Derecho de Arrastre o Drag Along
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Cláusulas de Derecho de Arrastre o Drag Along en el Pacto de Socios
Puede afirmarse que la cláusula drag along no falta en ningún pacto de socios de startups. Ello es así porque esta cláusula es una de las “facilitadoras” de la salida de los socios inversores (entendiendo que hablamos de salida con rentabilidad, que es el objetivo principal del socio inversor).
Consecuentemente, los socios inversores exigirán (y ello es razonable) su inclusión en el pacto de socios. Su explicación es sencilla: cuando un tercero realiza una oferta de adquisición del total de las participaciones de la sociedad, el socio que goza del derecho de arrastre puede obligar al resto a que transmitan junto a él sus participaciones para poder culminar esa operación. A partir de tan sencilla explicación, la cláusula puede complicarse en su formulación con el fin de dejar debidamente salvaguardados los distintos intereses en juego. Así, pueden ser tenidos en cuenta diversos factores que terminarán configurando la cláusula de maneras distintas según se articulen, como por ejemplo los siguientes:
establecimiento de un periodo limitado o indefinido de vigencia de la cláusula,
establecimiento de un precio mínimo respecto a la oferta de adquisición de participaciones que pueda dar lugar al derecho de arrastre (para evitar maniobras malintencionadas),
exigencia de que la oferta de adquisición formulada por el tercero cuente con la aprobación de un porcentaje elevado de socios (normalmente el 50%) para que dé lugar al ejercicio del derecho.
Si la startup va a contar con socios inversores, el derecho de arrastre estará en el pacto de socios; no hay problema, simplemente se trata de consensuar una articulación de ese derecho que satisfaga adecuadamente las expectativas de rentabilidad de todas las partes. Autor: González Asturiano
Cláusulas de Derecho de Arrastre o Drag Along
Escribe Josep Navajo lo siguiente: Las cláusulas de Drag Along (derecho de arrastre) y Tag Along (derecho de acompañamiento) son esenciales en cualquier Pacto de Socios de una Startup. Están orientadas a regular la desinversión en la sociedad y la posible salida de los socios de la misma.
Drag Along (Derecho de arrastre)
Está cláusula se introduce en el Pacto de Socios para proteger la posible salida de un socio inversor dentro de la sociedad.
También sirve para proteger la salida del socio mayoritario. El objetivo de cualquier socio inversor es rentabilizar su inversión.
Por tanto, éste exigirá incluir en el Pacto de Socios determinadas cláusulas tendentes a facilitar su salida como socio y proteger sus intereses. La cláusula consiste en que, cuando un tercero realiza una oferta de compra de la sociedad por la totalidad del capital social, el socio que tenga el derecho de arrastre podrá obligar al resto de socios a que vendan sus participaciones al comprador. En el supuesto del socio mayoritario, esta cláusula sirve para garantizar que puede negociar la venta de la totalidad de la sociedad.
También garantiza que ningún socio minoritario pueda negarse y dificultar la venta. Por otro lado, esta cláusula garantiza al socio inversor que si consigue un comprador que esté dispuesto a comprar la sociedad por un precio razonable y que le reporte unos beneficios considerables, podrá obligar al resto de socios a vender. El contenido de la cláusula puede ser más o menos extenso, pero algunos puntos clave que tienen que introducirse son:
el período de ejercicio del derecho
el precio mínimo por el cual los socios están obligados a vender (precio fijado previamente o como resultado de aplicar una fórmula)
opción del resto de socios de igualar la oferta
cláusulas de penalización en caso de incumplimiento.
Tag Along (Derecho de acompañamiento)
Al contrario del derecho anterior, éste se encarga de la protección de los socios minoritarios dentro de la sociedad. En el supuesto de que un tercero realice una oferta de compra a uno de los socios por sus participaciones en la sociedad, el resto de socios podrán ofrecer al tercero en las mismas condiciones y términos sus propias participaciones. Por tanto, el tercero comprará el número de participaciones que inicialmente quería, pero de forma prorrateada a todos los socios que ejerciten este derecho. Este derecho sirve para proteger a los socios minoritarios en caso de un posible cambio de control en la sociedad y facilitar así su desvinculación del proyecto.