Migración en el Neoliberalismo
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre la "Migración en el Neoliberalismo". Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Véase una descripción de "Integración Laboral de Refugiados" (y lo mismo, pero de inmigrantes). Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): También acerca de varios enfoques sobre el "Derecho Internacional del Refugiado". Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Nunca te pierdas una historia sobre derecho del trabajo y relaciones laborales, de esta revista de derecho empresarial:
Trabajo forzado: mercados laborales neoliberales, política de inmigración y migración forzada
Nota: Véase también en relación a la migración forzada. Aunque la migración es tan antigua como la humanidad, se presenta regularmente como un acontecimiento excepcional fuera de las normas de la vida cotidiana, con el migrante construido rutinariamente como el "Otro" problemático.
Sin embargo, las grandes oleadas de migración internacional han sido una característica siempre presente en los siglos anteriores. Entre ellas se encuentran la esclavización y el tráfico transatlántico de personas africanas, el flujo de mano de obra en régimen de servidumbre hacia Europa y las colonias europeas desde la India, China y Japón, la colonización europea de gran parte del planeta, la emigración masiva a Estados Unidos y la inmigración posterior a la Segunda Guerra Mundial hacia el Norte Global. Todas estas oleadas han estado inextricablemente relacionadas con el desarrollo del capitalismo, el colonialismo y el imperialismo, y muchas han estado estrechamente asociadas a la migración forzosa (véase más detalles). En la actualidad, un gran número de personas emigra, pero las concepciones del movimiento, enmarcadas con frecuencia por discursos políticos xenófobos (véase algunos enfoques), tienden a presentar la migración contemporánea como exclusivamente internacional y unidireccional (es decir, del Sur Global "pobre" al Norte Global "rico") y motivada por el deseo de acceder a puestos de trabajo y al bienestar no disponibles en "casa". La realidad es diferente, ya que los flujos migratorios Sur-Norte son prácticamente iguales a los movimientos Sur-Sur y Norte-Norte, y la mayoría de los mil millones de migrantes del mundo se mueven dentro de sus propias fronteras nacionales (PNUD, 2009). Los 214 millones de migrantes que se calcula que cruzaron las fronteras internacionales en 2009 emigraron por múltiples razones que contrarrestan las justificaciones económicas simplistas de la movilidad (UN DESA, 2009). En las últimas décadas, los países receptores del Norte Global se han enfrentado a flujos migratorios cada vez más diversificados y complejos, y se encuentran con grupos muy dispares de migrantes internacionales dentro de sus fronteras. Entre ellos se encuentran migrantes laborales de alta y baja cualificación, refugiados, víctimas de la trata de personas, indocumentados, estudiantes y migrantes motivados por la reagrupación familiar, el matrimonio o las decisiones de estilo de vida. Esta complejidad pone de manifiesto cómo el torpe término genérico de "migrante" desencadena una serie de debates y categorizaciones adicionales. Los migrantes pueden diferenciarse de diversas maneras mediante clasificaciones basadas en la nacionalidad, el origen étnico, la trayectoria migratoria, el estatus migratorio y/o las dimensiones temporales relacionadas con la duración de la estancia y los tipos de desplazamiento.
El neoliberalismo y el aumento de la explotación laboral de los inmigrantes
A escala global contemporánea, puede decirse que los trabajadores migrantes vulnerables experimentan una explotación laboral común mediada y estructurada por la interacción de procesos políticos, económicos, sociales y de género más amplios. Un elemento central de estos procesos ha sido la aparición del neoliberalismo. El neoliberalismo, aunque nebuloso como teoría política, se asocia con un paquete de medidas políticas que se aglutinan en torno a la creencia en el libre comercio, la liberalización y desregulación del mercado, la austeridad fiscal y la privatización. (Al respecto, puede interesar el contenido sobre la Política de Migración en la plataforma (de Lawi) digital). Las formas neoliberales de integración económica internacional han reconfigurado las formas tradicionales de trabajo y de vida. Las conexiones entre el cambio económico global y las transformaciones del mercado laboral relacionadas son un marco explicativo importante para entender la explotación grave y el trabajo forzoso (véase más detalles) en el lugar de trabajo.
