Ley de los Comerciantes
Este artículo es una profundización de la información sobre comercio internacional, en esta revista del derecho de los negocios.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los aspectos jurídicos del comercio exterior, qué es, sus características y contexto.
El comerciante de derecho medieval
El concepto de la Lex Mercatoria tiene una larga historia. La antigua Lex Mercatoria fue la Ley Mercantil de la Edad Media. Asunto: historia-medieval. El comerciante de la ley surgió de las prácticas habituales de los comerciantes y comerciantes de aquellos tiempos.
Almirantazgo
El Almirantazgo proporciona el ejemplo más prominente y antiguo de este fenómeno. El transporte marítimo de larga distancia, por su propia naturaleza, siempre ha requerido su propia normativa "superritorial" basada en las rutinas, tradiciones y necesidades especiales de los navegantes, cargueros, fletadores, armadores y comerciantes que participan en el comercio exterior1. La manifestación más temprana de la elaboración de normas en esa área es la Ley del Mar de Rhodia (Lex Rhodia), un cuerpo de regulaciones que rigen el comercio y la navegación en el mar mediterráneo (véase su concepto, y asimismo las características de este mar) que data del 900-800 AC. Esa Ley fue tan poderosa y su impacto fue tan duradero que influyó en las actividades normativas de todas las partes involucradas en el transporte marítimo de larga distancia en la Edad Media. Asunto: historia-medieval. Estas actividades bien pueden caracterizarse como manifestaciones tempranas de autorregulación en el comercio y el comercio transfronterizos. De hecho, se ha argumentado que "la dimensión y la importancia digna de elogio de la comunidad mercantil medieval radica en la creación de su propia ley a partir de sus propias necesidades y sus propios puntos de vista" 2.
Más Información
Las huellas de esta Lex Mercatoria del mar ("Lex Maritima") medieval se pueden encontrar en colecciones tempranas de principios de derecho marítimo, como los Rôles d'Olérons ("Jugemens de la mer") de principios del siglo XIII, del cual se traducen al Flamenco / Holandés ("Juicios de Damme", "Vonnesse van Damme") y Escocés ("De las leyes de los barcos"; "De lavis of scyppis") se extendió por la región que ahora es Europa Occidental, el Libro Catalán del Consulado del Mar ("Libre del Consolat del Mar") de finales del siglo XV y la colección holandesa de derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) del mar de las ciudades de Zuidersee ("Ordinancie") que data de mediados del siglo XIV. Tanto Vonnesse como Ordinancie se transmitieron como una unidad en manuscritos siglos después de su creación, obviamente en un esfuerzo por crear una colección de leyes marítimas válidas en diferentes partes de Europa occidental. La Ley del Mar de Wisby ("Gotlandic o Wisby Water Recht") del siglo XV, una compilación de reglas y principios del derecho marítimo consuetudinario de diferente origen, y la Ley del Mar de la Liga Hanseática de 1614, la poderosa asociación de los principales puertos marítimos. en el mar del Norte y el mar Báltico, así como en las principales ciudades comerciales de estos tiempos, constituyen ejemplos adicionales del importante papel del derecho marítimo como precursor en la evolución progresiva de la Lex Mercatoria medieval. Asunto: historia-medieval. La Ley del Mar de la Liga Hanseática fue el punto culminante de una larga historia de actividades de creación de normas por parte de su asamblea general ("Hanserecesse") que comenzó a partir de 1365. La Ley del Mar Hanseática fue redactada por abogados y, principalmente por esa razón. y, a diferencia de todas las compilaciones anteriores que habían sido redactadas por comerciantes, asumió el carácter de una primera codificación sistemática de la ley del mar de aquellos tiempos.
Derecho mercantil general
El concepto general del Comerciante de Ley medieval como una ley uniforme para transacciones comerciales fue descrito por primera vez por un autor anónimo a fines del siglo XIII como parte de la "Colección de Colford" en el "Pequeño Libro Rojo de Bristol".
