Fondo de Pensiones
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. Es un patrimonio económico sin personalidad jurídica donde deben integrarse los recursos económicos del Plan o Planes que lo integran, que canalizan las inversiones y efectúa el pago de las prestaciones a los beneficiarios.
Algunas Voces relacionadas con Fondo de Pensiones en la Enciclopedia del Derecho
En la República Dominicana
Fondo De Pensiones
Sumatoria de las aportaciones obligatorias y voluntarias que se realizan en el sistema previsional, el monto correspondiente al bono de reconocimiento al momento de hacerse efectivo, así como las utilidades obtenidas por la administración efectuada por la AFP, deducida la comisión complementaria a la que se refiere el literal b) del Art. 86 de la ley y el pago de prestaciones. Este fondo de pensiones constituye un patrimonio independiente del de la AFP y tiene contabilidad separada de esta.
Definición de FONDO DE PENSIONES en Derecho español
El que agrupa las aportaciones de un conjunto de planes de pensiones. Tema: fondos.
Fondo de Pensiones en el Derecho del Seguro
Definición de Fondo de Pensiones del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Patrimonio económico carente de personalidad jurídica, creado con exclusivo objeto de dar cumplimiento al objeto fundacional de un plan de pensiones. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se integra por las aportaciones de sus miembros y los rendimientos (véase una definición en el diccionario y más detalles, en la plataforma general, sobre rendimientos) generados por su inversión. Los Fondos de Pensiones son patrimonios formados por las aportaciones de los partícipes que integran los planes y que carecen de personalidad jurídica, siendo administrados por una Entidad Gestora y custodiados por una Entidad Depositaria. Los fondos de pensiones pertenecen a los partícipes que los integran, cuyo derecho de propiedad se acredita mediante los certificados de las aportaciones realizadas. Un fondo estará compuesto por uno o varios planes de pensiones.
Cada plan tiene un reglamento que es el contrato por el que se comprometen los partícipes y el propio plan.
Todos los planes de pensiones deben estar obligatoriamente integrados dentro de un fondo de pensiones. El funcionamiento es teóricamente sencillo: 1.
Los participes hacen aportaciones a un plan de pensiones de acuerdo con el reglamento del plan y conformes con la política de inversión. 2.
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Dichas aportaciones se canalizan a un fondo patrimonial que se denomina fondo de pensiones. 3. Este fondo de pensiones cuenta con una entidad que lo gestiona, otra que actúa de depositaria y un órgano de gobierno que se denomina comisión de control. 4.
Llegado el momento, es el fondo de pensiones el que paga la prestación al beneficiario. Para comprender el funcionamiento de un fondo de pensiones es necesario conocer las tres figuras que lo integran: entidad gestora, entidad depositaria y comisión de control. Véase entidad gestora, entidad depositaria y comisión de control. Nota: Consulte más información sobre Fondo de Pensiones (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón.
Pensiones y Rentas de Jubilación
Dos reseñas de la revista "Libros de Economía y Empresa" sobre el libro "Oxford Handbook of Pensions and Retirement Income": "Los capítulos se agrupan en cinco grandes bloques que recorren: 1) la historia de los sistemas de pensiones, 2) las pensiones públicas (el denominado primer pilar del sistema de pensiones), 3) las pensiones ocupacionales (planes de pensiones ofertados por las empresas para sus trabajadores, también llamadas el segundo pilar), 4) las pensiones individuales capitalizadas (tercer pilar) y 5) las perspectivas de futuro. En la mayoría de los casos, los artículos están escritos a un nivel bastante elemental, prefiriendo recurrir a las descripciones y explicaciones intuitivas antes que al análisis formal. Esto hace que casi todos los trabajos sean accesibles incluso a lectores sin un gran bagaje económico o analítico. Si bien hay matices, el mensaje general del libro es que los sistemas públicos debe seguir siendo (y seguirán siendo) la base de las pensiones. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se deben hacer reformas que pueden incluir cierta capitalización y, ciertamente, un retraso en la edad efectiva de jubilación.