También se examina algunas formas modernas de Esclavitud en el Siglo XXI. Un importante telón de fondo de la historia del surgimiento del neoliberalismo es la erosión del poder político e industrial de la clase obrera desde la crisis capitalista mundial de la década de 1970. Esto permitió la afirmación dominante de las ideas neoliberales que pretenden flexibilizar los mercados laborales mundiales y restablecer las condiciones para un crecimiento rentable. En las sociedades capitalistas industrializadas del Norte Global, los gobiernos han utilizado el poder del Estado para restablecer el "derecho a gestionar" el proceso laboral por parte de la dirección, al tiempo que han abandonado el compromiso posterior a la Segunda Guerra Mundial con el pleno empleo y el bienestar universal en favor de privatizaciones al por mayor que han atacado directamente el poder colectivo de los trabajadores al socavar el sindicalismo. Estos mismos gobiernos han colaborado simultáneamente con las empresas transnacionales (ETN) y con instituciones multilaterales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial y la Organización Mundial del Comercio para imponer políticas neoliberales de ajuste estructural de privatización y liberalización utilizando la condicionalidad del alivio de la deuda y la ayuda para lograr sus objetivos. En esta perspectiva, por tanto, la globalización está íntimamente relacionada con el neoliberalismo como un complejo proceso de transnacionalización del mercado en el que el capital ha desarrollado un nivel de movilidad sin precedentes, principalmente a través de las estrategias organizativas de las ETN y el poder constitutivo de los Estados. Como resultado de estas políticas neoliberales, quienes trabajan en los escalones más bajos de los mercados laborales del Norte Global probablemente se enfrenten a: la incertidumbre sobre la continuidad del empleo; la falta de control individual y colectivo sobre los salarios y las condiciones; una protección social limitada o nula contra el desempleo y la discriminación; y unos ingresos insuficientes o la vulnerabilidad económica. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Véase también acerca del "Libertarismo Económico". Esta vulnerabilidad en las economías de bajos salarios es parte de una tendencia internacional más amplia en las relaciones laborales en la que los Empleadores evaden y violan cada vez más las normas laborales para maximizar los beneficios en medio de la competencia globalizada. Las cadenas de suministro globales y la mano de obra subcontratada permiten a las empresas organizar la producción a través de las fronteras, generando una enorme oferta de mano de obra en competencia por los puestos de trabajo y un deterioro de los salarios y las condiciones, condiciones que también pueden aplicarse a las cadenas de suministro nacionales. El concepto de precariedad se despliega cada vez más como una forma de entender la intensificación e inseguridad del trabajo posfordista en el capitalismo tardío. En un sentido literal, la precariedad se refiere a quienes experimentan la precariedad. Generalmente se utiliza para referirse a personas cuyas vidas se caracterizan por la incertidumbre y la inestabilidad, una descripción que resuena claramente con las experiencias de los solicitantes de asilo y los refugiados que experimentan el trabajo forzoso. En la literatura académica se han identificado tres dimensiones importantes de la precariedad. En primer lugar, se dice que el aumento del empleo inseguro que surge del modelo neoliberal de mercado de trabajo que prevalece en todo el mundo hace que determinados grupos sean vulnerables a condiciones de trabajo explotadoras e inseguras. En segundo lugar, el compromiso con el concepto de precariedad como algo más que una posición en el mercado laboral ha tratado de encapsular cómo el empleo precario afecta, y también se entrelaza, con otras áreas de la vida, como la dinámica del hogar, las circunstancias individuales y la provisión de bienestar. En este caso, la precariedad se asemeja a la inseguridad ontológica, y en ocasiones se considera una característica duradera de la condición humana que se encuentra en todos los microespacios de la vida cotidiana. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Butler, en su trabajo de 2009, adopta una postura similar, al considerar que la precariedad generalizada se deriva de la gubernamentalidad cotidiana opresiva, y más recientemente como una respuesta a la exposición diferencial a la violencia y el sufrimiento que emanan de los contextos sociopolíticos. La tercera dimensión es el uso de la precariedad como idea para movilizar las luchas contra la explotación. En relación a la explotación laboral de los migrantes, parece que el concepto de precariedad es el más útil como término a través del cual se exploran las condiciones laborales, al tiempo que se reconocen los efectos profundamente desestabilizadores del trabajo precario en mundos vitales más amplios. Los migrantes se sitúan y posicionan de forma diferente dentro de estos entornos en función de la estratificación de la inmigración, lo que contribuye a estructurar y consolidar notables jerarquías migratorias que pueden surgir en torno a las identidades raciales, étnicas, nacionales y de género. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tales jerarquías tienen un propósito dentro del orden liberal-capitalista. El emplazamiento diferencial y las jerarquías permiten a los empleadores enfrentar a los distintos grupos de migrantes en aras de rebajar los salarios y las condiciones de trabajo, y facilitan a los Empleadores la elección de trabajadores más baratos y complacientes. Los trabajadores inmigrantes son atractivos para los empleadores precisamente porque son inmigrantes". Los datos sugieren que estas elecciones de los empleadores pueden estar además racializadas. Model (2002) encontró una jerarquía de discriminación racializada bastante consistente que refleja los prejuicios y estereotipos establecidos en Londres, Nueva York y Toronto. En el Reino Unido, por ejemplo, muchos Empleadores favorecen ahora a los inmigrantes A8/2 (Adhesión 8/2) debido a su estatus claramente legal, lo que ha desplazado de los puestos de trabajo a otros inmigrantes no comunitarios mal pagados. El conocimiento de esta selección competitiva garantiza a su vez una mano de obra flexible y motivada. De hecho, el propio "proyecto" del neoliberalismo al exaltar el individualismo en los espacios cotidianos trata de convertir a los trabajadores inmigrantes en individuos autogestionados y desconectados que cumplan los caprichos del capital. En el ámbito institucional internacional, la ONU y la OIT se preocupan desde hace tiempo por cómo proteger eficazmente los derechos de los trabajadores que se desplazan internacionalmente, ya que la movilidad suele repercutir en el estatus de los migrantes y en los privilegios que conlleva en sus nuevos lugares. Los Convenios de la OIT sobre los trabajadores migrantes (nº 97, OIT, 1949) y sobre los trabajadores migrantes (nº 143, OIT, 1975) piden colectivamente a los Estados miembros que garanticen que los migrantes "legales" y sus familias tengan el mismo trato y los mismos derechos laborales y de seguridad social que sus propios nacionales, y que todos los migrantes estén protegidos contra las condiciones abusivas. El Comité de Libertad Sindical de la OIT también ha dictaminado en repetidas ocasiones que los trabajadores inmigrantes indocumentados tienen el mismo derecho a los derechos sindicales fundamentales consagrados en sus normas laborales fundamentales. El "trabajo decente", entendido como el acceso de todos a un empleo libremente elegido, el reconocimiento de los derechos fundamentales en el trabajo, unos ingresos que permitan a las personas satisfacer sus necesidades y responsabilidades económicas, sociales y familiares básicas y un nivel adecuado de protección social para los trabajadores y los miembros de sus familias, ha sido fundamental en el marco conceptual de la OIT desde 1999. La noción de trabajo decente también se ha incorporado a los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU y a la agenda social de la UE. La ONU también es un actor internacional importante en la búsqueda de la protección de los trabajadores migrantes. La Convención Internacional de la ONU sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (ONU, 1990) reforzó las normas de la OIT sobre derechos legales, igualdad de trato (véase acerca de su relación con las políticas anti-racistas) y actividades sindicales, y también reconoció la necesidad particular de proteger a los migrantes vulnerables e indocumentados.
