Informes de Riesgos Financieros sobre Inversiones en los Mercados Emergentes
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Declaración sobre la Divulgación de las Inversiones en los Mercados Emergentes y la Presentación de Informes de Riesgos Financieros
Continúa la incapacidad del PCAOB para inspeccionar los documentos de trabajo de auditoría en China
En los últimos decenios, las carteras de los inversores estadounidenses [1] se han visto cada vez más expuestas a las empresas que tienen su sede en los mercados emergentes [2] o que, de otro modo, realizan operaciones importantes en los mercados emergentes. Esta exposición incluye inversiones tanto en emisores estadounidenses como en emisores privados extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) ("FPI") que están basados en mercados emergentes o que tienen operaciones significativas en los mercados emergentes.
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Durante este tiempo, China ha crecido hasta convertirse en la mayor economía de mercado emergente y la segunda economía más grande del mundo. [4] La misión de la SEC es triple: proteger a nuestros inversores, preservar la integridad del mercado y facilitar la formación de capital. Asegurar que los inversores y otros participantes del mercado tengan acceso a una divulgación de información fiable y de alta calidad, incluida la información financiera, es el núcleo de nuestros esfuerzos para promover cada uno de esos objetivos. Este compromiso con las normas de divulgación de alta calidad -incluida una supervisión y aplicación significativas y basadas en principios- ha sido desde hace mucho tiempo uno de los objetivos de la SEC y, desde su creación, del PCAOB. La capacidad de la SEC para promover y hacer cumplir esas normas en los mercados emergentes es limitada y depende en gran medida de las acciones de las autoridades locales, que a su vez se ven limitadas por consideraciones de política nacional en esos países.
Como resultado, en muchos mercados emergentes, incluida China, existe un riesgo sustancialmente mayor de que las divulgaciones sean incompletas o engañosas y, en caso de que se produzca un daño al inversor, un acceso sustancialmente menor a los recursos, en comparación con las empresas nacionales de los Estados Unidos. Esta importante asimetría se mantiene a pesar de que las divulgaciones, las cotizaciones de precios y otra información orientada al inversor se presentan a menudo en una forma sustancialmente idéntica a la de las empresas nacionales de los Estados Unidos. Inmediatamente después, resumimos algunos de estos riesgos y consideraciones relacionadas específicas de los emisores, auditores, proveedores de índices y profesionales financieros.
En el cuerpo de esta declaración, estos asuntos se examinan con más detalle.
Es importante la divulgación de los riesgos de los mercados emergentes.
Desarrollo de la Idea
Las empresas que tienen operaciones en los mercados emergentes, y los inversores en esas empresas, a menudo se enfrentan a mayores riesgos e incertidumbres que en los mercados más establecidos.
Los emisores que informan a la SEC deben revelar claramente estos asuntos a los inversores.
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Del mismo modo, los fondos que invierten en los mercados emergentes deben asegurarse de que sus divulgaciones de riesgos materiales son adecuadas y cumplen las leyes federales sobre valores.
Muchos riesgos e incertidumbres son específicos de la industria y de la jurisdicción.
Por lo general, las divulgaciones de la información de los fondos no son útiles o suficientes en estas circunstancias.
La calidad de la información financiera, los requisitos y las normas varían enormemente.
Los inversores y los profesionales financieros deben considerar cuidadosamente la naturaleza y la calidad de la información financiera, incluidos los requisitos de presentación de informes financieros y de auditoría, al realizar o recomendar inversiones.
Los emisores deben asegurarse de que las cuestiones pertinentes relativas a la presentación de información financiera se examinen con sus auditores independientes y, cuando proceda, con los comités de auditoría.
Continúa la incapacidad del PCAOB para inspeccionar los documentos de trabajo de auditoría en China.
Los inversores y los profesionales financieros deberían considerar los posibles riesgos relacionados con la falta de acceso del PCAOB para inspeccionar las empresas de contabilidad registradas en China.
Los emisores deberían revelar claramente los riesgos materiales resultantes.
Desarrollo de la Idea
Los auditores deberían establecer controles de calidad adecuados en relación con la ejecución de auditorías de calidad.
La capacidad de las autoridades de los Estados Unidos para entablar acciones en los mercados emergentes puede ser limitada.
La rendición de cuentas, para los emisores y los guardianes, incluida la responsabilidad individual, es un aspecto clave de la ley de valores de los Estados Unidos.
La SEC, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos ("DOJ") y otras autoridades suelen tener dificultades sustanciales para entablar y hacer cumplir acciones contra empresas y personas no estadounidenses, incluidos directores y funcionarios de empresas, en ciertos mercados emergentes, entre ellos China.
Los emisores deberían revelar claramente los riesgos materiales conexos.
