Instituciones Ambientales Internacionales
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre derecho ambiental, en esta revista de derecho de empresa. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios para sobresalir, sobre las "Instituciones Ambientales Internacionales". Te explicamos, en el contexto del medio ambiente, qué es, sus características y contexto.
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Literatura sobre las Instituciones Ambientales Internacionales
En la bibliografía sobre las instituciones ambientales internacionales, "institución" y "organización" se utilizan a menudo indistintamente, prefiriéndose el concepto menos delimitado y más rico de "institución" cuando es necesario abarcar procesos y tradiciones o cuando se carece de una organización cumbre, como en el sector no gubernamental. También encontramos que "institución" se utiliza al mismo tiempo que el concepto aún más rico de "régimen internacional" (definido como un sistema de principios, normas, reglas, procedimientos operativos e instituciones que los actores crean o aceptan para regular o coordinar la acción en un ámbito concreto de las relaciones internacionales). A veces se dice que las instituciones/organizaciones son los medios por los que se aplican los regímenes internacionales. ¿Cómo se originaron las instituciones medioambientales internacionales y a qué deben su forma actual? ¿Cómo funcionan y con qué fin? ¿Proporcionan algún beneficio? ¿Pueden mejorarse? ¿De qué metodologías probadas disponemos para estudiarlas? Los trabajos que se analizan en este artículo responden a estas preguntas, y a otras más. La historia de las instituciones medioambientales internacionales (en contraste con el propio ecologismo) es relativamente breve. La Conferencia de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano de 1972 desencadenó la institucionalización internacional -en particular la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente- y la Conferencia de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992 (la Cumbre de la Tierra) también impulsó un crecimiento considerable. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Desde 1992, la atención se ha desplazado de la creación de instituciones a su aplicación y consolidación. Las principales funciones de las instituciones medioambientales internacionales pueden resumirse en facilitar los tratados y acuerdos internacionales; elaborar nuevos principios, políticas y leyes; actuar como foro para la negociación de nuevas medidas y reglamentos; recibir informes sobre la aplicación de los tratados por parte de los Estados; coordinar la vigilancia del medio ambiente (incluida la recopilación de información y datos); facilitar la vigilancia y la inspección independientes; promover la investigación científica; proporcionar apoyo técnico y financiero; y facilitar la participación de la sociedad civil. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Dependiendo de su tamaño y grado de especialización, las instituciones a las que se refiere este artículo tendrán una o varias de las funciones mencionadas. Este artículo refleja el debate existente en la bibliografía sobre muchas cuestiones, como si existe un "sistema" de gobernanza medioambiental mundial; si la institucionalización internacional se ha traducido en la cooperación de los Estados para resolver los problemas medioambientales comunes; si las organizaciones medioambientales tienen algún poder de acción independiente en el desarrollo de políticas y leyes (o si se limitan a recibir instrucciones de los Estados); si la mejor manera de avanzar es crear una institución medioambiental mundial o seguir intentando mejorar y coordinar los múltiples y dispersos regímenes reguladores (que están abiertos al cambio a través de la revisión y la negociación, pero que sólo coordinan vagamente sus actividades); y si la difusión del poder regulador entre las redes de actores estatales y no estatales, que trascienden las fronteras nacionales, ha avanzado lo suficiente... o ha ido demasiado lejos. En la estructura de este artículo, se presentan en primer lugar los trabajos históricos e introductorios y los libros de texto. La coordinación de las políticas de las numerosas organizaciones internacionales con mandatos medioambientales ha recaído generalmente en las Naciones Unidas, en particular en la Asamblea General y el Consejo Económico y Social. Por ello, las tres secciones centrales de este artículo tratan en gran medida de las instituciones de la ONU o relacionadas con ella, ordenadas por su grado de dedicación a las cuestiones medioambientales, pero también por el tipo de institución que son. Las cuatro secciones siguientes del artículo tienen un enfoque "sectorial" de la bibliografía, mientras que las dos últimas se centran en trabajos que exploran la eficacia y la posible reforma de las instituciones medioambientales internacionales.