Sin embargo, los recientes esfuerzos de la ONU y la OIT por promover la contribución, el papel y los derechos de los trabajadores migrantes en la economía mundial se ven contrarrestados por la clara evidencia de que muchos Estados miembros se mueven en la dirección contraria. El primer Diálogo de Alto Nivel de la ONU sobre Migración y Desarrollo, celebrado en 2006, dio lugar a la creación del Foro Mundial sobre Migración y Desarrollo, un proceso de diálogo intergubernamental y, fundamentalmente, no vinculante entre los Estados miembros de la ONU, con algunas consultas a las organizaciones de la sociedad civil. El Foro identificó la necesidad de promover enfoques multilaterales y la cooperación internacional, de ampliar las oportunidades legales para la migración (especialmente para los trabajadores poco cualificados), de proteger los derechos de los migrantes, de desarrollar políticas migratorias que tengan en cuenta el género y de crear oportunidades de trabajo decente en los países de origen de los migrantes para reducir las presiones migratorias. Este proceso condujo al segundo Diálogo de Alto Nivel de la ONU sobre Migración y Desarrollo en octubre de 2013. Los esfuerzos de organismos mundiales como la ONU se han visto impulsados, en parte, por la falta de ratificación y cumplimiento de las diversas normas laborales de la OIT y de los convenios de la ONU sobre trabajadores migrantes por parte de algunos Estados nacionales. Resulta revelador que, aunque hasta la fecha 46 estados han ratificado la Convención de la ONU de 1990 (que, como "estados emisores", ven la Convención como un vehículo importante para proteger a sus ciudadanos en el extranjero), ningún estado miembro de la UE la ha firmado.
Del contexto mundial al británico
En el contexto del Reino Unido, aunque los inmigrantes han apuntalado durante mucho tiempo la economía de bajos salarios de muchas ciudades, esta dependencia ha aumentado drásticamente en los últimos años. Para muchos Empleadores que buscan reducir los costes laborales y establecer o mantener una ventaja competitiva, los trabajadores inmigrantes ofrecen una alternativa más barata y conforme a los trabajadores locales, especialmente para aquellos que buscan emplear a personas para realizar los trabajos sucios, peligrosos y aburridos en el extremo inferior del mercado laboral.
Los inmigrantes, especialmente los recién llegados, son considerados como trabajadores más duros, más leales y fiables, y están dispuestos a trabajar más horas debido a su falta de elección y a la escasa comprensión de sus derechos. Esto intensifica la competencia y ofrece a los Empleadores la elección de los "mejores" trabajadores inmigrantes. Por ello, un conjunto creciente de trabajos en el Reino Unido detalla las claras conexiones entre los inmigrantes y la explotación en sus diversas formas. Gran parte de las investigaciones recientes sobre dicha explotación de los inmigrantes en el Reino Unido se han centrado en la posición limitada de ciertos grupos de inmigrantes, como los chinos o en sectores laborales, como el de la transformación de la carne (EHRC, 2010) y la industria alimentaria.
Se sabe, además, que la política de inmigración y la inseguridad del estatus migratorio proporcionan entornos propicios para la explotación por parte de los Empleadores y la falta de acceso, o el acceso muy condicionado, al trabajo legal y/o a la asistencia social es también importante para que los migrantes que tienen pocas otras opciones sean susceptibles de ser explotados. El grupo de migrantes que se considera vulnerable por excelencia en este sentido son los migrantes indocumentados o irregulares. Es evidente que resulta difícil obtener mediciones numéricas precisas de las poblaciones de inmigrantes indocumentados; la estimación más difundida en el Reino Unido procede de Gordon et al (2009), que sugirió una estimación central de 725.000 inmigrantes indocumentados en el Reino Unido a finales de 2007. Una parte de esta población son solicitantes de asilo rechazados. Hay pruebas claras en la bibliografía de que varios grupos de inmigrantes figuran de forma significativa en paisajes precarios de mercados laborales mal pagados plagados de explotación. En la siguiente sección se describe cómo las experiencias extremas de trabajo forzoso se encuentran en el extremo agudo de un amplio espectro de explotación de los migrantes. La legislación británica en materia de asilo: disuasión, indigencia y la jerarquización del derecho En el Reino Unido, el asilo y la inmigración en general han sido piedras de toque políticas durante dos décadas. Alimentándose de un pánico moral desinformado sobre el número de solicitantes de asilo, los sucesivos gobiernos han socavado sistemáticamente los derechos básicos de los solicitantes de asilo. Algunos autores sostienen que el tema del "inmigrante" se reconstruyó discursivamente, sobre todo durante el periodo de gobierno del Nuevo Laborismo, para restar importancia a las nociones de refugio