Participación Financiera de los Trabajadores en la Empresa en Suiza
Este artículo es una profundización de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre la Participación Financiera de los Empleados en la Empresa en Suiza. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
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Participación Financiera de los Trabajadores en la Empresa en Suiza
Según una investigación llevada a cabo en 2001, existen planes de propiedad compartida en poco menos del 10 por ciento de las empresas. Existen más planes de este tipo en empresas con más de 500 empleados que en pequeñas y medianas empresas. Además, las oportunidades de propiedad compartida a menudo se limitan a la administración: solo dos quintas partes de las empresas con posibilidades de participación las extienden más allá de la administración.
Eso significa que solo el 4 por ciento de todas las empresas brindan acceso para compartir la propiedad con toda la fuerza laboral.
1 Autor: Williams
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Participación de los Trabajadores en la Empresa en Suiza y su Historia
El término "participación" se refiere al derecho a desempeñar un papel activo en el proceso de toma de decisiones. Este concepto se aplica principalmente a los derechos de los trabajadores y sus organizaciones en la economía, pero la evolución reciente (movimientos sociales) lo ha ampliado a otras categorías de personas en otros ámbitos. En Suiza, la participación se refiere principalmente a cuestiones sociales y salariales (por ejemplo, salarios a destajo, primas), así como a cuestiones operativas (por ejemplo, reglamentos de empresa y organización de los puestos de trabajo); en el sector privado, suele excluirse a priori de las decisiones estratégicas de la empresa. El debate teórico sobre la participación, que debe distinguirse de la idea de autogestión, se remonta al segundo tercio del siglo XIX. En Austria y Alemania, tras los primeros intentos concretos después de la Primera Guerra Mundial, el concepto fue ampliamente aceptado a partir de 1945 (con, por ejemplo, la ley alemana de 1952 sobre la organización de las empresas). En Suiza, la idea de la participación se había ido extendiendo desde la Primera Guerra Mundial, especialmente en el sector público federal. Pero el debate internacional sobre los comités de empresa tuvo poca repercusión. A los sindicatos les interesaban las negociaciones centralizadas y los convenios colectivos, no los comités paritarios (véase más abajo) y sus competencias. La situación no cambió mucho en las primeras décadas posteriores a la guerra. Hasta mediados de los años 60, el sindicato más poderoso de Suiza, la Fédération des travailleurs de la métallurgie et de l'horlogerie, rechazaba explícitamente la idea de la participación, mientras que los defensores de la postura contraria, defendida por ejemplo en un estudio del Syndicat des services publics y en un postulado del Consejero Nacional Otto Schütz en 1955, seguían siendo minoría. La Confederación Suiza de Sindicatos (USS) no revisó su postura hasta 1969. La Confederación de Sindicatos Cristianos Suizos, que había incluido la participación en su programa en 1961, unió a la USS y a la Asociación Suiza de Empleados Evangélicos a la causa de la iniciativa popular "por la participación de los trabajadores", lanzada en 1971. Los empresarios consideraron esta iniciativa como un ataque a la propiedad privada; la combatieron enérgicamente y ganaron claramente en la votación de 1976.
Siguieron varias intervenciones parlamentarias hasta 1980, después de lo cual la cuestión quedó aparcada, sólo para resurgir con el debate sobre el Espacio Económico Europeo en 1992. La Ley de Participación, adoptada en 1993 para adaptar la legislación suiza a las normas mínimas de la UE, regula esencialmente la representación de los trabajadores.
Comisiones o comités paritarios en Suiza
La primera comisión conocida se creó en la garancerie de Neftenbach en 1872. Pero el verdadero pionero fue Eduard Sulzer, que en 1890 creó un comité de trabajadores basado en el modelo alemán. Hubo imitadores, sobre todo en la industria mecánica (Escher, Wyss & Cie en 1890, la fábrica de locomotoras de Winterthur en 1897, Georg Fischer en 1898, Brown Boveri & Cie en 1899), pero la difusión fue lenta: de los 615 comités censados en 1944, 5 se habían creado antes de 1900, 73 entre 1900 y 1919, 124 entre 1920 y 1938, 196 entre 1939 y 1944, y el resto en fecha desconocida. En 1952, el 61% de los trabajadores de las fábricas podían elegir un comité (el 100% en las empresas de más de 1.000 empleados, el 86% en las de 501 a 1.000, el 83% en las de 201 a 500, el 71% en las de 101 a 200, el 53% en las de 51 a 100; el 84% en la industria química, el 82% en la de maquinaria, el 77% en la textil, pero sólo el 18% en la relojera).
Según un estudio de 1973, entre el 25 y el 30% de todos los asalariados tenían un comité paritario, el 43% en la producción y el 17% en los servicios. Una iniciativa sindical, rechazada en 1976, pretendía sustituir los comités paritarios con poderes limitados por un derecho de participación en las empresas y las administraciones. La ley de 17 de diciembre de 1993 sobre la participación, adoptando la base mínima vigente en la Unión Europea, concedió a los asalariados de todas las empresas con más de cincuenta empleados el derecho de representación con poderes modestos. Revisor de hechos: Helv y Mox
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de las relaciones laborales o de trabajo y del derecho social, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
1. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Thomas M.
Schwarb, Stephanie Greiwe y Ruedi Niederer, 'Erfolgs- und Kapitalbeteiligung von Mitarbeitenden in der Schweiz' [Reparto de beneficios y propiedad de los empleados en Suiza], encuesta representativa de la compañía. Número especial de IWS-Studie.
Solothurn 2001.
Véase También
Participación Financiera de los Trabajadores en la Empresa en Europa
Cogestión en la Enciclopedia del Derecho y las Ciencias Sociales
Conflictos sociales, Estrategias de apaciguamiento, Economía Labora, Derecho de Trabajo, Salarior, Colaboración social