Derecho de Patentes en Japón
Este artículo es una ampliación de la información sobre propiedad industrial y derecho de autor, en esta revista de derecho de empresa.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de la propiedad intelectual e industrial, sobre este tema.
Te explicamos, en relación al derecho de autor y la propiedad industrial, qué es, sus características y contexto.
Patentes Esenciales Estándard en Japón
Marco legal en Japón
A diferencia de la India, el Japón ha adoptado el marco jurídico continental.
Tres códigos escritos establecen las reglas de la mayoría en este campo. La Ley de Patentes establece los derechos legales de los titulares de patentes. La Ley antimonopolio regula los principios generales contra el monopolio y el comercio desleal. Los principios detallados sobre el comercio desleal se divulgan en Designación de Prácticas Comerciales Desleales (Designación) y en múltiples directrices se especifican los criterios para la aplicación de la Ley antimonopolio y la Designación. La Ley de Patentes no dice nada sobre el estándar tecnológico.
Sin embargo, un par de disposiciones están relacionadas con los SEP. El artículo 92 de la ley define una licencia obligatoria para el mejoramiento de las invenciones y el artículo 93 establece otro tipo de licencia obligatoria basada en el interés público. No hay reglas u ordenanzas específicas sobre el Artículo 93, pero los abogados y los políticos se refieren a un informe publicado en 1968 por un grupo de expertos bajo el Consejo de Capital Extranjero. El informe afirma que dicha licencia debería permitirse únicamente cuando esté directamente relacionada con la vida de los ciudadanos y que la denegación de la licencia tendría como resultado el paralizar el desarrollo de las industrias relacionadas.
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Su interpretación hace hincapié en la aplicación limitada de esta licencia obligatoria.
Además, el artículo 92 se ha suspendido sustancialmente de conformidad con el Acuerdo EE.UU.-Japón en 1994. El Acuerdo estipula que ninguna licencia obligatoria basada en invenciones de mejora debe ser ordenada sin una decisión judicial o administrativa, que proclame la violación de las leyes antimonopolio. Como resultado de estas estrictas condiciones, hasta ahora no se ha establecido ninguna licencia obligatoria. Las leyes antimonopolio regulan parte de los asuntos de la SEP.
En 2007, la Comisión Japonesa de Comercio Justo (JFTC), un organismo gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) que tiene jurisdicción sobre las regulaciones antimonopolio, publicó una nueva directriz sobre la afirmación de los DPI, titulada "Directrices para el Uso de la propiedad intelectual bajo la Ley Antimonopolio". La directriz, prefaciendo que la denegación de la licencia en principio no siempre constituye un monopolio, hacía referencia a que en caso de cualquier afirmación que se desvíe de la naturaleza de la protección de los derechos de propiedad intelectual, puede constituirse en una práctica comercial desleal.
Sin embargo, no hubo mención directa de las SEP antes de 2016.
Casos de SEPs
Apple contra Samsung: Decisión del Tribunal de Distrito de Tokio y Decisión del Tribunal Superior de PI
El primer litigio de SEP en Japón apareció en 2011. Como parte de la guerra mundial (o global) de patentes de teléfonos inteligentes, Apple y Samsung lucharon en los tribunales japoneses.
En abril de 2011, Samsung presentó una demanda, que reclama una orden judicial temporal para detener la infracción de los SEP de Samsung del estándar UMTS. Estos SEPs están bajo la declaración FRAND del Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI).
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Apple pronto ofreció un acuerdo de licencia y dos partes se sentaron en la mesa de negociaciones, pero sin éxito.
En septiembre, Apple presentó una reconvención solicitando una confirmación de la ausencia de daños a Samsung.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Apple presentó varios argumentos en apoyo de su solicitud.
En primer lugar, Apple alegó que no había aplicado medidas en relación con los SEP.
En segundo lugar, incluso si lo implementan, Apple no infringe estos SEPs debido a la doctrina del agotamiento. Estos SEP se implementan en un chipset de banda base, que supuestamente fue vendido por Intel.
