Reaseguro
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.
Introducción: Reaseguro
Concepto de Reaseguro en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Contrato en virtud del cual una empresa de seguros toma a su cargo total o parcialmente un riesgo ya cubierto por otra o el remanente de daños que exceda de la cantidad asegurada por el asegurador directo.
Reaseguro
Contrato por el que una entidad de seguros (reasegurada) cede a otra entidad aseguradora (reaseguradora) parte de los riesgos que componen su cartera, lo que le permite obtener y conservar el adecuado equilibrio técnico-financiero.
La entidad reasegurada debe pagar una prima a la entidad reaseguradora, y ésta, a cambio, le abonará, en caso de producirse la circunstancia que cubría el seguro, la cantidad que en concepto de indemnización tuviera que entregar al asegurado original. Algunas compañías muy grandes reaseguran a las compañías de menor tamaño, o más débiles, pues éstas no podrían sobrevivir en caso de tener que afrontar una pérdida importante. En seguros afrontar una pérdida importante. En seguros, como en la banca, es conveniente evitar la excesiva concentración de riesgos en un área específica. .
Reaseguro en 1948
Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Reaseguro es: Es el seguro de un seguro comercial.
En general lo realiza un asegurador para cubrirse del riesgo que implica un seguro hecho por él.
También es el nuevo seguro que un asegurado hace con una misma compañía con objeto de garantizar el primero. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
Según el Código de Comercio argentino la exoneración hecha por el asegurado a favor de alguno de los aseguradores produce el efecto de pago legal del exonerado obligando entonces al seguro solo a los demás y por la parte proporcional que les corresponda. El reaseguro es una fianza y la exoneración equivale al pago del obligado principalmente. El asegurador está facultado para hacer asegurar por otro las cosas por él aseguradas. El premio o prima puede ser mayor igualo menor que la del seguro primitivo y las condiciones pueden ser las mismas o diversas. (Artículo 517). (V. Nunca te pierdas una historia sobre derecho bancario y financiero, de esta revista de derecho empresarial:
SEGUROS). .
reaseguro en Derecho Marítimo
Tema: derecho-maritimo. Ver reaseguro de transportes (véase también en el Diccionario Jurídico).
Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a reaseguro en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: reaseguro en inglés (Reinsurance).
Reaseguro en el Ámbito Económico-Empresarial
En el Contexto de: Seguros
Véase una definición de reaseguro en el diccionario y también más información relativa a reaseguro.
Tema: seguros.
Visualización Jerárquica de Reaseguro
Asuntos Financieros > Seguros > Seguro
Reaseguro
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Reaseguro
Véase la definición de Reaseguro en el diccionario.
Características de Reaseguro
Tema: asuntos-financieros.
¿Qué piensas sobre este tema? ¿Tienes alguna experiencia o ejemplo que quieras compartir? ¿Cuál es tu opinión?
Recursos
Traducción de Reaseguro
Inglés: Reinsurance
Francés: Réassurance
Alemán: Rückversicherung
Italiano: Riassicurazione
Portugués: Resseguro
Polaco: Reasekuracja
Tesauro de Reaseguro
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Véase También
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