Marco Teórico sobre Regulación Ambiental
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre derecho ambiental, en esta revista de derecho de empresa. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios para sobresalir, sobre este tema. Te explicamos, en el contexto del medio ambiente, qué es, sus características y contexto.
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El choque regulatorio como forma de choque ambiental
Nota: para más información en materias conexas, véase regulación y choque normativo. Un choque normativo se produce cuando las jurisdicciones sustituyen un sistema normativo por otro. El entorno normativo incluye aspectos de la legislación, la reglamentación y las políticas pertinentes para un sector.
Las estructuras reguladoras forman parte del conjunto de contingencias con las que deben lidiar las empresas (y otros actores de un sector). El origen del cambio normativo puede ser exógeno, cuando actores externos a un sector inician y definen las nuevas normas que rigen la competencia.
Sin embargo, el cambio normativo también puede ser endógeno, ya que las empresas que operan en un sector desempeñan un papel más importante que los agentes externos a la hora de iniciar y dar forma a la normativa.
Sin embargo, las sacudidas normativas transformadoras suelen provenir más de fuentes exógenas que endógenas. Otras características generales del entorno son la fase del ciclo de vida del producto o de la industria y una amplia gama de tendencias económicas y sociales. Al igual que todos los choques ambientales, los cambios regulatorios varían en magnitud, niveles afectados y temporalidad (véase el cuadro 2 para un resumen).
Magnitud
Como se ha sugerido, cuando la reforma regulatoria implica una desviación radical de las normas existentes que rigen la competencia en la industria, desestabiliza una industria y reinicia su reloj evolutivo. Estas condiciones suelen contribuir a un cambio masivo en la estructura de la competencia de una industria (por ejemplo, Joskow, 2005; Winston, 1998), en gran medida debido a un cambio en la composición de los actores de la industria (a través de la entrada y la salida), el equilibrio de poder entre los actores institucionales y las dimensiones de la competencia. Por ejemplo, Galvin (2002) expone la dinámica imprevisible entre un amplio conjunto de actores institucionales desencadenada por la aprobación en 1965 de la legislación sobre Medicare y Medicaid en Estados Unidos.
En este caso, el nuevo régimen regulador representó un cambio importante, una reorganización radical, de un sistema dominado por la profesión médica y apoyado por el gobierno a un sistema en el que la influencia e intervención del gobierno federal suplantó a la de los profesionales. Bajo este régimen diferente, el gobierno federal establecía y hacía cumplir las prácticas organizativas y, en todo el sistema médico del país, los profesionales médicos las seguían obligatoriamente. Naturalmente, un cambio normativo no tiene por qué ser tan radical como el ejemplo de la legislación estadounidense sobre Medicare y Medicaid.
En algunos casos, los nuevos marcos normativos representan ajustes en el alcance o en los mecanismos de aplicación.
En estos casos, el contenido general de los regímenes puede ser mínimo, pero los responsables políticos revisan las medidas disuasorias o los castigos creíbles, aumentando el poder coercitivo de la regulación. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): De este modo, la magnitud de la conmoción regulatoria puede ser relativamente pequeña y, sin embargo, inspirar nuevas acciones por parte de las empresas.
En 2006, después de varios años de esfuerzos infructuosos, los reguladores chinos ajustaron las sanciones para las empresas que fueran sorprendidas haciendo túneles (expropiación de activos corporativos a través de robos o transacciones financieras en beneficio propio).
En lugar de recurrir a los litigios civiles, que parecían tener poco efecto, los reguladores recurrieron a un nuevo mecanismo de aplicación pública: la publicación de una "lista negra" de infractores. La lista negra no tenía precedentes; representaba un nuevo compromiso creíble de aplicación de la ley y una verdadera amenaza para la reputación de las empresas. Es digno de mención que, incluso con un cambio normativo tan pequeño, el tunneling disminuyó, el rendimiento mejoró y el mercado de valores respondió favorablemente.
En resumen, al igual que ocurre con otras formas de choque ambiental, el contraste o la magnitud de la diferencia entre las políticas anteriores y las actuales sigue siendo un aspecto clave a la hora de considerar el impacto de la reforma normativa.
Difusión, efectos multinivel e interdependencias
Además, los estudios recientes destacan varios aspectos de los regímenes reguladores, como el papel de la difusión, los efectos multinivel y las interdependencias entre los actores, que se extienden también a los choques reguladores.
Una conmoción creada al inicio de la regulación (o desregulación) puede considerarse como algo que ocurre dentro de un solo nivel (jurisdicción local o estado o nación) o a través de los niveles (local, estatal, nacional e internacional). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Dichos choques pueden producir efectos similares o diferenciales dentro o entre niveles. En el caso del nivel interno, los estudios dejan claro que la difusión de la reforma regulatoria entre jurisdicciones, ya sea mimética o debida al aprendizaje, es una característica común de la mayoría de los cambios regulatorios modernos.
