Libertad Sindical
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Visualización Jerárquica de Libertad sindical
Derecho > Derechos y libertades > Derechos sociales Trabajo y Empleo > Relaciones laborales y Derecho del trabajo > Relación laboral > Interlocutor social > Sindicato Intercambios Económicos y Comerciales > Comercio internacional > Comercio internacional > Cláusula social
Libertad sindical
A continuación se examinará el significado.
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¿Cómo se define? Concepto de Libertad sindical
Véase la definición de Libertad sindical en el diccionario.
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Noción de Libertad Sindical
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, respecto de libertad sindical, la siguiente definición: Derecho de los trabajadores a constituir organizaciones sindicales con fines de defensa y promoción de los intereses que les son propios (sindicatos); comprende también derechos de afiliación, organización interna y desarrollo de la actividad sindical. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tras su supresión por el Régimen de Franco y una primera regulación durante la transición política (Ley de asociación sindical de 1997), la libertad sindical fue reconocida en España por la Constitución de 1978 y desarrollada por la Ley orgánica de libertad sindical. El derecho de libertad sindical se reconoce tanto a los trabajadores asalariados como a los funcionarios públicos, en este caso con excepciones (personal militar, jueces, magistrados y fiscales) y limitaciones (cuerpos de policía y seguridad) para algunos cuerpos de funcionarios. Ampara el derecho (individual y colectivo) de afiliación y el derecho a no sindicarse (libertad sindical negativa), el derecho a desarrollar la actividad sindical (particularmente, negociación colectiva, huelga, medidas de conflicto colectivo, y participación en las elecciones sindicales), el derecho a la acción sindical en la empresa y a constituir secciones sindicales, el derecho de los sindicatos a no ser suspendidos ni disueltos salvo por decisión judicial, y el derecho a la no discriminación por motivos sindicales, que implica la nulidad e invalidez de todos los pactos, reglas, decisiones o actos discriminatorios. La libertad sindical está garantizada también con procedimientos judiciales rápidos y sumarios (tutela jurisdiccional de la libertad sindical).
Según la jurisprudencia y la opinión mayoritaria de la doctrina española, los empresarios quedan fuera del ámbito de la libertad sindical, de modo que su derecho a constituir asociaciones y a afiliarse a las mismas se rige por el derecho de asociación de aplicación general.
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Noción de Ley Orgánica de Libertad Sindical (lols)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, respecto de ley orgánica de libertad sindical (lols), la siguiente definición: Ley 11/1985, de 2 de agosto, que desarrolla el derecho constitucional a la libertad sindical.
Se ocupa, en particular, de la constitución de sindicatos; el alcance y desarrollo de la actividad sindical; la acción sindical en las empresas y centros de trabajo secciones sindicales y delegados sindicales); la identificación, las responsabilidades y las facultades de los sindicatos más representativos; las condiciones de negociación de cláusulas de apoyo sindical como el descuento de cuotas sindicales o el canon de negociación colectiva, y los medios de tutela de la libertad sindical. Fue elaborada junto a la reforma del Estatuto de los Trabajadores de 1984, en una operación cuyo principal objetivo era la promoción de las organizaciones sindicales más representativas (legislación promocional). La sentencia del Tribunal Constitucional 98/1985, de 29 de julio, declaró su conformidad al texto constitucional, con ciertos matices de interpretación.
No se ocupa de las asociaciones empresariales, que, como otras asociaciones profesionales, se regulan en la Ley de asociación sindical de 1977 (LAS).
Libertad Sindical en el Derecho Social
La libertad sindical es garantizada por la Constitución, ésta la consagra en su doble aspecto de libertad individual para afiliarse a un sindicato y el de la libertad de actuar sindicalmente.
Libertad Sindical: Desarrollo de la idea
Todo trabajador puede defender sus derechos e intereses, mediante la acción sindical y afiliarse al sindicato de su elección.
Consecuentemente, la libertad sindical tiene varias dimensiones, unas de carácter individual y las otras de carácter colectivo. En el aspecto individual consiste en la facultad de cada trabajador de afiliarse al sindicato de su elección si existen varios; la facultad de no afiliarse y, finalmente, la facultad de desafiliarse al que estaba afiliado. Si, Pero: Pero si bien esta libertad constituye un derecho sindical, en la práctica se transforma en un derecho subjetivo (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Bajo este aspecto, la libertad sindical es una manifestación de la libertad individual.
Detalles
El aspecto colectivo de la libertad sindical consiste en el derecho de organizarse espontáneamente el sindicato en defensa de los intereses profesionales sin la autorización previa del Estado. La libertad sindical significa, ante todo, la autonomía de los grupos profesionales y la independencia respecto del Estado. La libertad sindical en su aspecto colectivo se manifiesta en la celebración del convenio colectivo de trabajo, en la participación en el conflicto laboral y en la declaración del ejercicio del derecho de huelga. [1]
La Libertad Sindical en el Artículo 55 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre la libertad sindical, y está ubicado en la Parte I, sobre los derechos y deberes fundamentales, Título II, acerca de los Derechos, libertades y garantías, Capítulo III [Derechos de los trabajadores, libertades y garantías], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: 1.
Se reconoce a los trabajadores la libertad sindical, condición y garantía de la construcción de su unidad para la defensa de sus derechos e intereses. 2.
Se garantiza especialmente a los trabajadores, sin discriminación alguna, en el ejercicio de la libertad sindical: a. La libertad de constitución de asociaciones sindicales en todos los niveles. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): B. La libertad de inscripción no pudiendo ningún trabajador ser obligado a pagar cotizaciones para un sindicato en el que no esté inscrito.
C. La libertad de organización y reglamentación interna de las asociaciones sindicales. d. El derecho al ejercicio de la actividad sindical en la empresa. e. El derecho a sus opiniones políticas, de conformidad con los respectivos estatutos. 3. Las asociaciones sindicales deberán regirse por los principios de organización, y gestión democrática, basados en la elección periódica y por votación secreta de los órganos dirigentes, sin sujeción a ninguna autorización u homologación, y asentados en la participación activa de los trabajadores en todos los aspectos de la actividad sindical. 4. Las asociaciones sindicales son independientes de la patronal, del Estado, de las confesiones religiosas, de los partidos y demás asociaciones políticas, y la ley deberá establecer las garantías adecuadas de esta independencia, que constituye el fundamento de la unidad de las clases trabajadoras. 5. Las asociaciones sindicales tendrán derecho a establecer relaciones con organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a ellas. 6. Los representantes elegidos por los trabajadores tendrán el derecho a ser informados y consultados así como a la adecuada protección legal contra cualquier forma de sometimiento a condiciones, constricciones o limitaciones en el ejercicio legítimo de sus funciones.
Características de Libertad sindical
Tema: derecho. Asunto: trabajo-y-empleo. Asunto: intercambios-economicos-y-comerciales.
Visualización Jerárquica de Derechos Fundamentales Constitucionales
Derecho constitucional > Derechos fundamentales constitucionales > Derechos civiles y políticos
Derecho constitucional > Derechos fundamentales constitucionales > Derechos colectivos
Derecho constitucional > Derechos fundamentales constitucionales > Derechos económicos, sociales y culturales
Derecho constitucional > Derechos fundamentales constitucionales > Igualdad constitucional
Derecho constitucional > Derechos fundamentales constitucionales > Cuestiones generales constitucionales
Contenido de Libertad Sindical
En inglés: Freedom of trade unionsAsunto: derechos-fundamentales-constitucionales. Asunto: derechos-sociales.
Asunto: derechos-culturales. Asunto: derechos-economicos.
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Traducción de Libertad sindical
Inglés: Trade union freedom Francés: Liberté syndicale Alemán: Freiheit des gewerkschaftlichen Zusammenschlusses Italiano: Libertà sindacale Portugués: Liberdade sindical Polaco: Wolność związków zawodowych
Tesauro de Libertad sindical
Derecho > Derechos y libertades > Derechos sociales > Libertad sindical Trabajo y Empleo > Relaciones laborales y Derecho del trabajo > Relación laboral > Interlocutor social > Sindicato > Libertad sindical Intercambios Económicos y Comerciales > Comercio internacional > Comercio internacional > Cláusula social > Libertad sindical
Véase También
Libertad de sindicación
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Notas y Referencias
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz "Libertad Sindical", (autor de la voz: B. P.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
Véase También
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Notas y Referencias
Concepto sobre ley orgánica de libertad sindical (lols) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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Notas y Referencias
Concepto sobre libertad sindical originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
Cláusulas de seguridad sindical
Representatividad
Sindicato
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Bibliografía
FERNÁNDEZ LÓPEZ, M. F.: El sindicato. Naturaleza jurídica y estructura. Madrid, 1982.
SALA FRANCO, T. y ALBIOL MONTESINOS, I.: Derecho Sindical. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Valencia, 1999.
SALA FRANCO, T. y ROQUETA BUJ, R.: Los derechos sindicales de los funcionarios públicos. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Valencia, 1995.
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Véase También
Libertad
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