Mediación Internacional
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¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Mediación Internacional
Definición y descripción de Mediación Internacional ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Ricardo Méndez Silva) Es uno de los medios tradicionales de solución pacífica de las controversias que se caracteriza por la participación de un tercer Estado en un conflicto que involucra a otros Estados a fin de encontrar una fórmula de arreglo.
Buenos Oficios vs. Mediación Internacional
A diferencia de los buenos oficios, que es también un medio por el cual un tercer Estado participa en la solución de una controversia, el caso de la mediación implica la posibilidad de que el Estado mediador recomiende una fórmula de arreglo, pues su actuación va más allá de la mera labor de acercamiento de las partes en conflicto.
Por otro lado, la mediación se distingue tanto del arbitraje como de un litigio ante la Corte Internacional de Justicia, porque en este último caso los fallos (las sentencias) son obligatorias para las partes.
En el caso de la mediación una propuesta de arreglo queda en las partes acatarlas o no.
Solicitud
La mediación puede ser solicitada por los Estados afectados o ser ofrecida por un tercer Estado.
En todos los casos la mediación debe considerar un acto amistoso y no debe constituir un elemento de fricción o ser frecuente de problemas. El artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas (firmada en San Francisco, 26 de junio de 1945), prevé la posibilidad de que el Consejo de Seguridad, en cumplimiento de su responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales, recomiende a los Estados partes en una diferencia el recurso de la mediación. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Conflictos y Mediación
La mediación es un proceso diseñado para gestionar y resolver conflictos entre dos o más partes. Como una negociación facilitada, la mediación proporciona a las partes la oportunidad de identificar sus intereses y necesidades, presentar sus ideas para posibles soluciones, explorar esas opciones y alternativas, y llegar a soluciones colaborativas. La mediación es facilitada por un mediador, cuyo papel es guiar a las partes a través del proceso sin determinar el resultado.
Por lo tanto, la mediación es un proceso de gestión y resolución de conflictos diseñado para proporcionar a las partes una alternativa a litigios más formales, desperdiciadores de tiempo y potencialmente costosos.
En la mediación, las partes mantienen el control sobre el resultado de su caso. Pueden resolver todos los problemas, algunas cuestiones o ninguna de las cuestiones (un impasse). La mediación es voluntaria y confidencial. Los tribunales pueden ordenar a las partes que comparezcan en la mediación, pero no pueden ordenar a las partes que participen y resuelvan sus problemas. La mediación se ha utilizado en todo el mundo en muchos escenarios. Los pueblos indígenas que utilizan la mediación suelen tener mediadores que son ancianos o líderes comunitarios bien respetados. Estos mediadores están familiarizados con las partes, sus circunstancias y su contexto, y la comunidad. Esto contrasta fuertemente con los modelos de mediación utilizados en Occidente, donde el mediador es un tercero neutro, desconocido para las partes antes de la experiencia de mediación.
También existen diferencias en el estilo de la mediación.
En los modelos occidentales, el partido que trae la acción es invitado a hablar primero, mientras que en la mediación indígena existen normas culturales que controlan. Estas normas pueden incluir invitar a una parte mayor a hablar primero. La mediación ha gozado de una mayor popularidad en Occidente en los últimos 30 años, ya sea en asuntos locales como conflictos comunitarios, incluyendo conflictos entre vecinos, o como una alternativa al proceso completo de litigio en la familia, comercial y otros civiles Asuntos. Algunos Estados proporcionan la certificación para los mediadores así como las calificaciones, las pautas, las políticas, los requisitos de la educación continua, y los remedios para el comportamiento y la acción inadecuados del mediador. A medida que la mediación se convirtió en un proceso aceptado para gestionar y resolver conflictos, evolucionó varios modelos de mediación.
Los enfoques más comunes son los modelos facilitadores, que alientan a las partes a ejercer su autonomía sobre las cuestiones y la resolución.