Los accionistas tienen derechos limitados y pocos remedios prácticos en los mercados emergentes.
Las reclamaciones de los accionistas que son comunes en los Estados Unidos, incluida la ley de valores de acción colectiva y las reclamaciones por fraude, generalmente son difíciles o imposibles de llevar a cabo por razones legales o prácticas en muchos mercados emergentes.
Los emisores deberían revelar claramente toda limitación importante de los derechos de los accionistas.
Las estrategias de inversión pasiva no tienen en cuenta estos riesgos.
Los inversionistas deben comprender que un fondo indexado que sigue un índice específico de los mercados emergentes no suele ponderar directamente los valores sobre la base de las limitaciones de protección de los inversionistas o las diferencias en la calidad de los informes financieros y los mecanismos de supervisión disponibles.
Los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de inversión, los corredores de bolsa y otros participantes en el mercado deben tener en cuenta los riesgos de los mercados emergentes.
Los profesionales financieros deben considerar en general las limitaciones y otros riesgos descritos anteriormente, cuando recomiendan inversiones en los mercados emergentes.
Los inversores deben reconocer que estas consideraciones:
suelen ser significativas,
varían de una jurisdicción a otra y de una empresa a otra, y
son sólo algunos de los factores que pueden contribuir a una toma de decisiones de inversión eficaz, incluida la construcción de carteras e índices.
Esta declaración no debe considerarse como un esfuerzo por restringir el acceso a las inversiones de los mercados emergentes.
La elección del inversor ha sido durante mucho tiempo un componente básico de nuestro marco reglamentario de los mercados de capitales, y las inversiones de los mercados emergentes, incluso como componente de una cartera diversificada, han demostrado ser beneficiosas para muchos inversores.
La combinación de lo siguiente ha hecho que los mercados de capital de los Estados Unidos sean los más profundos y vibrantes del mundo, beneficiando a los inversores, los emisores y el bienestar económico a nivel nacional y mundial:
divulgación completa y justa,
supervisión y aplicación significativas y basadas en principios y
amplia elección de los inversores,
Esta declaración refleja el compromiso de la SEC de preservar y promover cada componente de esa importante y poderosa combinación.
Requisitos de divulgación de las empresas que presentan informes a la SEC-Importancia de los estados financieros auditados de alta calidad y confiabilidad-Las divulgaciones de los mercados emergentes a menudo son diferentes en alcance y calidad a pesar de parecer similares en su forma
Las empresas que realizan operaciones importantes en los mercados emergentes suelen enfrentarse a mayores riesgos e incertidumbres, incluidos riesgos idiosincrásicos, que en los mercados más establecidos.
Los emisores que informan a la SEC deberían revelar claramente estos asuntos a los inversores. Por lo general, las divulgaciones de información no son útiles o suficientes en estas circunstancias. Por ejemplo, los emisores deberían considerar cuidadosamente el entorno en que opera la empresa para evaluar si ésta tiene suficientes controles, procesos y personal para abordar sus cuestiones de contabilidad o de presentación de informes financieros. Estas consideraciones operativas potencialmente singulares también deberían considerarse y reflejarse en las divulgaciones financieras y operativas de manera más general, incluidas las divulgaciones de riesgos materiales, tendencias, incertidumbres, juicios contables y otros elementos que son importantes para un inversor. La base de nuestro sistema de mercado de capitales interconectado a nivel mundial (o global) ha sido durante mucho tiempo los estados financieros auditados de alta calidad y fiables. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Sin información financiera de alta calidad y fiable, los mercados de capitales no funcionan bien, lo que aumenta los costos de capital y los riesgos de mala conducta, incluida la posibilidad de que los inversores sean defraudados. Las empresas que presentan informes anuales a la SEC, incluidos los FPI (emisores no estadounidenses que califican como emisores privados extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) según nuestras normas), deben presentar estados financieros que han sido auditados por una empresa de contabilidad independiente registrada en el PCAOB.
