Derechos de Autor en las Redes Sociales
Este artículo es un complemento de la información sobre propiedad industrial y derecho de autor, en esta revista de derecho de empresa.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de la propiedad intelectual e industrial, sobre "Derechos de Autor en las Redes Sociales".
Te explicamos, en relación al derecho de autor y la propiedad industrial, qué es, sus características y contexto.
Derechos de Autor en Internet en América
Venta de Entretenimiento en Internet
En los últimos años, se ha hecho muy popular que la gente comercie y descargue música y otras formas de entretenimiento (películas, juegos, etc.) de la web en discos compactos y otros dispositivos de almacenamiento digital. El problema legal asociado a esto es la infracción de los derechos de autor. Dado que los propietarios legítimos de la música a menudo no han concedido permiso y no reciben regalías por la música pirateada, se han esforzado por impedir que las empresas distribuyan música en línea.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aunque la cuestión dista mucho de estar resuelta, varias decisiones judiciales han sostenido que se infringen los derechos de autor aunque la empresa se limite a proporcionar un foro para que la música se "comparta" entre los suscriptores. Otra cuestión relacionada es hasta qué punto los proveedores de servicios de Internet (ISP) son responsables cuando se produce una infracción de los derechos de autor mientras los usuarios están en línea.
La Ley Federal de Derechos de Autor del Milenio Digital
Entre numerosas disposiciones, la ley federal de derechos de autor del milenio digital (DMCA) de 1998 establece que los proveedores de servicios de Internet no son responsables de las infracciones de los derechos de autor cometidas por sus abonados si se atienen a lo siguiente:
Adoptar y aplicar razonablemente una política de cancelación, en las circunstancias apropiadas, de las cuentas de los abonados que sean infractores reincidentes.
Acomoden y no interfieran en la identificación o protección de las obras protegidas por derechos de autor.
La DMCA protege además a los proveedores de servicios de Internet de la responsabilidad por infracción de los derechos de autor incluso por la información que resida en los sistemas o redes de sus usuarios, siempre que:
El ISP no haya tenido conocimiento de la actividad infractora.
El ISP no haya recibido un beneficio financiero directamente atribuible a la actividad infractora.
Al recibir la debida notificación de la infracción reclamada, el ISP bloquea rápidamente el acceso al material infringido.
Revisor de hechos: Mix
Tuenti
Tuenti, durante una época una de las redes sociales de más uso en España, en su aviso legal y condiciones de uso (cuarto apartado), establecía lo siguiente en el año 2009: “Tuenti, como autor de la obra colectiva en que consiste el Sitio Web, es el titular de todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre la misma. Está prohibida cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública, modificación y, en general, cualquier acto de explotación de la totalidad o parte de los contenidos (imágenes, textos, diseño, índices, formas, etc.) que integran el Sitio Web, así como de las bases de datos y del software necesario para la visualización o el funcionamiento del mismo, que no cuente con la expresa y previa autorización escrita de Tuenti (…)El Usuario cede en exclusiva a Tuenti y para todo el mundo los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública sobre los contenidos que suministre a través del Sitio Web, así como el de modificación para adaptarlos a las necesidades editoriales de Tuenti, y garantiza además la legítima titularidad o facultad de disposición sobre dichos derechos”. En parecidos términos Myspace expresaba así sus condiciones: “Al mostrar o publicar cualquier contenido o material en o a través de cualquier área pública de MySpace.com, el usuario garantiza automáticamente una licencia internacional, no exclusiva, completa y exenta de royalties (con derecho a sublicenciar de manera ilimitada con sublicenciatarios) para utilizar, copiar, modificar, adaptar, traducir, representar, publicitar, almacenar, reproducir, retransmitir y distribuir dicho contenido en y a través de sus servicios (…) Dicha licencia terminará cuando dicho contenido sea borrado de los servicios.
Sin embargo, después de haber sido borrados los contenidos puede quedar un residuo u copia de seguridad de dichos contenidos en los servidores, y MySpace.com mantiene los derechos sobre dicha copia”. Tras varios problemas con autores de música, Myspace se vio obligada a suavizr las condiciones del contrato, en estos términos: “MySpace no reclama ningún derecho de propiedad sobre el texto, los archivos, las imágenes, las fotografías, los videos, los sonidos, los arreglos musicales, las obras de autor, las aplicaciones, o sobre cualquier otro material que usted publique en los Servicios MySpace o a través de estos.
