Las Negociaciones Agrícolas
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del comercio exterior,, sobre Negociaciones Agrícolas. Te explicamos, en relación a los aspectos jurídicos del comercio exterior, qué es, sus características y contexto.
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A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Política y Negociación Agrícola
Véase la definición de política agrícola en el diccionario. Véase la definición de Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola en el diccionario.
Política agrícola
Características de Política agrícola
Asunto: agricultura-silvicultura-y-pesca. Asunto: asuntos-financieros. Asunto: intercambios-economicos-y-comerciales. Tema: empresa-y-economia. Tema: economia. Asunto: organizaciones-internacionales. Asunto: relaciones-internacionales. Asunto: fondos. Asunto: organizaciones.
Las Negociaciones Agrícolas
Negociaciones internacionales desde los años 80
Por primera vez en la historia del GATT, durante la Ronda Uruguay de negociaciones que comenzó en Punta del Este en 1986, se debatieron las políticas agrícolas de los Estados miembros, con el objetivo declarado de "llegar a compromisos vinculantes" con vistas a "establecer un sistema de comercio agrícola justo y orientado al mercado" (preámbulo del Acuerdo sobre la Agricultura de la Ronda Uruguay). La Ronda concluyó en Marrakech en 1994, cuando más de la mitad de los países del mundo firmaron un acuerdo global que comprendía 29 acuerdos distintos, incluido el relativo a la agricultura, y que preveía la creación de la OMC en 1995 como sucesora del GATT. Desde entonces, las políticas agrícolas de todos los países miembros han estado sometidas al escrutinio internacional.
El Acuerdo de la Ronda Uruguay sobre agricultura
El Acuerdo sobre Agricultura de la Ronda Uruguay (AoA) fue básicamente un acuerdo entre Estados Unidos y la Unión Europea que, bajo la apariencia de liberalización, pretendía abaratar sus políticas agrícolas.
No obstante, los países del Grupo de Cairns (dieciocho países agroexportadores partidarios de una fuerte liberalización) contribuyeron a la redacción de este acuerdo, cuyos tres ejes principales eran :
reducir las transferencias de recursos internos ("transferencias internas") que los países conceden a su sector agrícola, en la medida en que estas transferencias repercuten en los volúmenes producidos y, por tanto, en el comercio internacional;
reducir las subvenciones a la exportación;
reducir las barreras a las importaciones convirtiendo primero las barreras no arancelarias a las importaciones (es decir, las barreras distintas de los derechos de aduana, como las cantidades máximas de importación) en equivalentes arancelarios (es decir, equivalentes de derechos de aduana), y reduciendo después los aranceles aduaneros totales (resultantes de la suma de las barreras arancelarias y no arancelarias convertidas) para facilitar el acceso al mercado.
La reducción de los aranceles y de las subvenciones a la exportación pretendía acercar los precios de los productos agrícolas de cada país a los precios del mercado internacional. El Acuerdo sobre la Agricultura estipulaba que los países debían clasificar sus transferencias internas a la agricultura en tres categorías: una categoría ámbar para las transferencias "acopladas" (el color ámbar alude al color de los semáforos, que indican que hay que pisar el freno); una categoría verde para las transferencias "desacopladas"; y una categoría azul para las transferencias vinculadas a programas de limitación o reducción de la producción.
Para el periodo 1995-2000, los países desarrollados se han comprometido a reducir sus transferencias clasificadas en la categoría ámbar en al menos un 20% con respecto al periodo 1986-1988. Sin embargo, las transferencias asociadas que representaban menos del 5% del valor de la producción agrícola en cuestión estaban exentas de reducciones (cláusula de minimis). Las transferencias clasificadas en las categorías verde y azul no estaban sujetas a ninguna limitación. La clasificación de las ayudas en estas tres categorías y su valoración se dejaron a la discreción de cada Estado miembro, sabiendo que los controles corren a cargo de la OMC y que es posible que otros Estados las impugnen. Los países desarrollados también han prometido reducir sus subvenciones a la exportación en un 21% en volumen y en un 36% en valor. Un 100% en volumen y un 36% en valor. 100% en valor en comparación con el periodo 1986-1990 y a no introducir ninguna nueva.
Pero esto sólo afectaba a las formas más visibles de subvenciones a la exportación, como las que practica la UE. Otras formas, como los créditos públicos a la exportación, las garantías y seguros públicos para los créditos a la exportación, las empresas comerciales del Estado exportadoras o la ayuda alimentaria, muy utilizadas por Estados Unidos, no se tuvieron en cuenta.