En línea con el énfasis casi exclusivo en el proceso y el procedimiento en el pensamiento legal inglés de finales del siglo XIII, ese tratado no se refería a la búsqueda de normas y valores sustantivos para transacciones mercantiles, sino que se centraba exclusivamente en la cuestión de cómo se podía mejorar y acelerar. El procedimiento en los tribunales mercantiles3 para alcanzar una resolución justa y equitativa de las disputas entre comerciantes. Solo unos pocos y muy generales principios legales se desarrollaron a partir de este enfoque puramente orientado hacia el proceso, como la reciprocidad de obligaciones y la no discriminación de comerciantes de diferentes localidades.
Sin embargo, solo una pequeña fracción de las disputas se presentaron ante esos tribunales.
Algunos Aspectos
Por lo tanto, la pregunta sobre si existían principios y reglas más específicos para todas las transacciones comerciales transfronterizas de esos días, quedó sin respuesta.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Autores como el comerciante Gerard Malynes en su famoso tratado "Consuetudo Vel Lex Mercatoria" publicado en 1622 y el diplomático, abogado, juez y pionero en el tratamiento científico del derecho mercantil, Johannes Marquardus en su libro "Tractatus politico-juridicus de iure mercatorum et commerciorum ", publicado en 16624, se centró más en la elaboración de principios y reglas específicos que se encuentran en las transacciones mercantiles y en las formas de formalizarlos basándose en el aprendizaje civil.
En los EE. UU., El Tribunal Supremo, en su decisión histórica Swift v Tyson de 18425, aplicó los principios generales de la ley como comerciante como parte de la ley comercial federal, al igual que los tribunales ingleses incorporaron la lex mercatoria en el desarrollo de la ley comercial inglesa. La última publicación de la era estatal anterior a la nación que lleva el nombre "Lex Mercatoria" en su título fue "Lex Mercatoria o Un Código Completo de Derecho Comercial" de Wyndham Beawes, de 1813.
Principales características del comerciante de derecho medieval
Las características principales de la Lex Mercatoria medieval como un cuerpo independiente de reglas legales, si existieran y en la medida en que existieran, fueron: a) que no se originó en ningún legislador o creador de reglas en particular, y b) que Consistía en un sistema más o menos coherente de principios y normas de derecho procesal y sustantivo. Ese sistema resultó de y tuvo en cuenta la "naturaleza de las cosas" (Natur der Sache), es decir, las necesidades y riesgos específicos del comercio medieval interurbano y transfronterizo, así como los hábitos y prácticas y los principios legales, con respecto a sustancia y procedimiento: prevalecen en los puertos, mercados, municipios, ferias y tribunales mercantiles especiales de aquellos días.
Desaparición de la Ley Mercantil Medieval
La antigua Lex Mercatoria desapareció durante el siglo XIX.
En ese momento, la idea del estado nación y los problemas de soberanía del estado que surgieron comenzaron a prevalecer sobre el concepto de una ley comercial independiente "transnacional".
En consecuencia, los principios y las reglas de la Lex Mercatoria medieval se incorporaron en las principales codificaciones europeas de derecho comercial, como el Código de Comercio francés o el Handelsgesetzbuch alemán. Autor Williams
La nueva Lex Mercatoria en la era de la globalización
La Lex Mercatoria fue redescubierta en la década de 1960 por Berthold Goldman, Clive Schmitthoff y otros. Este desarrollo tiene sus raíces en las estructuras legales que surgieron en la economía mundial (o global) antes de la Primera Guerra Mundial, particularmente a través de la estandarización de cláusulas contractuales8 para contratos de ventas y transporte (marítimo).
Goldman y Schmitthoff trabajaron casi simultáneamente en la reactivación de la idea del comerciante de derecho medieval en Dijon y Londres, respectivamente.
