Migración en las Naciones Unidas
Este artículo es una ampliación de las guías y los cursos de esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
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Acuerdos Internacionales y Jurisprudencia
Tratados Standard
Incluye los siguientes instrumentos internacionales: Convención de los derechos del niño (1989) Convención sobre el estatuto de los refugiados (1951) Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1966) Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990) Protocolo relativo al estatuto de los refugiados (1967) Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas (ver sus características, sus víctimas y el tráfico -ilegal- de personas; los instrumentos internacionales multilaterales patrocinados por las Naciones Unidas son los siguientes: Protocolo modificando el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921, y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños. Ginebra, 30 de septiembre de 1921; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad. Ginebra, 11 de octubre de 1933; Protocolo que modifica el Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904, y el Convenio internacional para la represión de la trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo de 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949, Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 18 de mayo de 1904; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 4 de mayo de 1910; Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950; Protocolo final del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950), especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional (2001) Arte. 3 de la Convención sobre el estatuto de los refugiados (1951) Arte. 26 de la Convención sobre el estatuto de los refugiados (1951) Arte. 2, 26 del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966) Arte. 24 del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966) Arte. 9, 10 y 13 del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966) Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (1984) Arte. 1 de la Convención sobre el estatuto de los refugiados (1951) y el arte. 1, 33 del Protocolo relativo al estatuto de los refugiados (1967) Arte. 12 del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1981) Convención contra la delincuencia organizada transnacional (2001) Protocolo contra el contrabando de migrantes por tierra, vea y ventile, Supplementng la Convención de la o.n. u contra crimen transnacional (2001) Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1965)
Tratados No Estándares
Incluye los siguientes instrumentos internacionales: Principios rectores de las Naciones Unidas sobre el desplazamiento interno (1998) Principios rectores de las Naciones Unidas sobre el desplazamiento interno (1998) Declaración Universal de los derechos humanos (1948) Trabajadores migrantes (disposiciones suplementarias) Convenio núm. 143 (1975)
Jurisprudencia
Incluye las siguientes decisiones judiciales: Comité de la o.n. u contra la tortura-caso de Elif Pelit v. Azerbaijan (2007) Presentación del ACNUR en el caso de S.A. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): V.
Sección de asilo, Ministerio del interior de la ex República Yugoslava de Macedonia (2010) Presentación del ACNUR en el caso de la A.Z. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): V.
Sección de asilo, Ministerio del interior de la ex República Yugoslava de Macedonia (2010)
Otros
Incluye lo siguiente: Presentación del ACNUR en el caso de S.A. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): V.
Sección de asilo, Ministerio del interior de la ex República Yugoslava de Macedonia (2010) Nota: para una visión general, con abundante información sobre el caso europeo, puede verse la entrada sobre migración internacional. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): También la entrada sobre migración internacional en el Consejo de Europa.
Clasificación de las migraciones internacionales según las Naciones Unidas
Este organismo multinacional distingue entre: • Migración permanente o a largo plazo: personas que entran a un país para radicarse definitivamente. • Migración laboral o a corto plazo: incluye la mano de obra extranjera temporal y los que tiene por objeto cubrir puestos de trabajo que requieren conocimientos muy especializados (profesionales). • Migración indocumentada: migrantes internacionales que no han cumplido los requisitos fijados por el país receptor para acceder a su territorio, residir o ejercer una actividad remunerada dentro de él. Los gobiernos aplican distintas medidas para hacer frente al problema de la migración irregular, entre ellas las patrullas fronterizas, las inspecciones de los lugares de trabajo,. los controles de identidad dentro del país, etcétera.
En algunos casos se ha recurrido a la expulsión de estas personas yen otros se llevaron a cabo campañas de regularización de la situación legal de. los migrantes y programas de amnistía; • Refugiados y personas que buscan asilo: personas que huyen de su país por fundados tetmores de sufrir persecuciones.
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OIM: Informe sobre las Migraciones en el Mundo
La OIM, como el Organismo de las Naciones Unidas para la Migración, publica periódicamente una de sus principales obras, el Informe sobre las Migraciones en el Mundo.