En un análisis de varios sectores en 17 países, Gilardi (2005) concluyó que la tasa de adopción de la política reguladora aumentaba con la prevalencia de esas políticas entre las naciones próximas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Del mismo modo, la adopción de regulaciones entre los países de América del Sur y Central entre 1979 y 2002 siguió patrones similares, incluso después de analizar la difusión intersectorial dentro de las naciones y la difusión intersectorial entre las naciones. Así pues, aunque un choque regulatorio comience en un nivel o en un área, cabría esperar que el choque se extendiera pronto a otros.
Además, Schneiberg y Bartley (2008, p. 33) afirman que este patrón de propagación de la regulación probablemente no sea nuevo, ya que anteriores "formas de regulación podrían haber surgido de cruces transnacionales", así como a través de la "difusión entre estados". Por el contrario, la transformación regulatoria fundamental puede desencadenar una heterogeneidad regulatoria, más que una coherencia, dentro y entre jurisdicciones o niveles de análisis. Si bien la desregulación de la marihuana medicinal en Estados Unidos se ha difundido a 26 estados (a partir de septiembre de 2016), todos los estados han adoptado normas y políticas diferentes. El estigma y la incertidumbre asociados a la industria también han estimulado normas y políticas reguladoras heterogéneas a nivel local y de condado dentro de los estados. Por ejemplo, existen diferencias en múltiples áreas, como las condiciones médicas aprobadas para su uso, el tipo de productos que pueden venderse (flores, concentrados, etc.), la cantidad de producto que puede tener un paciente, las formas de distribución y venta, si se requiere o no la integración vertical, etc. Además, la interdependencia, ya sea regional o industrial, también aumenta los efectos multinivel del cambio normativo. La supervisión reguladora regional coordinada no es un enfoque político nuevo. Por ejemplo, en 1922 siete estados de EE.UU. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): De la cuenca del río Colorado negociaron el Pacto del Río Colorado (Departamento del Interior de EE.UU., Oficina de Reclamación). El acuerdo regula la asignación de derechos de agua entre esos estados, lo que afecta tanto a los organismos públicos como a las empresas privadas (como la agroindustria y los promotores).
Sin embargo, lo que quizá se aprecie menos es la aparición de interdependencias basadas en estructuras transnacionales de colaboración que crean regímenes y plataformas reguladoras de varios niveles. Estos esfuerzos de coordinación global, como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) o el Acuerdo Climático de París, promulgan políticas que rigen las acciones de las empresas e industrias a nivel global, nacional y estatal. Así, cuando el Reglamento de Ejecución de la Comisión de la Unión Europea (UE) -un organismo internacional- armoniza las normas para su aplicación en el mercado (por ejemplo, los requisitos de etiquetado para los alimentos sin gluten), un único cambio normativo afecta a los 28 países miembros en múltiples industrias (por ejemplo, los fabricantes de cerveza, los de preparados para lactantes y los panaderos) (Diario Oficial de la Unión Europea, 2014). Así pues, al igual que la propia regulación, las influencias de los choques normativos pueden extenderse horizontal y verticalmente, independientemente de su magnitud o contenido.
Temporalidad
A primera vista parece haber un acuerdo claro, aunque implícito, en cuanto a la dinámica temporal en juego en el momento de un choque regulatorio. La palabra "choque" transmite la idea de una perturbación sorprendente, un punto de inflexión en la tendencia actual.
Sin embargo, los expertos no están de acuerdo con la temporalidad de los eventos regulatorios. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Desde el punto de vista empírico, los estudios suelen analizar los resultados en las épocas anteriores y posteriores a un cambio normativo para aproximarse a los efectos de un cambio institucional significativo, pero los marcos analíticos varían. Los puntos de vista divergentes se dividen en tres grupos: la reforma regulatoria como un evento puntuado, como algo que se suma al estado normal de flujo de una industria, o como el desencadenante de un proceso de cambio y ajuste en curso. Explicamos cada uno de ellos. En la evaluación más común, los choques regulatorios son perturbaciones inesperadas y discontinuas en un entorno regulatorio.
