Diligencia Laboral
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.A continuación se examinará el significado.
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Diligencia Laboral
Definición y descripción de Diligencia Laboral ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Santiago Barajas Montes de Oca) Trámite que realizan los funcionarios y empleados de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para agilizar el proceso de trabajo.
Cumplimiento o ejecución de una resolución pronunciada por los representantes ante las juntas de conciliación y arbitraje. Informes, investigaciones, pedimentos, inspecciones, citaciones, emplazamientos o actos de ejecución que tienen lugar en el proceso laboral.
En todo proceso judicial se presentan determinadas actuaciones, ya sea que provengan de la autoridad o que corresponda realizarlas a las partes interesadas o a sus representantes, significándose las mismas por la forma, el contenido o la finalidad que se persiga en su ejecución.
A estas actuaciones se les da el nombre jurídico de diligencias, en cuanto se realizan como consecuencia de una resolución de un juez o autoridad que intervenga, o bien se llevan a cabo en cumplimiento de algunos deberes fijados por las leyes, o responden a la actividad y prontitud con que sea necesario atender un mandamiento judicial. La palabra implica el deber de cooperar, la naturaleza de una obligación a cumplir y la circunstancia de tiempo y lugar en que el acto se realice.
Por lo tanto se le puede aceptar como sinónimo de cuidado, de actividad o de prontitud, según provenga de cualquiera de las situaciones consignadas. Por el carácter y función que tienen esas actuaciones dentro del proceso en que son realizadas los tratadistas de la materia las han clasificado en: a) diligencias preparatorias y preventivas artículo 857 Ley Federal del Trabajo); b) diligencias de tramitación o instrucción artículos 717, 718, 719, 726, 728, 838 y 845 Ley Federal del Trabajo); c) diligencias de notificación o citación artículos 743, 748, 753, 754, 756 y 758 Ley Federal del Trabajo); d) diligencias probatorias e informativas artículo 829 Ley Federal del Trabajo); e) diligencias ejecutivas artículos 941, 953 y 967 Ley Federal del Trabajo); f) diligencias que atañen a procedimientos especiales artículos 898, 910, 913, 935 y 991 Ley Federal del Trabajo), y g) en materia laboral exclusivamente, diligencias para mejor proveer artículos 886 y 887 Ley Federal del Trabajo). Examinaremos cada una de ellas desde el punto de vista del procedimiento de trabajo en México.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Bibliografía
Alvarez del Castillo, Enrique, Reformas a la ley federal del trabajo en 1979, México, UNAM, 1980; Couture, Enrique J., Estudios de derecho procesal civil, Buenos Aires, Depalma, 1948, tomo I; Ovalle Favela, José, Derecho procesal civil, México, Harla, 1980; Podetti, J., Ramiro, Tratado del proceso laboral, Buenos Aires, 1950, tomo II; Porras y López, Armando, Derecho del Trabajo, México, 1975; Remorino, Jerónimo, La nueva legislación social argentina, Buenos Aires, 1956.