Importancia de la EconomÃa en el Derecho
Este artÃculo es una expansión del contenido de la información sobre comercio internacional, en esta revista del derecho de los negocios.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los aspectos jurÃdicos del comercio exterior, qué es, sus caracterÃsticas y contexto.
RaÃces de la EconomÃa y el Derecho
El derecho y la economÃa tienen sus raÃces en aquellas filosofÃas del derecho natural, como la de Christian Wolff (1740), a partir de las cuales se desarrollaron como disciplinas separadas.
Para Wolff, por ejemplo, aplicar un argumento analÃtico económico a una cuestión jurÃdica seguÃa siendo un enfoque estándar. Sólo después de que las disciplinas se separaran, parecÃa natural que un problema económico se abordara con una herramienta analÃtica económica, y un problema jurÃdico con las herramientas analÃticas jurÃdicas adecuadas. La posibilidad de que un problema jurÃdico pueda abordarse con un enfoque económico es novedosa y, obviamente, requiere la separación de las dos disciplinas. Sin embargo, aunque sea realmente innovadora, la práctica viene de lejos, por ejemplo, véanse autores como Henri Storch, Wilhelm Roscher, Adolph Wagner y Gustav von Schmoller, o Rudolf von Jhering, quien, con su énfasis en la finalidad del derecho, adopta claramente un enfoque de inspiración económica para organizar todo un sistema jurÃdico civil dogmático. Siempre en el continente europeo, las amplias codificaciones que se produjeron principalmente durante el siglo XIX fueron en parte alimentadas por argumentos de análisis económico. Curiosamente, el inglés Jeremy Bentham fue el más influyente fuera de su paÃs, ya que su análisis económico legal explÃcito que conducÃa no sólo a codificaciones, sino también a soluciones de problemas especÃficos para rompecabezas polÃticos bien definidos, forman las primeras obras maestras del análisis económico legal exitoso. Se puede generalizar diciendo que la economÃa continental tuvo un fuerte trasfondo de derecho y economÃa hasta principios de la década de 1930 (Backhaus, 1987).
Por ejemplo, el nombre de la principal revista de economÃa en el área de lengua alemana era Anales de Legislación, Administración y EconomÃa PolÃtica.
Por lo tanto, la legislación y la administración se consideraban claramente como las áreas de polÃtica económica con más posibilidades de ser utilizadas. Esta particular tradición europea se trasladó a América, y aquà los primeros estudiosos institucionalistas continuaron con una marca de economÃa que se fusionó sin problemas con lo que ahora entendemos como el antiguo derecho y la economÃa, cuando los intentos de regular las fuerzas del mercado requerÃan un análisis económico como aportación a las decisiones administrativas y judiciales. Chicago, Yale, Virginia y otros. Después de la Segunda Guerra Mundial surgió un panorama totalmente distinto, que evolucionaba en parte a partir de estas raÃces continentales, pero que se enfrentaba a un reto totalmente diferente. La economÃa se habÃa convertido en una ciencia centrada en las decisiones humanas sometidas a limitaciones, y eran estas limitaciones las que requerÃan una atención especÃfica, ya que muchas de ellas podÃan definirse como parte del derecho. La Universidad de Chicago, con sus numerosos académicos emigrados, comenzó a ser pionera en un nuevo enfoque de derecho y economÃa que dio lugar a la obra seminal de Aaron Director, Ronald Coase, George Stigler, Richard Posner y Frank Easterbrook, por nombrar sólo a algunos, que puede caracterizarse como la inserción distintiva de un esqueleto analÃtico económico en la dogmática jurÃdica, al igual que habÃan hecho los escritores anteriores en el continente europeo, como Jhering u Otto von Gierke. Sin embargo, estos escritores tuvieron que lidiar con una masa de jurisprudencia amorfa, no con el derecho codificado, y esto hizo que la tarea de buscar un marco analÃtico teórico organizador fuera mucho más urgente. En esto, estos estudiosos sobresalieron y, sobre todo, Richard Posner convirtió todo el cuerpo de derecho privado, y más tarde todos los demás cuerpos legales relevantes, incluyendo el derecho constitucional, administrativo y penal, en un sistema bien organizado, cuya estructura dogmática está claramente tomada de la teorÃa de los precios. Pero otras escuelas no se quedaron al margen. En Yale se adoptó un enfoque diferente, con un programa más activista.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artÃculos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus caracterÃsticas y/o su futuro): Aquà pensamos en el clásico de Guido Calabresi, The Cost of Accidents (1970), que analiza el problema de cómo un sistema legal tiene que formular polÃticas que minimicen el (necesario) coste de los accidentes en una sociedad moderna, cuando se entiende bien que las tecnologÃas modernas serán adoptadas y no pueden ser rechazadas. En la misma lÃnea, Calabresi continuó con su Tragic Choices (Guido y Bobbitt, 1978), mientras que Susan Rose Ackerman (1992) empezó a reconsiderar explÃcitamente la agenda progresista desde el punto de vista del derecho y la economÃa. Muy diferente de esta tendencia polÃtica es la Escuela de Derecho y EconomÃa de Virginia en la América moderna, con las importantes contribuciones de Gordon Tullock sobre cuestiones básicas del derecho desde el punto de vista del derecho y la economÃa (incluidas las consideraciones de elección pública) (véase, por ejemplo, Tullock 1971 y 1980), el enfoque constitucional de James Buchanan sobre la elección pública, y los numerosos estudios que el campo de la elección pública ha producido sobre el impacto del estado regulador en la actividad económica, incluidos los costes sustanciales de esta actividad reguladora; véase la teorÃa de la búsqueda de rentas de la que fue pionero Tullock. Estos diferentes enfoques del nuevo análisis económico del derecho han encontrado sus salidas editoriales en cinco revistas lÃderes en el campo. La Universidad de Chicago publica el Journal of Law and Economics y el Journal of Legal Studies. Más cercano al enfoque de Yale es el Journal of Law, Economics and Organization. La International Review of Law and Economics adopta un enfoque más formal y la European Journal of Law and Economics se centra en cuestiones aplicadas, especialmente en el contexto europeo. Datos verificados por: Clark Tema: derecho. Tema: empresa-y-economia. Tema: economia.
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las cuestiones jurÃdicas y económicas aplicables al comercio internacional, sobre el tema de este artÃculo.