Además, como explica Meyer (1982), estas sacudidas son acontecimientos transitorios que albergan consecuencias perturbadoras y perjudiciales para las organizaciones. Es importante destacar que este tipo de cambios normativos bruscos y repentinos suelen impedir que las empresas realicen ajustes estratégicos graduales. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Desde esta perspectiva, la reforma regulatoria se produce en un momento específico en el tiempo, donde los estados estáticos del mundo antes e inmediatamente después de ese momento contrastan fuertemente. El ritmo de recuperación de una industria del nuevo mundo o régimen normativo varía. Cuando las empresas pueden ajustarse fácilmente a las nuevas normas, la volatilidad se amortigua a corto plazo y el sector se acerca rápidamente a un nuevo estado de equilibrio.
Indicaciones
En cambio, cuando el ajuste requiere más tiempo, el estado de flujo perdura mucho tiempo después del impacto inicial de una perturbación.
En este último caso, una perturbación presenta un punto de inflexión que fomenta la incertidumbre y el cambio de forma más continuada.
En estas condiciones más dinámicas, el ajuste a las reformas suele producirse de forma iterativa a lo largo del tiempo. Por ejemplo, Marcus (1988) documenta que las centrales nucleares mostraron un "ajuste bastante lento" en la era reguladora posterior a Three Mile Island.
Además, aparentemente después de completar la adopción de las nuevas prácticas exigidas, en muchos casos las centrales nucleares seguían manteniendo especificaciones técnicas incompletas o inexactas. Como ilustra este caso, aunque el cambio de normativa constituye un "acontecimiento desencadenante" (Hoffman, 1999), la inestabilidad sigue durante un tiempo indeterminado. En la última perspectiva, los investigadores describen el carácter temporal del cambio normativo como una parte de la dinámica continua de una industria. Esto se aplica tanto a las actividades previas como a las posteriores a la reforma. Al igual que en otros procesos políticos, un cambio normativo no se produce de la noche a la mañana; los legisladores y los reguladores desmantelan los regímenes anteriores mediante una serie de negociaciones y, en muchos casos, las empresas (o sus sustitutos) participan activamente en estas actividades.
Además, el camino hacia la nueva regulación puede no ser regular o lineal, lo que aumenta la ambigüedad antes de la promulgación. Madsen y Walker (2017, p. 190) describen la situación en el sector del transporte de larga distancia: "Los planes fragmentarios elaborados por la ICC a finales de la década de 1970, junto con la posibilidad de que los tribunales o el Congreso de Estados Unidos pudieran intervenir y modificar o revertir estos planes, crearon una incertidumbre sustancial tanto para los incumbentes como para los entrantes en cuanto a cómo se desarrollaría finalmente la desregulación." Además, las reacciones de las empresas y las consecuencias en cascada dentro de un sector pueden evolucionar con el tiempo, ampliando la duración del impacto de una nueva regulación. El estudio de Barr y Huff (1997) sobre las empresas farmacéuticas sugiere que la presión para el cambio aumenta gradualmente a medida que las empresas luchan con las diferentes creencias y modelos mentales necesarios para los ajustes estratégicos. Por ejemplo, muchas compañías aéreas no esperaron a iniciar sus respuestas a la desregulación en los años 90 y, sin embargo, dos décadas después, el sector seguía descartando ineficiencias y reconociendo nuevas formas de comercialización (Winston, 1998).
Además, es posible que las empresas en su conjunto no actúen de forma simultánea, ya que algunas cohortes (por ejemplo, los nuevos participantes frente a los titulares) demuestran diferentes ritmos de adopción y ajuste y, a su vez, avanzan en diferentes contiendas competitivas. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, respecto a sus características y/o su futuro): Dichos contextos pueden revelar diferentes retos asociados a determinadas normas y políticas y, a su vez, estimular la revisión de dichas políticas, prolongando el proceso de recuperación.
Por lo tanto, aunque existe un importante interés teórico y empírico en los shocks regulatorios, sigue habiendo una gran variedad de puntos de vista en cuanto a la dinámica temporal en funcionamiento tanto antes como después.
Choques regulatorios: Atributos principales
Se relaciona, por este orden, el atributo y su descripción:
Fuente: Puede ser exógena o endógena; algunas reformas pueden tener ambas fuentes.
Magnitud: Va desde una desviación radical de las normas existentes (desestabilizadora) hasta un incremento (como ajustes en el alcance o los mecanismos de aplicación).
Nivel de impacto: Se produce dentro de un mismo nivel (por ejemplo, dentro de una jurisdicción local, un estado o una nación) o entre niveles (por ejemplo, de una jurisdicción local a un estado, a una nación o a un país).
Temporalidad: La reforma normativa como: (a) un acontecimiento puntuado (en un momento dado), (b) como algo que se añade al estado normal de flujo de una industria, o (c) como el desencadenante de un proceso de cambio y ajuste continuo.
Datos verificados por: Conrad Asunto: historia-economica. Asunto: regulacion-financiera.
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Recursos
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Véase También
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