Los Fondos de Pensiones
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre los fondos de pensiones. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Fondos de Pensiones en Derecho Europeo
1.
.
Desarrollo internacional Los fondos de pensiones son una fuerza importante en la gobernanza empresarial en todo el mundo y son en muchos países el principal vehículo de inversión para las pensiones ocupacionales.
Los fondos de pensiones se encuentran a escala internacional en prácticamente todos los países con sistemas de pensiones profesionales desarrollados, principalmente en Estados Unidos y el Reino Unido.
La importancia de los fondos de pensiones como principales inversores institucionales en los mercados de capitales puede atribuirse tanto al tratamiento fiscal preferente de las pensiones privadas y, especialmente, de las pensiones de jubilación, como a la gran importancia que se concede a los regímenes de pensiones de jubilación en los países mencionados (pensiones de empleo). En 2006, muchos de los mayores fondos de pensiones internacionales pertenecían al sector público. Es el caso de Estados Unidos con el Sistema de Jubilación de los Empleados Públicos de California (CalPERS), posiblemente el fondo de pensiones más conocido. A nivel mundial, CalPERS ocupa el quinto lugar, por detrás del Fondo de Inversión de Pensiones del Gobierno japonés, el Fondo de Pensiones del Gobierno noruego, el ADP holandés y el Fondo Nacional de Pensiones coreano. 2. El ámbito de aplicación de la directiva sobre fondos de pensiones Los fondos de pensiones están regulados principalmente por la Directiva relativa a las actividades y la supervisión de fondos de pensiones de empleo (Directiva FPE o Directiva de Fondos de Pensiones, Dir 2003/41).
La Directiva de Fondos de Pensiones no se aplica a los fondos de inversión, que están sujetos a la Directiva OICVM, ni a las compañías de seguros. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Sin embargo, la creación del Comité Europeo de Seguros y Pensiones de Jubilación (CESSPJ) y del Comité Europeo de Supervisores de Seguros y Pensiones de Jubilación (CESSPJ) ha puesto de manifiesto una estrecha relación entre los fondos de pensiones y las compañías de seguros.
La supervisión común de las compañías de seguros y los fondos de pensiones no viene exigida por la Directiva sobre fondos de pensiones.
Más bien se tienen en cuenta las especificidades de los fondos de pensiones y, en particular, la responsabilidad del Empleador por las obligaciones en materia de pensiones. La Directiva sobre fondos de pensiones no se aplica a las instituciones que gestionan regímenes de seguridad social, compañías de seguros e inversiones colectivas en valores mobiliarios en virtud de la Directiva sobre OICVM.
Tampoco se aplica a los proveedores de servicios de inversión, a los bancos, a las compañías de seguros de vida, a las instalaciones que funcionan según los procedimientos de evaluación y a las empresas que realizan prestaciones de jubilación en relación con el pago de prestaciones de jubilación a sus empleados. Por último, no se aplica a las instituciones en las que los empleados de la empresa promotora no tienen ningún derecho legal a las prestaciones y en las que la empresa promotora puede rescatar los activos en cualquier momento y no cumplir necesariamente sus obligaciones de pago de las prestaciones de jubilación. 3. Estatuto jurídico de los fondos de pensiones y participación de los trabajadores La Directiva sobre fondos de pensiones no exige personalidad jurídica a los fondos de pensiones.
Cuando la institución del fondo de pensiones carezca de personalidad jurídica en virtud de la legislación nacional pertinente, el Estado miembro correspondiente deberá aplicar la directiva a la propia institución o a las entidades autorizadas encargadas de gestionarla y de actuar en su nombre. En Alemania, los fondos de pensiones pudieron gestionar sus propios fondos hasta 1934; desde su reintroducción en 2001 funcionan como instituciones externas de previsión profesional con personalidad jurídica propia. La participación de los trabajadores en forma de cogestión está muy extendida internacionalmente en los fondos de pensiones.
La cogestión paritaria forma parte de la legislación suiza, holandesa y danesa en materia de pensiones de jubilación. En el fondo de pensiones más destacado de Estados Unidos, el California Public Employees Retirement System (CalPERS), los empleados nombran incluso al presidente del consejo, mientras que el vicepresidente es un representante de los jubilados. En Inglaterra, en virtud de la Ley de Pensiones de 1995, los afiliados podían, en principio, nombrar a un tercio de los administradores.