Sin embargo, tenían diferentes concepciones del alcance y la calidad jurídica de la transnacionalización del derecho mercantil, especialmente con respecto a la medida en que es independiente del derecho interno.
Goldman consideraba a la New Lex Mercatoria como un tercer sistema legal autónomo, además de las leyes nacionales y el derecho internacional público.
Para Schmitthoff, el derecho transnacional solo existía dentro de los límites del principio de autonomía de los partidos que, para él, era un principio del derecho interno.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A pesar de estas diferencias en los detalles, compartieron la convicción común de que un cuerpo transnacional de principios y reglas legales está surgiendo gradualmente de las actividades espontáneas (usos, prácticas, uso de contratos modelo y cláusulas contractuales, etc.) de la comunidad empresarial internacional (Goldman) y las múltiples actividades de los organismos internacionales de formulación para la armonización y unificación del derecho mercantil internacional (Schmitthoff) 9. Hoy en día, el derecho comercial transnacional proporciona un medio vital para enfrentar los desafíos de la globalización10. Diversos fenómenos contribuyen a la evolución gradual de un sistema de "a-nacional", es decir, principios y reglas legales transnacionales: la creciente movilidad de personas, capital, productos, información y comunicación a través de las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como "boundaries" en derecho anglosajón, en inglés) nacionales y el consiguiente aumento de la interconexión económica de los estados y las regiones. en todo el mundo, la erosión de los límites tradicionales entre el derecho nacional e internacional, el derecho público y privado y la política y el derecho, la importancia decreciente del estado soberano como legislador "de arriba hacia abajo" 11 para las transacciones comerciales internacionales, el aumento correspondiente de la importancia de reglamentación privada "de abajo hacia arriba" ("gobierno privado") por agencias de formulación no gubernamentales como la Cámara de Comercio Internacional (ICC) y los propios empresarios internacionales, el uso continuado por parte de estos empresarios de formas estándar y más o menos idénticas o en cláusulas contractuales menos similares (por ejemplo, sobre "fuerza mayor"), que están destinadas a hacer frente a t Los riesgos específicos involucrados en sus transacciones transfronterizas y los procesos globales de estandarización y unificación que resultan de estos fenómenos12. La especificidad de estos principios y normas transnacionales es su capacidad de respuesta a las necesidades y prácticas legítimas del mercado que surgen de las actividades transfronterizas de los empresarios de todo el mundo. Un catalizador para este desarrollo es la práctica de toma de decisiones de los tribunales arbitrales internacionales. Tanto Goldman13 como Schmitthoff14 han reconocido su importancia para la evolución del derecho comercial transnacional. De hecho, los árbitros internacionales se han convertido en los jueces naturales del comercio internacional. El éxito de la Convención de Nueva York de 1958 sobre el Reconocimiento y la Ejecución de los Premios de Arbitraje Extranjeros y de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional revela que hoy en día, los tribunales arbitrales internacionales son aceptados como "tribunales privados" con un reconocimiento permanente de los tribunales nacionales. Legisladores y agencias internacionales de formulación, lo que equivale a la de los jueces nacionales.
Sin embargo, a diferencia de estos jueces, los árbitros internacionales adoptan con frecuencia un enfoque comparativo de la resolución de controversias derivadas de transacciones comerciales internacionales y, muy a menudo, se refieren a reglas transnacionales o principios generales de derecho15, ya sea para decidir el caso que tienen ante sí, ya sea para invertir. su decisión, basada en el derecho interno, con mayor persuasión comparativa con respecto a las partes en la controversia16. Además de estas cuestiones prácticas, el pluralismo jurídico17 ha proporcionado los fundamentos teóricos para estos desarrollos, que se desarrollan a partir de las realidades de la sociEdad Moderna y los negocios y el comercio transfronterizos contemporáneos.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A diferencia de la teoría tradicional positivista, altamente formalista y centrada en el estado de las fuentes legales, los proponentes del pluralismo legal aceptan que la teoría de las fuentes legales debe tener en cuenta estos desarrollos (examine más sobre estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades).