y protección y, en su lugar, poner en primer plano el trabajo y el derecho por motivos tanto políticos como económicos. Este cambio supuso un doble movimiento en el que se permitió la entrada de los "buenos inmigrantes", procedentes en su mayoría de la UE en expansión (casualmente similares desde el punto de vista étnico y cultural), como partidarios trabajadores y económicamente útiles de la economía en general (y del Estado del bienestar) a cambio de formas de ciudadanía y derechos altamente contingentes, estratificados y delimitados. Por el contrario, los "malos inmigrantes", como los solicitantes de asilo, procedían de países más pobres, tenían pretensiones "dudosas", eran étnica y culturalmente disímiles y, por tanto, una "carga", y se identificaban como problemáticos para la cohesión. Podría decirse que los responsables políticos del Reino Unido han intentado responder a este "problema" mediante procedimientos más hostiles de determinación de la condición de refugiado. Una "cultura de la incredulidad" (The Glidewell Panel, 1996) que implica un abuso y un mal uso generalizados del sistema de asilo ha impregnado cada vez más el sistema de asilo del Reino Unido, lo que ha dado lugar a elevadas tasas de denegación. Aunque el vasto edificio de estratificación cívica del Reino Unido da forma a las vidas de todos los inmigrantes, sugerimos que los solicitantes de asilo y los refugiados son un grupo especialmente subjetivado por su estatus sociojurídico (véanse las discusiones sobre el estatus sociojurídico en la siguiente subsección). Varias políticas contribuyen a este clima discursivo y a la subjetivación de los solicitantes de asilo y los refugiados. En 2002, se suprimió el permiso de trabajo para los solicitantes de asilo que no habían recibido una decisión inicial sobre su solicitud en un plazo de seis meses, ya que se consideraba que el empleo era un "factor de atracción" que fomentaba las solicitudes de asilo infundadas. Anteriormente, la Ley de Inmigración y Asilo de 1999 creó el Servicio Nacional de Apoyo al Asilo (NASS, por sus siglas en inglés), que retiró la responsabilidad de la prestación de apoyo financiero básico y alojamiento a los solicitantes de asilo de los sistemas de bienestar general. Inicialmente, un sistema de apoyo sin efectivo proporcionaba vales fijados en el 70% del apoyo básico a los ingresos, lo que, en el lenguaje del Nuevo Laborismo, pretendía reducir las solicitudes de asilo mostrando que el Reino Unido no era un "toque suave". Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tras una campaña concertada de la sociedad civil, los vales se abandonaron en 2002.
Sin embargo, desde 2003, la Sección 4 de la Ley de Inmigración y Asilo de 1999 proporciona ayuda a los solicitantes de asilo rechazados si son indigentes y no pueden abandonar temporalmente el Reino Unido. Esto se ha hecho a través de un sistema de vales sin dinero diseñado para ser deliberadamente punitivo y disuadir de continuar la residencia en el Reino Unido.
Sin embargo, la mayoría de los solicitantes de asilo rechazados no acceden a la ayuda de la Sección 4 porque no están dispuestos a dar los "pasos razonables" estipulados para abandonar el Reino Unido que se requieren para acceder a ella. Las estimaciones sobre los solicitantes de asilo rechazados sin permiso para trabajar o acceder a fondos públicos que residen en el Reino Unido se situaban en torno a los 500.000 en 2007-08 y se han reducido a 155.000 (Cruz Roja Británica, 2010), ya que a un gran número de los que solicitaron asilo antes de 2007 se les ha concedido el estatus mediante un ejercicio de "resolución de casos". La indigencia deliberada es una política avalada por el Estado que se describió en 2003 como un "elemento disuasorio, pero también como un incentivo [para el retorno]". El Comité Conjunto de Derechos Humanos (2007) describió esto como una práctica de indigencia forzosa, cuyos ejemplos infringen el umbral del artículo 3 de trato inhumano y degradante. La restricción se ha arraigado en la política de asilo del Reino Unido. En 2005, el permiso de residencia para las personas reconocidas como refugiadas se redujo de indefinido a cinco años, abierto a la revisión en cualquier momento. El permiso limitado incorpora la temporalidad, obstruyendo la capacidad de los refugiados para tomar decisiones sobre su futuro, encontrar trabajo, asentarse e integrarse. Políticas regresivas como éstas han dado lugar a un tratamiento de las personas que no sólo es inhumano, sino que también ha resultado ineficaz en cuanto a sus objetivos políticos, ya que esta serie de medidas disuasorias no han conseguido ni disuadir a los recién llegados ni animar a los que ya están aquí a regresar. No hay pruebas de que los derechos de asistencia social en el Reino Unido actúen como factor de atracción. A principios de 2012, la población de refugiados, los casos de asilo pendientes y los apátridas, constituían sólo el 0,33% de la población del Reino Unido (ACNUR, 2012).