La administración es responsable de la preparación de los estados financieros, incluida la responsabilidad de establecer y mantener controles y procedimientos de divulgación ("DCP") y el control interno de la presentación de informes financieros ("ICFR"), y de mantener la responsabilidad de los activos de la empresa, entre otras cosas. El auditor es responsable de planificar y realizar la auditoría para obtener una garantía razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, ya sean causados por error o por fraude. 7] La dirección de las empresas que presentan informes anuales a la SEC, incluidos los FPI, debe determinar que los estados financieros, y otra información financiera incluida en el informe presentado a la SEC, presenten razonablemente en todos los aspectos materiales la condición financiera, los resultados de las operaciones y los flujos de caja de la empresa. [8] Además de los informes anuales con estados financieros auditados, las empresas sujetas a los requisitos de presentación de informes periódicos en virtud de la Ley del Mercado de Valores de 1934 ("Ley de Bolsas"), que no sean FPI, deben presentar informes trimestrales [9] que incluyan los estados financieros provisionales revisados por un auditor y otros elementos de divulgación, así como las certificaciones de los principales ejecutivos y funcionarios financieros de la empresa que presenta el informe. 10] Por el contrario, los FPI sujetos a los requisitos de presentación de informes periódicos de la Ley de Bolsas no están obligados a presentar informes trimestrales o certificaciones trimestrales de los principales funcionarios ejecutivos y financieros de la FPI, sino que sólo están obligados a proporcionar cierta información provisional en circunstancias específicas. [11] Si bien la forma de divulgación puede parecer sustancialmente la misma que la proporcionada por los emisores y los FPI de los Estados Unidos en muchas jurisdicciones, a menudo puede ser bastante diferente en cuanto a su alcance y calidad.
Además, ese alcance y calidad de la divulgación puede variar considerablemente de una empresa a otra, de una industria a otra y de una jurisdicción a otra.
La presentación de informes financieros y otros riesgos de divulgación en los mercados emergentes
Los inversionistas y los profesionales financieros deberían considerar cuidadosamente la naturaleza y la calidad de la información financiera, incluidos los requisitos de presentación de informes financieros y de auditoría, así como otros riesgos de divulgación, al tomar decisiones de inversión con respecto a las empresas que tienen su sede en los mercados emergentes o están muy expuestas a ellos. Esos riesgos varían considerablemente en función de diversos factores. La frecuencia, la disponibilidad y la calidad de la información financiera sobre posibles inversiones en los mercados emergentes pueden variar. Por ejemplo, mientras que un corredor de bolsa estadounidense puede ser capaz de procesar una orden de compra de acciones de una empresa que sólo cotiza en una bolsa de valores de mercados emergentes, no es probable que estas empresas que cotizan en el extranjero presenten informes a la SEC.
La información disponible sobre estas empresas, y su fiabilidad, suele ser significativamente menor que la información disponible sobre las empresas que presentan informes a la SEC, entre otras cosas porque estas empresas no suelen estar sujetas a los mismos requisitos de reglamentación, contabilidad, auditoría o vigilancia de los auditores aplicables a las empresas que presentan informes a la SEC. A este respecto, es importante comprender el papel fundamental que desempeñan los emisores, los comités de auditoría, los auditores y los reguladores en el sistema de información financiera de los Estados Unidos.
En otras palabras, hay una serie de comprobaciones y controles que funcionan conjuntamente para promover una información financiera de alta calidad y fiable.
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Del mismo modo, los inversores y otras partes interesadas deben comprender claramente la forma en que las limitaciones del alcance de esas funciones repercuten en la información proporcionada. Por ejemplo, los comités de auditoría de las empresas operativas y los fondos que presentan informes a la SEC desempeñan un papel fundamental mediante su supervisión de la información financiera, incluidos el ICFR y el proceso de auditoría externa e independiente.
En 2002, la Ley Sarbanes-Oxley [13] introdujo una serie de requisitos para aumentar y fortalecer el papel de los comités de auditoría en la presentación de informes financieros, incluido el requisito del comité de auditoría independiente.
Creemos que las medidas relacionadas con los comités de auditoría han demostrado ser algunas de las mejoras más eficaces en la presentación de informes financieros incluidas en la Ley Sarbanes-Oxley. 14] Sin embargo, no todas las jurisdicciones ordenan comités de auditoría independientes o tienen requisitos similares.
Los inversionistas deben considerar el impacto de la estructura de gobernanza empresarial de una compañía, incluida la función del comité de auditoría o una supervisión similar, al tomar decisiones de inversión en los mercados emergentes. Además, si bien los FPI suelen estar sujetos a las normas de presentación de informes y supervisión de la SEC que se han examinado anteriormente, no todas esas normas son aplicables.
Además, como se examina más detalladamente a continuación, la capacidad de las autoridades de los Estados Unidos para entablar acciones judiciales por violaciones de esas reglamentaciones puede ser limitada en las jurisdicciones extranjeras y particularmente en los mercados emergentes, incluido el de China, el mayor mercado emergente del mundo.
Los emisores deben examinar estas cuestiones con sus auditores independientes (y, cuando proceda, con los comités de auditoría) y deben divulgar los riesgos materiales conexos. Para promover la presentación de informes financieros de alta calidad y auditorías fiables para los emisores que informan a la SEC, seguimos reuniéndonos con las personas que participan en el sistema de información financiera, incluidos los inversores, los preparadores, los comités de auditoría y los auditores para escuchar las preocupaciones de las partes interesadas, comprender las cuestiones y los riesgos emergentes, responder a las preguntas y compartir opiniones sobre cuestiones actuales de información financiera.