Reconocen que la formación de la ley no es una prerrogativa exclusiva del gobierno (ley interna) o interestatal (ley internacional) y que la teoría legal no debe quedar atrapada dentro de la matriz tradicional 2x2 creada por las dualidades de "público / privado" y "nacional / internacional".
Indicaciones
En cambio, y contrariamente al paradigma (modelo, patrón o marco conceptual, o teoría que sirve de modelo a seguir para resolver alguna situación determinada) legal tradicional que se enfoca casi exclusivamente en el estado, el pluralismo legal considera las fuentes multifacéticas de la reglamentación privada a través de la comunidad empresarial internacional, incluido el propio contrato, como fuentes potenciales de derecho.
Para los pluralistas, la nueva Lex Mercatoria no está descalificada como ley, simplemente porque no es nacional18. Otra indicación del creciente desarrollo y la sofisticación de la New Lex Mercatoria es el hecho de que existen supuestamente subsistemas de derecho transnacional específicos de la industria, por ejemplo, para el sector marítimo ("lex maritima" 19), construcción ("lex La construcción es "20), petróleo y gas (" lex petrolea "21) o más general, la industria extractiva (" lex extractiva "), para el ciberespacio (" lex informatica "22) y para la banca y las finanzas internacionales (" lex argentaria "). Se dice que los eventos deportivos internacionales y la relación legal entre los atletas y las organizaciones deportivas internacionales se rigen por sus propias normas legales transnacionales ("lex sportiva"). Se dice que el arbitraje comercial internacional, el método preferido de resolución de disputas para hombres de negocios internacionales, se rige por una "lex mercatoria processualis" que se ha desarrollado a partir de la fusión de las tradiciones de derecho civil y civil común en un paradigma (modelo, patrón o marco conceptual, o teoría que sirve de modelo a seguir para resolver alguna situación determinada) global único para un sector privado y verdaderamente transnacional del proceso de adjudicación23. Autor Williams Notas 1) Corte Suprema de los Estados Unidos Sosa v.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Alvarez-Machain, 542 US 692, 715 (2004) con referencia a Blackstone; véase también R.M.S. Titanic Inc. v.
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Haver, 171 F. 3er. 943, 961 (4to. Cir. 1999): "Desde la época de los Padres Fundadores, los tribunales federales que se encuentran en la jurisdicción del Almirantazgo han continuado firmemente en este jus gentium que rige los asuntos marítimos. De hecho, el Tribunal Supremo ha advertido una y otra vez que ' los tribunales de esta y otras naciones comerciales generalmente han diferido a una ley marítima no nacional o internacional de impresionante madurez y universalidad ". [...] Este cuerpo de ley marítima" tiene fuerza de ley, no de alcance extraterritorial de leyes nacionales, ni de la abdicación de sus poderes soberanos por parte de ninguna nación, sino de la aceptación por consenso de comunidades civilizadas de reglas diseñadas para fomentar relaciones comerciales amigables y viables "[...] Así, cuando decimos hoy que un caso en el almirantazgo es "regido por la ley marítima general, hablamos a través de nuestra propia soberanía nacional y, por lo tanto, reconocemos y aceptamos los principios consagrados en el derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) del mar"; véase también Delovio v Boit, 7 Fed Cas. 418 (No. 3776) (CC masa 1815); Daniel Harmer contra William Errington Bell y otros, "The Bold Buccleugh" (1850/51) 13 E.R 884, 7 Moo P.C. 267; van Hooydonk, Hacia una actualización mundial (o global) de los principios generales del derecho marítimo, The Journal of International Maritime Law 2014, 170 y ss. 2) Levin Goldschmidt, Handbuch des Handelsrechts, 30rded. Vol. 1 (Universalgeschichte des Handelsrechts), 1891, en 142 (traducción del alemán); véase también Horn, Festschrift Karsten Schmidt, 2009, 705, 710 y siguientes; Trakman, The Law Merchant: The Evolution of Commercial Law, 1983, a los 9 años; pero vea una crítica profunda de esa opinión Sachs, The Law Merchant y Fair Court of St. Ives 1270-1324, en 2 y ss. 3) Isaacs, El comerciante y su ley, Journal of Political Economy, vol. 23, No. 6 (junio de 1915), en 536: "Ante los jueces de derecho común, los comerciantes se vieron obligados a establecer y probar sus costumbres en cada caso como cuestiones de hecho no reconocidas como parte de la ley de tierra o digno por notificación judicial.