En tercer lugar, abogan por que Samsung ya haya celebrado un acuerdo de licencia debido a su declaración FRAND.
Cuestiones
Por último, Apple alegó abuso de posición dominante por parte de Samsung, alegando que incumplió su obligación de negociar de buena fe y de revelar oportunamente los SEP, y que violó las leyes antimonopolio. El argumento de Apple sobre la negociación de buena fe se basaba en el artículo 6.1 de la Política de DPI del ETSI. El 28 de febrero de 2013, el Tribunal de Distrito de Tokio dictaminó que, sobre la base de la política de derechos de propiedad intelectual del ETSI, Samsung estaba obligado a revelar sus SEP en el momento oportuno y a negociar de buena fe con quienes estuvieran dispuestos a obtener la licencia, pero la empresa incumplió ambas obligaciones. El tribunal también agregó que la demanda de Samsung de una medida cautelar temporal podría involucrarlos en la retención de la patente.
En cuanto a la obligación de negociación de buena fe, Samsung refutó la voluntad de Apple de conceder licencias, ya que el tipo de regalía propuesto distaba mucho de la petición de Samsung y, por tanto, no hizo una oferta basada en las condiciones de FRAND.
Sin embargo, el tribunal no mencionó si la propuesta cumple el requisito FRAND. Estas decisiones han recibido una amplia gama de críticas contra la validez de su conclusión y su imprevisibilidad. De acuerdo con la decisión, los titulares de la SEP no pueden reclamar ninguna regalía una vez que han incumplido la obligación.
Secuencia
Posteriormente, Samsung apeló ante el Tribunal Superior de Propiedad Intelectual. En su apelación, el Juez en Jefe Iimura hizo un intento desafiante. El tribunal anunció una invitación a hacer comentarios públicos sobre las restricciones de las órdenes judiciales y los daños y perjuicios de los SEP. Es similar a un escrito de amicus, como se sabe en la jurisprudencia del derecho consuetudinario. Japón, sin embargo, no tiene oficialmente ningún sistema de este tipo.
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Se presentaron 59 opiniones de académicos, expertos en PI, abogados, firmas de negocios e individuos. Estos comentarios incluían tanto los aspectos industriales como los jurídicos. Muchos de los debates sobre la interpretación de la ley japonesa, mencionan tres bases legales para restringir los requerimientos o las solicitudes excesivas de regalías basadas en los SEPs cometidos por FRAND; un contrato de tercera parte beneficiaria y las limitaciones inmanentes de los requerimientos de patentes, y un abuso de los derechos de patente. Estos comentarios confirmaron la discusión legal planteada por los principales académicos. El 16 de mayo de 2014, el Gran Panel del Tribunal Superior de propiedad intelectual desestimó la petición de Samsung de que se dictaran medidas cautelares contra los licenciatarios voluntarios, por considerar que se trataba de un abuso de sus derechos de patente. La decisión consideró tanto las expectativas razonables de los otorgantes de licencias como la voluntad de los licenciatarios de estos FRAND que cometieron SEPs.
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Señaló la influencia negativa del requerimiento de estos SEPs para el desarrollo sano de la industria. En otras palabras, contrariamente a la decisión del Tribunal de Distrito, el tribunal ordenó el pago de regalías dentro de la condición de FRAND.
Para calcular el tipo de regalía FRAND, el banco calculó en primer lugar la proporción de contribuciones de las normas UMTS en función de su uso en los productos de Apple.
En segundo lugar, la proporción de contribución de los SEPs focales se estima dentro de la proporción.
Secuencia
Posteriormente, el tribunal fijó la tasa máxima para evitar regalías agregadas excesivas. Finalmente, la proporción se multiplica por el número de familias SEP de Samsung por el total de familias SEP.
En este caso, el ratio se expresa como el 5% de la contribución de UMTS. La regalía calculada fue de casi 10 millones de yenes japoneses (aproximadamente 10 mil dólares estadounidenses).
