Medida Antidumping
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre comercio internacional, en esta revista del derecho de los negocios.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los aspectos jurídicos del comercio exterior, qué es, sus características y contexto.
Visualización Jerárquica de Medida antidumping
Empresa y Competencia > Competencia > Derecho de la competencia > Legislación antidumping
Medida antidumping
Muchos países se reservan el derecho de imponer impuestos a la importación de productos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) que se han considerado "objeto de dumping" en sus economías nacionales (es decir, que se venden a precios inferiores a los "normales"). Estos aranceles, conocidos como derechos antidumping, se han convertido en una parte fundamental pero controvertida del sistema de comercio multilateral que se ha desarrollado primero en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y luego en el de su sucesora, la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Detalles
Los derechos antidumping son una de las pocas formas, coherentes con las obligaciones internacionales, por las que los gobiernos pueden aumentar los aranceles más allá de los niveles negociados en las conversaciones comerciales internacionales. Las normas de la Organización Mundial de Comercio permiten a sus miembros imponer estos derechos si los distintos gobiernos determinan que las empresas extranjeras hacen ''dumping'' con un producto que perjudica a la industria nacional que produce un producto similar.
En el uso común, los derechos antidumping se utilizan para contrarrestar las prácticas "desleales" de precios de importación de los competidores extranjeros. El dumping se define de dos maneras principales en el sistema de la OMC. La primera es cuando una empresa extranjera vende en un mercado nacional a un precio inferior al que establece para el mismo bien en su mercado nacional, lo que se conoce como "dumping basado en el precio".
En otras palabras, la discriminación internacional de precios es una práctica procesable en virtud de las normas comerciales multilaterales. La segunda definición básica, conocida como dumping "basado en los costes", implica que una empresa extranjera vende su producto en el mercado nacional por debajo de su coste de producción.
En la práctica, esto suele significar que las empresas extranjeras venden por debajo del coste total medio de producción del artículo.
Detalles
Los derechos antidumping sólo pueden imponerse en el marco de la Organización Mundial de Comercio si el margen de dumping supera un nivel “de minimis” del 2% (es decir, la diferencia porcentual entre el valor ''normal'' y el precio cobrado en el mercado de exportación); el dumping por debajo de este nivel no está sujeto a derechos. Es importante señalar que el dumping se basa en las prácticas de fijación de precios de las empresas individuales en países específicos.
En consecuencia, los derechos antidumping pueden variar entre las empresas de un mismo país exportador. Esto significa que los funcionarios de aduanas de un país que ha impuesto derechos antidumping deben prestar mucha atención a qué empresa extranjera concreta está exportando el producto y desde qué país. Esto puede imponer importantes cargas administrativas y, en principio, puede incentivar a las empresas extranjeras a tratar de eludir los derechos etiquetando erróneamente el país de origen del producto. Los derechos antidumping son una excepción reconocida a una serie de principios fundamentales de la OMC.
Por ejemplo, el principio de ''nación más favorecida'' (NMF) significa que un miembro se compromete a imponer el mismo arancel al mismo producto para todos los países miembros de la OMC.
Detalles
Los derechos antidumping, por el contrario, pueden variar entre países para el mismo producto. Las normas de la Organización Mundial de Comercio también exigen normalmente a los gobiernos que no aumenten los derechos por encima de los niveles arancelarios acordados en las negociaciones multilaterales.
Sin embargo, los miembros están exentos de esta obligación si se descubre que las empresas extranjeras practican el dumping.
Desarrollo
Por último, las normas de la Organización Mundial de Comercio exigen el ''trato nacional'' para que las empresas extranjeras y las nacionales reciban un trato similar.
En virtud de las normas antidumping, las empresas extranjeras que venden por debajo del coste total medio (es decir, los ingresos totales son inferiores al coste total) pueden ser objeto de sanción, mientras que una empresa nacional que no cubra sus costes no se enfrentará a fines similares. El hecho de que el antidumping sea una excepción permitida por la Organización Mundial de Comercio a estos principios fundamentales del sistema de comercio multilateral sugiere la importancia que los gobiernos miembros otorgan a desalentar este tipo de comportamiento extranjero en materia de precios.
Administración de las normas antidumping
Las investigaciones antidumping suelen ser iniciadas por empresas nacionales preocupadas por la competencia extranjera. El gobierno del país importador debe entonces emprender dos investigaciones distintas, una para determinar si hay pruebas de dumping y la otra para averiguar si los productos importados perjudican a la industria nacional. La primera requiere información sobre los precios de las empresas extranjeras y la segunda datos sobre las condiciones económicas de las empresas nacionales competidoras. Una agencia administradora nacional responsable de calcular los márgenes de dumping requiere información detallada diferente sobre el comportamiento de las empresas extranjeras.
Por ejemplo, debe recopilar datos sobre los precios en el mercado nacional de la empresa extranjera si utiliza métodos basados en los precios. Si utiliza métodos basados en los costes, debe obtener información sobre los costes de producción de la empresa extranjera.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Ambos métodos exigen la cooperación de la empresa extranjera si se quieren calcular márgenes de dumping precisos.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Algunas empresas extranjeras pueden ser reacias a abrir sus libros a los organismos de investigación de otro país y pueden decidir no cooperar. Las normas de la Organización Mundial de Comercio permiten que un organismo administrador utilice otras fuentes de información, incluidas las alegaciones de las empresas nacionales que compiten con las importaciones, para completar la investigación. La amenaza de utilizar las alegaciones nacionales sirve como incentivo para que la empresa extranjera coopere proporcionando los datos necesarios. El cálculo de los márgenes de dumping también puede ser complicado si hay una participación generalizada del gobierno en la vida económica de un país.
Por ejemplo, antes de la desaparición de la Unión Soviética, un organismo que investigara una acusación de dumping por parte de una empresa soviética no podría utilizar ninguna información basada en precios determinados administrativamente.
En consecuencia, el sistema comercial multilateral reconoce procedimientos antidumping diferentes en los casos de ''economías no de mercado'' (siendo la República Popular China el ejemplo actual más destacado).
Para llevar a cabo una investigación que afecte a una economía de este tipo, la agencia nacional puede recopilar información sobre las cantidades de insumos utilizados por la empresa china.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A continuación, la agencia aplicará los precios de los insumos de un tercer país que se considere en una fase de desarrollo similar (por ejemplo, Bangladesh o la India) para calcular un coste de producción aproximado.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A continuación, se puede utilizar para determinar el margen de dumping comparando el valor calculado con el precio cobrado en el mercado de exportación. La segunda parte de una investigación antidumping requiere que un organismo nacional determine si la importación objeto de dumping causa un ''daño importante'' a una industria nacional que produce el ''producto similar''.
Para ello es necesario que la industria nacional proporcione información crítica sobre su situación actual. Se utilizan varios indicadores de daño importante, como la disminución de las ventas, el empleo y los beneficios nacionales, o el grado en que los precios de las importaciones objeto de dumping son inferiores a los precios nacionales.
Además, la ''amenaza'' de daño importante también puede ser una base para imponer derechos antidumping. Dicha amenaza puede darse si una empresa que se considera que practica el dumping ha añadido recientemente una capacidad de exportación significativa. De acuerdo con las normas de la Organización Mundial de Comercio, los derechos antidumping que se imponen pueden calcularse de dos maneras distintas. Una es que los derechos de importación sean iguales a los márgenes de dumping (es decir, la diferencia entre el ''valor normal'' y el precio de exportación). Este procedimiento se utiliza en muchas jurisdicciones, sobre todo en Estados Unidos. Los partidarios de este enfoque argumentan que los derechos antidumping están permitidos porque el propio dumping es el problema final, por lo que la respuesta política debe eliminar cualquier tipo de dumping. El otro enfoque es que los derechos antidumping pueden limitarse al menor de los márgenes de dumping o al derecho mínimo necesario para eliminar el perjuicio a la industria nacional. Esta segunda versión, la llamada ''regla del derecho inferior'', se utiliza en la Unión Europea. Los partidarios de este último enfoque suelen argumentar que el objetivo principal del proceso antidumping es eliminar el perjuicio, no el dumping en sí. Las normas de la Organización Mundial de Comercio también permiten alternativas al aumento de los derechos en los casos de antidumping. Los "compromisos de precios" implican un acuerdo entre las empresas extranjeras acusadas de dumping y el gobierno del país importador.
Por lo general, las empresas extranjeras ofrecen aumentar sus precios de exportación para eliminar el dumping con el fin de evitar los derechos impuestos a sus productos. Si el gobierno nacional que investiga acepta la oferta, suspenderá la investigación antidumping mientras las empresas extranjeras mantengan sus precios de exportación suficientemente altos. Los compromisos de precios son especialmente comunes en la Unión Europea. Las órdenes antidumping pueden estar vigentes durante largos periodos.
No hay un plazo específico para su eliminación, como ocurre con las medidas de salvaguardia, que tienen un máximo de ocho años. Los miembros de la Organización Mundial de Comercio acordaron en la Ronda Uruguay exigir a los gobiernos que revisen las órdenes antidumping cada cinco años después de la imposición original de los derechos.