En estos tribunales, los comerciantes debían haberse sentido decididamente como peces fuera del agua. Asunto: crisis-del-agua. Habían estado acostumbrados a la rápida justicia. Coca-Cola, por muy defectuosa que sea su etimología, describe la corte de la pólvora como una justicia tan rápida como "el polvo cae del pie.
En los tribunales ordinarios de la ley común (el derecho común)" la demora de la ley "ya había ganado su lugar entre los males reconocidos de esta vida". 4) Marquardus, Tractatus politico-juridicus de jure mercatorum et commerciorum singulari: in quo ex jure divino, publico & privato, communi, canonico, feudali, & Saxonico nec non variorum juris interpretum commentariis ac consiliis... ut & philosophorum & historicum classicorum axiomatibus, exemplis atque monitis politicis jura commerciorum singularia IV libris secundùm tria juris objecta summatim collecta, exposita & illustrata sunt, Frankfurt 1662. 5) Swift v Tyson, 16 Pet. 1, 10 Led. 865 (1842): "La ley que respeta los instrumentos negociables puede ser verdaderamente declarada en el lenguaje de Cicerón, adoptada por Lord Mansfield en Luke v Lyde, 2 Burr. 883, 887 como una gran medida, no solo la ley de un solo país. ", pero del mundo comercial.
No erit alia lex Romae, alia Athenis, alia nunc, alia posthac, sed et apud omnes gentes, y omni tempore una eademque lex obtenebit". 6) Wolaver, The Historical Background of Commercial Arbitration, 83 U.
Pa. L (examine más sobre estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades).
Rev. 132, 144 (1934): "Una expresión típica de los primeros libros es la de Malynes: 'Los asuntos mercantiles en controversia deben ser con toda brevedad. Se decidirá a evitar la interrupción de la trata. ' Los comerciantes siempre pensaron que el derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) era algo más allá de su experiencia. Era una costumbre local, no general, y sus procesos eran lentos y formales. Es perfectamente cierto que el comerciante tenía una gran necesidad de reglas y leyes, pero era una regla y La ley en el mercado y como él y su familia lo sabían y practicaban.
No se deducía de los casos, sino que se generaba a sí misma a partir de las transacciones.