La Ley de Pensiones de 2004 ha derogado el llamado "opt-out del Empleador" y ha hecho obligatoria la participación en los consejos de un tercio de los empleados. Además, la Ley de Pensiones de 2004 autoriza al Secretario de Estado a normalizar la participación paritaria de los afiliados al régimen en el nombramiento de los fideicomisarios.
Los fideicomisarios designados también pueden participar en las decisiones relativas a sus propios derechos como afiliados al régimen. Teniendo en cuenta la cogestión en las empresas, el nivel internacional de participación de los asalariados en la gobernanza de los fondos de pensiones es notable. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Suiza, al igual que Inglaterra y Estados Unidos, no prescribe la cogestión obligatoria en los consejos de administración de las grandes empresas. En Alemania, con su cogestión cuasi paritaria en el consejo de vigilancia de las grandes empresas, la participación de los asalariados en las pensiones de jubilación se centra en el comité de empresa.
Los comités de empresa participan principalmente en la creación de instituciones sociales y en relación con la regulación de la remuneración de los asalariados. A diferencia de la práctica internacional generalizada, la ley alemana de previsión profesional no prevé la participación obligatoria de los asalariados en la dirección o en los consejos de vigilancia de los organismos de previsión externos.
.
Dicha representación no está prescrita ni para los fondos de pensiones ni para las Pensionskassen.
.
Debido a la práctica tradicional alemana de contabilizar las pensiones de jubilación en el balance en lugar de cubrirlas con activos separados, la protección de los trabajadores en las pensiones de jubilación puede muy bien entrar en el ámbito de aplicación de las normas generales sobre cogestión en términos de la Ley de Cogestión de 1976. 4. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Supervisión de los fondos de pensiones En Alemania, los fondos de pensiones y las Pensionskassen están sujetos a la supervisión de la Autoridad Federal de Supervisión Financiera (Bundesanstalt für Finanzdienstleistungsaufsicht, BaFin). Están reguladas en la Ley de Supervisión de Seguros como instituciones financieras similares a los seguros.
.
Del mismo modo, los fondos de pensiones austriacos están sujetos a la supervisión común de la agencia general de supervisión de los mercados financieros.
La extensión de la supervisión de la actividad aseguradora a los fondos de pensiones de empleo es inusual a nivel internacional. En particular, en los países en los que las pensiones ocupacionales constituyen una parte importante de los ingresos globales de jubilación, las instituciones para pensiones ocupacionales están bajo la supervisión de una agencia especial de supervisión. En Inglaterra, las pensiones individuales (pensiones personales) están reguladas por la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000 y están sujetas a la supervisión de la Autoridad de Mercados Financieros (FSA), mientras que las pensiones de jubilación están sujetas a la Ley de Pensiones de 1995. El Regulador de Pensiones, en lugar de la Autoridad de Mercados Financieros (FSA), es responsable de la supervisión de las pensiones ocupacionales. El Regulador de Pensiones emite códigos de prácticas relativos a los activos subyacentes a las cotizaciones. En Estados Unidos, la supervisión federal de las pensiones de jubilación se realiza en virtud de la Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación de los Empleados (ERISA), o dicho de forma más precisa, por un supervisor del Departamento de Trabajo y la Administración de Seguridad de los Beneficios de los Empleados. En Estados Unidos, las compañías de seguros tradicionalmente sólo han estado sujetas a supervisión según la ley estatal; la supervisión federal se ha implantado a raíz de la reciente crisis financiera. En Suiza, los cantones son responsables de la supervisión de las instituciones de previsión profesional. Esto se mantiene sin cambios incluso tras la creación de la Autoridad Federal de Supervisión de los Mercados Financieros, que también supervisa a las compañías de seguros.
Las recomendaciones de la OCDE de 2009 sobre las normas básicas de regulación de las pensiones de jubilación exigen expresamente la supervisión de los fondos y planes de pensiones (Principios Básicos 7).