En concreto, los derechos deben retirarse a menos que una investigación determine que su supresión podría dar lugar a la reanudación del dumping y a un perjuicio importante para la industria nacional. Las medidas antidumping, al igual que otros aspectos del sistema comercial multilateral, están sujetas a la revisión de la OMC. Esto significa que los gobiernos miembros pueden solicitar a los órganos de solución de diferencias de la Organización Mundial de Comercio que dictaminen si los países que imponen derechos antidumping han cumplido sus obligaciones. Esta configuración permite a los signatarios de la Organización Mundial de Comercio desarrollar y utilizar sus propios sistemas y procedimientos para proteger a sus industrias nacionales contra las importaciones que se consideran objeto de dumping y que causan daño, pero permite a los países exportadores algún recurso si consideran que los derechos antidumping son injustificados o se aplican de forma inadecuada. Las normas de la Organización Mundial de Comercio otorgan a los gobiernos el derecho a imponer derechos sobre las importaciones perjudiciales objeto de dumping, pero no lo exigen. Las obligaciones de la Organización Mundial de Comercio permiten a los gobiernos imponer aranceles antidumping sólo si hacerlo es de ''interés público''. Esta disposición refleja el hecho de que los impuestos a la importación aumentan el precio pagado por los consumidores nacionales, incluidos los usuarios industriales que importan insumos intermedios.
Por ejemplo, los procedimientos de la Unión Europea exigen que los representantes nacionales evalúen el impacto de los derechos antidumping en los intereses generales de la UE.
Indicaciones
En cambio, otros países, como Estados Unidos, prohíben a los administradores tener en cuenta los intereses de los consumidores a la hora de tomar la decisión de imponer derechos antidumping. Los procedimientos antidumping son similares a otro método compatible con la Organización Mundial de Comercio para imponer restricciones a la importación. Las normas de la Organización Mundial de Comercio permiten la imposición de derechos compensatorios si las exportaciones han sido subvencionadas por un gobierno extranjero y esas exportaciones causan un perjuicio importante a una industria nacional. Estas subvenciones se consideran injustas para los competidores nacionales, ya que se trata de una competencia con un gobierno, no sólo con una empresa privada.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Así pues, los procedimientos de derechos compensatorios tienen una estructura similar a los sistemas de derechos antidumping (es decir, competencia "desleal" más perjuicio importante), pero implican acciones de gobiernos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y no decisiones de precios de empresas privadas, como en el caso del antidumping.
Partidarios y críticos
Los derechos antidumping son una parte controvertida de la OMC. Muchos partidarios sostienen que el antidumping es una respuesta necesaria al comercio desleal. Los críticos lo consideran una simple protección con un adorno retórico. Muchos de los que apoyan el papel del antidumping en el sistema de comercio internacional argumentan que contrarresta las prácticas extranjeras de precios predatorios. La fijación de precios depredadores se refiere a una estrategia según la cual una empresa cobra precios muy bajos para expulsar a sus competidores y así poder aumentar los precios después de alcanzar una posición de monopolio. La política nacional antimonopolio y de competencia se basa, al menos parcialmente, en estas ideas.
En el caso de la competencia internacional, los partidarios de las medidas antidumping sostienen que la discriminación internacional de precios o la fijación de precios por debajo del coste total medio es similar a la fijación de precios predatorios por parte de las empresas extranjeras. Los partidarios también argumentan que los derechos antidumping son necesarios para contrarrestar a las empresas extranjeras que operan desde un ''mercado santuario''. Esto se refiere a la posibilidad de que las barreras comerciales formales e informales permitan a las empresas extranjeras recibir unos beneficios superiores a los normales en su propio mercado, que luego utilizan para compensar las pérdidas en el mercado de exportación mientras intentan expulsar a la competencia nacional. Esto también se ve a veces como parte de una estrategia de precios depredadora. Los partidarios de la liberalización del comercio suelen criticar el antidumping. Una de las críticas más importantes es que el antidumping es una forma más de proteccionismo, ya que implica un aumento de los derechos sobre las importaciones. Desde este punto de vista, los derechos antidumping reducen el acceso de los consumidores nacionales a los productos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y suponen un daño mayor para los consumidores que los beneficios que obtiene la industria productora nacional. Los críticos también señalan que las investigaciones antidumping son extremadamente complicadas, especialmente en lo que respecta al cálculo de los márgenes de dumping.