Tras la publicación de su Contenido en los Servicios MySpace, usted seguirá disponiendo de cualesquiera derechos que tuviera sobre los mismos, sujeto a la licencia limitada prevista en estos Términos de Uso.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Al mostrar o dar a conocer en Internet cualquier Contenido en los Servicios MySpace o a través de estos, usted concede a MySpace una licencia limitada para usar modificar, eliminar o agregar información, presentar públicamente, mostrar públicamente, reproducir y distribuir dicho Contenido únicamente en los Servicios MySpace o a través de estos (…) Esta licencia limitada no concede a MySpace el derecho de vender o distribuir de algún otro modo su Contenido fuera de los Servicios MySpace. Una vez que elimine su Contenido del Sitio web MySpace, interrumpiremos la distribución en el plazo (véase más en la plataforma (de Lawi, en relación a la empresa) general) más breve posible”. Revisor de hechos: Hamilton
Derecho de las Redes o Medios Sociales en América
Los medios sociales implican la actividad en línea de grandes grupos de personas que interactúan compartiendo información, ideas y mensajes.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Al igual que ocurre con otras actividades en línea, pueden surgir problemas legales en relación con la privacidad, la actividad delictiva, la expresión, así como otras cuestiones emergentes. Véase más acerca de las redes sociales, también llamadas medios sociales. Las expectativas de privacidad en el uso de los medios sociales se han visto afectadas por casos de empleadores que utilizan la actividad en los medios sociales para controlar a los empleados y tomar decisiones laborales.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Además, la actividad en los medios sociales puede ser utilizada como prueba en los tribunales cuando tenga valor para probar un caso y pueda ser autentificada, de acuerdo con la legislación de los Estados Unidos. Se han cometido delitos utilizando los medios sociales, incluidos el ciberacoso, el robo de identidad y el fraude, de acuerdo con la legislación de Estados Unidos.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Aunque estos mismos delitos podrían cometerse utilizando foros en línea distintos de los medios sociales, la naturaleza pública de la actividad y la capacidad del delincuente para permanecer en el anonimato ha creado preocupaciones adicionales para la aplicación de la ley. Los medios sociales han tenido un tremendo impacto en el discurso comercial, ya que dan a los individuos el poder de difundir información, expresar opiniones e intentar influir en el cambio.
Nunca te pierdas una historia sobre el derecho de la propiedad industrial e intelectual, de esta revista de derecho de los negocios:
Sin embargo, este discurso puede ser difamatorio u ofensivo y se rige por los mismos principios legales que se aplican a todo discurso.
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista de derecho de empresa, en cuanto a la propiedad intelectual e industrial, y respecto a sus características y/o su futuro): Además, la usurpación de nombres de usuario en los medios sociales, la suplantación de identidad y la afiliación indebida pueden dar lugar a demandas por infracción de la propiedad intelectual.
Por último, las empresas deben evitar que la actividad en los medios sociales dé lugar a reclamaciones por publicidad engañosa, en particular cuando animan a sus empleados a utilizar el medio para publicar información u opiniones sobre un producto o servicio. Los medios sociales evolucionan con rapidez, por lo que hay cuestiones emergentes que la ley deberá abordar.
Por ejemplo, los prestamistas que utilicen la actividad de los medios sociales para tomar decisiones crediticias pueden enfrentarse a demandas por discriminación. Las empresas que divulgan información importante en los medios sociales deben asegurarse de que están cumpliendo con todas las leyes de valores aplicables. Como ocurre con todas las demás formas de comunicación de masas, las personas que publican en los medios sociales pueden ser consideradas legalmente responsables de difamación, calumnia, invasión de la intimidad, engaño en la publicidad, fraude, infracción de la propiedad intelectual y todas las formas de actividad delictiva (en relación con internet, véase más aquí). Cualquier uso de publicaciones o actividad de los medios sociales como prueba debe estar autentificado y debe proceder de una cuenta específica e identificable con prueba de autoría (vése más detalles). Los sitios de medios sociales han proporcionado a los consumidores, empleados, empresas y otras personas enormes oportunidades para difundir información, expresar opiniones e intentar efectuar cambios. Véase más sobre la expresión en internet. Dado que los medios sociales fomentan la libre expresión de opiniones y la publicación de información (véase también respecto a internet en su conjunto), el peligro de publicar información falsa se ha acentuado, de acuerdo con algunos datos. La propiedad intelectual incluye los secretos comerciales, las marcas, los derechos de autor y las patentes (véase más detalles respecto de América). Las empresas invierten importantes recursos en la creación de propiedad intelectual y, por lo tanto, necesitan protegerse contra la infracción de la propiedad intelectual, o el uso no autorizado de la misma. (Véase también información respecto a la propiedad intelectual en Europa Revisor de hechos: Mix
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Recursos
Véase una variedad de recursos, en relación a esta materia de la propiedad industrial e intelectual: