Invenciones de los Empleados en Japón
Este artículo es una profundización de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto. Encuestas de información, como las publicadas por el Instituto de Investigación Mitsubishi, señalan la falta de fuertes incentivos de Japón para los investigadores e ingenieros como una trampa potencial. El problema es causado por el débil apoyo a los inventos de los empleados creados a través del servicio de trabajo.
El artículo 35 de la ley de patentes de Japón define las invenciones de los empleados, pero la ley a menudo es criticada por no promover a los empleados en base a su registro de invenciones e IP formal, especialmente en las instituciones públicas.
En comparación con los Estados Unidos, donde las instituciones públicas solicitan muchas patentes, las instituciones públicas de Japón presentan relativamente pocas patentes. Esto es especialmente cierto para las universidades nacionales.
Indicaciones
En cambio, la academia japonesa reconoce y premia la publicación, que se utiliza como casi el único criterio para la promoción.
MEXT y su organización subsidiaria, JSPS (Sociedad de Japón para la Promoción de la Ciencia), han notado el bajo número de solicitudes de patentes en instituciones académicas y han utilizado subvenciones para fomentar promociones basadas en el patentamiento de invenciones.
En los últimos años, la presentación y el registro de patentes han aumentado drásticamente en el marco del Programa de Investigación para el Futuro promovido por MEXT y JSPS. El debate entre empleadores y empleados acerca de su propiedad proporcional de invenciones en universidades se remonta a la década de 1970. Después de algún argumento, MEXT informó en 2002 que las invenciones creadas por profesores en universidades deberían ser propiedad de universidades. Este principio ha sido desde entonces la base de las estrategias de gestión de la propiedad intelectual de la universidad. Mientras tanto, según una encuesta realizada en 1997 por el Instituto Japonés de Invención e Innovación (JIII),Otras empresas privadas han proporcionado regulaciones y normas relevantes y han aumentado la remuneración y los incentivos de los empleados para generar invenciones. La encuesta reveló que:
Cada vez son más las empresas que tienen reglamentaciones y normas establecidas.
La remuneración se realiza en diferentes hitos, como la solicitud de patente, el registro de patentes y la explotación / trabajo.
La proporción de empresas que adoptan dichas reglas de remuneración ha aumentado en todos los hitos.
El monto de la remuneración es fijo para algunas empresas; Otros lo valoran en proporción al beneficio adquirido de la invención.
En ambos casos, el monto promedio de la remuneración generalmente ha aumentado.
El reconocimiento y la conciencia de los inventos de los empleados y su remuneración han aumentado durante la última década; Sin embargo, quedan varios problemas.
Leyes sobre los inventos de los empleados
La Ley de Patentes de 1909 otorgó el derecho de patente a la invención de un empleado a su empleador, pero la propiedad se revirtió al empleado en virtud de la Ley de Patentes de 1921. La ley de 1921 tenía como objetivo proteger a los empleados al garantizar que recibían una remuneración razonable cuando el derecho de propiedad se pasaba al empleador (de acuerdo con los contratos hechos con anticipación). La Ley de Patentes de 1959, artículo 35, revisó estas disposiciones que regulan los inventos de los empleados. La ley declaró que si la invención patentada de un empleado se clasificaba como "invención de un empleado" (como se define en la ley de patentes: "... una invención que por su naturaleza cae dentro del alcance del negocio del empleador, etc. y un acto o actos que resultaron en la invención eran parte de los deberes presentes o pasados del empleado, etc. del empleador, etc. (en lo sucesivo , invento de un empleado )… ”(Ley de Patentes, artículo 35 [1])), el empleador tenía derecho a una licencia no exclusiva. La misma ley estipula que el empleado tiene derecho a una remuneración razonable si él o ella asigna el derecho de patente, o un derecho exclusivo a tal invención, al empleador de acuerdo con los contratos, regulaciones y otras estipulaciones. La ley también dispuso que los montos de la remuneración se decidirían haciendo referencia a las ganancias que el empleador obtendría de la invención y al monto de la contribución del empleador a la invención.
Nueva política y estrategia sobre los inventos de los empleados
Como se mencionó anteriormente, el Programa Estratégico de Propiedad Intelectual 2003 se adoptó en julio de 2003. La parte de Creación del programa establece la siguiente disposición a las invenciones de los empleados: Abolición o modificación de la disposición relativa a las invenciones de los empleados en virtud de la Ley de Patentes. Con el fin de obtener incentivos de investigación y desarrollo para los inventores, reducir el costo (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) y el riesgo de la gestión de patentes en empresas individuales y fortalecer la competitividad industrial de la industria japonesa, el Gobierno de Japón considerará los problemas necesarios en la invención de un empleado, teniendo en cuenta los cambios en el entorno social, y presentar un proyecto de ley para abolir o enmendar la disposición del artículo 35 de la Ley de Patentes en la sesión ordinaria de la Dieta en 2004. En consecuencia, en diciembre de 2003, un comité METI de profesionales de universidades y de los sectores público y privado, con experiencia en derecho y en ciencia y tecnología, creó un informe titulado "Lo que deberían ser las invenciones de los empleados". El informe sugería enmendar la disposición sobre los inventos de los empleados en lugar de abolirla. El Foro Nacional para la Estrategia de Propiedad Intelectual apareció al mismo tiempo.
Con un rango de experiencia que incluye abogados / abogados de patentes, científicos de investigación, ejecutivos de negocios y periodistas, los miembros del foro afirmaron que la disposición debería ser abolida.
Detalles
Los detalles de las diversas vistas se discuten a continuación.
Sobre la base del informe del comité METI, la modificación del artículo 35 de la ley de patentes entró en vigor en abril de 2005.
Modificación del artículo 35
La invención de un empleado se define en la ley como una invención " que por su naturaleza cae dentro del alcance del negocio del empleador, etc. y un acto o actos que resultan en la invención eran parte de los deberes presentes o pasados de los empleado, etc. realizado en nombre del empleador, etc. (Artículo 35.1). ”En otras palabras, el invento de un empleado es el resultado de una investigación y desarrollo realizada por un empleado como parte de su trabajo dentro del alcance del negocio del empleador. Hay otros dos tipos de inventos mencionados en la ley: aquellos creados por un empleado, pero fuera de su servicio de trabajo, y aquellos creados por un empleado fuera del alcance de los negocios del empleador. Estas diferencias en los tres tipos se explican en las disposiciones. Aunque la invención del empleado se crea por los propios esfuerzos y habilidades del empleado, el empleador contribuyó a la creación al proporcionar el salario, las instalaciones, el equipo y los gastos.
Considerando tales contribuciones, la ley establece que el empleador debe tener una licencia no exclusiva sobre el derecho de patente para obtener una remuneración adecuada (artículo 35.1). El Artículo 35.2 estipula que, siempre que la invención sea la invención del empleado, la disposición contractual, la regulación del servicio u otra estipulación hecha con anticipación serán válidas, y el empleador tendrá derecho a la patente oa la licencia exclusiva.
Se dice que esta disposición protege a los empleados de ser explotados si las invenciones quedan fuera del alcance de la invención del empleado. El empleado tendrá derecho a una remuneración razonable cuando haya transferido el derecho al empleador de conformidad con el contrato, las normas de servicio u otras estipulaciones (artículo 35.3). Aunque no ha habido ninguna enmienda para el Artículo 35.1 a 35.3 desde la Ley de Patentes de 1959, las dos sub-cláusulas subsiguientes, el Artículo 35.4 y 35.5, fueron enmendadas.
Como se mencionó anteriormente, el Artículo 35.4 de la Ley de Patentes de 1959 estipuló que el monto de la remuneración se decidirá al referirse a las ganancias que el empleador obtendrá de la invención y las contribuciones del empleador para hacer la invención.