Varios de estos enfoques facilitadores incluyen la resolución de problemas, la transformación y la narrativa. Utilizando estos enfoques, los mediadores invitan a las partes a identificar las cuestiones, explorar diversas opciones y alternativas, y determinar cuáles si alguna de estas opciones se adecuaría mejor a sus necesidades. Las sesiones de mediación comienzan con la declaración de apertura del mediador, que proporciona una introducción sobre el papel de cada persona, el proceso y las reglas básicas de conducta. Ocasionalmente, el mediador puede pedir tener un "Caucus". Un Caucus permite al mediador hablar en privado con una de las partes. Lo que se discute en un Caucus es privado y no se discute con la otra parte sin consentimiento. Al concluir la mediación, cualquier problema resuelto se formalizará en el acuerdo de mediación, que puede formar parte de una orden judicial y, por tanto, exigible en virtud de la ley. Autor: Williams Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
La mediación en los sistemas jurídicos contemporáneos
La mayoría de los sistemas legales tienen alguna disposición para la mediación de una forma a otra como un auxiliar (secundario, subordinado) de los procedimientos de litigio.
En nuestro propio sistema legal existe la práctica de un acuerdo extrajudicial.
En los Estados Unidos, las negociaciones sobre los acuerdos se ven facilitadas por el procedimiento previo al juicio, por el cual las partes son convocadas ante el juez antes del juicio para aclarar los asuntos en disputa. La mediación desempeña funciones de diversa importancia en los sistemas de derecho civil: aquí, el precedente histórico inmediato se encuentra en las innovaciones introducidas durante la Revolución Francesa.
En 1790, la Asamblea Constituyente francesa creó bureaux de paix y ordenó que las partes en una disputa debían comparecer ante uno de estos burós para agotar las posibilidades de mediación antes de iniciar una acción judicial. La falta de agotamiento de este recurso excluyó la posibilidad de procedimientos judiciales, e incluso impuso a las partes la posibilidad de sanciones monetarias. Posteriormente, la mediación obligatoria fue severamente restringida, pero la idea fue adoptada por otros países.
Hoy en Francia, un intento preliminar de conciliación es obligatorio en todos los casos civiles de menor importancia.
En Italia, todos los jueces deben hacer un intento de conciliación durante los procedimientos judiciales.
En Dinamarca, el consejo comunal de cada distrito elige una comisión de conciliación general, compuesta por dos miembros (que no deben ser jueces ni defensores).
En principio, siempre que haya surgido una disputa de carácter de derecho privado, las partes deben comparecer ante la comisión para intentar llegar a un acuerdo.
Si las partes no aparecen, el caso pasa a los tribunales.
Si el demandante compareció pero el acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) no lo hizo, este último será multado en sentencia definitiva. Las comunas suizas eligen a los jueces de paz para manejar (gestionar) litigios civiles menores y actuar como oficiales de mediación.
Los procedimientos de mediación han reducido sustancialmente el volumen de litigios. La mediación no está muy extendida en Alemania, pero en algunos estados se mantienen las tradiciones locales: cada comuna elige un mediador por un período de tres años. La tarea del mediador es facilitar un compromiso amistoso en todas las disputas relacionadas con la propiedad. En Suecia, la mediación entre las partes ha sido declarada objeto expreso de la fase inicial del litigio. El pronunciamiento legislativo pertinente establece que "cuando se considere apropiado, el tribunal debe intentar conciliar a las partes durante la preparación".
Además, si la "mediación especial" parece deseable, el tribunal puede designar un mediador y pedir a las partes que se reúnan con él para explorar las posibles bases del acuerdo.
Si parece que las partes no son receptivas a la conciliación, el intento debe ser abandonado. La liquidación se efectúa, ya sea durante la preparación o en una etapa posterior del procedimiento, las partes pueden solicitar conjuntamente la emisión de una sentencia de conformidad con su acuerdo. Estos procedimientos tienen un alcance limitado o forman parte del proceso litigioso.
Por lo tanto, los intentos previos de mediación son un requisito previo para una demanda, o la mediación está disponible a opción de las partes o el juez antes de presentar una demanda o después de que se haya instituido una demanda.