Pero, al final, ni política ni económicamente son razonables ni previsibles reformas radicales en los sistemas actuales de pensiones de los países avanzados.
Contenido del libro
Como ya se ha señalado, el libro se estructura en cinco grandes bloques. El primero (diez capítulos) analiza aspectos históricos, políticos, sociales y económicos de los sistema de pensiones. El punto de partida son los orígenes y la evolución histórica de los sistemas de pensiones. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se constata que las circunstancias económicas han cambiado sustancialmente y se señala que, a pesar de ello, los gobiernos tendrán serios problemas para realizar cualquier cambio sustantivo en los programas públicos, ya que estos cambios tendrían un coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) político sustancial. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se revisan también las pensiones ocupacionales para resaltar que el cambio que se está produciendo en, fundamentalmente, los Estados Unidos de planes de beneficio definido (pensiones fijas) a contribución definida (aportación fija y pensión según rentabilidad del mercado) supone costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de gestión importantes para los pensionistas y les hace asumir riesgos sustanciales sobre sus pensiones futuras.
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Dentro de este análisis inicial, se resaltan también las diferencias de género en las pensiones (las mujeres, por su permanencia en el hogar y la discriminación salarial, las tienen más bajas) y la conveniencia de tomar medidas para paliar esto.
Otro aspecto tratado incluye la redistribución intergeneracional que, se afirma, es probable se mantenga por el peso político creciente de los mayores.
La revisión de las tendencias demográficas lleva a la conclusión de que, si bien puede ser deseable redimensionar el coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) de las pensiones, los escenarios catastrofistas no están justificados.
Tras revisar qué determina las preferencias de los individuos por el nivel de ahorro y la inversión entre activos, el primer bloque concluye analizando la relación entre capitalización de las pensiones y crecimiento. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se argumenta que la capitalización aumenta el ahorro privado y quizá ,en los países menos desarrollados, la eficiencia de los mercados financieros.
Tema: mercados-financieros-mundiales. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se suscitan serias dudas acerca de los efectos sobre el ahorro nacional y el crecimiento. El segundo bloque (seis trabajos) se dedica a analiza el primer pilar de los sistemas de pensiones: los sistemas públicos de reparto. El primer trabajo aboga por evitar reformas radicales y realizar modificaciones que, sin cambiar la naturaleza de los sistemas actuales, garanticen su viabilidad financiera. El segundo argumenta a favor de los sistemas de capitalización, mientras que el siguiente contrapone las ganancias de aumentar la proporcionalidad de las prestaciones (en relación con las cotizaciones) con la reducciones de redistribución que conlleva.
Tras esto, se analiza la conveniencia de dar pensiones universales con base en la residencia, en vez de utilizar el criterio de ciudadanía, y se argumenta la necesidad de que los sistemas de pensiones no induzcan al retiro anticipado. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Finalmente, se incluye un trabajo sobre sanidad y cuidados a ancianos dependientes. El tercer bloque (nueve trabajos) se ocupa del segundo pilar de los sistemas de pensiones. Esto es, los planes ocupacionales.
En primer lugar, se estudia el cambio que se está produciendo en Estados Unidos y el Reino Unido desde planes de beneficio definido a planes de contribución definida. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se sugiere que este proceso conlleva riesgos de rentas insuficientes en la vejez, y se propone limitar la discrecionalidad de los trabajadores (sobre cuánto y en qué invertir) y que alarguen la vida laboral (para acumular activos suficientes).
En otro trabajo, se analiza la actuación sindical y se sugiere que la pérdida de poder sindical puede subyacer a la transformación de beneficio definido en contribución fija. A continuación, el libro se centra en la gestión de los fondos capitalizados. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se analiza la gestión de los fondos de pensiones empresariales y su relación con el valor de la empresa, para concluir que ni la teoría ni la evidencia empírica resuelven la cuestión de si la gestión de los fondos y del resto de las finanzas empresariales debe guiarse, o no, por los mismos criterios. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se detallan las ventajas de la denominada gestión de la deuda (Asset Liability Management) como instrumento para ayudar en la decisión de elementos clave como las políticas de inversión, contribución o indexación.
