Prestación Complementaria
Este artículo es una expansión del contenido de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre la "Prestación Complementaria". Puede verse también una descripción de la "Pensión Complementaria" y acerca de prestación social en general. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
Visualización Jerárquica de Prestación Complementaria
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Tributación de la Prestación Complementaria
Como ejemplo, esta sección analizará las circunstancias tributarias de proporcionar prestaciones complementarias a los empleados de las sociedades de tipo S de Estados Unidos. En una corporación C, los beneficios complementarios del empleado generalmente son deducibles a nivel corporativo, y el empleado excluye el valor de los ingresos. En una corporación S, los beneficios complementarios del empleado pagados en nombre de un accionista del 2% están sujetos a normas especiales. La Sec. 1372(a) establece que, a efectos de las prestaciones complementarias, una corporación S "será tratada como una sociedad" y un accionista del 2% "será tratado como un socio de dicha sociedad". Un accionista del 2% es aquel que posee más del 2% de las acciones en circulación de la corporación en cualquier día durante el año fiscal de la corporación S, considerando la propiedad directa y constructiva (Secs. 1372(a) y (b)). Los empleados y los propietarios de las sociedades "S" pueden tener dudas sobre qué beneficios complementarios están sujetos a las normas del 2% de los accionistas, así como sobre la mecánica de aplicación de las restricciones.
Sin embargo, el coste de los beneficios complementarios sujetos a las reglas del accionista del 2% generalmente se incluye como remuneración en el W-2 del accionista receptor y es deducido por la corporación S como salario. Los beneficios complementarios sujetos a las reglas del accionista del 2% incluyen:
El coste de la cobertura del seguro de vida colectivo a plazo hasta $50,000 (Sec. 79);
Las cantidades recibidas de los planes de accidentes y salud (Sec. 105);
Las aportaciones de un Empleador a los planes de accidentes y de salud (Sec. 106);
Comidas y alojamiento proporcionados para la comodidad del Empleador (Art. 119);
Premios por logros de los empleados (Sec. 74(c); Publicación 15-B del IRS, Guía fiscal del empleador sobre las prestaciones complementarias);
Planes de cafetería (Sec. 125; Prop. Regs.
Sec. 1.125-1(g)(2));
Prestaciones complementarias de transporte cualificadas (Sec. 132(f));
Programas de ayuda a la adopción (Sec. 137(c)(2));
Aportaciones de la empresa a cuentas de ahorro para la salud (Sec. 223); y
Reembolsos cualificados de gastos de mudanza (Sec. 132(g)).
Algunas prestaciones complementarias no están sujetas a las reglas del accionista del 2%. La sociedad puede deducir el coste de estos beneficios complementarios, hasta los límites especificados por la sección pertinente del Código, independientemente del porcentaje de acciones que posea el accionista beneficiario. Además, están excluidos de los ingresos del empleado. Estas prestaciones complementarias incluyen:
Planes de pensiones y de participación en beneficios (Sec. 401(c)(1));
Indemnizaciones por lesión o enfermedad (Sec. 104(a)(3));
Programas de asistencia educativa (Sec. 127);
Asistencia para el cuidado de dependientes (Art. 129); y
Servicios sin costes adicionales, descuentos cualificados para los empleados, flecos por condiciones de trabajo, flecos de minimis, servicios cualificados de planificación de la jubilación e instalaciones deportivas en los locales (Art. 132).
Prestación de beneficios complementarios relacionados con el trabajo (legales)
El término "prestaciones complementarias relacionadas con el trabajo" se refiere colectivamente a las prestaciones excluidas de los ingresos del empleado en virtud del art. 132. (Estos beneficios libres de impuestos también se conocen comúnmente como beneficios complementarios de la Sec. 132 o beneficios complementarios legales). Entre ellas se incluyen los descuentos cualificados para empleados, los servicios sin coste adicional, las prestaciones complementarias por condiciones de trabajo, las prestaciones complementarias de minimis, las instalaciones deportivas dentro del establecimiento, las prestaciones complementarias de transporte cualificadas, los reembolsos cualificados de gastos de mudanza y los servicios cualificados de planificación de la jubilación. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Todas las prestaciones complementarias de la Sec. 132, excepto las prestaciones complementarias de transporte cualificadas y los reembolsos de gastos de mudanza cualificados, están disponibles sobre una base fiscalmente favorable para los accionistas del 2%. Los servicios sin coste adicional y los descuentos cualificados para empleados deben estar disponibles sobre una base no discriminatoria, y la exclusión de la renta de los descuentos cualificados para empleados se limita a los descuentos en servicios o productos proporcionados dentro de la línea de negocio de la empresa en la que trabaja el empleado. Por lo tanto, si una corporación S opera unos grandes almacenes de venta al por menor y fabrica componentes eléctricos, un empleado de los grandes almacenes no tiene derecho a descuentos libres de impuestos en componentes eléctricos.