En la mayoría de estos procedimientos, la mediación es responsabilidad exclusiva del juez. Noruega y Japón, por otro lado, cuentan con extensos sistemas voluntarios de mediación, que involucran la participación de laicos y que operan independientemente del proceso litigioso. La mediación fue introducida en Noruega por los Reales Decretos de 1795 y 1797: se basaron en la promulgación de la Asamblea Constituyente francesa de 1790. Los Decretos estipulaban que antes de las acciones civiles y los casos penales relacionados con la difamación y daños corporales, instigados por personas privadas, podían presentarse ante el tribunal, un acuerdo por mediación de una autoridad local especial, el Consejo de Conciliación, debe intentarse 27. La posición actual es que, como regla general, ningún caso civil puede presentarse ante un tribunal a menos que se haya intentado resolver la disputa a través de la mediación.
Las excepciones a esta regla incluyen los casos matrimoniales, para los cuales existen disposiciones especiales de mediación y acciones contra el Estado. La mediación es llevada a cabo por el Consejo de Conciliación, que está compuesto por tres miembros elegidos por el consejo rural o municipal por un período de cuatro años. Cada municipio tiene al menos un Consejo de Conciliación; Los municipios más grandes pueden dividirse en varias jurisdicciones diferentes de conciliación.
Los abogados y ciertos funcionarios de los Estados, incluidos los jueces, no son elegibles para la elección, y los conciliadores casi siempre son no abogados. Los conciliadores no reciben salario, pero se les paga una pequeña tarifa por el manejo de cada caso. El demandante comienza el proceso de mediación presentando una citación ante el Consejo de Conciliación, generalmente en el lugar donde está domiciliada la otra parte. Esta convocatoria establece el objeto de la disputa. El presidente del Consejo de Conciliación luego convoca a las partes en una sesión del Consejo (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bajo ninguna circunstancia puede una parte estar representada o acompañada por un abogado.
Si el Consejo de Conciliación logra lograr un acuerdo entre las partes, un acuerdo formal, que tiene el mismo efecto que un juicio final, se registra y registra en los registros oficiales del Consejo de Conciliación.
Si las partes no llegan a un acuerdo, la disputa generalmente se remitirá al tribunal para el juicio.
Sin embargo, El Consejo de Conciliación puede emitir un juicio en cualquier caso en que ambas partes se presenten y solicitar al Consejo que resuelva la disputa.
Además, el Consejo puede, en casos limitados, emitir un juicio a petición de una sola parte.
En la práctica, esta discreción generalmente se limita a casos de deudas pequeñas en las que el acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) no se presenta.28. Los Consejos de Conciliación resuelven con éxito una gran mayoría de las disputas (setenta y cuatro por ciento de todas las disputas en 1961, frente al veintiséis por ciento determinado por los diversos tribunales). La mediación japonesa es de especial interés ya que opera en el contexto de un sistema legal sustancialmente europeo: a fines del siglo XIX, todo el sistema fue reconstruido, principalmente de acuerdo con las líneas alemanas.
Sin embargo, los valores y las tradiciones japonesas han sobrevivido para dar a este sistema basado en Europa un carácter único japonés. El proceso de mediación informal tradicional persiste en Japón hoy como una práctica social fuera de los tribunales, sin trabas por tecnicismos y conducido de la misma manera que lo fue siglos antes. Los familiares, los empleadores y los funcionarios de las aldeas mantienen su importancia tradicional como mediadores informales, y los abogados y policías desempeñan un papel cada vez más importante.
En las encuestas citadas por Henderson, el ochenta por ciento de los encuestados indicaron que preferirían la mediación informal, y solo el veinte por ciento prefería el recurso directo a la acción judicial. Según los procedimientos legales formales, existen dos métodos de mediación, cada uno de los cuales es completamente voluntario. El más importante para el propósito de este artículo es chotei, un procedimiento previo al litigio llevado a cabo en los tribunales ordinarios por un comité de mediación de tres hombres, designado para cada caso y compuesto por dos legos y un juez. Estos procedimientos pueden iniciarse por cualquiera de los dos, y pueden interrumpirse y iniciarse un litigio en cualquier etapa. El otro método de mediación es el compromiso: un juez puede tratar de obtener un compromiso entre las partes en cualquier etapa del juicio.
