Reemplazo
Este artículo es un complemento de la información sobre derecho financiero, en esta revista de derecho corporativo. Aparte de ofrecer nuevas ideas y consejos clásicos, examina el concepto y los conocimientos necesarios, en el marco de los aspectos jurídicos financieros, sobre este tema. Te explicamos, en relación a los principios, prácticas y normas jurídicas financieras y bancarias, qué es, sus características y contexto.Tema: costes.
Costo de reemplazo (replacement cost) en Derecho de Seguros de Estados Unidos
Definición de Costo de reemplazo (replacement cost) en la temática del Seguro en su ámbito jurídico americano: Una cobertura de seguro que paga la cantidad en efectivo que se necesita para reemplazar la estructura o daños a la propiedad personal sin tener que deducir la depreciación, pero se limita a la cantidad máxima en efectivo descrita en la póliza.
Reemplazo en el Derecho Social
Acción y efecto de reemplazar, “ocupar el lugar que tenía otra persona”. El reemplazo del dirigente que ocupa un cargo se realiza por medios eleccionarios, o por acto autoritario del órgano público o por acto del estamento superior en la organización sindical cuando tiene esta facultad [1]
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Recursos
A continuación, ofrecemos algunos recursos de esta revista de derecho empresarial que pueden interesar, en el marco de la teoría y práctica del derecho bancario y financiero, sobre el tema de este artículo.
Notas y Referencias
Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz "Reemplazo", (autor de la voz: E. Basado en la experiencia de varios autores, nuestras opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros artículos de esta revista, en cuanto al derecho financiero y bancario, y respecto a sus características y/o su futuro): G.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991