se consideran especialmente atroces, ya que no sólo violan los derechos civiles y humanos de la víctima inmediata, sino que también envían un mensaje de miedo a toda la comunidad o grupo social de esa víctima. Los estudios anteriores sobre estos delitos han empleado numerosos marcos teóricos -teorías psicológicas, históricas, sociológicas y económicas- para describir por qué los agresores atacan a las víctimas basándose en la identidad de grupo percibida. Otros trabajos han aportado información sobre las causas de los delitos motivados por el odio al considerar los factores que distinguen a los delincuentes motivados por prejuicios de otros delincuentes. Las conflictivas definiciones legales de los delitos motivados por el odio añaden complejidad a su conceptualización. A nivel internacional, los estatutos de los delitos por odio están fuertemente influidos por los diferentes contextos sociales, culturales e históricos de las naciones. Las leyes sobre delitos de odio difieren notablemente entre países en lo que respecta a la especificación de las identidades de los grupos protegidos, el tratamiento de la incitación al odio, las normas legales para establecer la motivación del prejuicio y la utilización de los estatutos sobre delitos de odio para los procesos penales. Estas diferencias, unidas a metodologías nacionalmente distintas para registrar los incidentes motivados por prejuicios, han obstaculizado los intentos de atraer comparaciones transnacionales sobre la calidad y el alcance de los delitos por odio.
Derechos humanos y política penal
Los cambios estructurales y culturales del proceso de modernización, combinados con acontecimientos históricos contingentes, dieron lugar a un régimen de derechos humanos. Está codificado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, promulgada tras la Segunda Guerra Mundial y el Holocausto. Sin embargo, sólo se han tipificado como delito las violaciones más graves de los derechos humanos. Los primeros pasos se dieron a principios del siglo XIX con los Convenios de La Haya y Ginebra, que constituyen las Leyes de los Conflictos Armados. Les siguieron la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948), la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984) y, finalmente, el Estatuto de Roma (1998) en el que se basa la primera Corte Penal Internacional permanente. Algunos estudiosos observan incluso una cascada de justicia. La aplicación de las normas que entrañan los documentos jurídicos mencionados se beneficia de oportunidades como el aumento de las interdependencias internacionales, la creación de organizaciones internacionales y la proliferación de organizaciones no gubernamentales en el ámbito de los derechos humanos. Los retos surgen de principios parcialmente opuestos como la resolución de conflictos y la supervivencia de las poblaciones que sufren, cultivados por campos sociales como el humanitarismo y la diplomacia, y de la falta de aplicación de la ley. Aunque las instituciones internacionales desempeñan un papel crucial, gran parte del derecho internacional se aplica a través de los tribunales nacionales. El derecho penal internacional relativo a los derechos humanos ha afectado a la elaboración de políticas nacionales en el ámbito de los derechos humanos, pero también a las políticas nacionales relativas al castigo de los delitos comunes. Por último, continúan los debates sobre los efectos de la penalización de las violaciones graves de los derechos humanos. Sus defensores se han centrado hasta ahora en los posibles efectos disuasorios, pero una nueva línea de pensamiento ha empezado a tomarse en serio los efectos culturales. Sus representantes identifican una redefinición de los responsables de la violencia de masas como autores criminales y un poder de representación sustancial del derecho penal internacional contra los responsables de las violaciones más graves de los derechos humanos. Revisor de hechos: Mix
Prevención de la Delincuencia en un contexto internacional
Nota: Véase más acerca de la prevención de la delincuencia, y de la juvenil. La ley y el sistema de justicia penal constituyen la primera línea de defensa del Estado moderno contra la delincuencia. Estos sistemas formales de control sirven al doble propósito de disuadir de infringir la ley a la población en general y de detener, castigar y tratar a quienes delinquen (explicación). Como complemento de los sistemas formales de control están los controles sociales informales de la sociedad. Éstos incluyen las medidas adoptadas por los padres, las escuelas y los organismos religiosos para:
inculcar el respeto a la ley entre los niños y los jóvenes,
regular la conducta de las personas en su vida cotidiana y
ofrecer protección a las personas y los bienes mediante precauciones rutinarias y medidas de seguridad.