Sobre estrategias de inversión, se sugieren métodos (como los bayesianos) para ajustar las inversiones a las preferencias de los inversores.
También se analiza la eficiencia de los gestores. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se afirma que, según la evidencia disponible, en promedio la gestión activa no aporta nada sobre la pasiva. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Hay, no obstante, diferencias notables entre gestores, con algunos aportando mucho y otros restando mucho.
Otro de los temas que se estudia es la regulación de los fondos de pensiones. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se resalta la importancia de una regulación que no coarte la iniciativa de los fondos, así como la necesidad de que la regulación se apoye en principios morales. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se señala el papel clave de la información para un control efectivo de los fondos. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Sobre esta misma cuestión, otro de los trabajos resalta la necesidad de establecer mecanismos efectivos de vigilancia y requisitos contables. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se pone de manifiesto también la necesidad de cooperación internacional tanto en el control como a la hora de favorecer traslados de pensiones entre países. El bloque concluye con un trabajo dedicado a los problemas contables asociados a los fondos de pensiones. El cuarto grupo de trabajos (siete artículos) se centra en el tercer pilar; las pensiones individuales. El primer trabajo resalta que, debido a las imperfecciones de mercado, los trabajadores pueden preferir recibir una parte de su salario en forma de una pensión futura, cuyo diseño óptimo variará entre trabajadores y empresarios. A continuación, se analiza el funcionamiento y diversos aspectos teóricos relativos a los mercados de anualidades (cambio de un capital por una renta mensual vitalicia). Un tercer artículo resalta la importancia de contener los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de gestión mediante regulaciones que protejan al consumidor y limiten les técnicas de venta por parte de las gestoras de planes. El siguiente capítulo analiza las razones psicológicas por las que las personas tienden a ahorrar poco para su jubilación, sugiriendo diversas medias para estimular la adquisición de niveles eficientes de pensiones. El bloque finaliza con un trabajo dedicado a la vivienda como activo para la jubilación y otro sobre el asesoramiento financiero ético. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Sobre la primera cuestión, se propone la creación de activos que faciliten la compra y la venta de viviendas.
Además, se propone que se facilite el alquiler a los ancianos que vendan sus viviendas.
Por otro lado, se sugiere que el asesoramiento financiero a los mayores sea ético (informando, explicando y tomando en cuenta los valores y circunstancia del mayor y detectando aquellos casos en los que la capacidad esté disminuida).y se proponen diferentes modelos de gestión que cumplen este requisito. El libro concluye con una serie de artículos (diez) sobre el futuro de las pensiones. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se revisa primero la experiencia privatizadora en diez países de Latinoamérica, con un balance muy desalentador en términos de cobertura, efectos sobre mercados financieros, equidad e incluso rentabilidad. A continuación, al hilo de los intentos, por parte de algunos países de la Unión Europea, de capitalizar parte las pensiones, se cuestiona que las pensiones capitalizadas puedan ofrecer una cobertura real en la jubilación.
El tercer artículo defiende la necesidad de que se incentive la contratación de trabajadores mayores y la permanencia, incluso parcial, en el mercado de trabajo.
En el siguiente, se argumenta, si bien es cierto que pasar de planes de beneficio definido a planes de contribución definida debilita la capacidad de los empresarios para inducir la jubilación de trabajadores mayores poco productivos, es poco probable que esto tenga costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de eficiencia significativos. El siguiente tema es la relación entre pensiones y redistribución.
Se señala que las pensiones han reducido la pobreza en la jubilación de forma drástica y que, si bien las reformas para contener los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) pueden reducir la redistribución intergeneracional, es poco probable que modifiquen sustancialmente la posición de los mayores. El siguiente tema que se aborda es la relación entre pensiones y grupos de presión.
