Los Gastos Financieros
Este artículo es un complemento a la información sobre la regulación tributaria, en esta revista de derecho de la empresa.
Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre los gastos financieros.
Nunca te pierdas una historia sobre el derecho fiscal corporativo y relaciones tributarias, de esta revista enfocada al derecho empresarial:
Te explicamos, en relación a los impuestos y otros aspectos tributarios, sobre las personas juridicas, qué es, sus características y contexto.
Introducción: Gastos Financieros
Concepto de Gastos Financieros en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: Desembolsos que se derivan de la necesidad de obtener, en préstamo, capitales ajenos. Cuestión: valores-financieros. Todos aquellos gastos originados como consecuencia de financiarse una empresa con recursos ajenos.
En la cuenta de gastos financieros destacan entre otras las cuentas de intereses de obligaciones y bonos, los intereses de deudas, los intereses por descuento de efectos, las diferencias negativas de cambio, y se incluyen también dentro de este apartado los gastos generados por las pérdidas de valor de activos financieros. A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Gastos Financieros en Economía
Cuestión: home-economia.
Significado de gastos financieros: Son los originados por las necesidades de financiación (o financiamiento) de la empresa con fondos ajenos.(1)
En el Contexto de: Gastos
Véase una definición de gastos financieros en el diccionario y también más información relativa a gastos financieros. Cuestión: gastos.
La política de cambio de gasto en el Ámbito Económico-Empresarial
Nota: para más información, véase política fiscal expansiva. La política de cambio de gasto, que adopta la forma de política fiscal o monetaria, pretende afectar a la renta y al empleo con el objetivo de equiparar el gasto interno, o la absorción, y la producción. El cambio de gasto es una política macroeconómica que afecta a la composición del gasto de un país en bienes extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y nacionales. Más específicamente, es una política para equilibrar la cuenta corriente de un país alterando la composición de los gastos en bienes extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y nacionales.
No sólo afecta a los saldos de la cuenta corriente, sino que también puede influir en la demanda total y, por tanto, en el nivel de producción de equilibrio.
Saldos internos y externos
La interacción entre los saldos internos y externos puede demostrarse a través de un sencillo modelo keynesiano en el que el consumo es una función de la renta disponible; la cuenta corriente está relacionada con el tipo de cambio real y la renta disponible (mientras que la renta extranjera que afecta a las exportaciones del país se supone constante); y la inversión y el gasto público son exógenos. Datos verificados por: Brooks
Limitación de los gastos por intereses empresariales
Como ejemplo, se analiza la limitación de los gastos por intereses empresariales en el contexto de los impuestos sobre la renta en Estados Unidos. La limitación de los gastos por intereses empresariales es una disposición del código tributario que limita la cantidad de gastos por intereses empresariales que pueden deducirse en una declaración de impuestos. En virtud de la Ley de recortes y empleos fiscales (TCJA) de 2017, la deducción por gastos de intereses empresariales se limitó al 30% de la renta imponible ajustada (RTA) del contribuyente. La renta imponible ajustada se calcula sumando ciertas deducciones, como la depreciación, la amortización y el agotamiento, a la renta imponible. Esto significa que los contribuyentes no pueden deducir más del 30% de su renta imponible ajustada en gastos de intereses en un año determinado. Cualquier gasto por intereses que supere el límite del 30% puede trasladarse a ejercicios fiscales futuros. La limitación se aplica a todo tipo de empresas, incluidas las sociedades anónimas, las sociedades colectivas y las empresas unipersonales.
