Organizaciones Sindicales
Este artículo es una ampliación de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre este tema. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Nunca te pierdas una historia sobre derecho del trabajo y relaciones laborales, de esta revista de derecho empresarial:
Noción de Organización Sindical Española (ose)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de organización sindical española (ose), la siguiente definición: Organización creada por el Régimen franquista para sustituir a los sindicatos libres. Más conocida como Sindicato Vertical, se definía legalmente como corporación de derecho público, y a ella debían adscribirse obligatoriamente trabajadores, empresarios y otros profesionales. Reformada en 1971 tras diversos requerimientos de la OIT, fue suprimida finalmente en 1976, mediante la creación de la Administración Institucional de Servicios Socio profesionales (AISS), con la que se preparó el tránsito al reconocimiento de la libertad sindical (1977).
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Noción de Comisiones Obreras (cc.oo.)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de comisiones obreras (cc.oo.), la siguiente definición: Confederación sindical creada a finales de los años cincuenta a partir de asambleas y movimientos sindicales de trabajadores de diversas tendencias ideológicas y políticas, principalmente cristianos, socialistas y comunistas. Es en el momento actual la central mayoritaria, atendiendo al criterio de la audiencia en las elecciones sindicales. Durante algún tiempo apoyó las posiciones del Partido Comunista de España (PCE), con el que ha compartido líderes, pero del que se viene distanciando en los últimos años.
Su desarrollo inicial en los años del régimen franquista se debió en buena medida a la práctica de los afiliados de CC.OO. de concurrir a las elecciones de representantes en la empresa e incluso en las elecciones de puestos representativos dentro del Sindicato Vertical (estrategia de infiltración, conocida como «entrismo»).
En 1978, tras el reconocimiento de la libertad sindical en España, la organización celebró su primer Congreso y se proclamó como sindicato de clase, con una estructura centralizada. Los resultados de las sucesivas elecciones sindicales indicaron al principio una ligera pérdida de audiencia electoral en favor de òGT, recuperada en las últimas rondas electorales.
En los años noventa ha ingresado en la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y en la Confederación Internacional de Organizaciónes Sindicales Libres (CIOSL).
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Noción de Convergencia Intersindical Gallega (cig)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de convergencia intersindical gallega (cig), la siguiente definición: Organización sindical nacida en 1990 de la confluencia de diversas organizaciones sindicales de inspiración nacionalista de la Comunidad Autónoma de Galicia, entre ellas la Intersindical Nacional Galega (INTG), fundada en 1977, y la Convergencia de Trabajadores Gallegos (CXTG), nacida en 1985 de una escisión de la anterior.
Surgió como coalición electoral y en 1994 se articuló como sindicato y celebró su I Congreso (Congreso de la Unificación). Es la tercera fuerza sindical en Galicia, y tiene la condición de sindicato más representativo.
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Noción de Solidaridad de Trabajadores Vascos (ela-stv)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de solidaridad de trabajadores vascos (ela-stv), la siguiente definición: Organización sindical creada en 1911 a partir de grupos de sindicalistas católicos.
Ciñe su actividad a la Comunidad Autónoma del País Vasco, donde es la central más representativa. Está afiliada a la CIOSL, la CMT y la CES.
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Noción de Unión General de Trabajadores (ugt)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de unión general de trabajadores (ugt), la siguiente definición: Confederación sindical española creada en 1888 -al amparo de la Ley de asociaciones de 1887- por sindicatos de inspiración socialista (Asociación del arte de imprimir, Federación tipográfica, etc.) implantados mayoritariamente en Madrid, Asturias, Barcelona y Bilbao. Llegó a tener un millón de afiliados durante la Segunda República. Disuelta por el Régimen de Franco, fue recuperando gradualmente su implantación desde los años setenta; se ha situado en las primeras posiciones en las sucesivas elecciones sindicales -con una audiencia electoral entre el 30 % y el 40 %-, por lo que ha gozado ininterrumpidamente de la condición de sindicato más representativo-, y cuenta en la actualidad con unos 600 000 cotizantes. Proclama ser un sindicato de clase y revolucionario, pero sus actividades y estrategias son marcadamente reformistas: centra su actividad principalmente en la negociación colectiva, ha utilizado con moderación las medidas de conflicto colectivo (aunque en más de una ocasión ha llamado a la huelga general), y en los últimos años ha iniciado un proceso de ampliación de sus servicios (seguros, vivienda, etc.) a los afiliados. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Tradicionalmente ha promovido la representación sindical en las empresas y centros de trabajo (secciones sindicales y delegados sindicales), cuya implantación inició a partir de 1980 mediante acuerdos interprofesionales o convenios colectivos (Acuerdo marco interconfederal); también participa en la elección y actuación de los representantes unitarios (comités de empresa y delegados de personal). Ha mantenido desde su creación relaciones estrechas con el PSOE, al que ha estado unida por lazos históricos e ideológicos y con el que ha compartido líderes y actividades; no obstante, desde finales de los años ochenta se ha apreciado un notable distanciamiento entre las dos organizaciones, en parte por la presencia de ese partido en el Gobierno y en parte como resultado de la «unidad de acción» con CC.ÖO. Está afiliada a la Confederación Internacional de Organizaciónes Sindicales Libres (CIOSL) y a la Confederación Europea de Sindicatos (CES).
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Noción de Unión Sindical Obrera (uso)
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de unión sindical obrera (uso), la siguiente definición: Confederación sindical creada en 1961, en situación de clandestinidad, por núcleos católicos y de inspiración socialista del movimiento obrero. Llegó a ser la tercera central sindical española por su audiencia electoral (consiguió la condición de sindicato más representativo en las primeras elecciones sindicales), aunque a causa de rupturas y escisiones (buena parte de sus afiliados y cargos ingresaron en UGT en 1977) no ha traspasado el umbral de representatividad del 10 % en las últimas elecciones y ha visto reducido su número de afiliados a unos 80 000. Está afiliada a la Confederación Mundial del Trabajo (CMT).
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Noción de Organizaciónes Sindicales en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, organizaciones sindicales ha sido definido [1] de la siguiente forma: Asociaciones de trabajadores y trabajadoras creadas con el fin de promover y defender sus intereses económicos y sociales.
Sus funciones son básicamente: Informar sobre oportunidades de empleo, bolsas de trabajo, acceder a cursos de formación, cualificación y perfeccionamiento profesional, asesorar jurídicamente y defender a la persona ante conflictos con la empresa o centro de trabajo.
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A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Servicio Andaluz de Empleo. Andalucía Orienta
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Notas y Referencias
Concepto sobre unión sindical obrera (u so) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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Concepto sobre unión general de trabajadores (ugt) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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Notas y Referencias
Concepto sobre solidaridad de trabajadores vascos (ela-stv) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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Notas y Referencias
Concepto sobre convergencia intersindical gallega (cig) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Concepto sobre comisiones obreras (cc.oo.) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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Notas y Referencias
Concepto sobre organización sindical española (ose) originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
Nacional-sindicalismo