Estatus socio-legal y deportabilidad en la vida cotidiana
El estatus sociojurídico se refiere a los derechos diferenciales de residencia, trabajo y bienestar que corresponden a los distintos inmigrantes en función de su estatus de inmigración. El uso de "derechos estratificados" ha sido durante mucho tiempo una característica integral de la exclusión estructurada inherente a gran parte de la política de inmigración del Reino Unido (Craig, 2007), y la consideración del estatus socio-legal es crucial para entender las vidas precarias de los diferentes grupos de inmigrantes dentro del Reino Unido. Los distintos subgrupos de inmigrantes experimentan derechos muy divergentes, en función de su estatus sociojurídico específico. Por ejemplo, bajo la amplia categoría de solicitantes de asilo y refugiados, pueden identificarse cinco subgrupos, cada uno de los cuales disfruta de una matriz diferente de derechos básicos. Los lectores deben tener en cuenta que el término "refugiado" se utiliza en este artículo para referirse de forma inclusiva a las personas con estatus de refugiado, protección humanitaria, permiso discrecional o cualquier otro tipo de permiso. Al negárseles el permiso para trabajar y con un acceso limitado a una seguridad social muy condicionada, algunos solicitantes de asilo se sienten obligados a buscar medios alternativos de ingresos, a menudo en sectores informales y no regulados de la economía que amparan a empleadores sin escrúpulos, especialmente cuando las personas necesitan enviar remesas a sus familias en "casa" o pagar las deudas contraídas en la migración. Un número creciente de investigaciones demuestra que miles de solicitantes de asilo rechazados sin derecho a trabajar ni a recurrir a los fondos públicos permanecen en el Reino Unido. Por tanto, al igual que otros inmigrantes irregulares, los solicitantes de asilo rechazados suelen trabajar en empleos muy inseguros, temporales, difíciles y a menudo peligrosos, tanto en el mercado laboral formal como en el informal, y son especialmente susceptibles de sufrir explotación, incluidas las prácticas de trabajo forzoso, mientras intentan satisfacer sus necesidades básicas. Los refugiados tienen permiso para trabajar y, en teoría, pueden encontrar empleo o acceder a las prestaciones.
Sin embargo, se enfrentan a formidables barreras estructurales para acceder al empleo y a las prestaciones relacionadas con los retrasos o los errores en la documentación del Ministerio del Interior, los limitados conocimientos de inglés, la falta de experiencia laboral o de referencias en el Reino Unido y el no reconocimiento de las cualificaciones obtenidas en otros países. Los refugiados experimentan una de las tasas de desempleo más elevadas de todos los grupos del Reino Unido, por lo que dedicarse a un trabajo de grave explotación puede ser el único medio viable para complementar los escasos ingresos procedentes de las prestaciones. Además, los acuerdos laborales altamente coercitivos a los que se ha llegado por necesidad pueden continuar mucho después de que se haya conseguido el estatus de refugiado (Refugee Action, 2006). Las formas en que el estatus socio-legal tiene un impacto en la susceptibilidad individual de los solicitantes de asilo y los refugiados, y sus experiencias de trabajo forzoso, son una parte esencial de las discusiones continuas a lo largo de este artículo. Vinculado al estatus sociojurídico restringido está el miedo al retorno, o lo que de Genova (2002) denomina "deportabilidad en la vida cotidiana". Esto actúa como otro poderoso dispositivo de disciplina para los migrantes forzados e irregulares que a menudo se traduce en una mayor susceptibilidad a la explotación. Estos migrantes no sólo temen la pérdida de prestigio y los cambios en las relaciones familiares a los que se enfrentan muchos migrantes que regresan sin el estatus o los ingresos que se esperan de la migración, sino que también se enfrentan a riesgos de persecución, tortura y otras amenazas para ellos y sus familias en Estados conocidos por sus abusos de los derechos humanos y sus conflictos. De hecho, algunos refugiados huyen de las prácticas de trabajo forzoso en sus países de origen, como Eritrea, lo que puede agravar el miedo al retorno. La práctica de la imposición estatal también puede tener un efecto disciplinador para las personas y aumentar la vulnerabilidad de los inmigrantes. Por ejemplo, en el Reino Unido, la gestión de la inmigración y la aplicación del trabajo ilegal da lugar a que se dirijan a algunos sectores más que a otros con redadas. En consecuencia, esto hace que ciertos empleos sean más arriesgados para quienes trabajan sin papeles, empujando a los trabajadores a zonas más invisibles del mercado informal y desalentando la organización o la acción contra el maltrato en el trabajo.