El chotei
El procedimiento se establece en la Ley de mediación civil de 1951, cuyo objetivo es "idear, mediante concesiones mutuas de las partes, soluciones para las controversias relativas a asuntos civiles, que sean compatibles con la razón y beneficien las circunstancias reales". Cuando surge una disputa civil, una parte puede solicitar al tribunal una mediación.
En general, la mediación estará bajo la jurisdicción del tribunal sumario que tenga jurisdicción sobre la residencia o el lugar de trabajo del demandado, a menos que las partes acuerden lo contrario. La mediación es conducida por un comité de mediación compuesto por un presidente y dos o más miembros. El tribunal de distrito designa al presidente entre sus jueces. El presidente luego selecciona a los miembros del comité entre las personas nominadas cada año por el tribunal de distrito y las personas designadas por mutuo acuerdo de las partes. A los miembros del comité se les pagan gastos y una cuota diaria. El comité puede requerir la comparecencia de cualquier persona que pueda asistir o tener interés en los procedimientos de mediación.
Cuando se llega a un acuerdo entre las partes, tiene el mismo efecto que el juicio final.
Si no se puede llegar a un acuerdo, se terminan los procedimientos de mediación.
En tales circunstancias, el tribunal puede tomar una decisión necesaria para resolver la disputa. Las partes pueden protestar dentro de las dos semanas posteriores a la decisión, en cuyo caso la decisión pierde su efectividad. De lo contrario, la decisión tendrá efecto como sentencia definitiva. A los miembros del comité se les pagan gastos y una cuota diaria. Los procedimientos de Chotei usualmente se llevan a cabo en una habitación pequeña en el edificio de la corte, con el comité y las partes sentadas informalmente. Las reuniones no son públicas y se proporcionan sanciones contra la divulgación por parte de los miembros del comité de la información obtenida en los procedimientos. Generalmente las partes aparecen en persona, y pueden estar acompañadas por un abogado. El presidente (un juez) abre las reuniones presentando a todas las personas presentes. Explica el espíritu y el propósito de los procedimientos de chotei y enfatiza la diferencia entre chotei y la demanda judicial.
Se instruye a los miembros del comité para que permanezcan justos e imparciales, y para que mantengan en confianza toda la información divulgada durante los procedimientos. Luego las partes exponen sus casos y son interrogadas por el comité. Cuando esto termina, las partes son despedidas y el comité considera su curso de acción.
Se llevan a cabo audiencias subsiguientes, durante las cuales se convence a las partes para que se hagan concesiones mutuas con el fin de alcanzar una solución mutuamente aceptable.
Si se llega a un acuerdo, se considera un protocolo de la corte y se puede hacer cumplir como una sentencia definitiva. El comité debe garantizar que el acuerdo sea comprendido y reconocido a fondo, y que esté incorporado de forma escrita lo suficientemente claro como para evitar una mala interpretación. El gobierno japonés está especialmente interesado en educar a los mediadores en el propósito y la técnica del chotei: el gobierno patrocina la asociación de mediadores, conferencias y reuniones.
Muchos ciudadanos están ansiosos por servir como mediadores, especialmente por el prestigio involucrado. De los procedimientos formales de solución de controversias, se resuelven considerablemente más casos por chotei y compromiso judicial que por litigio: para los casos resueltos por los tribunales de primera instancia en 1959, el 61% se resolvió por mediación, frente a treinta. -Nueve por ciento resuelto por litigio. Un problema práctico importante es causado por la participación de los jueces. Debido al exceso de trabajo, los jueces que son nombrados como presidentes de los comités chotei suelen asistir solo a la primera y última reunión.