En general, encontraba posible operar sus asuntos sin controversia o ayuda de abogados o tribunales, pero si se encontraba en desacuerdo con alguien en el curso del comercio, tenía un sistema legal completo para dirigir el acuerdo ". 7) Ver Blackstone, Comentarios sobre las leyes de Inglaterra, vol. I, 15ª ed., 1809, pág. 75, indicando que la lex mercatoria "aunque sea diferente de las reglas generales del derecho consuetudinario, todavía está integrada en ella, y forma parte de ella; véase también la nota 8 id. (Nota agregada al trabajo original por el editor del Edward Christian Christian, haga clic aquí para ver la edición de 1775 sin esa nota al pie de página): "... la expresión ['lex mercatoria'] ha llevado con frecuencia a los comerciantes a suponer que todas sus nuevas modas y dispositivos se convierten inmediatamente en la ley del país.; una noción que, tal vez, ha sido demasiado alentada por los tribunales. Los comerciantes deben tomar su ley de los tribunales, y no los tribunales de los comerciantes; y cuando se considere que la ley es inconveniente para los fines del comercio extendido, se debe presentar una solicitud al parlamento para su reparación ”; ver también Schmitthoff, en: Schmitthoff (ed.), Las fuentes de la Ley de Comercio Internacional, 1964, en 37: "Cuando comparamos la ley moderna del comercio internacional... con la lex mercatoria medieval, notamos que el desarrollo moderno tiene un gran inconveniente...: el inconveniente es que la ley moderna del comercio internacional tiene que superar las barreras creadas por el concepto relativamente moderno del estado nacional que originó un orden legal de numerosos sistemas municipales... ". 8) Ver, por ejemplo Großmann-Doerth, Der Jurist und das autonome Recht des Welthandels, JW 1929, pág. 3447 y siguientes; Rabel, Das Recht des Warenkaufs I, 1936; Raiser, Das Recht der Allgemeinen Geschäftsbedingungen, 1935, a los 63 años, se pregunta si las partes contratantes, al usar términos estándar, pueden "regular sus transacciones sin intermediación por parte de un sistema legal nacional, estableciendo así la ley entre sí" (traducción del alemán); Horn, en: Horn / Schmitthoff (eds.) The Transnational Law of International Commercial Transactions, 1982, pág. 3, 16; pero ver id, p. 76 donde rechaza vigorosamente tales ideas y argumenta que aceptar órdenes privadas creadas por términos estándar como fuente de ley significaría "una combinación inadmisible de sociología legal y dogmática legal" (traducción del alemán) porque siempre es una regla de ley doméstica que conduce al carácter vinculante de tales órdenes, pero tales órdenes no pueden ser vinculantes en sí mismas, es decir, sin el reconocimiento de un sistema legal nacional; Ver una vista contemporánea similar de Bar / Mankowski, Internationales Privatrecht I, 20ª ed. 2003, § 3 No. 76: "El derecho interno siempre tiene la última palabra; lo que no autoriza no tiene...
Ninguna posibilidad de validez" (traducción del alemán). 9) Para una discusión de los puntos de vista de Schmitthoff y Goldman sobre la New Lex Mercatoria, ver Toth, The Lex Mercatoria in Theory and Practice, 2017, pág. 32 y ss. (Schmitthoff) y p. 39 y ss. (Goldman). 10) Ver Dalhuisen, Globalización y Transnacionalización del Derecho Comercial y Financiero, Rutgers LJ 2013, 20: "Más bien (pero también no más que como modelo), la transnacionalización legal podría considerarse como una formación legal en un orden legal diferente al El de los estados, que son solo un tipo de orden legal, con la característica especial de que está limitado territorialmente. Especialmente en la medida en que la globalización se está convirtiendo en un proceso autónomo, el surgimiento de un nuevo orden legal separado se presenta al menos en los negocios. Es el orden jurídico comercial y financiero transnacional y la moderna lex mercatoria con sus diferentes fuentes legales es el derecho privado de ese orden ". 11) Ver Hobbes, Leviathan, 1651, pág. 137: "[Es] manifiesto, esa ley en general, no es Consejo, sino Comando; ni un Mandato de ningún hombre a ningún hombre; sino solo de él, cuyo Mandato se dirige a alguien que antes estaba obligado a obedecerlo"; véase también la decisión histórica de la Corte Suprema de los Estados Unidos que puso fin al desarrollo del derecho general federal común Erie R. Co. v Tompkins, 304 US 64 (1938): "[L] aw en el sentido en que hablan los tribunales hoy no existe sin una autoridad definida detrás de él... La autoridad y la única autoridad es el Estado, y si es así, la voz adoptada por el Estado como propia (ya sea de su legislador o de su Corte Suprema).) debe pronunciar la última palabra ". 12) Berger, Rechtliche Rahmenbedingungen der Globalisierung - vom Wettbewerb der Rechtsordnungen zu "Gobernanza privada", en: Bierbaum (ed.), So investiert die Welt, 2007, p. 33 y ss.; Jansen, Nils / Michaels, Ralf, Private Law and the State, Percepciones Comparadas y Observaciones Históricas, RabelsZ 71 (2007), a 345 et seq.; Michaels, Ralf / Jansen, Nils, ¿Derecho privado más allá del estado? Europeización, globalización, privatización, 54 am.