La nueva Ley de Patentes de 2005 estipula que cuando la disposición contractual, la regulación del servicio u otra estipulación entre el empleador y el empleado determina los criterios de remuneración, los criterios deben ser razonables. La razonabilidad se determinará considerando el proceso de decisión de los criterios, tales como las condiciones de discusión entre el empleador y el empleado, teniendo en cuenta las opiniones de los empleados sobre el cálculo, Si se juzga que no es razonable de acuerdo con el Artículo 35.4, el monto de la remuneración se decidirá a la luz de las ganancias, gastos y otras contribuciones del empleador con respecto a la invención, el trato del empleado y otras circunstancias (Artículo 35.5).
Cuestiones actuales relativas a los inventos de los empleados
En los últimos años, el número creciente de empleados que han renunciado a sus empresas ha estado demandando a sus antiguos empleadores debido a la insatisfacción con la remuneración pagada por las invenciones que los empleados crearon durante su empleo. El aumento en el número de juicios refleja una creciente conciencia de la propiedad intelectual entre los empleados y ha despertado el interés del público en la propiedad intelectual y los inventos de los empleados. El caso más famoso, conocido por la cantidad excepcional reclamada por el empleado, es la demanda entre el Dr.
Shuji Nakamura y su ex empleador, Nichia Corp., Ltd., un fabricante de productos químicos, en relación con su invención de un diodo emisor de luz azul (LED). Originalmente reclamando 20 mil millones de JPY, el tribunal decidió que el Dr. Nakamura tenía derecho a recibir alrededor de 600 millones de JPY (más los pagos de intereses de alrededor de 240 millones de JPY) de su ex empleador. El caso había sido revisado por el Tribunal de Distrito de Tokio (2004) y el Tribunal Superior de Tokio (2005) antes de que se resolviera en 2005. Es de destacar que existía una enorme diferencia entre los porcentajes que los dos tribunales identificaron como contribución del Dr. Nakamura: 50% en el tribunal de distrito y 5% en el tribunal superior. El Dr. Nakamura ciertamente perdió una gran cantidad, pero generalmente el caso se considera una victoria para el empleado. En los últimos años, otros ex empleados han ganado más de lo que sus antiguos empleadores esperaban pagar. La Asociación de Propiedad Intelectual de Japón (JIPA) advertencias contra movimientos legales extremos para respaldar las remuneraciones por las invenciones de los empleados porque la valoración sobreestimada de las invenciones puede destruir a algunas compañías patronales. El propósito del Artículo 35 es principalmente equilibrar adecuadamente los intereses de empleadores y empleados. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tanto el empleador como el empleado requieren incentivos significativos, y con frecuencia diferentes, para asegurar que se realicen inversiones apropiadas y pertinentes para permitir y estimular la innovación. La historia sugiere que las disposiciones para los inventos de los empleados bajo la ley de patentes han sido ineficaces. Algunos grupos, como el Foro Nacional de Estrategia de Propiedad Intelectual, y algunas empresas privadas que temen los enormes costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) de remuneración de los empleados han argumentado que el Artículo 35 debería ser abolido o, al menos, enmendado.33 Los críticos sostienen que la disposición contractual individual, la regulación del servicio y otras estipulaciones hechas por adelantado entre el empleador y el empleado (o los acuerdos individuales) deben considerarse razonables a menos que se hayan hecho bajo condiciones de fraude, coacción u otros procesos no razonables.34 Los acuerdos individuales, no el artículo 35 per se, deben aplicarse para resolver disputas entre el empleador y el empleado con respecto a la invención del empleado. Los mismos críticos argumentan que las siguientes cuestiones relacionadas con la invención de los empleados en virtud de la Ley de Patentes actual (Artículo 35) también son importantes:
Los criterios para calcular el monto de la remuneración han variado de un tribunal a otro y de un caso a otro.
Sin ningún criterio rígido, la decisión es vulnerable a los cálculos subjetivos del juez (como se ve en el caso Nakamura).
Los criterios para juzgar un pago "irrazonable" de conformidad con el Artículo 35.4 son confusos.
En última instancia, es dudoso que un tribunal tenga o no la capacidad y la capacidad de juzgar la razonabilidad y la conveniencia del monto de la remuneración. Autor: Williams, 2007