Caso "One Blue"
El segundo caso del SEP en Japón se decidió en 2017. Imation Co., un fabricante de discos Blu-ray con sede en Estados Unidos, había estado negociando con One Blue LLC para recibir una licencia. Mientras que One Blue solicitó la misma tasa de regalías con todos los demás licenciatarios, Imation reclamó regalías más bajas dentro de la condición FRAND.
En 2013, One Blue envió cartas de advertencia a los distribuidores de los productos de Imation para suspender las ventas de discos Blu-ray. Estos destinatarios pronto dejaron de vender los productos de Imation. Imation presentó una demanda contra One Blue en el Tribunal de Distrito de Tokio solicitando al tribunal que les impidiera enviar estas cartas.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Alegaron que estas cartas de advertencia a los distribuidores de Imation demostraban su derecho de requerimiento judicial de los SEP, constituían un abuso de derechos y equivalían a una falsa alegación de infracción de los derechos de patente pertinentes, prohibida por la Ley de Prevención de la Competencia Desleal. Antes de que el tribunal aprobara su decisión, la JFTC anunció el cierre de una investigación en un caso antimonopolio. La JFTC consideró que el comportamiento de One Blue equivalía a una interferencia con la transacción del competidor, lo que viola las prácticas comerciales desleales.
Sin embargo, también encontraron que no había ninguna violación en curso después de abril de 2016, por lo que no otorgaron ninguna orden de cese y desistimiento. El Tribunal de Distrito de Tokio, el 18 de febrero de 2017, decidió que las cartas de advertencia equivalían a una acusación falsa. El tribunal, al referirse a la decisión del Tribunal Superior de propiedad intelectual en el caso Apple c.
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Samsung, prohibió las medidas cautelares contra los licenciatarios voluntarios. El juez también aplicó el criterio de un licenciatario voluntario presentado en la decisión.
En este caso, el tribunal concluyó que Imation es un licenciatario dispuesto, considerando que Imation propuso una tasa de regalía específica, pero One Blue rechazó sustancialmente cualquier negociación. En contraste con la India, muy pocos litigios de la SEP fueron presentados en Japón.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Ambos casos enfatizan la negociación de buena fe.
Sin embargo, estas decisiones no mostraron un criterio concreto de negociación fiel.
Enmienda de la Directriz sobre la Ley Antimonopolio
El primer cambio de política que se produjo en Japón fue en 2015. La JFTC, reconociendo la importancia de aclarar los criterios para regular las cuestiones de la SEP, anunció el proyecto de enmienda parcial de las "Directrices para el uso de la propiedad intelectual en virtud de la Ley antimonopolio". La agencia también recogió opiniones públicas. Recibieron 54 comentarios de diversas partes interesadas, entre ellas organismos gubernamentales (FTC y Fraunhofer Society), sociedades de expertos en P.I. (American Intellectual Property Law Association, Intellectual Property Owners Association y Licensing Executive Society Japan), empresas, abogados y académicos. Múltiples organizaciones comentaron su amplia definición de SEPs y varias otras frases ambiguas. Como reacción a estas opiniones, la JFTC publicó una enmienda modificada en enero de 2016. La enmienda aclara que una denegación de licencia o una solicitud de requerimiento judicial contra licenciatarios dispuestos puede constituir una interferencia con la transacción de un competidor y constituiría una violación de la designación.
El documento también establece que un licenciatario dispuesto está determinado por situaciones individuales de negociaciones de licencia, basadas en varios factores tales como la divulgación de los SEPs exactos en cuestión y las condiciones reales de estas implementaciones, la presentación de los términos de la licencia y sus motivos razonables, la respuesta inmediata a estas propuestas y proporcionar una alternativa racional, y si su actitud es fiel. Es notable que el borrador original describía que una negativa de licencia o mandato judicial a los licenciatarios voluntarios constituye una violación.
Sin embargo, el proyecto modificado ha suavizado este criterio.