Los inversores, los profesionales financieros y los proveedores de índices deben considerar cuidadosamente que este tipo y nivel de compromiso puede no producirse en los mercados emergentes.
Continúa la incapacidad del PCAOB para inspeccionar los documentos de trabajo de auditoría en China
Los inversionistas y los profesionales financieros deberían considerar los posibles riesgos relacionados con la falta de acceso del PCAOB a la labor de las empresas de contabilidad registradas en China.
Los emisores deberían revelar claramente a los inversores los riesgos resultantes. El Presidente de la SEC y el Presidente del PCAOB, así como el personal de la SEC y del PCAOB, han recordado en varias ocasiones a los inversores los importantes riesgos relacionados con las inversiones en China debido a la incapacidad del PCAOB para inspeccionar [15] el trabajo y las prácticas de auditoría de las empresas de contabilidad registradas en el PCAOB en China (incluida Hong Kong, en la medida en que sus clientes de auditoría tengan operaciones en China) con respecto a su trabajo de auditoría de las empresas de información de los Estados Unidos. [16] Los inversores deben comprender los posibles efectos de la falta de acceso del PCAOB al invertir en empresas cuyo auditor tiene su sede en China. Incluso cuando el auditor que firma el informe de auditoría no tiene su sede en China, si la empresa tiene operaciones en China, los inversores deben considerar si partes significativas de la auditoría pueden haber sido realizadas por empresas en China, y el impacto potencial de la incapacidad del PCAOB para acceder a esos documentos de trabajo de auditoría.
Los inversores pueden acceder a la información sobre la falta de acceso del PCAOB en el sitio web del PCAOB. [17] Dada la importancia que tiene para los inversores comprender los posibles riesgos materiales relacionados con la falta de acceso del PCAOB a las empresas de contabilidad registradas en China, los emisores con operaciones en China deben hacer revelaciones claras sobre esos riesgos, incluso destacando esas limitaciones como un factor de riesgo. [18] En relación con nuestros esfuerzos en curso para abordar una serie de cuestiones relacionadas con la calidad de la información financiera y la auditoría en los mercados emergentes, nos hemos estado reuniendo con representantes de alto nivel de las seis mayores empresas de auditoría de los Estados Unidos y representantes de sus redes mundiales. Para que quede claro, estas conversaciones con las firmas de auditoría no pretenden ser un sustituto del trabajo de auditoría de inspección del PCAOB y las prácticas de las firmas de contabilidad registradas en China con respecto a su trabajo de auditoría de las empresas que cotizan en los Estados Unidos.
En esas reuniones se han celebrado debates sobre la calidad de la auditoría en sus redes mundiales y la importancia de una supervisión eficaz y coherente de las firmas miembros a nivel mundial, incluidas las que operan en China y otros mercados emergentes.
En cada una de estas reuniones, las firmas de auditoría han reconocido sus responsabilidades como auditores y han reconocido la importancia de metodologías de auditoría consistentes a través de sus redes globales (se puede analizar algunas de estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): Fuimos claros al compartir nuestras expectativas de que cumplieran con estas responsabilidades.
Las acciones de aplicación de la SEC, el DOJ y otras autoridades de EE.UU. pueden ser limitadas
La rendición de cuentas de los emisores y los guardianes, incluida la responsabilidad individual, es un aspecto clave de la legislación sobre valores de los Estados Unidos.
La SEC, el DOJ y otras autoridades suelen tener dificultades sustanciales para entablar y hacer cumplir acciones contra empresas y personas no estadounidenses, incluidos directores y funcionarios de empresas, en ciertos mercados emergentes.
Los emisores deberían revelar claramente los riesgos conexos. Los inversionistas, incluidos los inversionistas individuales, los fondos y las empresas, deberían comprender las posibles limitaciones de las medidas de aplicación de la ley al adoptar decisiones de inversión en los mercados emergentes.
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Debido a las limitaciones jurisdiccionales, a cuestiones de cortesía y a varios otros factores, la SEC, el DOJ y otras autoridades de los Estados Unidos pueden ver limitada su capacidad para perseguir a los malos actores, incluso en casos de fraude, en los mercados emergentes. Por ejemplo, en China existen importantes obstáculos jurídicos y de otra índole para obtener la información necesaria para las investigaciones o los litigios. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Se aplican limitaciones similares a la persecución de acciones contra personas, incluidos funcionarios, directores y guardianes individuales, que puedan haber cometido fraude u otras infracciones.
Además, las autoridades locales a menudo se ven limitadas en su capacidad para ayudar a las autoridades de los Estados Unidos y a los inversionistas extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) en general.
También existen obstáculos jurídicos o de otra índole para tratar de acceder a los fondos en un país extranjero.
