Ministerio de Trabajo
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Nunca te pierdas una historia sobre derecho del trabajo y relaciones laborales, de esta revista de derecho empresarial:
Noción de Ministerio de Trabajo
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de ministerio de trabajo, la siguiente definición: Departamento del Gobierno encargado de diseñar, proponer y ejecutar la política laboral, social y de empleo.
Con el precedente de algunos organismos administrativos de principios de siglo (en particular, el Instituto de Reformas Sociales y el Instituto Nacional de Previsión), fue creado en 1920, y desde entonces, con esa u otra denominación (Trabajo, Comercio e Industria; Trabajo y Previsión Social; Trabajo, Justicia y Sanidad; Trabajo, Sanidad y Seguridad Social; Trabajo y Seguridad Social; Trabajo y Asuntos Sociales), constituye el núcleo de la Administración de trabajo.
Desarrolla sus competencias a través de sus órganos periféricos (Direcciones provinciales) y a través de numerosos servicios, dependencias y organismos autónomos (Fondo de Garantía Salarial, INEM, INSS, etc.), en cuyos órganos de gobierno suelen participar los sindicatos y las asociaciones empresariales más representativas (participación institucional). Muchas de sus competencias y funciones han sido transferidas a las Comunidades autónomas, que en muchos casos han creado Consejerías especializadas en esta materia. La gestión de los servicios de salud (Insalud) y de los servicios sociales y asuntos sociales (Inserso), adscrita en determinadas épocas a otros departamentos, también se ha transferido en buena parte a las Comunidades Autónomas. El Ministerio es responsable en la actualidad, básicamente, del desarrollo reglamentario de la legislación laboral, de la política social y de empleo, de la gestión y administración del sistema de seguridad social, y de la coordinación de los distintos servicios y organismos con competencias en materia laboral y social.
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Concepto sobre ministerio de trabajo originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
Autoridad laboral
Inspección de trabajo