La era de la "migración gestionada" en la mayoría de los Estados desarrollados -y el Reino Unido no es una excepción- ha ido acompañada de un aumento del número de inmigrantes indocumentados, y De Genova (2002) nos recuerda que la propia noción de que los inmigrantes son "ilegales" es producto de las leyes de inmigración. Aunque muchos Estados más ricos protestan públicamente contra los inmigrantes indocumentados, los comentaristas sugieren que los Estados también toleran tácitamente a estos inmigrantes, ya que constituyen una oferta maleable de mano de obra que sólo genera unos costes sociales y de bienestar limitados. Estas poblaciones se disciplinan aún más a través de técnicas de poder estatal cada vez más normalizadas, como la detención y la deportación. Nota: sobre la información relativa a la Deportación en general, véase aquí, o en otro lugar como pena. Y véase también la Cronología de las Deportaciones Masivas Soviéticas, así como la "Deportación en Europa". Algunos autores sugieren, por tanto, que la amenaza de ese poder estatal (si no la realidad) hace que la irregularidad se convierta en un "modo de ser profundamente interiorizado" que inscribe la vida cotidiana de los inmigrantes y que es utilizado por los agentes estatales para cumplir objetivos disciplinarios.
Sin embargo, junto con la apreciación de dicha gubernamentalidad como una característica de las vidas de los inmigrantes indocumentados, también nos preocupa aquí no construir a los inmigrantes como totalmente sin agencia o como pasivos.
Desarrollo de la Cuestión
Sobre las vulnerabilidades específicas de los solicitantes de asilo y los refugiados, cabe señalar que forman parte del grupo más amplio de inmigrantes con salarios bajos que se encuentran en un entorno tóxico en el Reino Unido que combina la competencia entre las masas trabajadoras para conseguir trabajo, con un conjunto restrictivo de políticas de inmigración que limitan el acceso a la asistencia social, y todo ello dentro de un entorno más amplio que delimita las protecciones legales para los inmigrantes.
Se cree que el acceso circunscrito a la asistencia social es un "empuje" particular que hace que los inmigrantes estén más dispuestos a trabajar por salarios bajos en empleos inseguros y de corta duración. Un conjunto adicional de "puntos de vulnerabilidad" de carácter más individual que entran en juego antes, durante y después de la migración internacional agrava aún más esta situación. El efecto acumulativo de estas vulnerabilidades puede situar a determinados migrantes en una posición de desventaja frente a otros compañeros que pueden disponer de más recursos. Este cúmulo de vulnerabilidades de los migrantes en los sectores mal pagados de la economía puede contribuir así a experiencias de empleo más marginales y explotadoras que se deslizan hacia procesos de trabajo forzoso en ciertos casos. La literatura en este ámbito permite profundizar en la comprensión tanto de los factores estructurales (por ejemplo, los regímenes fronterizos securitizados, los mercados de trabajo neoliberales y casuales, el estatus sociojurídico estratificado y comprometido) como de los factores agénticos (por ejemplo, la pobreza y el endeudamiento, la baja posición social, los modos de contratación en el empleo) que contribuyen a producir la susceptibilidad de los solicitantes de asilo y los refugiados a la explotación. Revisor de hechos: Susan
Nunca te pierdas una historia sobre derecho del trabajo y relaciones laborales, de esta revista de derecho empresarial:
Perspectiva neoliberal sobre los trabajadores domésticos migrantes
Asunto: asuntos-sociales.
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Recursos
Véase También
Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo, Enciclopedia de Sociología y Antropología, Guía de la Diáspora y el Éxodo, Política Migratoria, Política Migratoria Europea,