Los emisores deben revelar claramente los riesgos materiales conexos y los profesionales financieros deben tener en cuenta esos riesgos al adoptar o recomendar decisiones de inversión.
Derechos de los accionistas; recurso de los accionistas
Las reclamaciones de los accionistas que son comunes en los Estados Unidos, incluyendo la ley de valores de acción colectiva y las reclamaciones por fraude, generalmente son difíciles o imposibles de llevar a cabo como una cuestión de derecho o de practicidad en muchos mercados emergentes.
Los emisores deben revelar claramente toda limitación importante de los derechos de los accionistas. Los inversores deben comprender las diferencias jurídicas y prácticas que afectan a su capacidad de proteger sus intereses al tomar decisiones de inversión en los mercados emergentes. El hecho de que los inversores adquieran un valor puede afectar a la posibilidad de que dispongan de recursos jurídicos contra la empresa extranjera o cualquier otra entidad con sede en el extranjero que participe en una transacción, y a la posibilidad de interponerlos. Es posible que los inversionistas de los mercados emergentes no tengan la capacidad de buscar ciertos recursos legales en los tribunales de los Estados Unidos como demandantes privados.
Además, incluso si los inversionistas entablan con éxito una demanda en un tribunal de los Estados Unidos, es posible que no puedan cobrar una sentencia de los Estados Unidos contra una empresa, entidad o persona, incluidos los directores y funcionarios de la empresa, en un mercado emergente, en particular cuando los activos de la empresa y los de sus directores y funcionarios se encuentran en un mercado emergente.
En la práctica, los inversores pueden tener que recurrir a los recursos jurídicos internos disponibles en el mercado emergente. Esos recursos suelen ser limitados y difíciles de aplicar para los inversores internacionales. Dada la importancia de que los inversores comprendan claramente estos riesgos, la dirección de las empresas con sede en jurisdicciones en las que puede haber limitaciones importantes en la capacidad de un inversor para buscar reparación debe hacer revelaciones claras sobre estos riesgos, incluso destacando estas limitaciones como un factor de riesgo.
Redacción y presentación de la divulgación de los riesgos: La divulgación debe ser prominente y clara; la divulgación de la información no es suficiente
A la luz de la importancia y la naturaleza específica de los riesgos que se tratan en esta declaración, esperamos que los emisores presenten estos riesgos de manera prominente, en un inglés sencillo y los discutan con especificidad. 21] Los emisores con sede en mercados emergentes deberían considerar la posibilidad de proporcionar un debate comparativo orientado a los inversores nacionales de los Estados Unidos sobre cuestiones como: 1) la forma en que la empresa ha cumplido las obligaciones aplicables de presentación de informes y divulgación de información financiera, incluidas las relacionadas con la DCP y la ICFR, y 2) la aplicación de la normativa y los recursos orientados a los inversores, incluso como cuestión práctica, en el caso de una violación o un fraude importante en materia de divulgación de información u otra conducta financiera indebida de manera más general. Asimismo, como se examina más adelante, los fondos registrados, incluidos los que invierten en mercados emergentes, deben revelar en sus prospectos y resúmenes de prospectos los principales riesgos de la inversión en los valores que poseen; esto también debe presentarse en inglés sencillo y con especificidad en cuanto a las inversiones del fondo. [22]
Inversión pasiva; construcción de índices
Los inversionistas deben comprender que un fondo índice que sigue un índice específico de mercados emergentes generalmente no considera o sopesa las consideraciones de protección del inversionista cuando invierte en un valor en particular. Además de una serie de consideraciones cuando se invierte en cualquier fondo, los inversores en fondos indexados y otros fondos de gestión pasiva deben comprender el posible impacto de la estrategia de inversión pasiva del fondo en la exposición del inversor a los riesgos de los mercados emergentes. Por ejemplo, un fondo índice de mercados emergentes puede tratar de seguir el rastro de un índice específico de mercados emergentes y, por lo tanto, puede invertir en todos los valores incluidos en ese índice o sólo en una muestra de esos valores.
Sin embargo, la composición del propio índice de mercados emergentes no suele ponderar los valores individuales por consideraciones de protección del inversor. Es decir, en la construcción del índice, las decisiones se adoptan sobre la base de la jurisdicción.
Por ejemplo, una vez que se incluye una jurisdicción, los valores individuales de esa jurisdicción se incluyen en el índice sobre la base de la metodología de ponderación específica del proveedor del índice (por ejemplo, basada en la capitalización del mercado). El índice puede o no ponderar la jurisdicción en su conjunto sobre la base del riesgo del inversor u otros factores además de la capitalización del mercado. Los inversionistas y los profesionales financieros deben tener en cuenta estas decisiones de construcción del índice y los riesgos conexos al adoptar o recomendar decisiones de inversión en esos fondos.