Comité de Examen del Sistema de Solución de Controversias en materia de Propiedad Intelectual
Si bien la JFTC se refirió al abuso de las medidas cautelares, los expertos en propiedad intelectual debatieron ampliamente las restricciones de las medidas cautelares.
En 2015, siguiendo esta tendencia, la Oficina Central de Promoción de la Estrategia de Propiedad Intelectual, una junta consultiva dependiente del Primer Ministro del Japón, estableció la cuestión como punto de debate para su comité especial, a saber, el Comité de Examen del Sistema de Solución de Controversias en materia de Propiedad Intelectual. El objetivo del comité era examinar todas las cuestiones principales de una controversia en materia de propiedad intelectual, como los procedimientos de recopilación de pruebas, el cálculo de los daños y perjuicios y las restricciones en materia de medidas cautelares. Incluso este tema se combinó con las cuestiones de las entidades de afirmación de patentes. El informe final de la comisión, publicado en marzo de 2016, no apoyaba ninguna restricción unificada.
Indicaciones
En cambio, llegaron a la conclusión de que no era necesario introducir cambios jurídicos y que las restricciones debían juzgarse caso por caso.
En cuanto a las SEP, el informe menciona que las restricciones unificadas pueden, de hecho, reducir los incentivos para la estandarización e inducir un régimen de protección de patentes más débil en las economías emergentes. Grupo de Estudio del Sistema de propiedad intelectual para la Cuarta Revolución Industrial (véase también sus consecuencias y la industrialización) El rápido crecimiento de `Internet of Things (IoT)', `Industrias 4.0', o `Industrias conectadas' plantea una mayor preocupación sobre los SEPs. Han sido un problema principalmente en la industria de las telecomunicaciones inalámbricas, pero en la era de la IO se prevé que las entidades involucradas en las industrias de automóviles, electrodomésticos y equipos industriales se vean involucradas con mayor frecuencia en disputas de la SEP. El Ministerio de Economía, Comercio e Industria (METI) estableció un grupo de estudio sobre el sistema de propiedad intelectual en 2016. Este grupo se ocupó de una amplia gama de cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual, como la protección jurídica de los datos, la protección de la propiedad intelectual de las creaciones de inteligencia artificial (IA) y la resolución de controversias de la SEP. En abril de 2017, el grupo de estudio publicó un informe que menciona dos preocupaciones con respecto a los SEP.
En primer lugar, un número creciente de SEP y una cobertura limitada de los consorcios de patentes sobre los SEP, lo que aumenta el costo (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) de las negociaciones de licencias y las disputas sobre patentes. Este coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) supone una barrera de entrada para las Pequeñas y Medianas Entidades (PYMEs).
También están preocupados por el coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) social de estas transacciones de patentes, ya que la IO puede ser una parte esencial de las infraestructuras sociales.
En segundo lugar, las entidades no practicantes (NPE) podrían probablemente perturbar el mercado de concesión de licencias de la SEP.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aunque los NPE no son activos en Japón, muchas empresas japonesas informaron de la influencia de los NPE. Al mismo tiempo, en el informe del Comité de Solución de Controversias en materia de propiedad intelectual se expresan escépticos acerca de las restricciones uniformes de las órdenes judiciales basadas en los SEP.
Indicaciones
En cambio, proponen un sistema de ADR, en el que el gobierno decide la regalía razonable.
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Su informe argumenta lo siguiente: "Será necesario tomar iniciativas para tratar con los SEP, que pasarán a formar parte de la infraestructura pública en consonancia con la popularización de la IO.
Tendremos que encontrar formas de reducir los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de las negociaciones de licencias y de la resolución de disputas que puedan obstaculizar el uso sin problemas de los SEP. En primer lugar, el gobierno considerará la introducción de un sistema ADR (sistema de concesión de licencias para SEPs) diseñado para tratar las disputas sobre la concesión de licencias de SEPs, que tienen una influencia significativa en la sociedad (examine más sobre todos estos aspectos en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades).