Por lo tanto, el comité está privado de la pericia legal del juez. Este problema es similar al que existe, por ejemplo, en Italia: la carga de los procedimientos encomendados a cualquier juez le impide, en la mayoría de los casos, participar efectivamente en el proceso de conciliación de las partes. Henderson concluye que la mediación debe ser voluntaria: "en un orden legal moderno, el chotei obligatorio no solo es una inconsistencia en los términos, sino una negación del derecho constitucional al juicio público".
Sin embargo, la experiencia noruega muestra que, siempre que exista el derecho de apelación ante los tribunales, la mediación obligatoria puede funcionar de manera más efectiva para todas las personas involucradas.
Mediación en Australia
Australia no tiene procedimientos formales de mediación.
Sin embargo, existe una práctica muy extendida de resolver disputas fuera de los tribunales. Los litigantes intentan alcanzar compromisos mutuamente aceptables, generalmente mediante negociación a través de sus asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) legales.
En 1964, de todos los casos sometidos a juicio en la jurisdicción de derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de "common law") de la Corte Suprema de Nueva Gales del Sur, solo 15,8% (459 de 2,895) procedió realmente a juicio: el 84,2% restante (2,436). casos) fueron resueltos o abandonados.
En el mismo año se originaron 11,988 casos en esta jurisdicción.
Si bien muchas de estas reclamaciones se hubieran abandonado posteriormente, se debe asumir que muchas otras se resolvieron antes de establecerse para el juicio. La alta tasa de liquidación indica una insatisfacción general con el proceso de litigio. Las razones de la popularidad del asentamiento no son difíciles de encontrar. Lord Denning menciona a algunos: 'los abogados no aconsejan a sus clientes que litiguen. Ellos no obtienen ningún beneficio de ello. Está muy mal pagado.
Señalan al cliente el riesgo de perder el caso. Así que cada vez se resuelven más y más casos '. Otras causas de insatisfacción con los litigios son demoras y gastos. La demora promedio entre el establecimiento y la audiencia en la jurisdicción de derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de "common law") de la Corte Suprema de Nueva Gales del Sur fue, en 1965, veinticuatro meses, y en 1970, doce meses. Esta demora a menudo se incrementa por la participación de jueces en juicios prolongados en otros lugares, por ejemplo, en el Tribunal de Apelación Criminal.
En la jurisdicción de Equidad, La demora fue de dieciséis meses en 1968, y en 1970 de seis meses. La demora también está sujeta a un aumento cuando los juicios prolongados ocupan el tiempo del Tribunal. La demora en los Tribunales de Distrito en 1970 fue de cinco meses.31. Desafortunadamente, durante la preparación de este artículo no hubo oportunidad de investigar los gastos de litigio.
Sin embargo, es válido suponer que estos superan los gastos de liquidación, y estos últimos, como se verá, son extremadamente altos. Al considerar el litigio en los tribunales ingleses, la Sección británica de la Comisión Internacional de Juristas concluyó que "un sistema que es tan costoso como para conducir a la gran mayoría de los litigantes que desean utilizarlo en el arreglo debe estar en riesgo de su futuro. De hecho, el sistema de litigios en Nueva Gales del Sur parece estar en un estado extremadamente precario. Los retrasos actuales a veces pueden agravarse por una o dos audiencias complicadas.
Además, estas demoras son lo mejor que los tribunales pueden hacer en el contexto de una alta tasa de liquidación no mediada fuera de los tribunales.
Si la tasa de liquidación disminuye sustancialmente, es dudoso que los tribunales puedan hacer frente al aumento de la carga de trabajo. El funcionamiento eficiente de la Corte Suprema depende en gran medida de la cooperación de una organización, la Oficina de Seguros del Gobierno. Esta oficina se encarga de la mayoría de las reclamaciones de terceros por accidentes de motor del estado.