Consideraciones para los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) y fondos de inversión
Los profesionales de las finanzas deben tener en cuenta en general las limitaciones en la calidad o la disponibilidad de la información, así como los demás riesgos descritos anteriormente, al recomendar inversiones en los mercados emergentes.
Los fondos que invierten en los mercados emergentes deberían considerar si tienen una divulgación adecuada de los riesgos e incertidumbres singulares a los que suelen enfrentarse las empresas con operaciones importantes en los mercados emergentes. Por lo general, las divulgaciones de información no son útiles o suficientes en estas circunstancias. Además de las consideraciones generales para los inversores que se han expuesto anteriormente, los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) y fondos de inversión deben tener presentes sus obligaciones en virtud de la Ley de asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de inversión de 1940 ("Ley de asesores") y la Ley de sociedades de inversión de 1940 con respecto a las inversiones en mercados emergentes. Los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de inversiones, incluidos los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de fondos, tienen un deber fiduciario para con sus clientes en virtud de la Ley de asesores, que incluye un deber de lealtad y un deber de diligencia. 23] El deber de cuidado incluye el deber de proporcionar asesoramiento de inversión que sea en el mejor interés del cliente. Para prestar ese asesoramiento, el asesor debe tener la creencia razonable de que el asesoramiento es en el mejor interés del cliente sobre la base de los objetivos del cliente. Por ejemplo, un asesor debe considerar si las inversiones se recomiendan sólo a aquellos clientes que pueden y están dispuestos a tolerar los riesgos, y debe realizar una investigación razonable de la inversión lo suficiente como para no basar su asesoramiento en información materialmente inexacta o incompleta.
En consecuencia, los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de inversiones que recomiendan inversiones en mercados emergentes tal vez deseen considerar, como parte de su debida diligencia, si existen limitaciones en la calidad o la disponibilidad de la información financiera con respecto a esas inversiones, así como posibles limitaciones de los recursos jurídicos de los inversores en consonancia con las mencionadas anteriormente.
Desarrollo de la Idea
Los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) en materia de inversiones también deben considerar el efecto de los cierres de mercado en las inversiones de sus clientes y en la capacidad de acceder a sus activos. Además, los fondos mutuos, los fondos cotizados en bolsa y otras sociedades de inversión registradas están obligados a revelar sus principales riesgos en el prospecto y el resumen del fondo. Esos riesgos dependerán de los objetivos de inversión, las participaciones, las estrategias de inversión y la estructura del fondo. 24] Los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de los fondos privados también deben declarar todos los hechos materiales necesarios para que las declaraciones hechas a cualquier inversor o posible inversor en el fondo no sean engañosas. 25] Si un fondo invierte o puede considerar la posibilidad de invertir una parte importante de sus activos en mercados emergentes, debe revelar los principales riesgos relacionados con la calidad o la disponibilidad de la información financiera de esas inversiones, el impacto de posibles cierres de mercado y otros riesgos conexos.
Cierre
Esta declaración no debe considerarse como un esfuerzo por restringir el acceso a las inversiones de los mercados emergentes.
La elección del inversor ha sido durante mucho tiempo un componente central de nuestro marco regulador de los mercados de capitales, y las inversiones en los mercados emergentes, incluso como componente de una cartera diversificada, han demostrado ser beneficiosas para muchos inversores.
La combinación de (1) divulgación completa y justa, (2) supervisión y aplicación significativas y basadas en principios y (3) amplia elección de los inversores, ha hecho que los mercados de capital de los Estados Unidos sean los más profundos y vibrantes del mundo, beneficiando a los inversores, los emisores y el bienestar económico a nivel nacional y mundial. Esta declaración refleja nuestro compromiso de preservar y promover cada componente de esa importante y poderosa combinación. Fuente: SEC (traducción mejorable) con cambios y adaptaciones propias Tema: gobernanza-corporativa-internacional. Tema: riesgos.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Esta declaración representa las opiniones del Presidente, el Jefe de Contabilidad y los Directores de las Divisiones de Finanzas de la Corporación y Gestión de Inversiones de la Comisión de Valores y Bolsa de los Estados Unidos ("SEC" o "Comisión"). No es una regla, regulación o declaración de la SEC.
La Comisión no ha aprobado ni desaprobado su contenido. Esta declaración no altera ni enmienda la ley aplicable y no tiene fuerza o efecto legal. Esta declaración no crea obligaciones nuevas o adicionales para ninguna persona.
Esta declaración también expresa las opiniones del Presidente del Consejo de Supervisión de Contabilidad de Empresas Públicas ("PCAOB"), William D.