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Bajo este sistema, el gobierno trabajará en las disputas entre los titulares de patentes y los posibles licenciatarios basados en la solicitud de estos últimos, cuando las partes no puedan llegar a un acuerdo sobre la concesión de licencias, decidiendo los derechos de licencia apropiados de los SEPs con el debido cuidado de no perjudicar injustamente los intereses de los titulares de las patentes."
Programa Estratégico de propiedad intelectual 2017
Tras el informe del grupo de estudio, en mayo de 2017, la Sede de la Estrategia de propiedad intelectual anunció que el gobierno había iniciado una consideración política sobre el sistema especial de ADR para los SEP.
En su "Programa Estratégico de propiedad intelectual 2017", solicitaron al METI que discutiera la necesidad y el diseño de dicha resolución, que determina una regalía razonable de los SEPs. Está previsto que el nuevo ADR sea objeto de debate el próximo año. El documento de la póliza también solicita que se preste la misma atención al derecho de los titulares de SEP que al beneficio de los licenciatarios potenciales. En medio de la difusión de la IO, para la promoción de un uso fluido de las especificaciones normalizadas de las tecnologías que sirven de infraestructura social, llegar a conclusiones específicas en cuanto a las posibles medidas jurídicas en el ejercicio económico de 2017 y adoptar las medidas necesarias para un sistema de ADR que permita determinar unos honorarios de licencia razonables para las patentes esenciales normalizadas con un impacto social significativo (sistema normalizado de concesión de patentes esenciales), prestando atención al mismo tiempo a no dar un impacto indebido en el derecho de los titulares de las patentes, con vistas a presentar un proyecto de ley en la próxima sesión ordinaria de la Dieta. Aunque el documento no dice nada sobre el órgano rector de la ADR, un periódico japonés filtró que la Oficina Japonesa de Patentes (JPO) establecerá un nuevo sistema de'adjudicación'. Esta elección de palabras siguió el argumento del Subcomité del Sistema de Patentes.
Subcomité del Sistema de Patentes del Consejo de Estructura Industrial
En respuesta al informe del Grupo de Estudio del Sistema de propiedad intelectual para la Cuarta Revolución Industrial (véase también sus consecuencias y la industrialización), la JPO inició un debate sobre políticas en el Subcomité del Sistema de Patentes del Consejo de Estructura Industrial, una junta consultiva.
En la 20ª reunión, celebrada en abril de 2017, la Oficina Japonesa de Patentes propuso dos ADR diferentes: una ADR, que determinaría la tasa razonable de regalías de los SEP, y una ADR general para las controversias sobre patentes.
En cuanto a la antigua ADR, los JPO la nombraron como adjudicación de la SEP. Esta propuesta inició un acalorado debate en la comisión.
Varios miembros del comité de la industria o de la asociación de abogados de patentes apoyaron la introducción de la adjudicación de la SEP.
Sin embargo, algunas asociaciones industriales expresaron su incomodidad con esta idea.
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Sus principales preocupaciones son la eficacia y el impacto social de esta nueva propuesta.
En primer lugar, la cobertura de esta adjudicación será demasiado pequeña en el actual entorno empresarial.
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Sólo cubrirá las patentes japonesas, mientras que la gran mayoría de los SEPs tienen múltiples familias de patentes internacionales.
En segundo lugar, aumenta la complejidad del proceso de resolución de disputas legales. Mientras no haya restricciones especiales, los titulares de la SEP pueden presentar una demanda por infracción de patente ante el tribunal. De esta manera, los procesos de resolución se duplicarán.
En tercer lugar, los JPO no tienen experiencia para juzgar una regalía razonable.
Pormenores
Las asociaciones industriales solicitaron un intenso desarrollo de la capacidad a tal efecto.
Cuestiones
Por último, una ADR pública de este tipo podría probablemente distorsionar las actividades privadas de ADR.