Más Información
Los organismos nacionales deben tomar un sinfín de decisiones sobre cómo tratar las transacciones de una empresa extranjera individual y cómo calcular los costes de producción extranjeros. La incertidumbre sobre la forma en que la agencia investigadora calculará esos márgenes significa que es difícil para las empresas extranjeras saber a qué margen se enfrentarán finalmente. Una de las reacciones de las empresas extranjeras es aumentar sus precios incluso en ausencia de una acusación antidumping; la mera presencia de un sistema antidumping puede dar lugar a precios más altos para los consumidores. Los críticos también señalan que no existe ningún requisito para determinar si hay o no pruebas de un mercado santuario o de una intención predatoria por parte de las empresas extranjeras antes de imponer derechos antidumping.
Desarrollo
Por último, señalan que las empresas nacionales que venden sus productos a precios diferentes en distintas ciudades del país (es decir, que practican la discriminación de precios en el país) o que venden en el país por debajo del coste total medio (es decir, que pierden dinero con las ventas en el país) no están sujetas a sanciones por parte del gobierno nacional.
En otras palabras, los derechos antidumping castigan a las empresas extranjeras por llevar a cabo prácticas aceptables si las realizan las empresas nacionales. Algunos observadores, incluso entre los que dudan de que los precios predatorios internacionales sean una amenaza importante, creen que la presencia de normas antidumping puede permitir a los políticos emprender una liberalización comercial más amplia de lo que sería posible de otro modo. Este punto de vista sostiene que las normas antidumping pueden actuar como una especie de válvula de seguridad; los gobiernos pueden ser capaces de deflectar las presiones para adoptar medidas proteccionistas más amplias dando a las industrias nacionales un proceso administrativo bajo el cual pueden solicitar restricciones a la importación. Esto podría permitir a los gobiernos aumentar los aranceles sólo en un pequeño número de productos estrechamente definidos, incluso cuando las restricciones se levantan en toda una serie de otras importaciones.
El antidumping en la práctica
El antidumping tiene una larga historia, especialmente en el mundo anglosajón, pero se ha extendido por gran parte del mundo en los últimos años. La primera ley antidumping del mundo entró en vigor en Canadá en 1904, seguida poco después por Nueva Zelanda (1905) y Australia (1906). Estados Unidos aplicó su primera ley antidumping en 1916. Los países que acabarían formando la Unión Europea también fueron los primeros usuarios de las disposiciones antidumping. Este grupo de países constituye los usuarios tradicionales del antidumping; hasta 1986, el uso mundial (o global) del antidumping se limitaba casi exclusivamente a este grupo.
Nunca te pierdas una historia sobre comercio internacional, de esta revista de derecho empresarial:
Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A partir de mediados de los 80, países como México, Argentina y Brasil empezaron a utilizar el procedimiento con más frecuencia. Tras la creación de la Organización Mundial del Comercio en 1995, muchos otros países empezaron a utilizar el antidumping, entre los que destacan India, la República de Corea, Sudáfrica y Turquía.
Japón, aunque suele ser objeto de acciones antidumping por parte de los países importadores, sólo ha recurrido a ellas en contadas ocasiones para restringir las importaciones. La República Popular China ha recurrido al antidumping con más frecuencia en el periodo posterior a 2002, pero su participación ha sido principalmente como objetivo más frecuente de las acciones antidumping. Se han impuesto derechos antidumping a una gran variedad de productos manufacturados, agrícolas y básicos.
Más Información
Las industrias siderúrgica y química han sido las que más han recurrido al proceso antidumping.
En el periodo comprendido entre 1980 y 2002, aproximadamente el 50% de todas las peticiones antidumping afectaron a estas dos industrias. Esto puede deberse a los elevados costes fijos de ambas industrias, que las hacen vulnerables a las recesiones de sus sectores y crean incentivos para ampliar la producción a través de las exportaciones para tratar de reducir los costes medios de producción. La industria siderúrgica ha sido especialmente activa en Estados Unidos a la hora de apoyar el papel de las medidas antidumping en el sistema comercial multilateral.
En resumen, el sistema antidumping recibe un fuerte apoyo entre algunos miembros importantes de la Organización Mundial del Comercio, pero es controvertido entre las naciones especialmente dependientes de las exportaciones. Datos verificados por: Brooks A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Medida antidumping
Véase la definición de Medida antidumping en el diccionario.
Características de Medida antidumping
Asunto: empresa-y-competencia.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las cuestiones jurídicas y económicas aplicables al comercio internacional, sobre el tema de este artículo.
Traducción de Medida antidumping
Inglés: Anti-dumping measure Francés: Mesure antidumping Alemán: Antidumpingmaßnahme Italiano: Misura antidumping Portugués: Medida antidumping Polaco: środki antydumpingowe
Tesauro de Medida antidumping
Empresa y Competencia > Competencia > Derecho de la competencia > Legislación antidumping > Medida antidumping
Véase También
Derechos compensatorios
No discriminación
Medidas no arancelarias
Organización Mundial del Comercio