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Duhnke III, y no refleja necesariamente las opiniones del PCAOB, de otros miembros del Consejo del PCAOB o del personal del PCAOB.
Véanse, por ejemplo, Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, Banco de la Reserva Federal de Nueva York y Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal, U.S. Portfolio Holdings of Foreign Securities as of December 31, 2018 (October 2019), disponible en ticdata.treasury.gov/Publish/shca2018_report.pdf; Oficina de Análisis Económico, Departamento de Comercio de los Estados Unidos, Direct Investment by Country and Industry, 2018 (July 2019), disponible en bea.gov/system/files/2019-07/fdici0719.pdf; M. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Szmigiera, Direct investment position of the United States abroad from 2000 to 2018 (September 2019)
Ver, por ejemplo, McKinsey & Company, Crecimiento global, raíces locales: The shift toward emerging markets (agosto de 2017)
China tiene la segunda economía más grande del mundo, con un producto interno bruto de 14,3 billones de dólares en 2019.
Véase, por ejemplo, la Oficina de Educación y Defensa del Inversor de la SEC, Boletín del Inversor: International Investing, disponible en sec.gov/reportspubs/investor-publications/investorpubsininvesthtm.html.
Normas 13a-15(a) y 15d-15(a) de la Ley de Intercambio de Valores de 1934 ("Ley de Intercambio") (17 CFR 240.13a-15(a) y 17 CFR 240.15d-15(a), respectivamente) y Sección 13(b)(2) de la Ley de Intercambio (15 USC 78m(b)(2)).
Párrafo .02 de la AS Nº 1001, Responsabilidades y funciones del auditor independiente.
Las responsabilidades de la administración con respecto a los estados financieros de una empresa de inversiones registrada son similares, lo que refleja los diferentes requisitos de presentación de los estados financieros y los controles contables internos. Véase el artículo 30 g) de la Ley de sociedades de inversión de 1940 [15 USC 80a-29 g)].
Regla 13a-13 de la Ley de Bolsas (17 CFR 240.13a-13) y Regla 15d-13 de la Ley de Bolsas (17 CFR 240.15d-13).
Regla 13a-14 de la Ley de Intercambio (17 CFR 240.13a-14) y Regla 15d-14 de la Ley de Intercambio (17 CFR 240.15d-14). Estas normas exigen que los funcionarios certificadores hagan ciertas certificaciones sobre los controles y procedimientos de divulgación y el ICFR, y que también certifiquen, entre otras cosas, que han revisado el Formulario 10-Q y que, en base a su conocimiento: i) El formulario 10-Q no contiene ninguna declaración falsa de un hecho material ni omite la declaración de un hecho material necesario para hacer cualquier declaración, a la luz de las circunstancias en que se hicieron esas declaraciones, que no sea engañosa con respecto al período abarcado por el formulario 10-Q; y ii) Los estados financieros y otra información financiera incluida en el formulario 10-Q presentan razonablemente en todos los aspectos materiales la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en los activos netos y las corrientes de efectivo de la empresa a partir de los períodos presentados en el formulario 10-Q y durante ellos.
El formulario 6-K de la Ley de Intercambio (17 CFR 249.306).
Véase, por ejemplo, el Presidente de la SEC, Jay Clayton, Declaración sobre la aprobación por la SEC de la nueva norma de presentación de informes de los auditores del PCAOB (23 de octubre de 2017), disponible en sec.gov/news/public-statement/clayton-statement-pcaob-new-auditor-reporting-standard; el Presidente de la SEC, Jay Clayton, el contador jefe de la SEC, Sagar Teotia, y el Director de la División de Finanzas de la Corporación de la SEC, William Hinman, Declaración sobre la función de los comités de auditoría en la presentación de informes financieros y recordatorios clave sobre las responsabilidades de supervisión (30 de diciembre de 2019), disponible en sec.gov/news/public-statement/statement-role-audit-committees-financial-reporting.
Ley Sarbanes-Oxley de 2002, Pub.
L. No. 107-204, 116 Stat. 745 (2002).
Ver, por ejemplo, Presidente de la SEC Jay Clayton, Declaración en la Reunión Abierta sobre las Enmiendas Propuestas a la Definición de Filtro Acelerado de la Ley Sarbanes-Oxley 404(b) (9 de mayo de 2019), disponible en sec.gov/news/public-statement/statement-clayton-050919; Presidente de la SEC Jay Clayton, Declaración sobre la Aprobación por la SEC del Nuevo Estándar de Reporte del PCAOB (23 de octubre de 2017), disponible en sec.gov/news/public-statement/clayton-statement-pcaob-new-auditor-report-standard; Jefe de Contabilidad de la SEC Sagar Teotia, Statement in Connection with the 2019 AICPA Conference on Current SEC and PCAOB Developments (9 de diciembre de 2019), disponible en sec.gov/news/speech/teotia-speech-2019-aicpa-conference.