J. comp. L. (2006), en 843, 868 y ss.; Köndgen, Privatisierung des Rechts - Gobierno privado zwischen Deregulierung und Rekonstitutionalisierung, AcP 206 (2006), en 477 et seq.; Caruso, Derecho privado y Estado en la era de la globalización, 38 N.Y.U.J.Int'l.L. & Pol., 1 y ss. (2006); Ver en general van Creveld, The Rise and Decline of the State, 1999, en 336. 13) Ver Goldman, Frontières du droit et "lex mercatoria", Archives de philosophie du droit 1964, en 181,183: "Encargado de la decisión de disputas de comercio internacional, los árbitros... cuando se refieren a normas específicas que tienen sus raíces en el contrato.... (los contratos modelo, los usos codificados,...) no siempre pueden limitarse con esa referencia: un fondo de principios generales a menudo es indispensable para ellos, incluso si no siempre se refieren explícitamente a ellos. La experiencia demuestra que a menudo no buscan [una solución] en un sistema legal nacional o en una convención internacional, sino en un 'derecho consuetudinario' de comercio internacional, la lex mercatoria, del cual es inútil determinar si lo descubren o lo desarrollan., porque ambos enfoques están íntimamente entrelazados, como en cualquier caso en el que un juez realiza tal actividad ”(traducción del francés). 14) Schmitthoff, International Trade Usages, 1987, No. 71: "La ley sustantiva a menudo nace en el seno del procedimiento. De acuerdo con su carácter internacional, la ley que crean estos cuerpos arbitrales internacionales es transnacional. Es la nueva lex mercatoria. ". 15) Consulte el origen, la evolución y la aplicación por los tribunales internacionales de los principios generales del derecho Cheng, Principios generales del derecho aplicados por los tribunales y tribunales internacionales, 1953 (reproducido en 2006); Hersch Lauterpacht, International Law, Collected Papers, General Works, 1970, pág. 75; Kotuby / Sobota, Principios generales de derecho y debido proceso internacional, 2017, pág. 3 y ss.
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Berger, Principios generales de derecho en el arbitraje comercial internacional, Cómo encontrarlos - Cómo aplicarlos, Arbitraje y mediación mundial (o global) Rev. 2011, 97, 103 y siguientes. 16) Cf.