Por último, los países desarrollados se comprometieron a reducir sus aranceles aduaneros una media del 36% y del 15% respectivamente. Los países desarrollados también se comprometieron a aplicar aranceles especialmente bajos a una proporción de las importaciones que represente al menos el 5% del consumo nacional. Para los países en desarrollo, el Acuerdo sobre la Agricultura (al igual que los demás acuerdos de la Ronda Uruguay) preveía un "trato especial y diferenciado", con el fin de evitar las dificultades que pudieran surgir como consecuencia de la aplicación del Acuerdo. Como resultado, los "países menos adelantados" (PMA, es decir, la cincuentena de países más pobres del mundo según varios criterios establecidos por las Naciones Unidas) no se vieron obligados a reformar en modo alguno sus políticas agrícolas. Los demás países en desarrollo han asumido compromisos similares a los de los países desarrollados, pero a menor escala (dos tercios de los de los países desarrollados), aplicables durante un periodo más largo, de 1995 a 2004, y con cierta flexibilidad.
Por ejemplo, en el caso de los productos alimenticios básicos, no estaban obligados a convertir sus barreras no arancelarias en equivalentes arancelarios, y podían notificar a la OMC los "tipos máximos" particularmente elevados de los aranceles aduaneros (500%, por ejemplo). También pudieron seguir subvencionando la inversión agrícola, los insumos utilizados por los productores "con ingresos bajos o recursos limitados", en palabras del Acuerdo, y las actividades de sustitución de cultivos ilícitos. Además, para todos los países, el Acuerdo sobre la Agricultura prevé que puedan negociarse ajustes de los compromisos en nombre de "preocupaciones no comerciales" relacionadas con la seguridad alimentaria, la protección del medio ambiente o el desarrollo rural.
Negociaciones internacionales de la OMC desde 2000
De conformidad con el Acuerdo sobre la Agricultura, las negociaciones internacionales sobre agricultura se reanudaron en 2000, con el objetivo declarado de liberalizar aún más la producción y el comercio agrícolas en todos los países miembros. Sin embargo, a finales de 1999, en Seattle (Estados Unidos), el intento de lanzar una nueva ronda de negociaciones fue un rotundo fracaso: se produjeron importantes manifestaciones antiglobalización y los países en desarrollo se opusieron al lanzamiento de esta ronda, alegando que primero debían evaluarse los efectos económicos, sociales y medioambientales de los acuerdos de la OMC. Esta oposición se superó en noviembre de 2001, pocas semanas después de los atentados de Nueva York, en la conferencia de la OMC celebrada en Doha (Qatar): se lanzó una nueva ronda de negociaciones, conocida como la "Ronda del Desarrollo de Doha", porque la declaración emitida por esta conferencia hacía hincapié en la necesidad del desarrollo: "El trato especial y diferenciado para los países en desarrollo será parte integrante de todos los elementos de las negociaciones [. .
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A fin de que los países en desarrollo puedan tener efectivamente en cuenta sus necesidades de desarrollo, incluidas la seguridad alimentaria y el desarrollo rural". Esta declaración preveía la conclusión de la ronda de negociaciones el 1 de enero de 2005 a más tardar. Sin embargo, este plazo no se cumplió, principalmente a causa de los intereses divergentes y los profundos desacuerdos entre los países sobre las cuestiones agrícolas.
Los distintos grupos de países y sus posiciones
Los países miembros de la OMC han formado no menos de veinticuatro grupos, algunos de los cuales se solapan, para defender determinadas posiciones en las negociaciones. Entre los grupos más influyentes se encuentran la UE y Estados Unidos.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Ambos son firmes defensores de su propia agricultura y han reanudado las negociaciones principalmente para garantizar que sus políticas agrícolas sean compatibles con el futuro acuerdo. En general, sus propuestas iniciales de negociación reproducían las grandes líneas del Acuerdo sobre la Agricultura: mismas categorías (ámbar, verde, azul) de transferencias internas; eliminación progresiva de las subvenciones a la exportación y limitación de las medidas que tienen los mismos efectos; misma fórmula, más o menos, para reducir los aranceles aduaneros. Sin embargo, estos dos organismos discreparon en varios puntos importantes: Estados Unidos criticó a la UE por proponer una reducción demasiado débil de los aranceles aduaneros, mientras que la UE criticó a Estados Unidos por ofrecer una reducción demasiado modesta de las transferencias internas y por las prácticas de ayuda alimentaria que perturban los mercados de los países receptores. El G10 (no confundir con el G10, o Grupo de los Diez, que reúne a los gobernadores de los bancos centrales, y a los ministros en su caso, de once países) agrupa a países que apoyan firmemente su agricultura y son importadores netos (Corea del Sur, Islandia, Japón, Noruega, Suiza, etc.).