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También se aplica a las corporaciones extranjeras que se dedican a un comercio o negocio en los Estados Unidos. El objetivo de la limitación de los gastos por intereses empresariales es evitar que las empresas utilicen un endeudamiento excesivo para financiar sus operaciones, lo que puede conducir a la inestabilidad financiera y aumentar el riesgo de impago. El límite ayuda a garantizar que las empresas utilicen una cantidad razonable de financiación mediante deuda y no se sobrecarguen con el pago de intereses. La Ley de Recortes y Empleos Fiscales de 2017 introdujo una limitación en la deducción fiscal por gastos de intereses para las empresas. La legislación limitó la deducción al 30% de los ingresos imponibles ajustados (ITA), que se basaban en los beneficios antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización (EBITDA). Para los ejercicios fiscales que comiencen en 2022, el cálculo de la renta imponible ajustada se basará en los beneficios antes de intereses e impuestos (EBIT), lo que reducirá la base para la limitación de los gastos por intereses. Este cambio significa que las empresas tendrán una limitación más restrictiva de la cantidad de intereses que pueden deducir de su renta imponible, lo que podría aumentar su coste de capital después de impuestos. Como consecuencia, algunas empresas podrían reducir sus inversiones, lo que provocaría un crecimiento económico más lento y una menor productividad laboral. Es importante señalar que, en 2023, el Congreso está considerando la posibilidad de imponer una limitación adicional del coeficiente global además de la limitación del 30%. Esto podría restringir aún más la deducción de gastos por intereses para las empresas, en particular para aquellas con altos niveles de endeudamiento. Los contribuyentes y asesores fiscales deben ser conscientes de estos cambios y planificar en consecuencia para minimizar sus obligaciones fiscales. Para los ejercicios fiscales que comiencen a partir de 2017, la deducción por gastos de intereses empresariales no puede superar la suma de:
Los ingresos por intereses empresariales del ejercicio fiscal;
El 30% de la renta imponible ajustada (RTA) del ejercicio, o cero si la renta imponible ajustada del contribuyente es inferior a cero; y
Gasto por intereses de financiación del plan de pisos (Sec. 163(j); Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-2(b)).
Se han derogado las normas anteriores de la Sec. 163(j), que cubrían la denominada eliminación de beneficios y denegaban la deducción de intereses de una sociedad por intereses no cualificados en la medida en que tuviera un exceso de gastos por intereses en un año en que su ratio deuda-capital fuera superior a 1,5 a 1. Nota: Los reglamentos propuestos que proporcionan orientación para la limitación de la Sec. 163(j) se publicaron en noviembre de 2018 (REG-106089-18). Estos reglamentos propuestos entrarán en vigor cuando se finalicen.
Sin embargo, los contribuyentes y sus partes vinculadas pueden aplicar estas normas a los ejercicios fiscales que comiencen después de 2017, si se aplican de forma coherente. La limitación del art. 163(j) se aplica a cualquier interés asignable correctamente a una actividad comercial o empresarial. Para las sociedades que son socios de una sociedad (o miembros de una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) que tributa como una sociedad), la limitación se aplica primero a nivel de la sociedad y de nuevo a nivel de socio y accionista.
Se aplica tanto a las actividades activas como a las pasivas, pero una empresa inmobiliaria de alquiler puede optar por no tributar. La limitación de la Sec. 163(j) se aplica únicamente a los gastos por intereses empresariales que, de otro modo, serían deducibles en el ejercicio fiscal en curso (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-3(b)(1)).
Definición de gasto por intereses empresariales
En el caso de una sociedad de tipo C, todos los ingresos y gastos por intereses se consideran debidamente asignables a una actividad comercial o empresarial (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-4(b)(1)).
Se prevé una excepción a esta declaración para las asignaciones realizadas a actividades comerciales o empresariales exceptuadas, tal como se describe en Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-10. A efectos del límite del art. 163(j), los gastos por intereses empresariales se definen como los siguientes (art. 163(j)(5); Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-1(b)(2)(i)):
Los gastos por intereses que sean debidamente imputables a una actividad comercial o empresarial no exceptuada
Una actividad comercial o empresarial no exceptuada es cualquier actividad comercial o empresarial que no sea una actividad comercial o empresarial exceptuada. Las actividades comerciales o empresariales exceptuadas son: (1) la actividad comercial o empresarial de ser empleado; (2) cualquier actividad comercial o empresarial inmobiliaria elegible; (3) cualquier actividad empresarial agrícola elegible; o (4) cualquier actividad comercial o empresarial de servicios públicos exceptuada (Sec. 163(j)(7); Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-1(b)(38)).