Las pensiones de jubilación privadas deben financiarse y, en general, debe exigirse el establecimiento de un sistema de garantía de insolvencia para los planes de pensiones de empleo de prestación definida que se financien a través del sistema de reservas contables (Principio Básico 3 y Directrices de Aplicación). De acuerdo con la Directiva sobre Fondos de Pensiones, un Estado miembro puede eximir a una institución, durante un periodo de tiempo limitado, de disponer de activos suficientes para cubrir las obligaciones técnicas frente a los beneficiarios y jubilados. En este caso, las autoridades competentes exigen a la institución que presente un plan de rescate concreto y viable. El fondo de pensiones en cuestión debe presentar un plan concreto y viable para restablecer la cantidad de activos necesaria para cubrir totalmente las provisiones técnicas en un plazo razonable. El plan también debe ponerse a disposición de los partícipes o de sus representantes. 5. Normas de inversión Según la Directiva sobre Fondos de Pensiones, los activos deben invertirse en beneficio máximo de los afiliados y beneficiarios. En caso de un posible conflicto de intereses, la institución o la entidad que gestione su cartera debe garantizar que las inversiones se realizan en el interés exclusivo de los partícipes y beneficiarios.
La atención exclusiva a los intereses de los beneficiarios (regla del beneficio exclusivo) es criticada en Estados Unidos. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Si el organismo de pensiones garantiza una determinada cantidad de dinero, también hay que tener en cuenta el interés de este organismo por evitar responsabilidades.
.
De este modo, se justifican estrategias de inversión más conservadoras. Por lo tanto, la norma de invertir los activos únicamente en interés de los beneficiarios debe limitarse a los contratos de pensiones profesionales e individuales que prevean los resultados de la inversión únicamente en la vejez, es decir, a los regímenes de cotizaciones definidas. Según la Directiva sobre Fondos de Pensiones, los activos deben ser invertidos por el fondo de pensiones u otra institución de forma que se garantice la seguridad, calidad, liquidez y rentabilidad de la cartera en su conjunto.
La Directiva de Fondos de Pensiones prescribe además que el fondo de pensiones diversifique las inversiones de manera que se evite una dependencia excesiva de un activo, emisor o grupo de empresas en particular y acumulaciones de riesgo en el conjunto de la cartera.
Las inversiones en activos emitidos por un mismo emisor o por emisores pertenecientes a un mismo grupo no deben exponer a la institución a una concentración excesiva de riesgos.
Los activos de los fondos de pensiones deben invertirse predominantemente en mercados regulados.
La inversión en activos no admitidos a negociación en mercados financieros regulados debe mantenerse en todo caso en niveles prudentes.
Las inversiones en instrumentos financieros derivados son posibles siempre que contribuyan a reducir los riesgos de inversión o faciliten una gestión eficaz de la cartera. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Su valor debe determinarse sobre una base prudente, teniendo en cuenta el activo subyacente, y dicho valor debe incluirse en la valoración de los activos de la institución. Además, debe evitarse una exposición excesiva al riesgo en relación con una única contraparte y con otras operaciones de derivados. Según la Directiva sobre Fondos de Pensiones, los Estados miembros no impedirán que los fondos de pensiones inviertan hasta el setenta por ciento de los activos de los planes garantizados en acciones, o que inviertan la totalidad de la cartera en planes en los que los partícipes asuman los riesgos de inversión. Además de las acciones, los valores negociables asimilables a las acciones y las obligaciones de sociedades constituyen inversiones que se admitirán predominantemente a negociación en mercados regulados.
Los organismos de pensiones tienen la facultad de decidir el peso relativo de estos valores en su cartera de inversiones. No obstante, siempre que esté prudentemente justificado, los Estados miembros podrán aplicar un límite inferior a los organismos que ofrezcan productos de pensiones de jubilación con garantías de tipos de interés a largo plazo, asuman el riesgo de inversión y sean los propios organismos los que constituyan la garantía. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Según la Directiva sobre Fondos de Pensiones, los fondos de pensiones pueden invertir hasta el treinta por ciento de los activos que cubren las provisiones técnicas en activos denominados en divisas distintas de aquellas en las que están expresados los pasivos. Según la Directiva sobre Fondos de Pensiones, los Estados miembros no impiden que los fondos de pensiones inviertan en mercados de capital riesgo.
Los considerandos de la directiva distinguen entre la inversión en acciones y la inversión en mercados de capitales de riesgo dentro de límites prudentes. Esto indica que la directiva europea, contrariamente a la concepción tradicional alemana, no clasifica la inversión en acciones como activos de riesgo. 6. Información Según la directiva sobre fondos de pensiones, los partícipes deben estar suficientemente informados de las condiciones del plan de pensiones, en particular sobre (i) los derechos y obligaciones de las partes implicadas en el sistema de pensiones, (ii) los riesgos financieros, técnicos y de otro tipo asociados al plan de pensiones, y (iii) la naturaleza y distribución de dichos riesgos.
