Protección Social del Trabajo
Este artículo es una profundización de la información sobre derecho laboral o del trabajo, en esta revista de derecho empresarial. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco del derecho del trabajo, sobre Protección Social del trabajo.
Te explicamos, en relación a la seguridad social y el derecho laboral, qué es, sus características y contexto.
El Trabajo y la Protección Social del Trabajo en el Derecho Constitucional Rumano
Artículo 41 [el Trabajo y la Protección Social del Trabajo] de la Constitución Rumana
En la Constitución vigente de Rumanía, el Artículo 41 [El trabajo y la protección social del trabajo], ubicado en el Título II [los Derechos, las Libertades y los Deberes Fundamentales], Capítulo ii [los Derechos y las Libertades Fundamentales] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: 1. El derecho al trabajo no puede ser limitado. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Todos tendrán derecho a la elección de profesión, oficio así como a la elección del lugar del trabajo.
2. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho laboral o del trabajo, y respecto a sus características y/o su futuro): Todos los trabajadores tienen derecho a medidas sociales de protección.
Las medidas de protección se refieren a la seguridad e higiene del trabajo, al régimen laboral de las mujeres y de los jóvenes, al establecimiento de un salario mínimo al nivel de la economía, al descanso semanal, a las vacaciones anuales retribuidas, a la prestación del trabajo en condiciones peligrosas, así como a otras condiciones especificas establecidas por la ley. 3. La duración normal de la jornada laboral será de ocho o diez horas como máximo. 4. Las mujeres reciben igual salario que los hombres por trabajo igual. 5.
Se garantiza el derecho a la negociación colectiva en materia laboral y al carácter obligatorio de los convenios laborales.
Tema: seguridad-social.
Tema: asistencia-social.
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