Interés de financiación del plan de suelo
El término "interés de financiación de planta" se aplica al endeudamiento utilizado para financiar la adquisición de vehículos de motor destinados a la venta o al arrendamiento y garantizados por las existencias así adquiridas (Prop.
Regs.
Secs. 1.163(j)-1(b)(16) y (17)). Un vehículo de motor a estos efectos incluye cualquier vehículo autopropulsado diseñado para el transporte de personas o bienes por calles, carreteras o caminos públicos, así como embarcaciones o maquinaria y equipos agrícolas (Sec. 163(j)(9)).
Traslados de gastos de intereses empresariales rechazados
Cualquier gasto por intereses empresariales no admitido en el año en curso o cualquier interés descalificado no admitido que sea asignable a una actividad comercial o empresarial no exceptuada en virtud de la Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-10 se traslada al ejercicio fiscal siguiente como gasto por intereses comerciales que está sujeto a la limitación en el ejercicio fiscal siguiente (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-2(c)(1)).
Tratamiento de los traslados de gastos de intereses empresariales no admitidos
Los gastos por intereses empresariales no admitidos son el importe de los gastos por intereses empresariales de un ejercicio fiscal que excede del importe permitido como deducción para ese ejercicio fiscal en virtud del límite de la Sec. 163(j) (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-1(b)(8)). Los intereses descalificados rechazados son los gastos por intereses, incluidos los trasladables, para los que se rechazó una deducción en virtud de la antigua Sec. 163(j) (que fue derogada) en el último ejercicio fiscal del contribuyente que comenzó antes de 2018 (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-1(b)(10)). Los gastos por intereses comerciales del año en curso se deducen antes de que se deduzcan los traslados de gastos por intereses comerciales rechazados en ese año.
A continuación, los traslados de gastos de intereses empresariales no admitidos se deducen en el orden del ejercicio fiscal en el que se produjeron (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-5(b)(2)). Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-5(b)(3) aborda el tratamiento de los traslados de gastos de intereses empresariales rechazados para los grupos consolidados. Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-5(d) aborda las limitaciones de los traslados de gastos de intereses empresariales no admitidos de años de limitación de declaración por separado (SRLY), que son años en los que la sociedad no se unió para presentar una declaración consolidada con los demás miembros del grupo. El límite del art. 163(j) se aplica antes de la aplicación de las disposiciones sobre exceso de pérdidas del art. 465 sobre riesgo, del art. 469 sobre actividad pasiva y del art. 461(l) (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-3(b)(4)). En general, otras disposiciones del Código que desautorizan o aplazan permanentemente los gastos por intereses se aplican antes del límite de la Sec. 163(j) (Prop.
Regs.
Secs. 1.163(j)-3(b)(2) y (3)). Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-5(c) trata de los traslados de gastos de intereses empresariales no admitidos en operaciones a las que se aplica la Sec. 381(a). Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-5(e) proporciona normas para aplicar el Sec. 382. Si un importe rechazado se traslada a un ejercicio fiscal en el que se aplica al contribuyente la exención para pequeñas empresas, el límite sobre los gastos por intereses empresariales no se aplica al importe trasladado en ese ejercicio fiscal (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-2(c)(2)).
Exención para las pequeñas empresas
Las empresas (que no sean refugios fiscales) con ingresos brutos anuales medios que no superen el límite establecido en el art. 448(c) de 25 millones de dólares ajustados a la inflación (26 millones de dólares para los ejercicios fiscales que comiencen en 2019) están exentas de las limitaciones del art. 163(j) (art. 163(j)(3); Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-2(d)). Los acuerdos realizados para evitar la aplicación de la limitación del Sec. 163(j) mediante la formación de múltiples entidades para cumplir con la exención de ingresos brutos pueden ser desestimados o recalificados por el IRS (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-2(h)).
Grupos consolidados
Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-4(d) incluye normas especiales para calcular las limitaciones de la Sec. 163(j) para los grupos consolidados.
