Presupuesto en Europa
Este artículo es una profundización de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Presupuesto en el Artículo 105 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Presupuesto, y está ubicado en la Parte II, sobre la Organización Económica, Título IV, acerca del Sistema Financiero y Fiscal, de la Constitución portuguesa vigente, que dispone lo siguiente: 1. El Presupuesto General del Estado contiene: a. Una distinción entre gastos e ingresos del Estado, incluyendo los fondos y servicios autónomos; b.
Los presupuestos de la Seguridad Social. 2. El Presupuesto será elaborado de acuerdo con las grandes opciones en materia de planificación (véase más en la plataforma (de Lawi) general) y teniendo en cuenta las obligaciones derivadas de la ley o de los contratos. 3. El Presupuesto será unitario y especificará los gastos según la correspondiente clasificación orgánica y funcional, de modo que se evite la existencia de dotaciones y fondos secretos, pudiendo ser también estructurado por programas. 4. El Presupuesto prevé los ingresos necesarios para cubrir los gastos, por ley se definirá las reglas de su ejecución, las condiciones a que debe obedecer el recurso al crédito público, y los criterios que deben presidir las modificaciones que, durante su ejecución presupuestaria pudieran ser introducidas por el Gobierno, en las partidas de clasificación orgánica, en el ámbito de cada programa presupuestario aprobado por la Asamblea de la República, teniendo en cuenta su plena aplicación.