Desarrollo histórico
El libro de Caldwell 1996 es una historia del movimiento medioambiental y de la respuesta política en el siglo XX, que comienza en los años inmediatos a la posguerra, cuando se hicieron varios intentos de formar un movimiento internacional para el medio ambiente. Otra opción para una historia general es Guha 2000, un relato transnacional de los orígenes y las formas institucionales del movimiento medioambiental mundial. Iriye 2002 (especialmente en el capítulo sobre "El crecimiento de la sociedad civil", pp. 126-156) examina las organizaciones ecologistas y orientadas al desarrollo posteriores a la década de 1950 con el fin de determinar sus contribuciones, individuales y colectivas, a lo que Iriye denomina una "conciencia global" y una comunidad global. Más que las obras citadas, McNeill 2010 se inscribe en el plano político y cultural. McNeill sostiene que, a partir de los años 1969-1970, los movimientos populares transnacionales que adoptaron un giro ecologista recibieron la ayuda del periodo de distensión en las relaciones internacionales. Cuando la distensión murió en 1979-1980 y se reintensificó la Guerra Fría, el margen de maniobra política de que disponían los defensores de la protección del medio ambiente se redujo drásticamente. Los colaboradores de Hargrove 1972, comprensiblemente para el periodo que representa la obra, se preocuparon principalmente por el control de la contaminación de lagos y mares. El énfasis se puso tanto en el potencial de las organizaciones regionales en la gestión del medio ambiente del hombre como en la cooperación internacional. La lectura de los artículos de esta colección es, pues, una lección de historia en sí misma. Boyle 1991 describe el abandono contemporáneo del modelo de resolución de disputas bilaterales en favor de un modelo institucional de gobernanza medioambiental que permite la resolución multilateral de disputas medioambientales, así como la aplicación negociada de normas jurídicas internacionales. Weiss 1993 y Soroos 2011 pueden leerse como confirmaciones de la intuición de Boyle sobre el desarrollo de un cambio de paradigma. En el lado de la teoría jurídica se encuentra el clásico Bodansky 1999, que argumenta que cuanto más fuertes se hacen las instituciones medioambientales internacionales, más indefinida es su legitimidad en lo que respecta a sus decisiones, ya que los comentaristas, tanto de la derecha como de la izquierda de la política, deploran su "déficit democrático"; su punto es que es probable que esto represente un factor limitante en los esfuerzos para desarrollar regímenes internacionales más poderosos y eficaces. Revisor de hechos: Mexel
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La legitimidad de la gobernanza internacional en el caso del derecho ambiental internacional
Este tema trata de un problema que acaba de hacerse visible: la legitimidad del derecho ambiental internacional y, más concretamente, la percepción de que el proceso ambiental internacional no es suficientemente democrático. Los escritores que se han centrado más claramente en la legitimidad de las instituciones internacionales (véase más detalles) han sido los críticos conservadores, que han argumentado durante mucho tiempo que instituciones como la Asamblea General de la ONU son ilegítimas debido a la regla de "un estado, un voto", que permite que las decisiones sean tomadas por países que en sí mismos no son democráticos y constituyen sólo una pequeña fracción de la población mundial. Hasta ahora, los juristas internacionales han tendido a centrarse en qué normas medioambientales son necesarias y cómo pueden hacerse efectivas. Pero a medida que la autoridad para la toma de decisiones gravita desde el nivel nacional al internacional, la cuestión de la legitimidad probablemente saldrá de las sombras y se convertirá en una cuestión central del derecho ambiental internacional. En relación a esta disciplina, la literatura comienza con la observación de que, a medida que las instituciones internacionales ganan autoridad, se cuestiona su legitimidad. Si, para evitar el bloqueo, las instituciones internacionales se ven obligadas a apartarse de los modos puramente consensuados de toma de decisiones, se necesita una teoría sustitutiva de la legitimidad. No encuentra parte de la literatura ninguna teoría sustitutiva convincente, por lo que el derecho internacional del medio ambiente debe seguir basándose en sus fundamentos tradicionales: el interés propio, la reciprocidad y el consentimiento. La literatura pretende aclarar la naturaleza del reto de la legitimidad y estudiar las posibles fuentes de legitimidad de las instituciones internacionales. Revisor de hechos: Mix
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco del medio ambiente y su regulación, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Cambio climático y derecho internacional Restauración ecológica y derecho internacional Mecanismos de cumplimiento ambiental Derecho internacional del medio ambiente Organizaciones internacionales Responsabilidad del Estado en el Derecho Internacional Ambiente, Codificación del Derecho Ambiental Internacional, Desarrollo Económico, Economía Ambiental, Equidad ambiental, Estudios Ambientales, Gobernanza Mundial, Derecho Ambiental Internacional, Política Ambiental, Medio Ambiente, Organizaciones de Comercio Internacional, Participación Cívica, Política Ambiental, Políticas Reguladoras, Sostenibilidad