Futuro
Este artículo es un complemento a la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. Contrato por el que se establece el compromiso de comprar o vender una mercancía en una fecha específica, a un precio previamente convenido. .
Futuro en 1948
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Futuro es: Comercialmente se entienden por futuros los contratos de compraventa en los que tanto la mercadería como el importe de la misma se entregan en fecha posterior a aquella en que se realiza el contrato quedando éste afectado por tanto por las oscilaciones de cotización que en el intervalo se produzcan. Es corriente en las bolsas y mercados importantes operar en futuros o sea en contratos que han de materializar o perfeccionarse en otra fecha especulando vendedores y compradores con las probabilidades de una cosecha con las fluctuaciones del cambio o con otra contingencia cualquiera contratos que en muchos casos no se llevan a efecto y son después objeto de transacción o compensación como una especulación cualquiera.