En su Informe para el año finalizado el 30 de junio de 1966, el Director General de la GIO dijo que "es de conocimiento general que el Tribunal no pudo, excepto durante un largo período de años, elimine todos los casos enumerados al escuchar los problemas del veredicto o la sentencia. Como el litigio que involucra a esta Oficina representa más del cincuenta por ciento del trabajo de la jurisdicción de Common Law de la Corte Suprema, es evidente que la política de la Oficina en cuanto a la liquidación o el concurso tendrá un efecto marcado en la tasa de disposición de los asuntos y determinará en gran medida si es probable que las listas estén razonablemente actualizadas o atascadas con atrasos sustanciales. Para el año terminado el 30 de junio de 1969, se informó que más del noventa por ciento de las reclamaciones se resolvieron sin audiencia en la Corte, y el saldo, menos del diez por ciento, representaba aproximadamente el sesenta por ciento del trabajo de la Corte Suprema. La situación del Common Law podría mejorarse eliminando los casos de accidentes automovilísticos de los tribunales: existen argumentos muy convincentes, que no es necesario discutir aquí, para resolver estos reclamos por otros medios.
Sin embargo, las ventajas de tal movimiento solo afectarían la jurisdicción de Common Law, y podrían ser más que compensados por un sistema de asistencia legal, como el que ahora propone la Sociedad de Derecho, que permitiría que más personas se involucren en un litigio. Esta asistencia jurídica, puede resolver el problema de la costa - y la experiencia británica sugiere que es muy difícil de administrar asistencia jurídica efectiva 35- No puede remediar el retraso. Incluso puede ser, como se sugirió anteriormente, que la asistencia legal, al alentar el litigio, agravaría la demora. El verdadero problema radica en la naturaleza extremadamente formal de los litigios, un concepto que se originó durante el tiempo de la prueba y que ha continuado en gran medida sin respuesta hasta el día de hoy. Antes de que se introduzca un sistema de asistencia legal que canalice más dinero público hacia el mantenimiento de procedimientos arcaicos, debe realizarse una evaluación exhaustiva de su relevancia para los requisitos modernos. En la actualidad, la alternativa al litigio, una alternativa para la que hay una marcada preferencia, es la resolución extrajudicial.
En general, las negociaciones son conducidas por abogados después de que se han iniciado procedimientos contenciosos. Debido a que la liquidación se produce como parte integral del proceso contencioso (o viceversa), comparte las desventajas de ese proceso, es decir, la demora y el gasto. No se han realizado investigaciones generales sobre estos aspectos de la liquidación, y la mejor fuente de información parece ser la Oficina de Seguros del Gobierno. Parece razonable tomar el Gobierno de Oflice como indicativo de una tendencia general. De hecho, dado que ha establecido mecanismos administrativos y legales para manejar (gestionar) un gran volumen de liquidaciones de manera eficiente (y su política para efectuar la liquidación con la mayor frecuencia posible es bien conocida por la profesión legal), uno esperaría que la experiencia de la Oficina de Seguros del Gobierno sea más favorable que la del ciudadano ordinario. El Gerente General de la Oficina de Seguros del Gobierno informa que 'aunque en Nueva Gales del Sur, alrededor del noventa y cinco por ciento de las reclamaciones de hecho se resuelven mediante negociación sin recurrir a una audiencia en el tribunal. La experiencia de muchos profesionales del derecho, por no mencionar a sus clientes, fundamentará la afirmación de que "en muchos casos, la proximidad de una audiencia en el Tribunal es necesaria para crear un clima de solución".
En el contexto de una tasa de liquidación del noventa y cinco por ciento, alrededor del quince al veinte por ciento de la cantidad total pagada en reclamaciones por accidentes automovilísticos es absorbida por costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) legales. Tales costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) altos deberían ser inaceptables para litigios, y mucho menos para liquidación. Otra desventaja de los procedimientos de resolución existentes es la dependencia de los contendientes de sus asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como "assessors" en derecho anglo-sajón, en inglés) legales. Algunos son conducidos a negociaciones prolongadas y costosas, e incluso a acciones judiciales innecesarias, por falta de escrúpulos o incompetencia.