Para reforzar aún más nuestro sistema de información financiera, el PCAOB supervisa las auditorías de las empresas que cotizan en bolsa en los Estados Unidos, las empresas de inversión registradas y los agentes y corredores registrados en la SEC con la misión de proteger a los inversores y fomentar el interés público en la preparación de informes de auditoría informativos, precisos e independientes.
Más Información
Las inspecciones del PCAOB son un componente clave de nuestros esfuerzos reguladores para mejorar la calidad de los informes financieros y promover la calidad de las auditorías. Véase PCAOB, Misión, Visión y Valores, disponible en pcaobus.org/About/History/Pages/mission-vision-values.aspx.
Véase, por ejemplo, la Declaración sobre la función vital de la calidad de la auditoría y el acceso reglamentario a la información de auditoría y de otro tipo a nivel internacional - Debate sobre los actuales problemas de acceso a la información con respecto a las empresas que cotizan en bolsa en los Estados Unidos y que tienen operaciones importantes en China (7 de diciembre de 2018), disponible en sec.gov/news/public-statement/statement-vital-role-audit-quality-and-regulatory-access-audit-and-other.
Véase PCAOB, International Oversight and Cross-Border Cooperation, disponible en https://pcaobus.org/International; PCAOB, Public Companies that are Audit Clients of PCAOB-Registered Firms from Non-U.S. Jurisdictions where the PCAOB is Denied Access to Conduct Inspections, disponible en pcaobus.org/International/Inspections/Pages/IssuerClientsWithoutAccess.aspx; PCAOB, China-based Referred Work, disponible en pcaobus.org/International/Pages/China-Referred-Work.aspx.
Véase el artículo 105 del Reglamento S-K (17 CFR 229.105) (que requiere "un examen de los factores más importantes que hacen que una inversión en el registrante o que ofrezca una oferta especulativa o arriesgada").
Véase el comunicado de prensa, el Presidente de la SEC, Clayton, el Presidente del PCAOB, Duhnke, y miembros del personal de la SEC se reúnen con representantes de firmas de auditoría para discutir la calidad de la auditoría en las economías y mercados emergentes (4 de noviembre de 2019), disponible en sec.gov/news/press-release/2019-228; el Presidente de la SEC, Jay Clayton, el Director de la División de Finanzas de la Corporación de la SEC, Bill Hinman, el Jefe de Contabilidad de la SEC, Sagar Teotia, y el Presidente del PCAOB, William D.
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Duhnke III, Statement on Continued Dialogue with Audit Firm Representatives on Audit Quality in China and Other Emerging Markets; Coronavirus-Reporting Considerations and Potential Relief (19 de febrero de 2020), disponible en sec.gov/news/public-statement/statement-audit-quality-china-2020-02-19; SEC Chief Accountant Sagar Teotia, Statement on the Importance of High-Quality Financial Reporting in Light of the Significant Impacts of COVID-19 (3 de abril de 2020), disponible en sec.gov/news/public-statement/statement-teotia-financial-reporting-covid-19-2020-04-03.
Véase el artículo 177 de la Ley de valores de China revisada en 2020, en el que se dispone, entre otras cosas, que sin la aprobación de su regulador de valores y de diversos componentes del Gobierno chino, ninguna entidad o persona en China podrá proporcionar documentos e información relativos a las actividades comerciales de valores a los reguladores extranjeros.
Véase el artículo 105 de la Regla S-K (17 CFR 229.105). Véase también la norma 408 de la Ley de valores de 1933 (17 CFR 230.408), la norma 421 de la Ley de valores de 1933 (17 CFR 230.421) y la norma 12b-20 de la Ley de bolsas de valores (17 CFR 240.12b-20).
Ver, por ejemplo, el formulario N-1A, Gen'l. Instr. B.4.(c)., Ítems 4(b) y 9(c); Regla 421 de la Ley de Valores (17 CFR 230.421).
Interpretación de la Comisión sobre las normas de conducta para los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de inversiones, publicación de la Ley de asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) de inversiones Nº 5248 (5 de junio de 2019).
Accounting and Disclosure Information No. 2019-08, Improving Principal Risks Disclosure, disponible en sec.gov/investment/accounting-and-disclosure-information/principal-risks/adi-2019-08-improving-principal-risks-disclosure.
Regla 206(4)-8(a)(1) de la Ley de Consejeros (17 CFR 275.206(4)-8(a)(1)).
Véase También
Contabilidad, Normas de contabilidad, Auditorías, China, Divulgación, Mercados emergentes, Información financiera, Gobernanza internacional, Protección de los inversores, Riesgo, Aplicación de los valores, Regulación de los valores