Aplicación de las reglas de atribución de acciones familiares
En virtud de las normas de atribución de acciones familiares, se considera que una persona es propietaria de las acciones que poseen el cónyuge, los hijos, los nietos y los padres de esa persona (art. 318(a)(1), a través del art. 1372(b)). Las acciones que pertenezcan constructivamente a un miembro de la familia no pueden reatribuirse a un segundo miembro de la familia al aplicar las normas de atribución de acciones familiares a ese segundo miembro de la familia (Sec. 318(a)(5)).
Ejemplo
W posee el 100% de las acciones de S, Inc, una sociedad de tipo S. W se jubiló hace unos años y ascendió a su hijo P a presidente y director general de S. La sociedad cubre a todos sus empleados, incluido P, con un seguro médico colectivo. El coste del año en curso de las primas para P es de 3.000 $. Dado que el padre de P posee el 100% de las acciones de S, se considera que P posee todas las acciones a efectos de la prueba del 2%.
Según la Rev. Rul. 91-26, la sociedad trata el seguro proporcionado a P como una compensación. La renta imponible de P se incrementa en 3.000 $, mientras que la deducción corporativa pasa a W, que posee el 100% de las acciones.
Sin embargo, es posible que P pueda reclamar una deducción por encima de la línea (a efectos del impuesto sobre la renta, pero no del impuesto sobre el trabajo autónomo después de 2010) por las primas del seguro médico en virtud del art. 162(l).
Consideración de los beneficios adicionales imponibles como remuneración
La Rev. Rul. 91-26 y el Anuncio del IRS 92-16 aclaran parcialmente el tratamiento de los beneficios marginales, pero sólo abordan directamente las primas de seguros médicos y de accidentes. Rev. Rul. 91-26 concluye que las primas de salud y accidentes pagadas en nombre de un accionista del 2% se declaran como compensación al accionista. (Esto significa que las primas pagadas en nombre de un accionista del 2% no se deducen en el formulario 1120S, U.S. Income Tax Return for an S Corporation, como beneficio adicional sino como remuneración pagada al accionista). El Anuncio 92-16 añade que los salarios considerados no están sujetos a los impuestos de la Seguridad Social, Medicare y FUTA si se pagan de conformidad con un plan del art. 3121(a).
Observación
Normalmente existe un plan o sistema si (1) el plan consta por escrito o se da a conocer de otro modo a los empleados, (2) hay una referencia al plan en el contrato de trabajo, (3) los empleados contribuyen al plan, (4) existe un fondo separado para los pagos aparte de la cuenta salarial del Empleador, o (5) se exige al Empleador que efectúe los pagos (Rev. Rul. 80-303). En opinión de algunos autores, el tratamiento del coste de las primas de seguros de enfermedad y accidente como remuneración según la Rev. Rul. 91-26 también se aplica a otras prestaciones complementarias sujetas a las normas del 2% para los accionistas, porque parece exigido por las normas relativas a los salarios (Sec. 3401(a)). El valor (normalmente, el coste) del beneficio adicional se añade a los salarios del accionista en cuyo nombre se pagó el beneficio adicional y se permite a la corporación como gasto salarial (según la Sec. 162) en lugar de como coste del beneficio adicional. Un accionista del 2% no se considera un empleado a efectos de las prestaciones complementarias y, por lo tanto, no puede excluir el coste de las primas de la renta bruta como cobertura proporcionada por el Empleador en virtud de un plan de accidentes o de salud.
Sin embargo, un accionista del 2% puede reclamar la deducción del seguro de enfermedad para autónomos en virtud del art. 162(l). Revisor de hechos: Ford,11 A continuación se examinará el significado.
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¿Cómo se define? Concepto de Prestación Complementaria
Véase la definición de prestación complementaria en el diccionario.
Características de Prestación complementaria
Asunto: asuntos-sociales.
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Recursos
Traducción de Prestación complementaria
Inglés: Additional benefit Francés: Allocation complémentaire Alemán: Ergänzungsleistung Italiano: Assegno complementare Portugués: Abono complementar Polaco: Zasiłek uzupełniający
Tesauro de Prestación complementaria
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Véase También
Beneficios Empleados
Carretera
Red viaria
Vía interurbana
Asignación complementaria