Se analizan los conflictos entre intereses existentes y se exploran las vías para que los gobiernos logren consensos. El bloque continúa con tres artículos en los que se analizan las pensiones en los países en vías de desarrollo, para concluir con un epílogo en el que, aceptando que el coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) de las pensiones va a aumentar y que este aumento se puede pagar con los aumentos de productividad previsibles, se señala que el problema esencial es cómo repartir este coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) adicional entre generaciones.
Cada reforma es, simplemente, una forma distinta de repartir el coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) adicional. El trabajo reclama consenso sobre dos ideas básicas: aumentar la edad efectiva de jubilación y aumentar los niveles de empleo.
También propone la creación de una pensión universal financiada con impuestos generales.
Una valoración del libro
El libro trata de dar una visión enciclopédica del conjunto de cuestiones económicas y políticas que afectan a los sistemas de pensiones de los países avanzados. A pesar de que en el proyecto colaboran algunos académicos de reconocido prestigio, el resultado es un tanto desalentador por varias razones. Primero, aunque hay artículos valiosos, el tono medio es bastante bajo. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Hay mucho análisis superficial y mucha opinión subjetiva.
En lugar de esto, quizás hubieran sido deseables análisis económicos de mayor calado. Es además un libro que, al basarse muchos capítulos en realidades institucionales y cuadros de datos, quedará obsoleto en no mucho tiempo. Por otro lado, a pesar de su amplitud, hay cuestiones que no se tratan, o no se hace con la extensión razonable. Éste es el caso de, por ejemplo, los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de transición de un sistema de reparto (véase qué es, su definición, o concepto, y su significado como "distribution" o "sharing" en el contexto anglosajón, en inglés) a otro de capitalización, las ventajas potenciales de un sistema capitalizado o las proyecciones de ingresos y gastos futuros.
En realidad, incluso si se apoya el sistema público de pensiones, se encontrará que el libro no da demasiado espacio a quienes defienden la privatización. Junto a esto, hay otros problemas como que, debido a una falta de coordinación, muchos argumentos se repiten de forma muy reiterada en los diferentes artículos.
Además, se da igual peso (en hojas de texto) a cuestiones muy puntuales (las normas de contabilización de los fondos) y a otras más esenciales (por ejemplo, los efectos de la capitalización en la producción). En suma, se trata de un libro accesible a un amplio espectro de lectores que analiza de forma poco precisa y un tanto sesgada los problemas de los sistemas de pensiones.
En un tono general de artículos de escaso valor añadido es posible, sin embargo, encontrar algunos trabajos de interés (por ejemplo los capítulos 16, 22 y 48).
En todo caso, es probable que, dada la variedad de temas, la mayoría de los lectores puedan encontrar algún capítulo que atraiga su interés." Tema: fondos.
Fondo de Pensiones en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Fondos
Véase una definición de fondo de pensiones en el diccionario y también más información relativa a fondo de pensiones.
Tema: fondos.
Visualización Jerárquica de Fondo de pensiones
Asuntos Financieros > Instituciones financieras y de crédito > Institución financiera > Sociedad de inversión
Fondo de pensiones
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Fondo de pensiones
Véase la definición de Fondo de pensiones en el diccionario.
Características de Fondo de pensiones
Tema: asuntos-financieros.
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Recursos
Traducción de Fondo de pensiones
Inglés: Pension fund
Francés: Fonds de pension
Alemán: Pensionsfonds
Italiano: Fondo pensionistico
Portugués: Fundo de pensões
Polaco: Fundusz emerytalny
Tesauro de Fondo de pensiones
Asuntos Financieros > Instituciones financieras y de crédito > Institución financiera > Sociedad de inversión > Fondo de pensiones
Véase También
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Contrato de Seguro
Elementos del Contrato de Seguro
Derechos del Asegurador
Póliza de Seguro
Ley de Contrato de Seguro