Otra opinión teme una percepción negativa de la regulación SEP japonesa en la industria global. Keidanren advirtió que la adjudicación de la SEP podría ser considerada como una licencia obligatoria, lo que es impopular entre la industria. Keidanren también se ha opuesto en la India. Ante estas objeciones, los funcionarios subalternos del cuadro orgánico buscaron una opción de política complementaria.
En septiembre de 2017, comenzaron a recabar la opinión pública sobre las directrices para la negociación de licencias de la SEP. Esta propuesta tenía por objeto recoger conocimientos prácticos en estas negociaciones y aclarar las opiniones sobre los derechos de autor justos y razonables. Estos conocimientos son útiles no solo para el órgano de adjudicación, sino también para las empresas que no pertenecen al sector de las telecomunicaciones.
En el llamado a la opinión pública, no presentaron un borrador específico de las directrices, sino que simplemente dejaron abierta la cuestión de los puntos que debían incluirse en ellas.
En general, las directrices no serán jurídicamente vinculantes, pero la colección de la opinión pública legitima su poder en los litigios. Finalmente, los JPO renunciaron a la idea de introducir la adjudicación de la SEP. Nikkan Kogyo Shinbun, un periódico japonés, informó en noviembre de 2017 que reconoció la injusticia de la sentencia en cuestión, que solo los ejecutores de la SEP pueden alegar. El periódico también informó sobre la dificultad de decidir sobre las regalías razonables causadas debido a la variedad de tasas de regalías apropiadas aceptadas en la industria.
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Su reconocimiento está en consonancia con el informe publicado por el mismo subcomité en febrero de 2017 como respuesta al Programa Estratégico de propiedad intelectual 2016, en el que se pedía que se examinara la creación de una base de datos general de regalías sobre patentes para estimular las negociaciones de licencias que permitan ahorrar tiempo y aumentar las indemnizaciones en los casos de infracción de patentes.
En el informe, llegaron a la conclusión de que una base de datos de cánones carece de sentido, habida cuenta de la gran variedad de prácticas de concesión de licencias de patentes. Alternativamente, los JPO sugirieron la introducción de una guía de negociación para la concesión de licencias de la SEP, tal como se propuso en septiembre, y un sistema de opinión consultiva (véase qué es, su definición, o concepto jurídico) sobre la esencialidad tecnológica de las SEP. Explicaron que la guía no tiene como objetivo establecer nuevas regulaciones, sino recopilar las decisiones de los tribunales de todo el mundo y mostrar ejemplos de licenciantes fieles y de licenciatarios dispuestos a ser fieles.
En marzo de 2018, la JPO publicó un borrador de la "Guía para las negociaciones de concesión de licencias en materia de patentes esenciales estándar" e invitó al público a formular comentarios sobre la misma. La guía abarca múltiples cuestiones, desde la fidelidad de las partes en un proceso de negociación eficaz hasta las regalías razonables. La JPO enumera principalmente las consideraciones mencionadas por la jurisprudencia internacional y no ha tenido ninguna interpretación legal clara. Este contenido medido es un reflejo de la actitud de los JPO de ser un proveedor de información objetivo para apoyar a las PYME o a las grandes empresas que no pertenecen al sector de las telecomunicaciones. La guía se publicará en la primavera de 2018. Además, en lo que respecta a una opinión consultiva, los JPO han anunciado la introducción de una nueva política mediante la cual ampliarían el alcance de su escrutinio a la esencialidad de un SEP.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aunque esta determinación no tendría ninguna naturaleza jurídica, sería beneficioso para crear una plataforma para que las partes fijen sus términos de negociación sin tener que recurrir al tribunal en relación con estas cuestiones.
Para prevenir el abuso malicioso de este sistema de opinión consultiva, el borrador de su manual de procedimiento describe que los peticionarios tienen que estar involucrados en litigios en los cuales la esencialidad de SEPs específicos declarados son los temas. Un periódico reportó que el proceso de opinión consultiva (véase qué es, su definición, o concepto jurídico) estaría diseñado para proporcionar una conclusión dentro de los tres meses después de la presentación de la petición. Revisor: Lawrence, julio 2018