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Han defendido la idea de que todas las transferencias, incluidas las que perturban el comercio internacional, son aceptables en la medida en que permitan al sector agrícola cumplir funciones como la seguridad alimentaria, la protección del medio ambiente y de los recursos naturales y el desarrollo de las zonas rurales. En algunos puntos, la UE se une a estos países. En el otro extremo, el Grupo de Cairns reúne a países desarrollados y en desarrollo que son exportadores pero que apoyan muy poco su agricultura.
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Han pedido una liberalización significativa de las políticas agrícolas y del comercio, sobre todo en la UE y EE.UU., haciendo hincapié en las siguientes medidas: recortes profundos de los aranceles y, en especial, de los aranceles muy elevados (conocidos como picos arancelarios) que se aplican a determinados productos considerados estratégicos; eliminación rápida de todas las formas de subvenciones a la exportación; eliminación de todas las transferencias internas con efectos en el comercio internacional, independientemente de su categoría de clasificación; y abolición de la cláusula de minimis. Varios países del Grupo de Cairns pertenecen también al G-20, un grupo de una veintena de países en desarrollo liderado por India y Brasil (no confundir con el G-20, que reúne a representantes de alto nivel de diecinueve países y de la UE). El G-20 ha adoptado una postura firme contra los países desarrollados, en particular la UE y EE.UU., exigiendo una mayor apertura de sus mercados y la eliminación de todo tipo de subvenciones a la exportación. Cabe señalar que varios países de este grupo cuentan con un subsector agrícola formado por grandes empresas agroexportadoras altamente competitivas (Brasil y Argentina, por ejemplo). Pero algunos países del G-20 también son miembros del G-33, que reúne a unos cuarenta países en desarrollo que reclaman la posibilidad de adoptar medidas específicas de política agrícola para el desarrollo. Estas medidas incluyen:
la definición de "productos especiales" en materia de seguridad alimentaria y desarrollo rural, que estarían exentos de cualquier compromiso y para los que podrían elevarse los aranceles aduaneros declarados a la OMC;
la introducción de un "mecanismo especial de salvaguardia" que permita levantar rápidamente barreras aduaneras en caso de fuerte aumento de las importaciones agrícolas;
la posibilidad de aumentar determinadas subvenciones, en particular las destinadas a los productores pobres;
niveles de compromiso inferiores a los de los países desarrollados, durante periodos más largos.
En algunas ocasiones, el G-33 se ha aliado con el G-20 en su oposición a la UE y a EE.UU., a pesar de que el G-20 es reacio a hacer concesiones en nombre del desarrollo y de que el G-33 no es fundamentalmente liberal. Por último, el grupo "algodón-4" (o C-4), formado por cuatro países muy pobres productores de algodón (Benín, Burkina Faso, Malí y Chad) ha pedido la supresión de las subvenciones estadounidenses y europeas a la producción de algodón, así como compensaciones financieras para los países africanos productores de algodón. Estados Unidos se opuso a esta demanda y la UE vaciló. Teniendo en cuenta todas estas divergencias, y dado que los países en desarrollo ya no aceptan que las conversaciones se desarrollen sobre la base de un acuerdo euroamericano, no es de extrañar que las conversaciones de la OMC destinadas a alcanzar un nuevo acuerdo sobre agricultura hayan fracasado.
