Gestión de las Finanzas Públicas
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre la gestión de las finanzas públicas. Véase también la gestión de las finanzas públicas y las finanzas públicas locales. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
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Gestión de las Finanzas Públicas
El interés por la gestión de las finanzas públicas ha crecido en todo el mundo en los últimos treinta años. Esto se debe en gran medida a la crisis financiera gubernamental de la segunda mitad de la década de 1970. En aquel momento, se hizo imprescindible controlar el crecimiento del gasto público para frenar el aumento del déficit y de la deuda y limitar la presión fiscal. En otras palabras, la gestión racional de los fondos públicos se consideró un factor importante para superar la crisis y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas. El concepto de gestión de las finanzas públicas que surgió seguía el modelo de la gestión empresarial, pero con métodos adaptados al sector público. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se trata de instituciones político-administrativas cuyos actores, fuentes de financiación y categorías de gastos son innegablemente muy específicos. Las decisiones de gestión son tomadas por políticos nacionales y locales que determinan las estrategias en el marco de presupuestos elaborados por un ejecutivo y aprobados democráticamente por una asamblea representativa de ciudadanos. A continuación, las administraciones ejecutan los objetivos fijados, junto con los créditos, de acuerdo con los procedimientos legalmente definidos.
También hay que subrayar que estos actores políticos y administrativos, además de ser numerosos en algunos casos, forman un conjunto que ya es complejo y lo es aún más cuando las relaciones se establecen más allá del mero sector público. Otro rasgo distintivo es que la mayoría de los recursos públicos proceden de los impuestos pagados por los contribuyentes y se utilizan para satisfacer las necesidades de la población (seguridad, sanidad, justicia, carreteras, educación, etc.) en aras del interés general.
También en este caso, dada la multiplicidad de objetivos a alcanzar, la singularidad y la complejidad del sistema financiero público son evidentes. En definitiva, es el concepto de gobernanza financiera pública el que mejor caracteriza la gestión de las finanzas públicas.
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De hecho, se trata de un proceso que implica la combinación de dos lógicas: una lógica política, que procede de la tradición democrática, y una lógica económica, que procede de la modernidad empresarial. Por ello, la gestión de las finanzas públicas, ya sean nacionales o locales, tiene que ver tanto con la calidad de la preparación y la adopción de los presupuestos públicos como con la calidad de su ejecución, el control y la evaluación de los resultados obtenidos. En consecuencia, cada una de estas fases se rige ahora por los principios de transparencia, planificación operativa, ejecución y rendición de cuentas. La necesidad de transparencia concierne ante todo a la toma de decisiones estratégicas, y se plasma en la presentación de presupuestos por objetivos fácilmente identificables (programas), desglosados en subobjetivos, y en un plan contable calcado del de las empresas (contabilidad de ejercicio). Además de presupuestos y cuentas públicas claros, la transparencia financiera también implica que los representantes electos y el público en general deben estar bien informados (la información precisa y detallada debe estar disponible en los apéndices de los proyectos de ley de finanzas y en diversos medios de comunicación, como los medios de comunicación y las páginas web). Esta preocupación por la claridad de los presupuestos y las cuentas implica también la obligación de que los gestores rindan cuentas de sus actividades y resultados. Están sujetos a controles de regularidad por parte de instituciones de auditoría especializadas, e incluso por parte de los representantes electos que votaron el presupuesto; su gestión también está sujeta a auditorías para evaluar los resultados obtenidos. La programación consiste en determinar las políticas públicas, es decir, los objetivos que deben alcanzarse durante un periodo de tiempo más o menos largo.
La programación da a los responsables políticos el tiempo que necesitan para aplicar una política, y a los gestores el tiempo y la visibilidad que necesitan para actuar y sentirse responsables. En cambio, la anualidad confina la acción administrativa al corto plazo y hace imposible medir el impacto de las decisiones presupuestarias a lo largo del tiempo.
La presupuestación por programas ha sido objeto de numerosas reflexiones y experimentos durante mucho tiempo.
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Destacan los informes de las comisiones Taft (1912), Brownlow (1937) y Hoover (1949), así como los experimentos llevados a cabo en Estados Unidos por Robert McNamara con el Planning Programming Budgeting System (PPBS) (años 60) y los realizados en Francia con un sistema casi idéntico denominado Rationalisation des choix budgétaires (RCT) (Racionalización de las opciones presupuestarias) (finales de los años 60).
La programación plurianual es deslizante o semideslizante.
Tiene carácter a medio plazo y puede combinarse con el principio legal de anualidad presupuestaria. El presupuesto por programas es un presupuesto basado en los resultados, que se diferencia del presupuesto basado en los medios en que fija objetivos acompañados de indicadores. En otras palabras, forma parte de una cultura de resultados. La gestión de las finanzas públicas incluye también un principio esencial, el de la responsabilidad de los implicados. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se trata de agregar los créditos puestos a disposición de los gestores y hacerlos fungibles dentro de los programas o partes de programas que les han sido confiados. Esto significa que los gestores que recurren al control de gestión pueden ejecutar el programa del que son responsables como les parezca oportuno y disponen de un gran margen de maniobra, ya que pueden redistribuir los créditos como les parezca oportuno; pueden decidir la mejor manera de asignar los gastos; pueden transformar los créditos de funcionamiento en créditos de inversión y viceversa. Existe, por supuesto, una contrapartida en forma de compromiso de rendir cuentas de su gestión y de elaborar un informe de rendimiento. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se utilizan indicadores para evaluar la calidad de la gestión.
Cada programa está asociado a objetivos e indicadores de rendimiento que reflejan las prioridades del programa; estos objetivos e indicadores se desglosan a su vez en subprogramas. El objetivo, que debe ser medible mediante indicadores cuantificados, establece la estrategia y las prioridades del programa.
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Debe responder a tres preocupaciones: el ciudadano, que busca la eficacia socioeconómica; el usuario, que busca la calidad del servicio prestado; y el contribuyente, que busca una gestión eficaz para que la presión fiscal sea lo más baja posible. También se ha establecido una verdadera cadena de responsabilidades que permite dirigir el sistema financiero.
Cada programa está gestionado por un gestor de programa que se compromete ante el ministro a la aplicación del programa.
Los gestores de programas actúan como enlace entre la administración y la esfera política. Además de disponer de una gran libertad para asignar los créditos, también organizan los recursos humanos de que disponen. Por último, cuando lo consideran útil, pueden dividir su programa en varios objetivos operativos, o subprogramas. Revisor de hechos: Le Clerq
Contenido de Finanzas Públicas
Véase información acerca de Finanzas Públicas en el contexto constitucional en la plataforma (de Lawi) digital:
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Véase También
Dividendo de eficiencia Teorema de Henry George Elección pública
Bibliografía
Fuentes y Quintana, Enrique, Hacienda pública. Introducción, presupuesto e ingresos públicos, (apuntes), Madrid, Rufino Blanco, 1973; Gil Valdivia, Gerardo, "Finanzas públicas y derecho financiero", Estudios jurídicos en memoria de Alberto Vázquez del Mercado, México, Porrúa, 1982; Musgrave, Richard A., Fiscal Systems, New Haven, Yale University Press, 1969; Musgrave, Richard A., Public Finance in Theory and Practice, New York McGraw Hill, 1975; Retchkiman Kirk, Benjamín, Finanzas públicas (Facultad de Economía, Sistema Universidad Abierta), México, UNAM, 1980, Retchkiman Kirk, Benjamín, Introducción al estudio de la economía pública, México, UNAM, 1974.