Multibanco
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto. Banco no especializado que desarrolla una gran diversidad de actividades de carácter financiero. A veces, se le llama también supermercado financiero. Para que un banco pueda ser o convertirse en multibanco necesita: 1) que las autoridades competentes del país donde está establecido lo permitan. En efecto, en algunos países aún no existen reglamentaciones que impiden la concentración de varias actividades bancarias en una sola institución.
En estos países pueden existir varios tipos de bancos especializados como: los bancos comerciales, bancos de inversión, cajas de ahorros y préstamo, bancos hipotecarios, bancos de fideicomisos, e instituciones financieras como las compañías de seguros y los agentes de bolsa. En Estados Unidos, hasta hace poco tiempo, los bancos no podían intervenir en las operaciones de títulos y valores, ni en la venta de seguros. Tenían, además, grandes limitaciones para su expansión geográfica en otros estados del país. Asimismo los bancos estadounidenses todavía necesitan una licencia especial para poder intervenir en las operaciones de fideicomiso (trust). 2)Ser de una dimensión suficientemente grande como para justificar el querer ser todo para todos, y disponer de suficientes especialistas idóneos para atender los servicios muy diversificados que un multibanco debe ofrecer a su clientela de manera eficiente. En el mundo de la globalización financiera internacional la tendencia de los bancos consiste en crecer y transformarse en un multibanco, o encontrar una especialización, o nicho, gracias al cual puedan competir con alguna ventaja.