Acuerdos parciales y profundos desacuerdos
En las conferencias celebradas en Bali en 2013 y en Nairobi en 2015, los representantes de los países miembros firmaron acuerdos parciales sobre unos pocos puntos, en lugar de no llegar a ningún acuerdo. Esto representa una ruptura fundamental con el principio del "compromiso único" que había guiado las negociaciones anteriores. Según este principio, sólo se podía firmar un acuerdo que abarcara todos los temas en discusión. En lo que respecta a la agricultura, los acuerdos de Bali y Nairobi se centraron principalmente en las subvenciones a la exportación, las subvenciones al algodón y las políticas públicas de seguridad alimentaria, ignorando muchas cuestiones muy delicadas como los aranceles aduaneros y ciertas transferencias internas que repercuten en el comercio internacional. En lo que respecta a las subvenciones a la exportación, se decidió que los países desarrollados debían ponerles fin inmediatamente, salvo en el caso de unos pocos productos básicos (productos lácteos, carne de cerdo, productos transformados) para los que podrían prorrogarse hasta 2020, bajo ciertas condiciones. Los países en desarrollo, por su parte, debían ponerles fin a finales de 2018, y a finales de 2023 en el caso de las subvenciones al transporte y a la comercialización. Los países que aplicaban medidas equivalentes a las subvenciones a la exportación (créditos a la exportación subvencionados de un modo u otro, empresas comerciales del Estado, ayuda alimentaria) tenían que suprimir las que tuvieran efectos perturbadores en el comercio internacional. En consecuencia, la ayuda alimentaria en especie debe consistir ahora exclusivamente en donaciones (y no en ventas a bajo coste), sin condiciones para el comercio de otros productos. También se prohíben las donaciones en especie cuando exista riesgo de competencia para los agricultores de la región receptora. En el caso del algodón, el acuerdo prevé el cumplimiento de las decisiones generales sobre subvenciones a la exportación y una reducción de las transferencias internas que afecten al comercio internacional.
Pero este compromiso sigue siendo vago, sin objetivo cuantificado y sin fecha límite.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): Además, los países desarrollados han prometido abrir sus mercados, sin restricciones, a las importaciones de algodón y productos derivados procedentes de los PMA. La cuestión de las políticas de seguridad alimentaria fue objeto de acalorados debates. Mientras que ciertas intervenciones públicas no han sido cuestionadas (rehabilitación de suelos, gestión de catástrofes climáticas, empleo rural y programas de instalación de agricultores), los programas de compra pública, a precios fijados por el Estado, a pequeños agricultores pobres, con vistas a constituir reservas de seguridad alimentaria, han sido controvertidos. Tales programas han sido defendidos sobre todo por India, y cuestionados por Estados Unidos, que ha señalado que los precios fijados por el Estado pueden equivaler a subvenciones, y que la venta de estas existencias puede perturbar los mercados internacionales.
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Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al comercio exterior, y respecto a sus características y/o su futuro): A este respecto, el acuerdo de Nairobi sólo preveía una "cláusula de paz" hasta diciembre de 2017 para evitar conflictos abiertos entre los países miembros. Esta cláusula autorizaba oficialmente los programas existentes, siempre que se refirieran a productos alimentarios básicos y no afectaran al comercio internacional. Persisten importantes desacuerdos sobre estos programas de almacenamiento público y sobre otras cuestiones, como el mecanismo de salvaguardia especial. El G-33, y la India en particular, piden la introducción de dicho mecanismo para que los países en desarrollo puedan protegerse contra la afluencia repentina de importaciones elevando las barreras aduaneras. Quienes se oponen a esta medida, en particular Estados Unidos, temen que fomente el proteccionismo. Las negociaciones se han estancado sobre las mercancías afectadas, los umbrales para activar el mecanismo y el nivel de protección. También existen grandes divergencias sobre las transferencias internas y las barreras arancelarias, en particular las crestas arancelarias.
Por último, también existen fuertes contradicciones sobre las políticas de restricción de las exportaciones que pueden introducirse en caso de fuerte subida de los precios agrícolas en los mercados internacionales. Todas estas oposiciones condujeron al fracaso de la conferencia que reunió a representantes de todos los países miembros en Buenos Aires en diciembre de 2017.
No se llegó a ningún acuerdo sobre ninguno de los temas debatidos y no se propuso ningún programa de trabajo para futuras negociaciones. Revisor de hechos: EJ
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las cuestiones jurídicas y económicas aplicables al comercio internacional, sobre el tema de este artículo.
Notas
Véase También
Cooperación Bilateral Desarrollo Agrícola
Bibliografía
Arnold, G. (1996), Historical Dictionary of Aid and Development Organizations, The Scarcery Press, Londres. FIDA (1994), El desafío de la pobreza rural: el papel del FIDA, Roma FIDA (1998), Informe Anual del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, Roma.