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Horn, Festschrift für Karsten Schmidt, 2009, 705, 721; Karton, La cultura del arbitraje internacional y la evolución del derecho contractual, 2013, p. 239: „En resumen, los árbitros comerciales internacionales tienen un incentivo ideológico y material para ayudar en el desarrollo de una ley comercial global. Como lo expresó un tribunal: ‚Los laudos arbitrales desarrollan gradualmente un cuerpo de jurisprudencia que refleja las realidades económicas y cumple con las necesidades del comercio internacional" ". El autor hace referencia al ICC Award 4131, Clunet 1982, 899 (traducción al inglés del autor). 17) Ver generalmente Merry, Legal Pluralism, Law Society Rev. 1988, en 869 et seq.; Griffiths, What is Legal Pluralism ?, Journal of Legal Pluralism 1986, at 1 and seq.; Teubner, Globale Bukowina: Zur Emergenz eines transnationalen Rechtspluralismus, Rechtshistorisches Journal 1996, a 255 y ss.; Maurer, Lex Maritima, 2012, en 85 et seq.; véase también Allen, Law in the Making, 7th ed 1964, p. 64: "... el estudio de las fuentes del derecho no puede abordarse con la idea preconcebida de que se derivan de un solo origen"; ver desde la perspectiva del realismo jurídico Wendell Holmes, The Common Law, 430ª ed. 1949: "La vida de la ley no ha sido lógica; ha sido experiencia". 18) Para una discusión sobre el papel del pluralismo legal en el contexto de Lex Mercatoria y la importancia del "reconocimiento" de Lex Mercatoria Toth, Lex Mercatoria en Teoría y práctica, 2017, en la p. 23 y ss., P. 92 y ss., P. 178 y ss., P. 252 y ss. 19) Ver Maurer, Lex Maritima, 2012, p. 11 y ss. 20) Ver Molineaux, Moviéndose hacia una construcción Lex Mercatoria - A Lex Constructionis, J.Int'l.Arb. 1997, p. 55 y ss. 21) Ver, por ejemplo Obispo, Arbitraje internacional de disputas petroleras: El desarrollo de una Lex Petrolea, Anuario de arbitraje comercial XXIII (1997), pág. 1131 y siguientes; Childs, Actualización sobre Lex Petrolea: el desarrollo continuo del derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) relacionado con la exploración y producción internacional de petróleo y gas, Revista de Derecho Mundial de la Energía y Negocios 2011, p. 214 y siguientes; Martin, Lex Petrolea en la industria internacional del petróleo y el gas, en: King (ed.) Resolución de disputas en el sector de la energía: Manual para profesionales, 2012, pág. 95 et seq; Talus / Looper / Otillar, Lex Petrolea y la internacionalización de los acuerdos petroleros: enfoque en los contratos del gobierno anfitrión, Revista de Derecho Mundial de la Energía y Negocios 2012, p. 181 y siguientes; Talus, Oil and gas: Reglamento internacional del petróleo, en: Morgera / Kulovesi (eds.) Manual de investigación sobre derecho internacional y recursos naturales, 2016, p. 243, 256 y ss. 22) Consulte la evolución de Lex Informatica como un "Comerciante legal del ciberespacio", una fuente compleja y autónoma de reglas de política de información para el acceso, distribución y uso de datos e información digital (por ejemplo, restricciones de contenido, tratamiento de información personal, protección de la propiedad intelectual) en las redes globales que están integradas en la arquitectura del sistema, el diseño de la red y los estándares y están destinadas a proporcionar estabilidad y previsibilidad para que los participantes ("internautas") tengan la suficiente confianza para que sus comunidades prosperen, al igual que las reglas comerciales establecidas dio confianza y vitalidad a las comunidades de comerciantes que consideraban que las leyes nacionales eran incapaces de hacer frente a las necesidades cambiantes de sus transacciones comerciales, mientras que al mismo tiempo inducían a los responsables de políticas nacionales a utilizar estrategias y mecanismos para el desarrollo de reglas de política de información que son diferentes de las normativas tradicionales.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Aborda Reidenberg, Texas L (examine más sobre estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades).
Rev 1998, 553 y ss.; vea también la idea del "Código del ciberespacio", es decir, software y hardware "que hacen que el ciberespacio sea lo que es y también regula el ciberespacio tal como es" ("el código es la ley") Lessig, Code, Version 2.0, 2006, p. 5. 23) Draetta, Las Reglas de Procedimiento Transnacionales para el Arbitraje y los Riesgos de la sobre regulación y burocratización, ASA Bulletin, 2015, 327, 329; Marrella, Regolamenti arbitrali and formazione di a lex mercatoria processualis, en: Galgano (ed.), Trattato di diritto commerciale e di diritto pubblico dell'economia, vol. XX, 2003, a 579 et seq; Nottage, La Lex Mercatoria Procesal: El pasado, presente y futuro del arbitraje comercial internacional, Documento de investigación de la Facultad de Derecho de Sydney No. 06/51.