Los afiliados deben recibir cada año una breve información sobre la situación del organismo, así como sobre el nivel actual de financiación de sus derechos individuales acumulados.
La Directiva sobre Fondos de Pensiones estipula el suministro de más información previa solicitud.
La declaración de los principios de la política de inversión debe ponerse a disposición de los partícipes y beneficiarios.
Cada afiliado recibirá también, previa solicitud, el nivel objetivo de las prestaciones de jubilación; si procede, el nivel de las prestaciones en caso de cese de la relación laboral; cuando el afiliado asuma el riesgo de inversión, la gama de opciones de inversión; si procede, la cartera de inversiones real, así como la información sobre la exposición al riesgo y los costes relacionados con las inversiones; y, por último, las disposiciones relativas a la transferencia de los derechos de pensión a otro organismo de previsión para la jubilación en caso de cese de la relación laboral. Revisor de hechos: Schmidt
¿Cómo se define? Concepto de Fondos de Pensiones en Economía
Tema: home-economia. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Significado de fondos de pensiones: Son aquellos fondos de inversión que se forman a través del patrimonio generado por medio del ahorro colectivo de un plan de pensiones.(1)Tema: fondos.
Fondos de Pensiones en la República Dominicana
Administradoras de Fondos De Pensiones (Afp)
Son sociedades financieras, públicas, privadas o mixtas, constituidas de acuerdo con las leyes del país, con el objetivo exclusivo de administrar las cuentas personales de los afiliados, los planes de pensiones bajo el régimen de capitalización individual que operen con carácter complementarios e invertir adecuadamente los fondos de pensiones; otorgar y administrar las prestaciones del sistema previsional, observado estrictamente los principios de seguridad y las disposiciones de la ley, sus reglamentos y sus normas complementarias.
Comisiones de las Afp
Porcentaje cobrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como pago a los servicios profesionales por administrar, invertir e incrementar los fondos de pensiones de los afiliados.
Cuenta de Capitalizacion Individual (Cci)
Es el registro individual unificado de los aportes que de conformidad con el Artículo 59 de la Ley, son propiedad exclusiva de cada afiliado. Este registro se efectúa en la AFP de elección del trabajador y comprende todos los aportes voluntarios y obligatorios, el monto que corresponda al bono de reconocimiento cuando se haga efectivo, si aplica, pago de prestaciones y la rentabilidad que le corresponda del fondo administrativo.
Cuenta de Garantia De Rentabilidad Minima
Reserva o encaje contable que las AFPs están obligadas a mantener para asegurar al afiliado la tasa mínima de ganancia o de interés sobre el capital invertido.
Garantia Patrimonias de Rentabilidad
Cuenta que garantiza cubrir con el patrimonio propio de la AFP, la imposibilidad de rentar o producir los beneficios mínimos reconocidos por el Sistema.
Reserva de Fluctuacion de Rentabilidad
Cuenta que la AFP está obligada a mantener en cuota del fondo de pensiones, la cual acumula recursos provenientes de la rentabilidad obtenida por encima de una rentabilidad máxima determinada. Esta cuenta de reserva se utilizará para completar la rentabilidad mínima exigida por ley, cuando este está por debajo de la rentabilidad exigida por la ley 87-01.
Noción de Fondos de Pensiones
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de fondos de pensiones, la siguiente definición: Patrimonio acumulado y capitalizado con el exclusivo objeto de prestar cobertura económica a los planes de pensiones. Para incentivar la constitución de tales fondos y asegurar su desenvolvimiento ordenado, la legislación (Ley 8/1987 y normas de desarrollo) ha previsto reglas especiales de tipo administrativo, financiero y fiscal. A continuación se examinará el significado.
Fondos de Pensiones en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Fondos
Véase una definición de fondos de pensiones en el diccionario y también más información relativa a fondos de pensiones.
Tema: pensiones.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Basado en una definición de fondos de pensiones de Cambó
Concepto sobre fondos de pensiones originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
Bibliografía
Información acerca de "Fondos de Pensiones" en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España