Cálculo de la renta imponible ajustada
La RTA es la renta imponible del contribuyente computada con los siguientes ajustes para evitar la doble imputación (Sec. 163(j)(8); Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-1(b)(1)) de adiciones y sustracciones:
Adiciones
Son los siguientes:
Cualquier gasto por intereses empresariales;
Cualquier deducción por pérdida neta de explotación conforme a la Sec. 172;
Cualquier deducción por ingresos empresariales cualificados conforme a la Sec. 199A;
Para los ejercicios fiscales que comiencen antes de 2022, cualquier deducción por depreciación, amortización o agotamiento;
Cualquier deducción por una pérdida de capital trasladada o prorrogada; y
Cualquier deducción o pérdida que no sea correctamente asignable a una actividad comercial o empresarial no exceptuada.
Sustracciones
Incluye, por un lado:
Cualquier ingreso por intereses comerciales;
Cualquier gasto por intereses de financiación del plan de suelo para el ejercicio fiscal;
Con respecto a la venta o enajenación de acciones de un miembro de un grupo consolidado que incluya al miembro vendedor, los ajustes por inversión definidos en Prop.
Regs.
Sec. 1.1502-32 con respecto a dichas acciones que sean atribuibles a las deducciones por depreciación, amortización o agotamiento para los ejercicios fiscales que comiencen después de 2017 y antes de 2022 con respecto a dichos bienes;
Con respecto a la venta o enajenación de una participación en una sociedad, la parte distributiva del contribuyente de las deducciones por depreciación, amortización o agotamiento correspondientes a los ejercicios fiscales que comiencen después de 2017 y antes de 2022 con respecto a dichos bienes en poder de la sociedad en el momento de la venta o enajenación en la medida en que las deducciones fueran admisibles en virtud del art. 704(d); y
Cualquier ingreso o ganancia que no sea propiamente asignable a una actividad comercial o empresarial no exceptuada.
Además, por otro lado, con respecto a la venta u otra enajenación de la propiedad, la menor de:
La ganancia reconocida en la venta u otra enajenación de la propiedad; o
Cualquier deducción por depreciación, amortización o agotamiento para los ejercicios fiscales que comiencen después de 2017 y antes de 2022 con respecto a dicha propiedad;
Otros ajustes
El IAV también se ajusta para tener en cuenta los gastos de depreciación, amortización o agotamiento capitalizados en existencias según la Sec. 263A y otros ajustes previstos en Prop.
Regs.
Secs. 1.163(j)-2 a -11.
Reglas adicionales
Las reglas adicionales para computar la renta imponible ajustada para las corporaciones C incluyen:
Todas las partidas de ingresos, ganancias, pérdidas o deducciones se consideran asignables a una actividad comercial o empresarial a efectos del art. 163(j) (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-4(b)(2)).
Cualquier interés de inversión que una sociedad colectiva pague o devengue que se asigne a un socio de una sociedad anónima C es tratado por la sociedad anónima C como gasto de interés asignable a una actividad comercial o empresarial por el socio de la sociedad anónima C. Del mismo modo, salvo lo dispuesto en Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-7(d)(1)(ii), cualquier ingreso o gasto de inversión que una sociedad colectiva reciba, pague o devengue, y que se asigne a un socio de una sociedad anónima C es tratado por la sociedad anónima C como asignable a una actividad comercial o empresarial de ese socio (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-4(b)(3)(i)).
Los gastos de intereses de inversión de una sociedad colectiva que sean tratados como gastos de intereses comerciales por un socio de una sociedad anónima C no son tratados como gastos de intereses comerciales en exceso. Los ingresos por intereses de inversión de una sociedad colectiva que sean tratados como ingresos por intereses comerciales por un socio de una sociedad anónima C no se tratan como ingresos imponibles en exceso (Prop.
Regs.
Sec. 1.163(j)-4(b)(3)(iii)).
Revisor de hechos: Mix
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la imposición a las empresas, sobre el tema de este artículo.
Notas
Basado en una definición de gastos financieros adaptada y de amplia circulación
Véase También
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Deducciones Renta Impuesto sobre la Renta de las Sociedades
Bibliografía
Información acerca de "Gastos Financieros" en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España