Prórroga
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.Nota: Puede verse también la información relativa a Prórroga de Crédito. Posposición de la fecha de vencimiento de un préstamo, resultando en una extensión de sus condiciones.
Definición de Prórroga
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Prórroga es: Disposición por la cual se demora la fecha de un vencimiento de un compromiso o el período de vigencia de una ley. Plazo que se concede a un moroso para que realice el pago. Extensión de un contrato de un derecho o de un privilegio por un tiempo mayor que el originalmente estipulado.
Prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo de extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) por el coronavirus (covid-19)
Un ejemplo es la publicación de la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, en España, con vigencia desde el mismo día de su publicación en el BOE (20/05/2020), que prorroga de forma automática todas aquellas autorizaciones que venzan durante la vigencia del estado de alarma, así como de aquellas que vencieron en los tres meses previos a su declaración.
Es corto, y los párrafos más interesantes de su artículo 1, sobre prórroga de las autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo y de las autorizaciones de estancia, son los siguientes:
Las autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo y las autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería, cuya vigencia expire durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas o haya expirado en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, quedarán automáticamente prorrogadas, sin necesidad de emisión de una resolución individual para cada una de ellas por la Oficina de Extranjería.
La prórroga automática se iniciará al día siguiente de la caducidad de la autorización y se extenderá hasta que transcurran seis meses desde la finalización del estado de alarma.
La validez de las tarjetas de identidad de extranjero concedidas y expedidas en virtud de las autorizaciones enumeradas en el apartado 1 de este artículo y cuya vigencia hubiera expirado durante el estado de alarma, así como en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, se prorrogarán automáticamente por el mismo periodo que las autorizaciones.
La renovación, prórroga o modificación de la autorización que ha sido prorrogada de acuerdo con lo previsto en este artículo se regirá, en cuanto al procedimiento, los requisitos, los efectos y la duración, por lo dispuesto en la normativa de aplicación en función del tipo de autorización que ha sido prorrogada.
Las correspondientes solicitudes podrán presentarse en cualquier momento durante la vigencia de la prórroga o hasta los noventa días naturales posteriores a la fecha de finalización de su vigencia, sin perjuicio de la sanción que corresponda al retraso.
En cualquier caso, de resultar favorable esta última solicitud, el inicio de la vigencia que le corresponda a la nueva autorización se retrotraerá al día siguiente al de la caducidad de la autorización prorrogada.
El 21 de junio de 2020 terminó el estado de alarma decretado por primera vez por el Decreto 463/2020 de 14 de marzo, y prorrogado hasta en seis ocasiones por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados.
Por consiguiente, hay plazo hasta el 20 de diciembre de 2020. Parece claro que, al menos, desde el 21 de octubre de 2020 se puede presentar la renovación de la estancia legal en España. La Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, también acordó prorrogar, por idéntico período, la validez de las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión y las tarjetas de identidad de extranjero concedidas en base a una residencia de larga duración. Asimismo, se regulan ciertos aspectos relativos a la prórroga de las situaciones de estancia y ciertos visados de larga duración que se prorrogan automáticamente, en estos casos, por un periodo de tres meses tras la finalización del estado de alarma.
En relación con los visados de larga duración, la prórroga se prevé para los expedidos en virtud de un acuerdo de movilidad de jóvenes que, con carácter general, no se pueden prorrogar puesto que existe un deber de regresar al país de origen trascurrido el año de vigencia del mismo.
La duración de la prórroga automática se extenderá durante los tres meses siguientes a la finalización del estado de alarma para que, una vez se levanten los cierres de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como "boundaries" en derecho anglosajón, en inglés) adoptados por el COVID-19, puedan regresar a sus países y no se encuentren, mientras, en una situación de irregularidad en el país. Se regula también la situación de los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) residentes en España que no se encuentren en el territorio nacional y cuyas autorizaciones de estancia o de residencia, o visados de larga duración caduquen durante la vigencia del estado de alarma. A tal fin, se habilita a que estos puedan entrar en España con su documento de viaje válido a tales efectos y la Tarjeta de Identidad de Extranjero o visado caducado. Finalmente, se prevé que las ausencias del territorio español ocasionadas por la situación del COVID-19 no serán tenidas en cuenta a efectos de computar la continuidad de la residencia, con el fin de evitar que la imposibilidad de regresar a España por el cierre de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como "boundaries" en derecho anglosajón, en inglés) terrestres y aéreas perjudique de forma negativa su estatus regular en España. Autor: ST
"Prorrogar"
"Prorrogar" significa mantener una situación determinada después de la fecha en la que estaba previsto que cesara o desapareciera. Así, un plazo o una autorización se prorroga cuando expira. Uno prolonga un contrato ejecutado sucesivamente para el que las partes habían decidido originalmente que dejaría de tener efecto en una fecha determinada. Así, una resolución de la Sala de lo Mercantil señala: "Pero, interpretando el alcance de las resoluciones dictadas con posterioridad a la aprobación del plan, la resolución señala que el plan de cesión inicial, cuya duración se había fijado en un año, fue modificado por la resolución de 2 de junio de 1994, que amplió el plazo para la firma de las escrituras de cesión hasta el 30 de septiembre de 1994, lo que supuso necesariamente una ampliación de la duración del plan. Así, es posible prorrogar un contrato de arrendamiento, la fecha de entrega, la fecha de pago, la duración de una misión de arbitraje, una misión de expertos o la duración de la ejecución de un mandato. Desde el punto de vista procesal, siempre que, por supuesto, la competencia para juzgar el asunto no sea de orden público, cuando una parte demandada es citada ante un tribunal que no es competente, puede considerar que no le interesa plantear la objeción de incompetencia. Esto se conoce como "prórroga de la jurisdicción". Así, el artículo 41 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que: "Una vez que haya surgido un litigio, las partes siempre podrán acordar que su controversia sea juzgada por un tribunal, aunque éste carezca de competencia por la cuantía de la demanda". Y en una sentencia se afirma que el Tribunal de Apelación consideró que, teniendo en cuenta estos elementos, la firma global del contrato, que constituye un escrito en el sentido del artículo 17 del Convenio de Bruselas de 27 de septiembre de 1968, "era suficiente para expresar el consentimiento de los Sres. X ..." a la cláusula de prórroga de la jurisdicción. Datos verificados por: Luisse
Opción de prórroga de seguro (extended term insurance option) en Derecho de Seguros de Estados Unidos
Definición de Opción de prórroga de seguro (extended term insurance option) en la temática del Seguro en su ámbito jurídico americano: Un beneficio que provee la opción de continuar con la cantidad actual de seguro como prórroga de seguro por el mismo periodo de tiempo que el contrato de valor en efectivo que se comprará.
Prorroga en el Derecho Social
Como en todo el mundo jurídico, en el laboral se determinan los supuestos de prórroga, “extensión de plazo”, se trate de la presentación de estatutos, de propuesta para división de zona de actuación, o —como fenómeno relevante— la prórroga del mandato en situaciones políticas y jurídicas irregulares. [1]
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz "Prorroga", (autor de la voz: E. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): G.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991