Por lo tanto, al informar de una relación anormalmente alta de veredictos judiciales a acuerdos en un año, la Oficina de Seguros del Gobierno comentó que 'alrededor del cuarenta por ciento de los casos que procedieron al veredicto fueron tramitados por abogados cuyos asuntos fueron luego investigados por la Sociedad Jurídica y que posteriormente han estado ante el Tribunal. Para la mayoría de los litigantes, el resultado depende en gran medida de sus respectivas fortalezas de negociación: quién puede retener al mejor abogado, quién puede soportar la mayor demora, quién puede permitirse fanfarronear hasta el punto de la acción judicial. No hay estándares imparciales de negociación, y no hay personas cuyo asesoramiento pueda ser respetado por todas las partes. La mediación parece ofrecer costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) y tiempos reducidos.
Además, brinda una oportunidad para que los ciudadanos comunes, al actuar como mediadores, participen en la administración de justicia. Los comités de mediación pueden ser establecidos por los departamentos de justicia. Podrían funcionar bajo la supervisión de tal Departamento, tal vez con miembros del Departamento actuando como presidente de comités. Los miembros del comité podrían ser seleccionados entre voluntarios públicos y nombrados después de una capacitación adecuada.
Servirían a tiempo parcial, pagando solo los gastos.
En la medida de lo posible, los miembros del comité rotarían para asegurar la participación más amplia posible. El Departamento podría realizar conferencias regulares, grupos de discusión y cursos de actualización.
La mediación podría llevarse a cabo entre los propios litigantes, Sin la intervención de representantes legales. Un intento genuino de mediación podría convertirse en una condición previa a la institución de los procedimientos judiciales. No se sugiere prescindir de los tribunales: la mediación voluntaria depende de 'un sistema legal efectivo para proteger la posición de libre negociación de las partes y para hacer cumplir cualquier acuerdo que pueda alcanzarse, así como para proporcionar un remedio alternativo en caso de que La conciliación falla ".
Sin embargo, el hecho es que los tribunales ahora son solo incidentales a la mayoría de las disputas, y proponer procedimientos de mediación es solo reconocer este hecho.
Ha habido oportunidad aquí simplemente para tocar potencialidades.
Las experiencias de mediación en todo el mundo deben someterse a una investigación detallada, con miras al posible establecimiento en Australia de un sistema más moderno de resolución de disputas mediada. Autor: Williams Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Mediación familiar transfronteriza en Europa
La resolución del Parlamento europeo de 12 de septiembre de 2017 ha puesto de manifiesto una serie de carencias en la regulación de la mediación transfronteriza nueve años después de la aprobación de la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles (Directiva sobre la mediación). El objetivo del presente texto es analizar las causas de la falta de cultura de la mediación transfronteriza en el ámbito familiar desde la perspectiva de la regulación europea y de las cuestiones de Derecho internacional privado. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Mediación Internacional
En el contexto del derecho internacional y comparado, esta sección se ocupará de lo siguiente: Mediación internacional. Véase asimismo más sobre esta materia y algunas cuestiones conexas en la plataforma (de Lawi). Asunto: resolucion-pacifica-de-los-litigios-internacionales. Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
Definición de Mediación Internacional
Véase una aproximación o concepto relativo a mediación internacional en el diccionario.Nunca te pierdas una historia sobre arbitraje y mediación, de esta revista de derecho empresarial:
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la resolución de conflictos, el arbitraje y la mediación, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Resolución Pacifica de los Litigios Internacionales
Mediación Internacional
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la resolución de conflictos, el arbitraje y la mediación, sobre el tema de este artículo.
Véase También
Arbitraje Internacional, Buenos Oficios, Conciliación.
Bibliografía
Jackson, Elmore, "Médiation et conciliation en droit international", Bulletin International des Sciences Sociales, París, vol. X, número 4, 1958; Roncella, Nazareno, "Medios diplomáticos de conciliación", Revista jurídica, San Miguel de Tucumán, número 1, 1957: Seara Vázquez, Modesto, Derecho internacional público, 6ª edición, México, Porrúa, 1979; Sepulvéda, César, Derecho internacional 10ª edición, México, Porrúa, 1979.