Los sistemas de control formales e informales dependen unos de otros para su eficacia. Sin los controles sociales informales, el sistema de justicia penal pronto se vería desbordado por la delincuencia y, sin la amenaza de arresto y castigo que proporciona el sistema de justicia penal, los controles sociales informales se enfrentarían a un desafío constante a su credibilidad. A medida que los gobiernos han ido reconociendo los costes y las limitaciones del sistema formal de control de la delincuencia, han empezado a explorar formas más directas de mejorar los controles sociales informales. Esta actividad se engloba bajo el epígrafe general de "prevención de la delincuencia", que puede definirse como las intervenciones que tratan de promover la seguridad de las personas y las comunidades sin recurrir a las sanciones formales de la justicia penal.
La prevención situacional de la delincuencia
La prevención situacional de la delincuencia es radicalmente diferente de otras formas de prevención de la delincuencia, ya que sólo pretende reducir las oportunidades de delinquir, no provocar un cambio duradero en las disposiciones delictivas o criminales. Partiendo de un análisis de las circunstancias que dan lugar a tipos muy específicos de delincuencia y desorden, introduce modificaciones discretas de gestión y del entorno para cambiar la estructura de oportunidades para que se produzcan esos delitos: no sólo los entornos físicos y sociales inmediatos en los que se producen los delitos, sino también los acuerdos sociales más amplios que los hacen posibles. Por lo tanto, se centra en los entornos de la delincuencia, no en los delincuentes o criminales. En lugar de castigarlos o tratar de eliminar las disposiciones delictivas mediante la mejora de la sociedad o de sus instituciones, trata de hacer menos atractiva la acción delictiva. Lo hace de cinco formas principales:
aumentando las dificultades del delito,
aumentando los riesgos inmediatos de ser atrapado,
reduciendo las recompensas de delinquir,
eliminando las excusas para delinquir y
reduciendo las tentaciones y las provocaciones.
Logra estos fines empleando una metodología de investigación-acción para identificar los cambios de diseño y gestión que pueden introducirse con unos costes sociales y económicos mínimos. En el centro de esta empresa no está el sistema de justicia penal, sino una serie de organizaciones y agencias públicas y privadas -escuelas, hospitales, sistemas de tránsito, tiendas y centros comerciales, empresas manufactureras y compañías telefónicas, parques locales e instalaciones de ocio, pubs y aparcamientos- cuyos productos, servicios y operaciones generan oportunidades para una amplia gama de delitos diferentes. Algunos criminólogos creen que los esfuerzos que estas organizaciones y organismos han realizado en los últimos 20 ó 30 años para protegerse de la delincuencia son responsables de los descensos de la criminalidad registrados en muchos países. La prevención situacional de la delincuencia se apoya en una sólida base de teorías criminológicas -la teoría de la actividad rutinaria, la teoría de los patrones delictivos y la perspectiva de la elección racional-, todas las cuales sostienen que la oportunidad desempeña un papel en cada forma de delito o desorden. Por lo tanto, no existe ninguna forma de delincuencia que no pueda abordarse mediante la prevención situacional de la delincuencia. Hasta principios del 2018, se había informado de más de 250 éxitos evaluados de la prevención situacional del delito, que abarcan una gama cada vez más amplia de delitos, incluidos el terrorismo y la delincuencia organizada. Muchos de los estudios han encontrado escasas pruebas de que las intervenciones situacionales hayan provocado el "desplazamiento" de la delincuencia a otros lugares, momentos, objetivos, métodos o formas de delincuencia. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro):
De hecho, se suele constatar que los beneficios de la prevención situacional de la delincuencia se difunden más allá de los delitos inmediatamente perseguidos. A pesar de estos éxitos, la prevención situacional de la delincuencia sigue suscitando muchas críticas por sus supuestos costes sociales y éticos. Revisor de hechos: Mix
Recursos
Véase También
Ciberdelincuentes, Ciberseguridad, Delitos Informáticos, Delitos Organizados por el Estado, Grupos Delictivos Organizados, Grupos Organizados, Guía del Crimen Organizado y Narcotráfico, Informática, Internet, Delitos Informáticos, Seguridad Informática, Ciberseguridad, Privacidad digital, Prevención de la Delincuencia, reducción de la delincuencia, teoría de la oportunidad de la delincuencia, ciencia de la delincuencia, criminología ambiental, desplazamiento, diseño de la delincuencia, políticas orientadas a los problemas, terrorismo